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Documento BOE-A-2021-5762

Resolución de 5 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 2021, páginas 40840 a 40841 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-5762

TEXTO ORIGINAL

La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado y el Presidente de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A., han suscrito una Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 5 de abril de 2021.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A.

26 de marzo de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE número 158; en virtud de Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, por la que se delegan competencias, actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Jesús Huerta Almendro, en su condición de Presidente de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A. con NIF A-86171964, domiciliada en Madrid, calle Poeta Joan Maragall, número 53, y apoderado en virtud de escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada el día 26 de julio de 2018 ante notario del Ilustre Colegio Oficial de Notarios de Madrid don Carlos Huidobro Arreba, con el número 1.010 de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid causando la inscripción 65 en la hoja abierta a dicha sociedad.

MANIFIESTAN

Primero.

Que la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 5 de marzo de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 4 de mayo de 2019, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

Segundo.

Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece dos años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.

Es por ello que las partes,

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio de asistencia jurídica de 5 de marzo de 2019, por dos años más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.

Segundo.

En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A el 5 de marzo de 2019, mantiene su vigencia.

Tercero.

La presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente Adenda.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.–El Presidente de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A., Jesús Huerta Almendro.

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