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Documento BOE-A-2021-17215

Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne, la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de la asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2021 y 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2021, páginas 128612 a 128621 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2021-17215

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito, con fecha 13 de octubre de 2021, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC) y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO) para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de la asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2021 y 2022, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 15 de octubre de 2021.–El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC) y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO) para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de la asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2021 y 2022

En Madrid, 13 de octubre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a las atribuciones que le confiere el apartado segundo punto 1 del capítulo II de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).

De otra parte, don Raúl Muñiz Cimas, Presidente de la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), con NIF G-83076810 y domicilio en la calle Agustín de Bethancourt, n.º 17, 4.ª planta, 28003 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Organización Interprofesional y la Escritura de elevación a público de acuerdos sociales de 30 de mayo de 2019.

De otra parte, don Juan Alberto Herranz Herranz, Coordinador, y don Daniel de Miguel de Santos, Director adjunto de la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC), con NIF G-85661577 y domicilio en calle Marqués de Urquijo, n.º 10, 2.º izquierda, 28008 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Organización Interprofesional de porcino de capa blanca y las escrituras de elevación a público de acuerdos de fecha de 19 de abril de 2016 y 14 de enero de 2020.

Y de otra parte, don Francisco Javier López López, Director de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO), con NIF G-87305009 y domicilio en avenida Pio XII n.º 6, 3.ª planta, 28016 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos y la Escritura de elevación a público de acuerdos de 11 de marzo de 2020.

Sendas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 6.1.j) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, y la asistencia y colaboración con empresas y entidades asociativas de los sectores agroalimentario y pesquero para facilitar su participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, competencias que serán ejercidas por la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, según se dispone en el apartado 2.c) del mismo artículo.

Segundo.

Que la presencia promocional del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) en ferias internacionales agroalimentarias, se realiza desde el año 2003, teniendo una experiencia, conocimientos técnicos y situación de mercado, que confirman la conveniencia de seguir desarrollando el trabajo iniciado, con la participación en certámenes internacionales en los años 2021 y 2022.

Tercero.

Que la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), reconocida por el MAPA el 26 de julio de 2001, tiene como objetivo y fines, entre otros:

– Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.

– Promoción del consumo de productos en el mercado interior y en los mercados exteriores y suministro de información al respecto.

Que la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC), reconocida por el MAPA el 1 de agosto de 2008, tiene como objetivo y fines, entre otros:

– Promocionar, valorar y difundir el conocimiento del sector porcino de capa blanca en orden a impulsar un consumo adecuado.

– Promover actuaciones que faciliten una información adecuada a los intereses de los consumidores, creando una imagen pública de esta Interprofesional y de los productos que defiende, a través de acuerdos, convenios y campañas que expliquen, de forma eficaz, el beneficio que aporta al conjunto de la sociedad y, especialmente, al consumidor. Se considera idónea la constitución de comisiones de enlace con la distribución y asociaciones de consumidores, para poder llegar a un mejor conocimiento de la problemática de toda la cadena agroalimentaria.

Que la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO), reconocida por el MAPA el 23 de diciembre de 2014, tiene como objetivos y fines, entre otros:

– Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.

– Exploración de posibles mercados de exportación.

– Promoción del consumo de productos en el mercado interior y en los mercados exteriores y suministro de información al respecto.

Cuarto.

Que estas tres organizaciones interprofesionales, tienen interés en la participación conjunta con el MAPA en diversas ferias y actuaciones promocionales complementarias a las mismas.

Quinto.

Que tanto el MAPA, como las organizaciones tienen, entre sus funciones y finalidades, la de promoción del sector cárnico, mediante la participación conjunta en ferias internacionales, con el fin de sumar conocimientos técnicos y experiencia.

Sexto.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siéndole de aplicación el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es la colaboración en la promoción de productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, mediante la participación conjunta en determinadas ferias internacionales en los años 2021 y 2022.

La participación en las acciones seleccionadas se dará a conocer y estará abierta a todas las empresas del sector. Las actuaciones realizadas por las organizaciones firmantes, en las distintas ferias y certámenes internacionales contenidos en la cláusula segunda y en los anexos, serán genéricas, no discriminatorias y beneficiosas para todo el sector en su conjunto.

Segunda. Actuaciones a desarrollar.

Las actuaciones programadas para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, son las siguientes:

– Diseño y realización de material promocional.

– JFEX JAPÓN, incluido eventos con importadores(2021).

– SIAL CANADA (2022).

– WORD FOOD EXPO-WOFEX (2022).

– FOOD&HOTEL SEOUL (2022).

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I:

1. Aportar la cantidad máxima de trescientos setenta y cinco mil doscientos cincuenta euros (375.250,00 euros), IVA incluido, en la totalidad del periodo de actuaciones del presente Convenio, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:

– Ciento ochenta y cinco mil (185.000,00 euros) para el ejercicio económico de 2021.

– Ciento noventa mil doscientos cincuenta euros (190.250,00 euros) en 2022.

2. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la propuesta de la empresa seleccionada por las organizaciones interprofesionales participantes en cada feria, para la construcción del stand en las ferias de este Convenio y aprobación del material promocional elaborado por las interprofesionales y especificado en el anexo I.

3. Participar en la preparación de las actuaciones con sus unidades técnicas y de promoción.

4. Aportar el material de difusión institucional.

5. Colaborar con las Consejerías del MAPA, en los países en que se celebren estas acciones promocionales.

Cuarta. Obligaciones de las organizaciones interprofesionales.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:

1. Coordinar la participación de las diferentes organizaciones interprofesionales en las ferias seleccionadas, con un stand único o con stands contiguos con una estética e imagen común.

2. Elaborar el material promocional especificado en el anexo I. Este material deberá contar con la aprobación previa del MAPA e incluirá los logos tanto del MAPA como de #alimentosdespaña.

3. Coordinar la participación de las empresas del sector en cada acto promocional. A estos efectos el número mínimo de empresas exigido para participar en una feria a través del presente Convenio será de cuatro.

4. Convocar a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten ofertas para la ejecución de las ferias, cumpliéndose los principios básicos, de transparencia, no discriminación e igualdad de trato. Las empresas deberán presentar la documentación necesaria que garantice su capacidad técnica y legal para la realización del trabajo.

5. Remitir al MAPA el anexo II y el proyecto de la empresa seleccionada, con una antelación de, al menos, diez días naturales antes del inicio de las actividades.

El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor y a las especificaciones de los diferentes recintos feriales. En concreto deberá tener las siguientes características:

– En el perímetro exterior se instalarán rótulos con los logotipos del Gobierno de España, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según la normativa de la imagen institucional de la Administración General del Estado, así como el de «#alimentosdespaña».

– Se contará con un espacio o despacho dentro del estand para su utilización por el MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el Departamento.

6. Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las ferias.

7. Facilitar, en tiempo y forma, al MAPA la información sobre las actuaciones protocolarias para su participación, así como de los programas técnicos y generales de las ferias. Se facilitarán, sin coste, a los representantes del MAPA acreditaciones y pases para cada feria.

8. Aportar el material de exposición y decoración.

9. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, el primer día de la feria, material fotográfico compuesto por, al menos, 5 fotografías de alta calidad del stand.

10. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, una vez finalizada cada feria, una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y certificados bancarios de pago, en un plazo no superior a un mes desde la finalización de cada feria, de acuerdo con los anexos III y IV.

11. INTEROVIC aportará la cantidad de ciento nueve mil euros (109.000,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I.

12. INTERPORC aportará la cantidad de noventa y siete mil doscientos cincuenta euros (97.250,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I.

13. PROVACUNO aportará la cantidad de ciento sesenta y nueve mil euros (169.000,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I.

14. Las organizaciones firmantes se asegurarán de que en ninguna de las actuaciones realizadas conjuntamente se produzca doble financiación.

15. Así mismo, cualquier aumento indicado en los conceptos citados en el presupuesto u otros distintos que se pudieran generar, será asumido por la o las organizaciones interprofesionales que hayan incurrido en dichos gastos.

Quinta. Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del Convenio, asciende a setecientos cincuenta mil quinientos euros (750.500,00 euros) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo I.

El MAPA participará en las acciones objeto de este Convenio con un presupuesto máximo de trescientos setenta y cinco mil doscientos cincuenta euros (375.250,00 euros), IVA incluido, para la totalidad del Convenio, ciento ochenta y cinco mil (185.000,00 euros) para el ejercicio económico de 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 y ciento noventa mil doscientos cincuenta euros (190.250,00 euros) en 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente.

El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera y anexo I. Para ello, una vez ejecutadas las acciones y previo al pago, cada organización interprofesional deberá justificar:

– En el caso del diseño y realización de material, una muestra del mismo, así como sus correspondientes facturas justificativas y certificado bancario de pago.

– En el caso de las ferias deberán justificar la ejecución de la actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y certificado bancario de pago, de acuerdo con los anexos III y IV.

Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a las cuentas:

INTEROVIC: ES38 3080 0065 1923 9670 5721, abierta en Caja Rural de Teruel, S.C.C., con domicilio en la calle paseo de Pamplona, 4-6 de Zaragoza.

INTERPORC: ES3700610196080121690117, abierta en la Banca March con domicilio en la calle Núñez de Balboa 70, Madrid.

PROVACUNO: ES31 2100 5731 7202 0022 2133, Caixa Bank, paseo de la Castellana 51, 28046 Madrid.

El MAPA abonará el 50 % de los gastos que se originen por la realización de las acciones promocionales recogidas en el Convenio, excluyendo atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de productos cárnicos.

La financiación restante, por un importe de trescientos setenta y cinco mil doscientos cincuenta euros (375.250,00 euros), IVA incluido, será asumida por las organizaciones interprofesionales, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta y en el anexo I del presente Convenio.

Sexta. Comisión de Seguimiento.

Se crea una Comisión de Seguimiento para la aplicación y desarrollo de las actividades previstas en este Convenio, con la siguiente composición:

Por parte del MAPA:

– Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España. De entre estos representantes, el funcionario/a de mayor rango presidirá la Comisión.

– Un representante de la Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria.

Por parte de las interprofesionales:

– Un representante de INTEROVIC.

– Un representante de INTERPORC.

– Un representante de PROVACUNO.

Dicha Comisión realizará las siguientes funciones:

– El estudio de las propuestas de decoración e instalación de los pabellones feriales y la distribución de los espacios de los pabellones.

– La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de la ejecución del Convenio.

– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.

Séptima. Publicidad.

La actuación conjunta MAPA-interprofesionales constará de modo visible y fácilmente legible en toda la publicidad, difusión, resultados, etc., que se realice en cualquier medio de difusión, por cualquiera de las partes, notificando dicha actuación previamente a la otra parte.

Octava. Duración del Convenio y su eficacia.

El presente Convenio surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO).

La duración de Convenio se extiende, desde su inscripción y comienzo de eficacia hasta el 30 de septiembre de 2022.

Asimismo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Novena. Modificación, extinción e incumplimiento del Convenio.

Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este Convenio, en cualquier momento, antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. De producirse la modificación del clausulado del Convenio, los correspondientes cambios habrán de incorporarse al mismo y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Toda modificación del Convenio deberá formalizarse mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.

El presente Convenio quedará extinguido por cualquiera de las causas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes dará lugar a la resolución del Convenio en los términos previstos en el citado artículo.

El incumplimiento parcial de las obligaciones y compromisos de las interprofesionales, será valorado de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, siendo el importe a abonar a las interprofesionales proporcional al importe de las acciones realizadas.

Ambas partes se reservan el ejercicio de las acciones legales que procedan, en orden a la resolución de este Convenio, así como para la reclamación de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.

Décima. Condición suspensiva.

La eficacia de este Convenio en relación con las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para los años 2021 y 2022, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente.

Undécima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.

Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este Convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.

Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente Convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y las interprofesionales, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del otro cotitular.

Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente Convenio, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Duodécima. Resolución de conflictos.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente Convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las partes firman el presente Convenio en quintuplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. Secretario General de Agricultura y Alimentación, Orden APA/21/2019, de 10 de enero, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de INTEROVIC, Raúl Muñiz Cimas.–El Director de PROVACUNO, Francisco Javier López López.–El Coordinador de INTERPORC, Alberto Herranz Herranz.–El Director Adjunto de INTERPORC, Daniel de Miguel de Santos.

ANEXO I
Presupuesto

I.1 Presupuesto total

La valoración económica de las acciones promocionales tiene un coste máximo de setecientos cincuenta mil quinientos euros (750.500,00 euros) IVA incluido, que se desglosan de la siguiente manera:

Ferias

MAPA

Euros

INTERPORC

Euros

PROVACUNO

Euros

INTEROVIC

Euros

Total

Euros

MATERIALES PROMOCIONALES (2021). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta *. 15.000,00   7.500,00 7.500,00 30.000,00
JFEX JAPÓN Y EVENTOS IMPORTADORES (2021). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta *. 170.000,00   85.000,00 85.000,00 340.000,00
MATERIALES PROMOCIONALES (2022). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta *. 49.500,00 16.500,00 16.500,00 16.500,00 99.000,00
SIAL CANADA (2022). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta *. 60.000,00   60.000,00   120.000,00
WORLD FOOD EXPO-WOFEX -MANILA (2022). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta *. 39.925,00 39.925,00     79.850,00
FOOD&HOTEL SEOUL (2022). Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta *. 40.825,00 40.825,00     81.650,00
  Total pago año 2021. 185.000,00 92.500,00 92.500,00 370.000,00
  Total pago año 2022. 190.250,00 97.250,00 76.500,00 16.500,00 380.500,00
    Total años 2021 y 2022. 375.250,00 97.250,00 169.000,00 109.000,00 750.500,00

* Gastos excluidos: atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de productos cárnicos.

I.2 Presupuesto MAPA desglosado por anualidades, ferias y Organizaciones Interprofesionales

Ferias Organización Interprofesional

Importe

Euros

Año 2021
MATERIALES PROMOCIONALES. PROVACUNO. 7.500,00
INTEROVIC. 7.500,00
JFEX JAPÓN (2021) y EVENTOS IMPORTADORES. PROVACUNO. 85.000,00
INTEROVIC. 85.000,00
  Total 2021. 185.000,00
Año 2022
MATERIALES PROMOCIONALES (2022). INTERPORC. 16.500,00
PROVACUNO. 16.500,00
INTEROVIC. 16.500,00
SIAL CANADA (2022). PROVACUNO. 60.000,00
WORLD FOOD EXPO-WOFEX -MANILA (2022). INTERPORC. 39.925,00
FOOD&HOTEL SEOUL (2022). INTERPORC. 40.825,00
  Total 2022. 190.250,00
ANEXO II
Descripción del proyecto y cronograma

– Empresa especializada contratada.

– Diseño del proyecto aplicado.

– Cronograma inicial de la actividad.

– Empresas participantes.

ANEXO III
Informe de resultados

Valoración final de las actividades realizadas, indicando el grado de consecución de los objetivos iniciales y grado de satisfacción.

Deberá contener el siguiente índice:

– Feria programada. Descripción y datos de participación. Cronograma final.

– Nombre de las empresas del sector participantes y su valoración económico-empresarial de su asistencia a la feria.

– Conclusiones.

ANEXO IV
Informe económico

La información contenida en el informe económico a presentar estará soportada por las correspondientes relaciones de gastos justificados de cada una de las actuaciones promocionales ejecutadas.

Feria MAPA Interprofesional Total ejecutado
Concepto del gasto Importe según Convenio Importe ejecutado Concepto del gasto Importe según Convenio Importe ejecutado
               

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