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Documento BOE-A-2022-7872

Resolución de 9 de mayo de 2022, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., con el título: "Desarrollo de un sistema de dosimetría personal de neutrones".

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2022, páginas 67350 a 67353 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2022-7872

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y el Director General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., han suscrito, con fecha 28 de abril de 2022, la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el título: «Desarrollo de un sistema de dosimetría personal de neutrones».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 9 de mayo de 2022.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo.

ANEJO
Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P. con el título «Desarrollo de un sistema de dosimetría personal de neutrones»

REUNIDOS

De una parte, don Juan Carlos Lentijo Lentijo, presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante CSN), cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 275/2022, de 12 de abril (BOE núm. 88, de 13 de abril de 2022), en nombre y representación de este Organismo, con domicilio en la calle Pedro Justo Dorado Dellmans, núm. 11, de Madrid, y con número de identificación fiscal Q2801036-A, en virtud de las competencias que le son atribuidas por el Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre (BOE núm. 282, de 22 de noviembre de 2010).

De otra parte, don Carlos Alejaldre Losilla en su calidad de director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P. (en adelante, CIEMAT), domiciliado en avda. de la Complutense, 40, 28040 Madrid, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 1207/2018, de 21 de septiembre (BOE núm. 230, de 22 de septiembre de 2018), en nombre y representación del mismo, en virtud de las competencias que le son atribuidas por el Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 289, del 2 de diciembre del 2000).

Ambas partes, reconociéndose mutuamente plena capacidad legal para la formalización de esta adenda,

EXPONEN

Primero.

Que el 17 de junio de 2020 las partes suscribieron el Convenio entre el CSN y el CIEMAT con el título «Desarrollo de un sistema de dosimetría personal de neutrones», que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 3 de julio de 2020, y cuyo objeto es el desarrollo y validación de un sistema para la dosimetría personal de neutrones de los trabajadores expuestos, de acuerdo con los estándares internacionales aplicables a este tipo de dosimetría.

Segundo.

Que, debido a la situación sobrevenida por la pandemia COVID, junto con otros problemas operativos y de gestión, que han supuesto la paralización de actividades en la Unidad de Dosimetría de Radiaciones del CIEMAT, se ha tenido que realizar una revisión del cronograma previsto inicialmente, cuya modificación se incluye en esta adenda.

Tercero.

Que en la cláusula octava del convenio se establece dos años como periodo de vigencia, contados a partir de su fecha de publicación, así como la posibilidad de prorrogarse por otros dos años más.

Cuarto.

Que en la cláusula novena se indica que dicho convenio podrá ser modificado a propuesta de cualquiera de las partes mediante la suscripción de una adenda al mismo, formalizada antes de su finalización.

Quinto.

Que, con el fin de poder ejecutar de forma adecuada los trabajos previstos que están detallados en la memoria técnica del citado convenio, ambas partes convienen en formalizar la presente adenda.

Y, en consecuencia,

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio de 17 de junio de 2020, por dos años más, de forma que la vigencia del mismo pase a ser de cuatro años, desde el 3 de julio de 2020, fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 2 de julio de 2024.

Segundo.

Modificar el convenio firmado el 17 de junio de 2020, en los siguientes términos:

– Se sustituye la cláusula quinta, que queda redactada:

«Quinta. Presupuesto económico.

Los costes asociados a las actividades incluidas en este convenio se detallan en la memoria económica que se incluye como anexo 2. Con arreglo a las cantidades que figuran en dicha memoria, el presupuesto total previsto del Proyecto durante los cuatro años del mismo asciende a 208.806,26 euros.

El CIEMAT asume sus costes de participación, con una estimación máxima de 104.106,26 euros, dentro de los gastos de inversión que están planificados en su presupuesto anual con cargo a las aplicaciones presupuestarias 28.103.467H.2 y 28.103.467H.6.

La contribución del CSN se establece con una aportación estimada máxima de 104.700,00 euros a lo largo de cuatro ejercicios presupuestarios, correspondiendo a la aplicación presupuestaria con código 23.302.424M.640.

El CSN abonará su participación en el proyecto con cargo a sus presupuestos anuales de gastos, previo cumplimiento de los hitos que se definen en la memoria técnica y en la memoria económica. La contribución de las partes al presente convenio, quedará condicionada a la previa existencia de crédito específico y suficiente en cada ejercicio económico, con cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria.»

– Se modifica el párrafo quinto del punto octavo, resumen de costes, del anexo 2, memoria económica, que queda redactado en los siguientes términos:

«Puesto que la duración del proyecto es de cuatro años, la aportación del CSN se distribuirá en la forma que se indica en la siguiente tabla:

Ejecución de la actividad

Importes totales

Euros

Año 2021. 60.000,00
Año 2022. 10.000,00
Año 2023. 18.000,00
A la finalización del convenio (2024). 16.700,00
 Totales. 104.700,00»

– Se modifica el punto tercero, cronograma, del anexo 1, memoria técnica del convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., con el título «Desarrollo de un sistema de dosimetría personal de neutrones» que queda redactado:

«Tercero. Cronograma.

La duración estimada del proyecto será de cuatro años. La tabla 1 muestra un cronograma orientativo de las actividades descritas anteriormente.

Cronograma

Tabla 1. Cronograma de actividades previstas en el Convenio

Actividad 1.er año 2.º año 3.er año 4.º año
T1 T2 T3 T4 T1 T2 T3 T4 T1 T2 T3 T4 T1 T2 T3 T4
Adquisición de instrumentación y equipamiento. Obras de infraestructura
1.1                                
1.2                                
1.3                                
Puesta a punto de la técnica de dosimetría
2.1                                
2.2                                
Calibración y validación del sistema
3.1                                
3.2                                
3.3                               »
Tercero.

La presente adenda entrará en vigor a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Las partes manifiestan su plena conformidad con la presente adenda, en Madrid, a 28 de abril de 2022.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por el Centro de investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., el Director General, Carlos Alejaldre Losilla.

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