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Documento BOE-A-2021-17229

Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., para la organización conjunta del seminario "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: impacto en la gestión pública".

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2021, páginas 128736 a 128738 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-17229

TEXTO ORIGINAL

La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública y la Rectora Magnífica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., han suscrito una Adenda al Convenio para la organización conjunta del seminario «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: impacto en la gestión pública ».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 20 de octubre de 2021.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de modificación al Convenio entre Instituto Nacional de Administración Pública y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., para la organización conjunta del seminario «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: impacto en la gestión pública»

23 de septiembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Consuelo Sánchez Naranjo, actuando en nombre y representación del Instituto Nacional de Administración Pública (en adelante, INAP) –entidad con NIF Q2811002A y con domicilio legal, a efectos de cursar la documentación y modificaciones que se deriven de la ejecución del presente convenio, en la calle de Atocha, n.º 106, código postal 28012, de Madrid, España–, en su calidad de Directora del mismo, nombrada por el Real Decreto 164/2021, de 16 de marzo, y facultada para este acto por el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.f) del Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del INAP.

De otra parte, doña María Luz Morán Calvo-Sotelo, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., (en adelante, UIMP) –entidad con NIF Q2818022B y con domicilio social en la calle de Isaac Peral, n.º 23, de Madrid, España–, en su calidad de Rectora Magnífica de la misma, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 1457/2018, de 14 de diciembre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que con fecha 23 de junio de 2021 (BOE de 9 de julio), se suscribió el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., (UIMP), para la organización conjunta del seminario «Plan de Recuperación, Transformación Y Resiliencia: impacto en la gestión pública».

II. Que en la cláusula primera del citado convenio se establece que su objeto es la celebración del citado seminario de carácter profesional y académico en el marco de la convocatoria de cursos de actualización profesional y difusión cultural 2021 de los cursos de verano de la UIMP en Santander.

III. La cláusula tercera establece las «Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y gestión», estableciendo en la letra a) las tareas encargadas a la UIMP.

IV. La cláusula cuarta establece los «Compromisos económicos de las partes. Financiación», estableciendo en el apartado I que de acuerdo con la vigente normativa y tarifas aprobadas por la UIMP respecto a la organización y financiación de sus actividades de formación, el importe que el INAP debe abonar para contribuir a la financiación de los gastos derivados de la organización y celebración del seminario objeto de este convenio asciende a la cantidad de quince mil euros (15.000,00 euros). Esta financiación se materializará como se indica a continuación:

Realizando una aportación a la UIMP quince mil euros (15.000,00 euros) como apoyo económico a la organización del seminario y a los costes asumidos por la UIMP conforme a lo establecido en el apartado a) de la cláusula tercera.

V. La cláusula sexta del convenio suscrito dispone que podrá ser objeto de modificación por mutuo acuerdo de las partes, mediante la formalización de la correspondiente adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

VI. En la cláusula octava del citado convenio se establece la vigencia del mismo. Según establece el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el Boletín Oficial del Estado. El convenio finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos adquiridos y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2021.

VII. Al no haber tenido lugar el citado seminario en la sede de Santander durante los meses de verano debido a los cambios estructurales acaecidos en el seno de la Administración General del Estado, que han originado el retraso en la realización del seminario, y teniendo en cuenta el alto grado de interés suscitado por el mismo y la necesidad de cumplimiento de los objetivos, las partes manifiestan su interés en la continuar con la celebración de seminario en el mismo marco de la convocatoria de cursos de actualización profesional y difusión cultural 2021 de la UIMP, suscrito con fecha 23 de junio de 2021 (BOE del 8 de julio) y, en consecuencia, su voluntad es la de suscribir una adenda de modificación. En virtud de lo expuesto anteriormente, el INAP y la UIMP acuerdan suscribir la presente adenda de modificación del convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del convenio.

a) El contenido de la cláusula primera «Objeto del convenio» queda redactado del modo siguiente: El INAP y la UIMP organizarán conjuntamente, en el marco de la convocatoria de cursos de actualización profesional y difusión cultural 2021 de la UIMP en Cuenca, el siguiente seminario de carácter profesional y académico:

Seminario «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: impacto en la gestión pública».

Directora académica: Consuelo Sánchez Naranjo, Directora del INAP.

Secretaria: Fátima Mínguez Llorente

b) En el contenido de la cláusula tercera, letra a), se suprime la «Grabación en vídeo de las sesiones y retransmisión en streaming».

c) El contenido de la cláusula cuarta «Compromisos económicos de las partes. Financiación» queda redactada del modo siguiente:

I. De acuerdo con la vigente normativa y tarifas aprobadas por la UIMP respecto a la organización y financiación de sus actividades de formación, el importe que el INAP debe abonar para contribuir a la financiación de los gastos derivados de la organización y celebración del seminario objeto de este convenio asciende a la cantidad de diez mil euros (10.000,00 euros). Esta financiación se materializará como se indica a continuación:

Realizando una aportación a la UIMP diez mil euros (10.000,00 euros) como apoyo económico a la organización del seminario y a los costes asumidos por la UIMP conforme a lo establecido en el apartado a) de la cláusula tercera.

Esta aportación, que irá con cargo al concepto 226.06 de su presupuesto vigente de gastos, en el cual existe crédito adecuado y suficiente, se abonará mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20- 0200008606 abierta a nombre de la «Universidad Internacional Menéndez Pelayo» en el Banco de España, Agencia de Madrid, previa factura emitida por la UIMP, una vez celebrado el seminario de conformidad con lo previsto en este convenio, hecho que certificará la comisión de seguimiento del convenio y, en todo caso, en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del seminario.

Segunda. Acuerdo unánime.

Se acuerda expresamente por las partes modificar el Convenio firmado 23 de junio de 2021, en los términos de la presente Adenda modificativa. Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no modificado por esta adenda.

La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez que se inscriba en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. También será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y de conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares las firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de modificación al convenio arriba indicado.–La Directora del Instituto Nacional de Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.–La Rectora Magnífica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., María Luz Morán Calvo-Sotelo.

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