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Documento BOE-A-2021-12991

Resolución de 29 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza de personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de Jefe de Créditos Impagados, en la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2021, páginas 93069 a 93079 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2021-12991

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Organismo, en uso de las competencias que le están atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, fuera de Convenio, de la Administración General del Estado, en el puesto de Jefe de Créditos Impagados en la Gerencia de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir un puesto de personal laboral fijo fuera de convenio denominado Jefe de Créditos Impagados en la Gerencia de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo finalizar la misma, con carácter general, en el plazo máximo de doce meses desde la publicación de la convocatoria en el BOE.

1.3 La descripción de la plaza se detalla en el anexo II de esta convocatoria.

1.4 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratados con carácter fijo, como personal laboral fuera de convenio, quedando caso de ser funcionario de carrera, en la situación de excedencia voluntaria por prestación de servicio en el sector público, regulada en el artículo 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones administrativas de los funcionarios de la Administración General del Estado, o en la situación que determine el correspondiente convenio colectivo o normativa aplicable, si se trata de personal laboral.

1.5 La presente convocatoria se publicará, además de en el «Boletín Oficial del Estado», en las páginas web: www.administracion.gob.es y www.tpfe.es.

1.6 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo III de la presente convocatoria. Respecto a la normativa será de aplicación la que se encuentre en vigor a la fecha de realización del primer ejercicio.

1.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de la presente convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2 Capacidad legal. Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4 Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el anexo II. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

2.1.5 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.6 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente de modo telemático, en aplicación del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

No obstante lo anterior, aquellos aspirantes que por cursar la solicitud en el extranjero, porque concurra una incidencia técnica debidamente acreditada, o por cualquier otra causa de similar naturaleza no puedan realizar este trámite de forma telemática, podrán cumplimentarlo de forma sustitutoria en papel.

Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG.ips.

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Estado», por vía electrónica.

a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea del modelo oficial.

– Anexar documentos a su solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

b) El ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro. El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, 11, 4.ª planta, 28014 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio del Interior, Sr. Director-Gerente de la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.4 Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

3.6 La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

3.7 En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el órgano convocante dictará, en el plazo de un mes, resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, estas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo V a esta convocatoria. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley citada en la base anterior.

5.4 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, n.º 11, cuarta planta, 28014 Madrid, teléfono (91) 524 29 45/29/30/37 dirección de correo electrónico personal@tpfe.es

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 23 de junio de 2021 («Boletín Oficial del Estado» del 28).

6.2 Los aspirantes serán convocados a cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de su celebración, en la sede del Tribunal, y en el punto de acceso general www.administración.gob.es, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida en el anexo I.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.6, en la web www.administracion.gob.es y www.tpfe.es.

6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo.

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación.

7.2 Dicha relación se publicará en el lugar de celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo el primer aspirante de dicha relación de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 El personal de nuevo ingreso, tendrá que superar un periodo de prueba de tres meses, durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

Quedan exentos del periodo de prueba los trabajadores que hayan ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación.

En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1.

7.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 29 de julio de 2021.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición que comprenderá tres ejercicios, todos ellos eliminatorios:

– Primer ejercicio. Consistirá la realización de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Este ejercicio constará de dos partes:

Primera parte: Incluirá treinta preguntas sobre la primera parte del programa de esta convocatoria, relativo a «Organización del Estado, Administración Pública y Derecho Administrativo General».

Segunda parte: Las setenta preguntas restantes versarán sobre la parte específica del programa.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de una hora y cuarenta y cinco minutos.

Se calificará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 para superar el ejercicio.

La calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

El Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este primer ejercicio en el plazo máximo de tres días a contar desde su finalización.

– Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito dos temas, de cuatro extraídos al azar, de la segunda parte del programa.

Se dispondrá para la realización del este ejercicio de un máximo de dos horas.

Una vez concluido el ejercicio o finalizado el tiempo disponible para la realización del ejercicio cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del Tribunal.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal en la fecha que se señale.

Se calificará con un máximo de 20 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

– Tercer ejercicio. De carácter práctico, consistirá en la elaboración durante un tiempo máximo de dos horas, de un informe acorde con las competencias del puesto convocado, de acuerdo con las cuestiones e informe documental que facilite el Tribunal.

Una vez concluido el ejercicio o finalizado el tiempo disponible para la realización del ejercicio cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del Tribunal.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal en la fecha que se señale, pudiendo este debatir con el aspirante el contenido del ejercicio, durante un periodo máximo de quince minutos.

Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2. La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

3. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

Si aplicados estos tres criterios continuara el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, que se harán públicas en su momento, para dirimirlos.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II
Ámbito territorial N.º plazas Destino Titulación requerida

Funciones

Madrid. 1 Gerencia. Grado Universitario de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.

– Información del riesgo comercial de nuevos clientes así como asesoramiento en las garantías que condicionen la concesión del riesgo.

– Seguimiento permanente de los saldos vencidos y no vencidos de cada cliente y comparación con los límites de riesgos asignados.

– Resolución de incidencias que afecten a los cobros de facturas.

– Seguimiento del sistema de facturación para evitar el retraso en el cobro de créditos y su ingreso en la tesorería.

– El recobro de impagados y recuperación de créditos morosos.

ANEXO III
Programa para el proceso selectivo de personal laboral fijo Jefe de Créditos Impagados

Primera parte

Organización del Estado, Administración Pública y Derecho Administrativo General

1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

2. La Corona: atribuciones y competencias. Sucesión y regencia. Las Cortes Generales: composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

3. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. La Ley del Gobierno. La ley de Organización y Funcionamiento de la Administración del Estado.

4. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

5. La Administración Pública: principios constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.

6. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. El Derecho Comunitario y sus fuentes. Las relaciones entre Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros.

7. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. El control del gasto público en España. La Intervención General de la Administración del Estado.

8. Los procesos de modernización de las administraciones públicas. La Administración al servicio del ciudadano. La gestión de calidad en la Administración General del Estado. La gestión del cambio en las Administraciones Públicas. El impacto de las nuevas tecnologías. La Administración electrónica.

9. Políticas Públicas. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente. Régimen jurídico de la Dependencia.

10. El principio de Igualdad y no discriminación en el ámbito laboral: desigualdad por razón de género, discapacidad o diversidad afectivo-sexual: causas, tipos y prevención. Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

11. El Gobierno abierto. Especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno.

12. La Administración Pública y el Derecho. Fuentes del ordenamiento jurídico. La Constitución Española. La Ley: concepto y clases. Las disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: Real Decreto-Ley y Real Decreto Legislativo.

13. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estructura, ámbito de aplicación y principios generales.

14. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Su regulación en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Procedimiento previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

15. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Régimen disciplinario de los empleados públicos. Régimen de incompatibilidades de los empleados públicos. Régimen retributivo del personal laboral.

16. El Ministerio del Interior: Estructura orgánica. La Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: Estructura y competencias.

17. Personal al servicio de la Administración Pública: Derechos y Deberes de los Empleados Públicos.

18. El personal laboral de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. El IV Convenio Único de Personal Laboral de la Administración General del Estado: estructura y contenido.

19. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal.

20. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.

21. Ley de contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales y umbrales. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público.

22. Partes en el contrato administrativo. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en los contratos celebrados con las Administraciones Publicas.

23. Preparación de los contratos de las Administraciones Públicas. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas con especial referencia al procedimiento abierto, procedimiento restringido y procedimientos con negociación.

24. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Distintos tipos de contratos de las Administraciones Publicas en especial: Contratos de obras, contratos de servicios, contratos de concesión de servicios y contratos de suministros.

25. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión. Órganos y competencias. El recurso contencioso-administrativo: Las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Procedimiento ordinario y abreviado. Las medidas cautelares.

Segunda parte

Parte específica

1. La empresa mercantil. El empresario individual. Las sociedades mercantiles: concepto y clasificación. Requisitos de constitución.

2. Sociedad anónima y sociedad de responsabilidad limitada. La disolución de las sociedades mercantiles.

3. Las obligaciones mercantiles. Los contratos mercantiles: concepto y clases. Perfección, forma y prueba de los contratos mercantiles. La prescripción en el Derecho Mercantil.

4. El proceso presupuestario en la AGE: Elaboración y aprobación. La Ley General Presupuestaria.

5. Modificaciones presupuestarias. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de créditos. Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos.

6. Los presupuestos Generales del Estado. Concepto y contenido. Clasificaciones presupuestarias. Estructuras específicas en los organismos autonómicos. Operaciones comerciales.

7. Control del gasto público en España. El control interno de la gestión presupuestaria: la Intervención General del Estado. El control externo de la gestión presupuestaria: El Tribunal de Cuentas. Función interventora, control financiero permanente y auditoría pública.

8. Las subvenciones: concepto, naturaleza y clasificación. Reparto de competencias para regular y conceder subvenciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El procedimiento de concesión y pago.

9. El concurso: procedimiento, declaración y efectos. Administración concursal. Convenio y liquidación. Calificación del concurso. Conclusión y reapertura del concurso. Normas procesales generales y sistemas de recurso.

10. El gasto público. Procedimiento general de ejecución del gasto público. Formas especiales de pago: anticipos de caja fija y pagos a justificar. Gestión del presupuesto de ingresos.

11. Los ingresos públicos: concepto y clases. El régimen jurídico de los derechos de la Hacienda Pública estatal. La gestión recaudatoria: concepto, órganos de recaudación. Ingresos de la gestión recaudatoria. El pago y otras formas de extinción de la deuda.

12. La Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. Naturaleza Jurídica. Funciones. Órganos y atribuciones.

13. Gestión Económica y Financiera de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

14. Gestión del Riesgo. Establecimiento del límite de riesgo. Métodos de cobertura del límite de riesgo. Organización y gestión del cobro.

15. La tesorería de los centros gestores de gasto. Procedimientos que incluyen el pago directo por caja. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija.

16. Los ingresos públicos: concepto, clases y efectos.

17. Los impuestos: concepto, clases y efectos.

18. La Contabilidad pública. La Cuenta General del Estado.

19. El régimen financiero del Sector Público Institucional Estatal.

20. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público estatal. La auditoría de cuentas.

21. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público.

22. Los tributos: concepto, naturaleza y clases. El impuesto: concepto y fundamento. Clasificación de los impuestos.

23. Las obligaciones tributarias: clases. El hecho imponible y el devengo. La prescripción. Otras formas de extinción de la deuda tributaria.

24. Los obligados tributarios: concepto y clases; el sujeto pasivo; los responsables del tributo. El domicilio fiscal. La exención tributaria.

25. El crédito público. La deuda pública. Límites al endeudamiento de los entes públicos.

26. La contabilidad analítica. Concepto de coste. Clasificación de los costes. Sistemas de cálculo de costes.

27. La empresa pública: objetivos, gestión, financiación y control. La empresa pública en España.

28. Análisis de la actividad del sector público empresarial: la información económica financiera y los estados contables. Información contable y análisis de balances.

29. Reclamación judicial de impagados: inicio y trámites.

30. Procedimiento declarativo. Regulación y aplicación.

31. Procedimiento monitorio y cambiario. Regulación y aplicación.

32. Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales: objeto, ámbito de aplicación, determinación del plazo de pago.

33. Interés de demora: Concepto. Alcance. Indemnización por costes de cobro.

34. Cláusulas y prácticas abusivas. Principio de transparencia en las buenas prácticas comerciales.

35. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (Modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta que constan de tres ejemplares: Ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora. El ejemplar para la Administración, debidamente cumplimentado se dirigirá a la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Se aconseja su tramitación telemática o bien su cumplimentación a través del portal antes de su registro.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán «Interior».

En el recuadro relativo a centro gestor, se hará constar «Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo».

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el recuadro destinado a código, se hará constar «001».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Jefe de Créditos Impagados».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L». Sistema General de acceso libre.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio del Interior».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base específica 2 de esta convocatoria.»

El importe de la tasa por derechos de examen será de 30,79 euros.

Para los miembros de familias numerosas de categoría general, la tasa por derechos de examen es de 15,40 euros.

ANEXO V
Tribunal calificador

La composición del Tribunal calificador del presente proceso selectivo será hecho público con las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/07/2021
  • Fecha de publicación: 31/07/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA:
    • la relación definitiva de admitidos y excluidos, por Resolución de 7 de diciembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-20488).
    • la relación definitiva de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, por Resolución de 2 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-18595).

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