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Documento BOE-A-2022-421

Resolución de 3 de enero de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, SAU, para la organización del Encuentro I-2022 y dos conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2022, páginas 2588 a 2595 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-421

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, SAU, han suscrito, con fecha 30 de diciembre de 2021, un convenio para la organización conjunta del encuentro I-2022 y dos conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 3 de enero de 2022.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural SAU para la organización conjunta del encuentro I-2022 y dos conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE)

En Madrid, 30 de diciembre de 2021.

De una parte, doña Amaya de Miguel Toral, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, el INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, número 1 (28004) de Madrid, y NIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 856/2018, de 6 de julio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE número 306, de 20 de diciembre).

De otra, doña Sara María Fernández Escuer, en calidad de Vicealcaldesa y consejera del Área de Cultura y Proyección Exterior del Ayuntamiento de Zaragoza, y Vicepresidenta y Consejera-Delegada de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, SAU, con CIF número A-50377787 y con domicilio social en Zaragoza, calle Torrenueva, número 25, edificio Torreón Fortea, código postal 50003, en virtud de su nombramiento y otorgamiento de poderes por acuerdo del Consejo de Administración con fecha veintitrés de julio de 2019, elevado a escritura pública autorizada por la notaria del Ilustre Colegio Notarial de Aragón doña Teresa Cruz Gisbert con fecha de veinticinco de septiembre de 2019 y número de protocolo mil trescientos cuarenta y seis.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar el presente convenio.

EXPONEN

I. Que el INAEM es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte a través de la Secretaría de Estado de Cultura, encargado de la consecución de los siguientes fines: La promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones; la proyección exterior de las actividades a que se refiere el apartado anterior; la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas en las materias propias del organismo, de acuerdo con ellas.

II. Que la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, SAU es una sociedad mercantil creada por el Ayuntamiento de Zaragoza, dotada de un capital social exclusivamente municipal para la gestión de servicios culturales, regida por el derecho mercantil, sin presupuesto limitativo, y sometida al Plan General de Contabilidad del Sector privado.

El objeto social de Zaragoza Cultural es la conservación y difusión del patrimonio artístico, científico, bibliográfico y documental de la ciudad de Zaragoza; la planificación, programación, gestión y difusión de actividades culturales, en cualquiera de sus manifestaciones, de forma directa o en colaboración con otras entidades; la convocatoria y concesión de subvenciones, ayudas, concursos, premios y becas en materia cultural; la dirección, gestión y explotación de equipamientos culturales, en especial el Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza, tanto de carácter especializado como de carácter general, que le sean encomendados por el Ayuntamiento de Zaragoza; la colaboración con otras iniciativas públicas y privadas en proyectos culturales; la participación en Proyectos Europeos y de Cooperación Internacional, así como cualquier otra actividad que pudiera redundar en el fomento y desarrollo del tejido cultural de la ciudad de Zaragoza en los ámbitos de la creación, la producción, la formación y la difusión o cualquier actividad relacionada con las anteriores que el Ayuntamiento le pudiera asignar.

III. Que las partes están interesadas en colaborar para la organización del evento cultural Encuentro I-2022 de la Joven Orquesta Nacional de España en el Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto y actuaciones a realizar por las partes.

El objeto de este convenio es establecer las bases de colaboración entre el INAEM y la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, SAU (en adelante, Zaragoza Cultural), con objeto de organizar conjuntamente la celebración del evento cultural Encuentro I-2022 y dos conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE) en el Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza por (en adelante, Auditorio) que se desarrollarán en el primer trimestre de 2022, con el programa que se indica a continuación.

Las actuaciones que se realizarán en el Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza y están previstas entre los días 4 y 16 de enero de 2022, ambos incluidos y consistirán en:

– Descarga y montaje de salas, el día 4 y 7 de enero de 2022.

– Ensayos parciales y seccionales, tutelados por un equipo de profesores, entre los días 8 y 11 de enero de 2022.

– Ensayo Tutti y ensayo general y conciertos entre los días 12 y 16 de enero de 2022, ambos incluidos, con el siguiente programa:

El Programa de los conciertos del Encuentro I/2022 de la JONDE será el siguiente:

Primera parte.

– Antonín Dvorák (1841-1904): Obertura Othello, op.93 (1891-1892) – Duración: 15’.

– Igor Strawinsky (1882-1971): El Pájaro de Fuego. Suite para orquesta (1919) – Duración: 23’.

I. Introducción.

II. Danza del Pájaro de fuego.

III. Ronda de las princesas.

IV. Danza infernal del rey Kastchei.

V. Berceuse.

VI. Final.

Segunda parte.

– Ludwig van Beethoven (1770-1827): Sinfonía número 3 en mi bemol mayor, op.55 «Heroica» (1803-1804) – Duración 47’.

I. Allegro con brio.

II. Marcia fúnebre: Adagio assai.

III. Scherzo: Allegro vivace.

IV. Finale: Allegro molto.

Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID, las fechas de las actuaciones dispuestas en la presente cláusula podrían estar sujetas a cambios en función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del convenio y mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta.

Segunda. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

I. Obligaciones.

a) Zaragoza Cultural.

Zaragoza Cultural cederá el uso gratuito de sus salas e instalaciones para los ensayos y conciertos de la JONDE desde el día 4 de enero hasta el día 16 de enero de 2022, ambos incluidos.

Zaragoza Cultural declara haber suscrito los seguros necesarios para la cobertura de los riesgos relativos a las representaciones del espectáculo en su aforo. Será responsabilidad de Zaragoza Cultural los daños y/o pérdidas de los materiales pertenecientes a la JONDE necesarios para dichas representaciones (vestuario, decorados, atrezzo, material eléctrico y sonido), tanto en su transporte como durante la estancia en los teatros y en los espacios escénicos, asegurándose la obtención de los correspondientes seguros.

En el anexo que acompaña a este convenio se recogen las necesidades específicas de personal de apoyo que la parte deberá aportar en el caso de que fuese necesario.

Zaragoza Cultural se hará cargo de los derechos de ejecución pública que correspondan a la Sociedad General de Autores, los programas de mano, anuncios, carteles y cualquier otro gasto de publicidad.

Zaragoza Cultural garantizará a la JONDE cuarenta localidades en lugar preferente para cada uno de los conciertos.

Zaragoza Cultural se compromete a comunicar al INAEM cualquier patrocinio o colaboración para las actuaciones mencionadas en la cláusula primera.

Será responsabilidad de Zaragoza Cultural, los daños y/o pérdidas (si hay negligencia por parte del Auditorio) de los materiales pertenecientes a la JONDE desde el momento su descarga hasta la carga de los mismos en los camiones, una vez concluidos los conciertos. El INAEM no será responsable de los posibles accidentes que pudieran acontecer a cualquier persona afecta a Zaragoza Cultural, salvo que sean consecuencia directa de un daño imputable al personal del INAEM.

b) INAEM.

El INAEM se compromete a encargarse de la correcta preparación del repertorio programado, convocando para ello a los Instrumentistas de la JONDE, así como a su equipo técnico y artístico, y poniendo a disposición de los mismos todo lo necesario para el desarrollo de la actividad.

EL INAEM se compromete a la organización del evento y a la contratación de los artistas y colaboradores necesarios para llevar a cabo actividad propuesta.

II. Compromisos económicos.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

Zaragoza Cultural se hará cargo de la cantidad correspondiente a los gastos de uso y mantenimiento ordinarios de las salas e instalaciones cedidas gratuitamente para la celebración del Encuentro IV y conciertos de la JONDE previstos desde el día 4 de enero hasta el día 16 de enero de 2022, ambos incluidos, de acuerdo con las actividades referidas en este Convenio, cuyo coste se cuantifica en un monto de 65.000 euros.

Zaragoza Cultural se hará cargo del alojamiento de la JONDE en Zaragoza hasta un importe máximo de 20.000 euros (IVA incluido). Este importe se pagará directamente a Globalia Corporate Travel, previa presentación de la factura.

Zaragoza Cultural pondrá a disposición de la JONDE personal para la carga, descarga del material e instrumental, montaje y desmontaje de escenario entre los días 4 y 16 de enero de 2022, ambos incluidos, de acuerdo con las especificaciones contempladas en el Anexo del presente convenio.

Zaragoza Cultural se hará cargo de los gastos de los programas de mano, anuncios, carteles y cualquier otro gasto de publicidad, así como cualquier gasto derivado de los conciertos, cuyo coste se cuantifica en un monto de 20.000 euros.

Será responsabilidad de Zaragoza Cultural el pago de los Derechos de Autor que se deriven de la comunicación pública que correspondan a la Sociedad General de Autores, así como todos aquellos que afecten a derechos de propiedad intelectual para cualquier explotación de los conciertos, cuyo coste se cuantifica en un máximo de 750 euros.

La estimación económica total de la participación de Zaragoza Cultural se cuantifica en un máximo de ciento cinco mil setecientos cincuenta euros (105.750 euros), IVA incluido.

El INAEM se hará cargo del alojamiento y manutención en Zaragoza de los integrantes de la Orquesta y equipo técnico y Directivo de JONDE durante la celebración del Encuentro IV y de los dos conciertos consecutivos en Zaragoza, en la cantidad que exceda de los 20.000 euros aportados por Zaragoza Cultural a tal efecto.

El INAEM se hará cargo de todos los gastos de personal y seguridad social de la JONDE, incluyendo remuneraciones y cachés de profesores e intérpretes, así como los referentes al Director invitado y al Director asistente de la Orquesta.

El INAEM se hará cargo de los, viajes, traslados de los miembros de la Orquesta a/y desde Zaragoza, así como del alquiler de las partituras y el traslado de los instrumentos para los conciertos.

El INAEM será responsable de las formalidades y liquidaciones de sus propias cargas sociales y fiscales. A estos efectos, el INAEM se compromete a entregar a Zaragoza Cultural los documentos que lo acrediten, sí ésta lo solicita.

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de ciento setenta y un mil euros (171.000 euros), IVA incluido, cuantía que se articulará a través de contratos específicos con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280 en el ejercicio 2022.

Tercera. Distribución de ingresos.

Los ingresos netos obtenidos con la organización de los 2 conciertos previstos en el Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza (descontado el IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación) revertirán en Zaragoza Cultural.

Cuarta. Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de la actividad objeto del convenio: realización del Encuentro I/2022 de la JONDE y de los 2 conciertos programados.

En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente acuerdo habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

El material de difusión que generen las actividades deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa de la JONDE. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de la JONDE las pruebas de los referidos materiales.

Quinta. Control y seguimiento.

Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente Convenio así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que estará integrada por el INAEM, el Director/a de la JONDE o persona en quien delegue; y por Zaragoza Cultural, el/la titular de la Dirección Artística del Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza o persona en quien delegue.

Sexta. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

Zaragoza Cultural certifica que cumple con los requisitos que establecen la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asumen el compromiso de comunicar al INAEM los riesgos que su trabajo en las dependencias del espacio escénico Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza puedan generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

El INAEM, a través de la JONDE, se compromete a cumplir todas las instrucciones dictadas por Zaragoza Cultural, según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y todas las disposiciones relacionadas con la misma, así como hacer cumplir a sus empleados el precepto legal anteriormente mencionado.

Séptima. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 30 de marzo de 2022 incluido.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del convenio podrá acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Octava. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En caso de resolución anticipada, las actuaciones previstas en la cláusula primera que se encontraran en curso de ejecución, deberán ser finalizadas en el plazo improrrogable que fijen las partes en el momento de la resolución, y los ingresos distribuidos de acuerdo con lo señalado en la cláusula tercera, en los términos establecidos en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Novena. Régimen jurídico.

El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1.

Décima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Undécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente acuerdo se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Duodécima. Información al Ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Decimotercera. Protección de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del Convenio o Protocolo y en su ejecución.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el INAEM en Plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es.

Decimocuarta. Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio.–En representación del INAEM, la Directora General, Amaya de Miguel Toral.–En representación de Zaragoza Cultural, la Vicepresidenta y Consejera-delegada, Sara María Fernández Escuer.

ANEXO
Plan de trabajo
Día Inicio Fin Concepto
4-1-2022 (*) 14:00 16:00 Descarga del Camión.
7-1-2022 (*) 9:00 14:00 Montaje de salas.
      Llegada de Orquesta.
  17:00 21:00 Montaje de Salas.
8-1-2022 (*) 10:00 13:30 Parciales.
  17:00 20:30 Parciales.
9-1-2022 (*) 10:00 13:30 Parciales.
  17:00 20:30 Parciales.
10-1-2022 (*) 10:00 13:30 Parciales.
  17:00 20:30 TUTTI (SALA MOZART).
11-1-2022 (*) 10:00 13:30 LIBRE.
  17:00 20:30 LIBRE.
12-1-2022 (*) 10:00 13:30 TUTTI (SALA MOZART).
  17:00 20:30 TUTTI (SALA MOZART).
13-1-2022 (*) 10:00 13:30 TUTTI (SALA MOZART).
  17:00 20:30 TUTTI (SALA MOZART).
14-1-2022 (*) 10:00 13:30 TUTTI (SALA MOZART).
  17:00 20:30 TUTTI (SALA MOZART).
15-1-2022 (*) 10:00 13:30 ENSAYO GENERAL (SALA MOZART).
  20:30 22:00 CONCIERTO (SALA MOZART).
16-1-2022 (*) 11:30 13:00 CONCIERTO (SALA MOZART).
  13:00 15:00 Carga del camión.
  15:00 19:00 Viaje Zaragoza-Madrid.

(*) Las fechas y horarios pueden sufrir modificaciones que serán acordadas en la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula quinta, en el marco de vigencia de este Convenio.

– En la zona de camerinos o cerca del escenario necesitaremos disponer de:

• Gel Hidroalcohólico.

• Agua.

 

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