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Documento BOE-A-2022-7631

Resolución de 29 de abril de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Parada de Sil, para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense).

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2022, páginas 65198 a 65200 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-7631

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la segunda Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense), otorgada el 28 de abril de 2022, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 29 de abril de 2022.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Segunda Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense)

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, Aquilino Domínguez Díaz, Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Parada de Sil, nombrado en Pleno de 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 19 de septiembre de 2019 (BOE núm. 245, de 11 de octubre de 2019), se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Parada de Sil para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense), con un importe previsto de 153.000 euros y una previsión de ejecución en las anualidades 2019 y 2020.

II. Que en fecha 20 de noviembre de 2020 (BOE núm. 338, de 28 de diciembre de 2020), se otorgó una adenda de modificación y prórroga del citado convenio por la que se reajustaban las anualidades inicialmente establecidas y se acordaba la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2022.

III. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

IV. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar una última modificación de anualidades, al haberse incrementado ligeramente el importe del convenio, para la buena marcha y ejecución del mismo.

V. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

VI. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula cuarta las dos partes asumirán, en idéntico porcentaje (80 %-20 %) cada una, las variaciones económicas, al alza o a la baja, por modificaciones, revisiones de precios, liquidación del contrato, obras complementarias, así como por cualquier otra modificación que se apruebe en la ejecución de los contratos de obras o servicios.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

El objeto de esta adenda es modificar las anualidades e incrementar el importe del convenio para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de consolidación, reparación y mejora de la capacidad de desagüe del puente de Conceliñas sobre el río Mao, en Parada de Sil (Ourense).

Segunda. Modificación de la cláusula cuarta coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

Se modifican el primer y el segundo párrafo de la cláusula cuarta que quedan redactados del siguiente modo:

«1. La inversión total para la ejecución de las obras y su dirección facultativa se ha estimado en 165.221 euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.

2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Organismo de cuenca para los años 2019, 2020, 2021 y 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 452A610, código de proyecto 2009 23 231 0009, de conformidad con la siguiente fórmula (…)»

Tercera. Modificación del anexo anualidades previstas.

Se modifica el anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:

«Administración

2019

Euros

2020

Euros

2021

Euros

2022

Euros

Total

Euros

CHMS, O.A. 11.200,00 0,00 111.200,00 9.776,80 132.176,80
AYUNTAMIENTO DE PARADA DE SIL. 2.800,00 0,00 27.800,00 2.444,20 33.044,20
 TOTAL. 14.000, 00 0,00 139.000,00 12.221,00 165.221,00»
Cuarta. Eficacia.

La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Parada de Sil, Aquilino Domínguez Díaz.

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