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Documento BOE-A-2022-10066

Resolución de 2 de junio de 2022, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2022, páginas 84061 a 84076 (16 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-10066

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (BOE del 24), de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE del 13), en adelante LOU, y en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios (BOE del 8), en adelante RDCA, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Vigo, aprobados por Decreto 13/2019, de 24 de enero de la Xunta de Galicia (DOG de 22 de febrero), conforme a los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno, tras obtener la autorización de la Comunidad Autónoma de Galicia, y publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma la Oferta de Empleo Pública por promoción interna para el cuerpo de Catedrático o Catedrática de universidad para el año 2021 (Resolución de 24 de noviembre de 2021, DOG del 1 de diciembre),

Este Rectorado, en el uso de las competencias reconocidas por la LOU, ha resuelto convocar a concurso la/s plaza/s que figura/n en el anexo I a la presente resolución, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera. Normas generales.

Este concurso se regirá por la LOU; el RDCA; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas (BOE del 2), en adelante Ley 39/2015; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2), en adelante Ley 40/2015; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE del 31); en adelante EBEP; los Estatutos de la Universidad de Vigo; por el Reglamento de profesorado de la Universidade de Vigo aprobado por el Claustro Universitario el 24 de julio de 2012; por la normativa reguladora de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios aprobada por el Consejo de Gobierno el 8 de octubre de 2008, modificada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de julio de 2020, y por las bases de esta convocatoria y demás normativa que resulte de aplicación.

Segunda. Requisitos de las personas candidatas.

2.1 Para poder ser admitidas a realizar las presentes pruebas selectivas, las personas que sean aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos establecidos en el EBEP.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de las personas con nacionalidad española y de quien sea nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

Igualmente podrán participar las personas de nacionalidad extranjera no comunitaria, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del RDCA.

b) Tener cumplido los dieciséis años de edad y no haber superado los setenta.

c) Estar en posesión de la titulación de doctor o doctora. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, deberá adjuntarse credencial que acredite su homologación o su reconocimiento para el ejercicio como docente de universidad.

d) Estar acreditado o acreditada para el cuerpo Docente de Catedrático o Catedrática de Universidad conforme a lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.

Se considera que posee la acreditación regulada en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, el profesorado habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios/as docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos.

e) Haber abonado las tasas por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes.

f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Quien sea aspirante de nacionalidad distinta a la española deberá acreditar no estar bajo sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza

h) Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33%, deberán aportar fotocopia del certificado en vigor que acredite el reconocimiento de la discapacidad de que se trate. En caso de precisar alguna adaptación y al objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las medidas oportunas, se acompañará a la solicitud de participación en el concurso un escrito solicitando las adaptaciones de tiempo y medios correspondientes. Los aspirantes, a los que se refiere el presente párrafo, que no soliciten las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación al concurso, se entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin que pueda plantearse solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.

A la vista de las propuestas de adaptación efectuadas, la comisión, determinará las medidas de adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad que hayan sido admitidas al concurso y así lo hayan solicitado.

2.2 De conformidad con el artículo 62.2 de la LOU para poder participar en las plazas de promoción interna al Cuerpo de Catedrático o Catedrática de Universidad que figuran en el anexo I deberán tener la condición de funcionario o funcionaria de carrera de Profesores o Profesoras Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores o Investigadoras Científicos o Científicas de los Organismos Públicos de Investigación, y haber prestado como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo esta condición.

Tercera. Solicitud telemática.

3.1 La solicitud de participación se ha de efectuar mediante la cumplimentación del formulario integrado en la aplicación web de la Universidad de Vigo. Para presentar la solicitud de participación, las personas interesadas deben cumplimentar el formulario web de la solicitud que se halla establecido específicamente para la plaza y cuerpo correspondiente, disponible en el enlace en https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/index en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

3.2 Una vez cumplimentada y validada la solicitud a través de la aplicación web, deberá ser presentada junto con la documentación correspondiente, en la Sede Electrónica de la Universidad de Vigo (https://sede.uvigo.gal), mediante el procedimiento de concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios, CU2102 (Catedráticos de Universidad).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado anterior.

3.3 La publicación de los actos que integran este procedimiento en el tablón de anuncios de la Sede electrónica servirá de notificación para todos los efectos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015.

Con independencia de los lugares en los que reglamentariamente deban publicarse, tanto la convocatoria como los actos y acuerdos que integran este proceso selectivo se publicarán a título divulgativo en la página electrónica de la Universidad de Vigo: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/index.

3.4 Los derechos de examen para cada plaza (CU2102) serán de 44,17 euros. La liquidación de tasas se realiza a través de la aplicación web de la Universidad de Vigo habilitada para la participación en el concurso de acceso. Podrá abonarse el importe correspondiente en el período indicado en la hoja de liquidación, bien en efectivo o con tarjeta.

En efectivo se hará en alguna de las entidades bancarias colaboradoras con la Universidad de Vigo: Abanca, Banco Santander o CaixaBank. Con tarjeta se realizará a través de la aplicación informática que permitirá seleccionar esta opción, siendo necesario seguir con atención el proceso hasta su finalización, comprobando que el pago fue realizado correctamente.

Según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 % y los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial. Se aplicará una bonificación del 50 % en la tasa de inscripción a los miembros de familias numerosas de categoría general. En los tres supuestos será necesario que con la solicitud presenten las respectivas certificaciones que lo acrediten.

Asimismo, tendrán una bonificación del 50 % de la tasa las personas que figurasen como demandantes de empleo desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo, aspectos que deberán ser certificados por la oficina de los servicios públicos de empleo.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas de participación cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo, debiendo la persona interesada solicitar la devolución y aportar los datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá la devolución en los supuestos de exclusión definitiva por causa imputable a la persona interesada.

La falta de pago de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión definitiva del concurso de quien sea aspirante, excepto que acredite el pago o la exención de la citada tasa.

3.5 Durante el proceso de inscripción descrito en la base 3.1 se adjuntará en un fichero pdf los siguientes documentos, siendo causa de exclusión la falta de alguno de ellos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad. Quien sea aspirante, no posea la nacionalidad española y tenga derecho a participar deberá presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de quien sea nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separados de derecho de su cónyuge y, si es el caso, del hecho de que vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Fotocopia del título de doctor o doctora. Cuando corresponda, deberá acompañarse de la credencial de homologación o reconocimiento profesional.

c) Fotocopia de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que se señalan en la letra «d» de la base 2.1.

d) Copia de la hoja de servicios que acredite ser funcionario o funcionaria de carrera del Profesor o Profesora Titular de Universidad o de la Escala de Investigadores o Investigadoras Científicos o Científicas de los Organismos Públicos de Investigación, y haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo esta condición. Los aspirantes que pertenezcan a la Universidad de Vigo no tendrán que presentar copia de la hoja de servicios.

e) Justificante, en su caso, de la exención parcial o total de tasas.

3.6 Los errores de hecho que se pudiesen advertir se podrán enmendar en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Quien sea aspirante queda vinculado a los datos que hiciese constar en su solicitud, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Universidad.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

4.1 En el plazo máximo de 15 días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes el Rector de la Universidad de Vigo dictará una resolución aprobando la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión.

4.2 Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación. Posteriormente se dictará una resolución rectoral aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Las reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de la lista definitiva.

Quinta. Comisiones de acceso.

5.1 Las comisiones de acceso deberán procurar una composición equilibrada entre mujeres y hombres, salvo cuando no sea posible por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas. De acuerdo con lo que establece el artículo 75.4 de los Estatutos de la Universidad de Vigo, la composición de las comisiones es la que figura en el anexo II de esta convocatoria y tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Salvo petición expresa de la presidencia y debidamente autorizada, cada comisión tendrá su sede y actuará en el centro en el que tenga su sede el departamento al que está adscrita la plaza convocada.

La Universidad hará públicos con la publicación de la convocatoria los curriculum vitae de los miembros de las comisiones de acceso en la dirección de internet: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/index.

El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada, debidamente alegada por la persona interesada y así apreciada por este Rectorado. Los miembros de la comisión deberán abstenerse de actuar y podrán ser recusados en los casos y por los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015. Resuelta la renuncia, la abstención o la recusación las personas afectadas serán sustituidas por sus respectivos suplentes y, en su defecto, por orden correlativo y en último caso resolverá el Rector.

5.2 Las comisiones deberán constituirse en el plazo de un mes desde la publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Transcurrido el plazo sin que se hubiera constituído la comisión correspondiente, el Rector procederá a la sustitución de la persona que ejerza la presidencia titular.

5.3 La constitución de cada comisión exigirá la asistencia de cinco de sus miembros, titulares o suplente en su caso. La presidencia, una vez realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros, convocará a quien sea miembro titular y, en su caso, suplente, con una antelación mínima de diez días hábiles, fijando lugar, fecha y hora para proceder al acto de constitución de la comisión, que podrá realizarse por cualquiera de los procedimientos que permitan los medios tecnológicos disponibles, en este supuesto quedará reflejado en el acta tal circunstancia. Los miembros titulares serán substituidos por sus respectivos suplentes, en primer lugar, o por orden correlativo.

En el acto de constitución la comisión establecerá los criterios de valoración del concurso adecuados al perfil de cada plaza y los hará públicos en el tablón electrónico de la Universidad de Vigo y en el del lugar donde vayan a celebrarse las pruebas, antes del acto de presentación de candidatos y candidatas.

5.4 Una vez constituida la comisión, en caso de ausencia de la persona que ejerza la presidencia será substituida por el catedrático o catedrática de universidad con mayor antigüedad que tenga reconocidos, por lo menos dos tramos de investigación.

5.5 Para que la comisión pueda actuar válidamente se requerirá la asistencia de, por lo menos, tres de sus miembros entre los que figurarán obligatoriamente las personas que ocupen la presidencia y la secretaría. Los miembros de la comisión que estuviesen ausentes de la prueba cesarán en tal condición, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiesen haber incurrido.

5.6 A la secretaría de cada comisión le corresponderán las actuaciones administrativas y la gestión económica propias de la comisión, auxiliada por el personal de administración y servicios del departamento al que esté adscrita la plaza.

5.7 Durante el desarrollo del concurso la Comisión resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015.

Sexta. Acto de presentación y prueba.

6.1 La presidencia de la Comisión convocará a quien participe en el concurso al acto de presentación con una antelación mínima de diez días hábiles, indicando lugar y hora para realizar el acto de presentación.

6.2 En el acto de presentación, que será público, quien sea concursante entregará en cualquier soporte informático el apartado a) y b):

a) El curriculum vitae deberá ajustarse al modelo que se adjunta como anexo III, en el que detallará sus méritos, historial académico docente e investigador.

b) Su proyecto docente e investigador adecuado al perfil del concurso.

c) Un ejemplar de las publicaciones y de los documentos acreditativos de lo consignado en el curriculum, con independencia de que la comisión pueda solicitar documentación complementaria acreditativa original o compulsada.

6.3 En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las personas candidatas y la comisión fijará y publicará en el tablón electrónico de la Universidad de Vigo y en el centro donde se celebre, el lugar, fecha y hora de comienzo de la prueba, la cual deberá iniciarse en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día del acto de presentación. Este plazo podrá ser renunciable por escrito por las personas concursantes. Igualmente, fijará el plazo durante el que podrán examinar la documentación presentada por las restantes personas que concursen.

6.4 Las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización del ejercicio por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, añadiendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al anuncio de la fecha del examen e implicará el consentimiento de la interesada para permitir el acceso del tribunal o del órgano convocante a los datos médicos necesarios relacionados con su situación.

El tribunal acordará si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo, aplazarla o adoptar ambas medidas conjuntamente, tomando en cuente además de lo alegado los derechos de los demás aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables y a las necesidades e intereses de la universidad. Contra tal acuerdo no cabrá recurso sin perjuicio de que las razones de la impugnación se incluyan en cualquier otro recurso admisible, de acuerdo con las reglas generales del proceso selectivo.

6.5 La comisión valorará exclusivamente los méritos que, siendo alegados en el curriculum vitae por quien sea aspirante, estén debidamente justificados, siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

6.6 Los concursos se realizarán en las dependencias de la Universidad de Vigo, físicas o virtuales, de acuerdo con lo que disponga la presidencia de la correspondiente comisión, y se podrán celebrar de forma totalmente presencial, totalmente virtual o en una modalidad mixta, con participantes presentes físicamente y otros a través de medios telemáticos remotos. En todo caso, las personas concursantes, así como los miembros de las comisiones de acceso que pertenezcan a la Universidad de Vigo, en dichos concursos deberán acudir y estar presentes en la dependencia física de la Universidad de Vigo que señale la presidencia de la comisión, durante todo el acto de presentación y de celebración de la prueba.

Los concursos constarán de una única prueba que será pública y que consistirá en la exposición oral, durante un tiempo mínimo de treinta minutos y máximo de dos horas, de los méritos e historial académico docente e investigador, así como del proyecto docente e investigador presentado. A continuación, la comisión debatirá con el/la candidato/a durante un tiempo máximo de dos horas sobre sus méritos, su proyecto docente e investigador y la adecuación de estos al perfil de la plaza objeto del concurso.

6.7 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará a la presidencia un informe razonado ajustado a los criterios previamente fijados, de cada una de las personas que concursen, con expresión explícita de voto favorable o desfavorable.

6.8 Para superar la prueba es necesario obtener, por lo menos, tres votos favorables de los miembros de la Comisión. De no obtener ninguna candidatura por lo menos tres votos favorables, el proceso podrá concluir con la propuesta de no provisión, que deberá ser suficientemente motivada.

6.9 La propuesta de provisión de plazas se realizará en base a los votos favorables recibidos de los miembros de la Comisión. En caso de empate se recurrirá a la votación, sin que sea posible la abstención. De persistir el empate, dirimirá el voto de la presidencia.

Séptima. Propuesta, presentación de documentos y nombramiento.

7.1 La comisión elevará al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, la relación de todas las personas que superasen la prueba por orden de preferencia. La comisión podrá proponer la no provisión de la plaza justificando esta decisión. Este acuerdo se publicará en el tablón electrónico de la Universidad de Vigo, que servirá de notificación a las personas interesadas para todos los efectos y en el del centro donde se celebre la prueba.

7.2 En el plazo de los tres días hábiles siguientes al de finalizar su actuación, el/la secretario/a de la comisión entregará en la Secretaría General de la Universidad de Vigo la documentación completa relativa a sus actuaciones y un ejemplar de la documentación presentada por cada persona que concursase, en formato digital.

7.3 Las personas propuestas para la provisión de las plazas deberán presentar en el plazo de los veinte días hábiles siguientes al de publicación de la propuesta de la comisión y conforme al procedimiento previsto en la base 3.2, los siguientes documentos:

a) La documentación recogida en la base 3.5: fotocopia del documento de identidad, copia electrónica auténtica del título de doctor o doctora, copia electrónica auténtica de la acreditación y hoja de servicios original de la universidad u organismo para los aspirantes que no pertenezcan a la Universidad de Vigo.

b) Declaración jurada o promesa de no incurrir en incompatibilidad según lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. (BOE del 4 de enero de 1985).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 56.1.d) del EBEP.

En el caso de ser nacional de otro Estado, acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Certificado médico oficial o informe de salud emitido por el Servicio Gallego de Salud (SERGAS) de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a docente de universidad.

Quien tenga la condición de funcionario de carrera estará exento de justificar y presentar los documentos de los apartados «c» y «d», debiendo presentar certificado (hoja de servicios) de la universidad u organismo del que dependan que acredite su condición y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios para los aspirantes que no pertenezcan a la Universidad de Vigo.

7.4 El Rector de la Universidad de Vigo efectuará el nombramiento como funcionario o funcionaria docente de carrera de las personas propuestas por la comisión en un número que no exceda del número de plazas convocadas a concurso, una vez que hayan acreditado en plazo la documentación requerida. De no hacerlo, el Rector procederá al nombramiento de la siguiente persona en el orden propuesto.

7.5 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo y área de conocimiento. Se comunicará al correspondiente registro a efectos de otorgamiento de número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos respectivos, se remitirá para su publicación al «Boletín Oficial del Estado» y al «Diario Oficial de Galicia» y se comunicará al Consejo de Universidades.

7.6 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona propuesta deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de que se trate.

7.7 Las referencias a las necesidades y obligaciones docentes y al centro de adscripción que pueda tener la convocatoria no supondrán derecho de vinculación exclusiva a tal actividad docente y destino para quien tenga adjudicada la plaza.

Octava. Comisión de Reclamaciones.

8.1 Contra la propuesta de la comisión, las personas admitidas en el concurso podrán presentar reclamación ante el Rector de la Universidad de Vigo, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación en el tablón electrónico de la Universidad de Vigo. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución definitiva.

8.2 Las reclamaciones que se presenten se anunciarán en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Vigo, publicación que servirá de notificación para todos los efectos. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones en orden al contenido de la reclamación.

8.3 Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad de Vigo que examinará el expediente relativo al concurso, valorará los aspectos puramente procedimentales, y verificará el efectivo respeto, por parte de la Comisión de Selección, de la igualdad de condiciones de los candidatos y candidatas y de los principios de mérito y de capacidad de los mismos en el procedimiento del concurso de acceso. Resolverá en el plazo máximo de tres meses, ratificando o no la propuesta reclamada. En este último caso, se retrotraerá el expediente hasta el momento en que se produjo el vicio, debiendo la Comisión de Selección formular nueva propuesta, tras lo que el Rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Reclamaciones.

8.4 Las resoluciones del Rector a que se refiere el apartado anterior de este artículo agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Novena. Devolución de la documentación presentada por los/las aspirantes.

La documentación presentada al concurso deberá ser retirada de la Secretaría General, previa petición de la persona interesada, dentro del plazo de tres meses a contar desde la finalización del procedimiento, o, en su caso, desde que la resolución impugnada adquiera firmeza. La documentación que no fuese retirada en dicho plazo será destruida.

Décima. Protección de datos.

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de personas físicas en personas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y de garantía de los derechos digitales, los datos facilitados en la solicitud serán tratados bajo la responsabilidad de la Universidad de Vigo, con el propósito de gestionar la tramitación de este concurso y amparados por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Vigo.

Con su participación en este concurso las personas interesadas autorizan a la Universidad de Vigo para la publicación de sus datos, de acuerdo a los principios de publicidad y transparencia, cuando así se derive de la naturaleza de este concurso. No obstante y con el fin de prevenir riesgos de la publicidad de datos personales de víctimas de violencia de género, la persona afectada comunicará esta circunstancia con la mayor celeridad a la Unidad de Igualdad de la Universidad de Vigo (986 813419 e igualdade@uvigo.es).

Estos datos se tratarán durante el tiempo imprescindible para cumplir con la citada finalidad y se conservarán durante el plazo necesario para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos.

Las personas participantes están obligadas a facilitar estos datos en virtud de lo especificado en los párrafos anteriores y, en caso de no hacerlo, se les excluirá del proceso selectivo.

Las personas participantes tienen derecho a solicitar al responsable del tratamiento, en cualquier momento, el acceso, rectificación o supresión de sus datos personales y la limitación de su tratamiento, así como a oponerse a este tratamiento y a solicitar, salvo casos de interés público y/o ejercicio de poderes públicos, la portabilidad de sus datos.

Estos derechos podrán ejercerse mediante solicitud dirigida al Rector de la Universidad de Vigo en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Vigo, o en cualquiera de los registros indicados en el artículo 16 de la LPCAP y remitirla a la Secretaría General de la Universidad de Vigo, Campus universitario, 36310 Vigo, Pontevedra. Más información: https://www.uvigo.gal/proteccion-datos.

Igualmente, puede dirigir dicha solicitud a la Delegada de Protección de Datos: Ana Garriga Domínguez, Facultad de Derecho, Campus Universitario As Lagoas - 32004 Ourense, (España), 988368834, dpd@uvigo.gal.

También puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Undécima. Norma Final.

11.1 El tiempo transcurrido entre la publicación de la presente convocatoria y la resolución del concurso no podrá exceder de cuatro meses. A estos efectos el mes de agosto se considera inhábil.

11.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Las personas interesadas podrán optar por interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución, ante el Rector. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015.

Vigo, 2 de junio de 2022.–El Rector, Manuel Joaquín Reigosa Roger.

ANEXO I
Datos de las plazas

Plaza n.º 1

Referencia: CU2102-C02-063-CU-TC-01.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0063 Botánica.
Departamento: D00c02 Biología vegetal y ciencias del suelo.
Actividad docente e investigadora:

Biología de la Reproducción en Plantas Superiores: Implicación en la Distribución.

Comunicación y educación ambiental.

Centro de trabajo: 302 Facultad de Biología.

Plaza n.º 2

Referencia: CU2102-C04-220-CU-TC-01.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0220 Ecologia.
Departamento: D00c04 Ecología y biología animal.
Actividad docente e investigadora: Ecología marina.
Centro de trabajo: 310 Facultad de Ciencias del Mar.

Plaza n.º 3

Referencia: CU2102-C12-765-CU-TC-01.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0765 Química orgánica.
Departamento: D00c12 Química orgánica.
Actividad docente e investigadora: El perfil se corresponde con materias del área.
Centro de trabajo: 311 Facultad de Química.

Plaza n.º 4

Referencia: CU2102-T03-590-CU-TC-01.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0590 Máquinas y motores térmicos.
Departamento: D00t03 Ingeniería mecánica, máquinas y motores térmicos y fluidos.
Actividad docente e investigadora: Termodinámica y transmisión de calor.
Centro de trabajo: 312 Escuela de Ingeniería Industrial.

Plaza n.º 5

Referencia: CU2102-T14-800-CU-TC-01.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0800 Teoría de la señal y comunicaciones.
Departamento: D00t14 Teoría de la señal y comunicaciones.
Actividad docente e investigadora: Infraestructuras ópticas de telecomunicación.
Centro de trabajo: 305 Escuela de Ingeniería de Telecomunicación.

Plaza n.º 6

Referencia: CU2102-X05-245-CU-TC-01.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0245 Educación física y deportiva.
Departamento: D00x05 Didácticas especiales.
Actividad docente e investigadora:

Seguridad y hábitos saludables a través de la educación física.

Actividad física y deporte adaptado.

Centro de trabajo: 202 Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte.

Plaza n.º 7

Referencia: CU2102-X05-245-CU-TC-02.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0245 Educación física y deportiva.
Departamento: D00x05 Didácticas especiales.
Actividad docente e investigadora: Nuevas tendencias de ejercicio físico en adultos mayores con patologías.
Centro de trabajo: 202 Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte.

Plaza n.º 8

Referencia: CU2102-X06-225-CU-TC-01.
N.º de plazas: 1.
Cuerpo/Categoría: Catedrático/a de universidad.
Área de conocimiento: A0225 Economía aplicada.
Departamento: D00x06 Economía aplicada.
Actividad docente e investigadora: El perfil se corresponde con materias del área.
Centro de trabajo: 303 Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
ANEXO II
Comisiones de acceso

Plaza n.º 1: CU2102-C02-063-CU-TC-01

Área: Botánica

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a Juan Arroyo Marín. Catedrático/a de universidad. Universidad de Sevilla.
Secretario/a Montserrat Arista Palmero. Catedrático/a de universidad. Universidad de Sevilla.
Vocal 1.º José Jorge Domínguez Martín. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 2.º Adrián Escudero Alcántara. Catedrático/a de universidad. Universidad Rey Juan Carlos.
Vocal 3.º María Isabel Martínez Moreno. Catedrático/a de universidad. Universidad Rey Juan Carlos.
Comisión suplente
Presidente/a María Elsa Vázquez Otero. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Secretario/a Francisco Javier Rodríguez Rajo. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 1.º Juan Lorite Moreno. Catedrático/a de universidad. Universidad de Granada.
Suplente 2.º José María Iriondo Alegría. Catedrático/a de universidad. Universidad Rey Juan Carlos.
Suplente 3.º María Montserrat Martínez Ortega. Catedrático/a de universidad. Universidad de Salamanca.

Plaza n.º 2: CU2102-C04-220-CU-TC-01

Área: Ecología

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a Emilio Manuel Fernández Suárez. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Secretario/a María Elsa Vázquez Otero. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 1.º David Gutiérrez García. Catedrático/a de universidad. Universidad Rey Juan Carlos.
Vocal 2.º Pablo José Sánchez Jerez. Catedrático/a de universidad. Universidad de Alicante.
Vocal 3.º Juan José Vergara Oñate. Catedrático/a de universidad. Universidad de Cádiz.
Comisión suplente
Presidente/a Presentación Carrillo Lechuga. Catedrático/a de universidad. Universidad de Granada.
Secretario/a Jesús Souza Troncoso. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 1.º Isabel Reche Cañabate. Catedrático/a de universidad. Universidad de Granada.
Suplente 2.º

María Rosario Vidal-Abarca Gutiérrez.

Catedrático/a de universidad. Universidad de Murcia.
Suplente 3.º

María Francisca Giménez Casalduero.

Catedrático/a de universidad. Universidad de Alicante.

Plaza n.º 3: CU2102-C12-765-CU-TC-01

Área: Química orgánica

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a Miquel Sola I Puig. Catedrático/a de universidad. Universitat de Girona.
Secretario/a María Magdalena Cid Fernández. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 1.º María Delfina Couce Fortúnez. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 2.º María Generosa Gómez Pacios. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 3.º Jesús Rodríguez Otero. Catedrático/a de universidad. Universidade de Santiago de Compostela.
Comisión suplente
Presidente/a Yagamare Fall Diop. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Secretario/a Rosana Álvarez Rodríguez. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 1.º Ricardo Antonio Mosquera Castro. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 2.º Roberto José Sanz Díez. Catedrático/a de universidad. Universidad de Burgos.
Suplente 3.º Luis Muñoz López. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.

Plaza n.º 4: CU2102-T03-590-CU-TC-01

Área: Máquinas y motores térmicos

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a Alberto Coronas Salcedo. Catedrático/a de universidad. Universitat Rovira i Virgili.
Secretario/a Jacobo Porteiro Fresco. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 1.º Ángel Velázquez López. Catedrático/a de universidad. Universidad Politécnica de Madrid.
Vocal 2.º José Gonzálvez Maciá. Catedrático/a de universidad. Universidad Politécnica de València.
Vocal 3.º José Ramón García Cascales. Catedrático/a de universidad. Universidad Politécnica de Cartagena.
Comisión suplente
Presidente/a Mercedes Vega Blazquez. Catedrático/a de universidad. Universidad Carlos III de Madrid.
Secretario/a María del Carmen Pérez Pérez. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 1.º Estrella Álvarez da Costa. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 2.º M.ª del Carmen Venegas Bernal. Catedrático/a de universidad. Universidad Carlos III de Madrid.
Suplente 3.º Joaquín Navarro Esbrí. Catedrático/a de universidad. Universitat Jaume I de Castelló.

Plaza n.º 5: CU2102-T14-800-CU-TC-01

Área: Teoría de la señal y comunicaciones

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a Francisco Javier Fraile Peláez. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Secretario/a José Óscar Rubiños López. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 1.º Eva Rajo Iglesias. Catedrático/a de universidad. Universidad Carlos III de Madrid.
Vocal 2.º Antonio Pino García. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 3.º José Luis Rodríguez Rodríguez. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Comisión suplente
Presidente/a Carmen García Mateo. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Secretario/a Maria Ángeles Losada Binué. Catedrático/a de universidad. Universidad de Zaragoza.
Suplente 1.º Ángela María Coves Soler. Catedrático/a de universidad. Universidad Miguel Hernández de Elche.
Suplente 2.º Fernando Obelleiro Basteiro. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 3.º Alberto Marcos Arias Acuña. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.

Plaza n.º 6: CU2102-X05-245-CU-TC-01

Área: Educación física y deportiva

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a José Gerardo Villa Vicente. Catedrático/a de universidad. Universidad de León.
Secretario/a Marta Zubiaur González. Catedrático/a de universidad. Universidad de León.
Vocal 1.º José María González Ravé. Catedrático/a de universidad. Universidad de Castilla-La Mancha.
Vocal 2.º Raúl Reina Vaíllo. Catedrático/a de universidad. Universidad Miguel Hernández de Elche.
Vocal 3.º Sergio José Ibáñez Godoy. Catedrático/a de universidad. Universidad de Extremadura.
Comisión suplente
Presidente/a Luis Miguel Ruiz Pérez. Catedrático/a de universidad. Universidad Politécnica de Madrid.
Secretario/a María Belén Feriche Fernández Castanys. Catedrático/a de universidad. Universidad de Granada.
Suplente 1.º Ruth Jiménez Castuera. Catedrático/a de universidad. Universidad de Extremadura.
Suplente 2.º Juan Antonio Moreno Murcia. Catedrático/a de universidad. Universidad Miguel Hernández de Elche.
Suplente 3.º María Pilar Sánchez Collado. Catedrático/a de universidad. Universidad de León.

Plaza n.º 7: CU2102-X05-245-CU-TC-02

Área: Educación física y deportiva

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a Sergio José Ibáñez Godoy. Catedrático/a de universidad. Universidad de Extremadura.
Secretario/a Margarita Rosa Pino Juste. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 1.º Narcís Gusi Fuertes. Catedrático/a de universidad. Universidad de Extremadura.
Vocal 2.º José Carlos Jesús Millán Calentí. Catedrático/a de universidad. Universidade da Coruña.
Vocal 3.º María Belén Feriche Fernández Castanys. Catedrático/a de universidad. Universidad de Granada.
Comisión suplente
Presidente/a Rafael Timón Andrada. Catedrático/a de universidad. Universidad de Extremadura.
Secretario/a Mercedes González Sanmamed. Catedrático/a de universidad. Universidade da Coruña.
Suplente 1.º María Paz Prendes Espinosa. Catedrático/a de universidad. Universidad de Murcia.
Suplente 2.º Marta Zubiaur González. Catedrático/a de universidad. Universidad de León.
Suplente 3.º José Gerardo Villa Vicente. Catedrático/a de universidad. Universidad de León.

Plaza n.º 8: CU2102-X06-225-CU-TC-01

Área: Economía aplicada

Cargo Nombre Cuerpo Institución
Comisión titular
Presidente/a José Carlos Arias Moreira. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Secretario/a Alberto Gago Rodríguez. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Vocal 1.º Paula González Rodríguez. Catedrático/a de universidad. Universidad Pablo de Olavide.
Vocal 2.º María Berta Rivera Castiñeira. Catedrático/a de universidad. Universidade da Coruña.
Vocal 3.º Fernando Ignacio Sánchez Martínez. Catedrático/a de universidad. Universidad de Murcia.
Comisión suplente
Presidente/a María Dolores Garza Gil. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Secretario/a Francisco Javier Labandeira Villot. Catedrático/a de universidad. Universidade de Vigo.
Suplente 1.º Tomás Mancha Navarro. Catedrático/a de universidad. Universidad de Alcalá.
Suplente 2.º Beatriz González López Valcárcel. Catedrático/a de universidad. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Suplente 3.º Juan Oliva Moreno. Catedrático/a de universidad. Universidad de Castilla-La Mancha.
ANEXO III
Curriculum vitae

Datos personales:

− Apellidos y nombre.

− NIF.

− Fecha, localidad y provincia de nacimiento.

− Dirección, localidad y provincia de residencia.

− Teléfono y dirección electrónica.

− Categoría actual como docente, centro, departamento y área de docencia actual.

− Fecha de resolución de la habilitación y BOE de publicación.

Datos académicos:

1. Títulos académicos: clase, organismo y centro expedidor, fecha, calificación si la hubiere.

2. Puestos docentes desempeñados: categoría, organismo o centro, régimen de dedicación, fecha de nombramiento o contrato, fecha de cese.

3. Actividad docente desempeñada.

4. Actividad investigadora desempeñada.

5. Publicaciones de libros y monografías: autoría o coautoría, título, editor, editorial, fecha (de estar pendiente de publicación, justifíquese la aceptación por el consejo editorial).

6. Trabajos científicos publicados en revistas españolas o extranjeras: autoría o coautoría, título, revista, volumen, página, fecha (de estar pendiente de publicación, justifíquese la aceptación por el consejo editorial).

7. Otras publicaciones.

8. Otros trabajos de investigación.

9. Proyectos de investigación subvencionados.

10. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos: título, organizador, carácter nacional o internacional, lugar, fecha.

11. Patentes.

12. Cursos y seminarios impartidos: centro, organismo, materia, actividad desarrollada, fecha.

13. Cursos y seminarios recibidos: centro, organismo, materia, fecha.

14. Becas, ayudas y premios recibidos (posteriores a la licenciatura).

15. Actividad en empresas y profesión libre.

16. Otros méritos docentes o de investigación.

17. Otros méritos.

18. Cargos de gestión desempeñados: cargo, centro, período.

19. Diligencia de refrendo del curriculum.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/06/2022
  • Fecha de publicación: 17/06/2022
  • Convocatoria. Profesor/a titular de universidad. 8 plazas.

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