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Documento BOE-A-2020-5197

Resolución de 14 de mayo de 2020, del Consorcio Casa Árabe, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 21 de mayo de 2020, páginas 33826 a 33839 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2020-5197

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Consorcio Casa Árabe y el Vicerrector de Investigación y Desarrollo Territorial de la Universidad de Córdoba han suscrito, con fecha 12 de mayo de 2020, el Convenio que tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas en Casa Árabe, por parte de los estudiantes que cursen estudios en la Universidad de Córdoba.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de mayo de 2020.–El Director General del Consorcio Casa Árabe, Pedro Martínez-Avial Martín.

ANEXO
Convenio entre la Universidad de Córdoba y el Consorcio Casa Árabe para la realización de prácticas académicas externas por parte de los estudiantes de Universidad de Córdoba en Casa Árabe

REUNIDOS

De una parte, don Enrique Quesada Moraga, Vicerrector de Investigación y Desarrollo Territorial, nombrado mediante Resolución dictada por don José Carlos Gómez Villamandos, Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, actuando en nombre y representación de dicho Rector Magnífico, en virtud de la delegación otorgada mediante Resolución de la Universidad de Córdoba de fecha 28 de octubre de 2019 (BOJA n.º 211, de 31 de octubre de 2019).

Y de otra parte, don Pedro Martínez-Avial Martín, Director General de Casa Árabe con CIF número S2800481J, y domicilio en la calle Alcalá, 62 de Madrid, código postal 28009, que interviene en nombre y representación de dicha institución en su calidad de representante legal de la misma (Resolución de 19 de julio de 2017 del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación y Presidente de Casa Árabe en base al acuerdo adoptado por su Consejo Rector en su reunión ordinaria celebrada el día 4 de julio de 2017, y artículo 18.k de los Estatutos). En lo sucesivo, Casa Árabe.

EXPONEN

Primero.

Que según lo previsto en el artículo 15.2 (en el caso de títulos de Máster) y 12 (en el caso de títulos de Graduado) del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Máster universitario/Grado contendrán una formación teórica y práctica y entre esta formación práctica podrán incluirse prácticas externas. En este sentido, es necesario que la Universidad, a propuesta del órgano responsable del desarrollo del programa formativo, establezca acuerdos de colaboración con otras instituciones u organismos públicos y privados, así como con empresas o industrias. Todas estas colaboraciones deberán contar con la autorización previa de la Universidad, a propuesta del órgano responsable del desarrollo del estudio.

Segundo.

La Universidad de Córdoba y Casa Árabe han convenido que el alumnado de Grado, Máster u otros Títulos o Estudios Propios de la Universidad de Córdoba pueda desarrollar en las instalaciones de Casa Árabe, prácticas académicas externas de acuerdo, fundamentalmente, con lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios establece en el apartado primero del artículo 2 que las prácticas académicas externas constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios y supervisada por las Universidades, cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. A su vez, el apartado segundo señala que estas prácticas podrán realizarse en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional.

Tercero.

Que según lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, las Universidades o, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con las entidades colaboradoras previstas en el artículo 2.2 del presente real decreto y fomentarán que estas sean accesibles para la realización de prácticas de estudiantes con discapacidad procurando la disposición de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.

Cuarto.

Que las partes son conscientes de que las prácticas académicas externas contribuyen a la formación integral de los/las estudiantes, complementando su aprendizaje teórico y práctico, facilitando el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional y aplicando los conocimientos adquiridos y favoreciendo el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.

La obtención de una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su futura empleabilidad y favoreciendo los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento son, en definitiva, los fines que se persiguen con la realización de prácticas externas.

Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, estas se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Este Convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas, curriculares o extracurriculares, en Casa Árabe por parte de los estudiantes que cursen estudios en la Universidad de Córdoba, que permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral.

La cooperación entre ambas partes se concretará en el proyecto formativo al que se refiere la cláusula tercera del presente Convenio.

El alumnado que desee solicitar una práctica, para que ésta sea admitida, deberá estar matriculado en Grado o Máster Oficial u otros Títulos o Estudios Propios de la Universidad de Córdoba, y cumplir, además de lo establecido en el Art. 8.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, los siguientes requisitos:

1. En el caso de estudiante de Grado:

– Estar matriculado/a en el Grado relacionado, como mínimo de 36 créditos (estudiante a tiempo completo) o 24 créditos (estudiante a tiempo parcial) en el curso académico, o menos, si entre estos créditos se encuentran los correspondientes a alguna asignatura obligatoria, al trabajo fin de grado, o proyecto fin de carrera, o a las prácticas curriculares.

– Tener superados al menos 120 créditos del Grado en el que esté matriculado y por el que solicita la práctica, excepto aquellas prácticas que estén reguladas por un reglamento propio del Centro, en cuyo caso serán de aplicación los fijados por éste.

2. En el caso de estudiante de Máster, deberá estar matriculado de al menos 30 créditos o menos, si está matriculado en el Trabajo Fin de Máster.

3. En el caso de estudiantes de otros Títulos de la Universidad de Córdoba, el alumnado podrá realizar las prácticas en empresas siempre y cuando se encuentre matriculado de la totalidad de los créditos que se estipule en la propuesta de los mismos, no pudiendo disfrutar de prácticas remuneradas.

La selección del alumnado participante en prácticas, de conformidad con lo establecido en el Art. 17 del Real Decreto 592/2014, se realizará de acuerdo con criterios objetivos previamente fijados por la Universidad y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.

Segunda. Duración y horario de las prácticas.

Las prácticas académicas externas, curriculares, derivadas de este Convenio tendrán la duración establecida en el correspondiente plan de estudios de La Universidad de Córdoba.

La duración de las prácticas académicas externas, extracurriculares, derivadas de este Convenio serán acordadas entre ambas organizaciones.

Los periodos y horarios de realización de las prácticas se compaginarán con la organización y funcionamiento de Casa Árabe.

Tercera. Proyecto formativo.

El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III del presente Convenio.

Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad comunicará a la Casa Árabe su previsión, en cuanto al número de alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las que los alumnos desarrollarán las prácticas en el respectivo curso académico, así como calendario y horarios de las prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes que participarán en el proyecto formativo no podrá ser superior a tres personas por curso académico.

En el plazo de quince días naturales desde la recepción de dicha previsión, los responsables de Casa árabe deberán, de forma expresa, dar su conformidad a la misma o proponer las adaptaciones que estimen convenientes para el correcto desarrollo de las prácticas.

Cuarta. Tutores.

Para la realización de las prácticas externas el alumnado contará con un/a tutor/a académico/a de la Universidad de Córdoba y un/a tutor/a de Casa Árabe, que serán siempre personas distintas.

El/La tutor/a académico/a de la Universidad evaluará las prácticas desarrolladas de conformidad con los procedimientos que establezca la Universidad, cumplimentando el correspondiente informe de valoración.

Asimismo, el/la tutor/a de Casa Árabe, a través de la firma de este Convenio, tendrá los derechos y deberes contenidos en el Art. 11 del Real Decreto 592/2014.

El reconocimiento de la Universidad de Córdoba a la labor realizada por los tutores de Casa Árabe será tramitado por el Centro, en el caso de las prácticas curriculares o de programas regulados por este, o por el Coordinador General de Prácticas en Empresa y Empleabilidad de la Universidad de Córdoba en el caso de las prácticas extracurriculares.

Quinta. Obligaciones que asumirán los estudiantes participantes en el programa de prácticas.

Los estudiantes participantes en el programa de prácticas deberán cumplir las obligaciones previstas en el artículo 9.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en particular las siguientes:

– Iniciar la práctica en la fecha y condiciones acordadas.

– Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas.

– Realizar con diligencia y aprovechamiento las actividades de las prácticas, de acuerdo con el programa y condiciones específicas aprobadas.

– Comunicar al tutor de Casa Árabe cualquier incidencia que afecte al desarrollo de la práctica formativa.

– Guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en los lugares de prácticas con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros.

– No explotar aquellos trabajos realizados en la práctica sin la autorización expresa de Casa Árabe y la Universidad, ni durante el periodo que dure ésta, ni una vez finalizada.

– Otras que puedan establecerse de común acuerdo entre Casa Árabe y la Universidad.

El estudiante que realice prácticas en Casa Árabe deberá firmar los documentos que se adjuntan como anexos I y II por los que declara su compromiso de asumir las obligaciones que le son impuestas (anexo I) y se compromete a cumplir las normas vigentes de Casa Árabe en materia de confidencialidad y protección de datos de carácter personal (anexo II).

Sexta. Obligaciones de Casa Árabe.

Casa Árabe, en relación a las prácticas, asume las siguientes obligaciones:

– Disponer de los recursos necesarios para el desarrollo de las prácticas.

– Designar al tutor de Casa Árabe y los representantes que le correspondan en la Comisión de seguimiento del presente Convenio.

– Dar conformidad o proponer las modificaciones que estime pertinentes a la previsión de la Universidad que se recoge en la cláusula tercera.

– Observar las normas vigentes en todo lo relativo a la Seguridad e Higiene en el Trabajo e informar a los alumnos en prácticas de las mismas.

En ningún caso se derivará de las prácticas dotación económica obligatoria por parte de Casa Árabe.

Séptima. Obligaciones de la Universidad de Córdoba.

La Universidad de Córdoba se compromete a:

Remitir a la Casa Árabe, conforme a lo señalado en la cláusula tercera del presente Convenio, antes del inicio de las prácticas el listado de los estudiantes seleccionados, el nombre del tutor académico, el calendario y horarios de las prácticas, así como las áreas de actividad del anexo III que los alumnos desarrollarán en dichas prácticas.

Velar por el control y cumplimiento por parte de los alumnos participantes en las prácticas, de los requisitos, condiciones y obligaciones que le son exigibles para acceder y llevar a cabo las mismas.

Encargarse, de forma previa al inicio del periodo de prácticas, de que cada alumno firme los documentos que se adjuntan como anexos I y II. De cada una de esas declaraciones deberá dar copia a Casa Árabe antes del comienzo de las prácticas.

Octava. Naturaleza de la relación entre el alumnado y Casa Árabe.

La relación entre Casa Árabe y los estudiantes en prácticas no supondrá más compromiso que el derivado del presente Convenio, no existiendo en ningún caso relación estatutaria o laboral entre ambas partes ni implicará para la Administración General del Estado obligación contributiva alguna.

Asimismo, la realización de las prácticas académicas en Casa Árabe no supondrá la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.

Novena. Seguro. Cobertura de riesgos.

La responsabilidad civil en caso de accidente ocasionado con motivo de la actuación del estudiante en el desarrollo de las prácticas quedará cubierta por el seguro específico suscrito por la Universidad de Córdoba.

En caso de no existir ningún tipo de contraprestación económica, el posible riesgo de accidentes del alumnado estará cubierto a través del Seguro Escolar Obligatorio. Si el alumnado es mayor de 28 años o en la matrícula de los estudios por los que realiza la práctica no se contempla la suscripción del seguro escolar obligatorio, el/la alumno/a estará obligado/a a suscribir el seguro voluntario de accidentes antes del inicio de la práctica.

Décima.

El presente Convenio afectará al alumnado en tanto mantengan dicha condición, de tal manera que si durante la realización de las prácticas concluyeran sus estudios universitarios se darán por concluidas las mismas, a más tardar, a la finalización de dicho curso académico.

Undécima. Publicidad.

La participación de ambas instituciones deberá hacerse constar en cuanta información pública se edite en cualquier medio, incluidos los medios electrónicos, así como en las notificaciones a los beneficiarios o en los carteles exteriores descriptivos de las actuaciones. La Universidad se compromete a citar como colaboradora a Casa Árabe en la publicidad que realice sobre el título de Graduado, Máster universitario o Doctorado con el que se relacionan las prácticas formativas.

Duodécima. Comisión de seguimiento.

Se constituirá una Comisión de seguimiento del Convenio donde se tratarán los problemas derivados de la interpretación y ejecución del Convenio. Esta Comisión de seguimiento, constituida por dos representantes de Casa Árabe, y dos representantes de la Universidad, se reunirá al menos una vez durante la vigencia del presente Convenio, sin perjuicio de que, con carácter potestativo y a instancia de las partes se reúna en más ocasiones.

Decimotercera. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regulará por lo establecido en el Capítulo VI de la Ley 40/20158, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cualquier discrepancia que surja en relación con la interpretación, desarrollo, modificación, ejecución y resolución quedará sujeta a las normas del derecho administrativo.

Decimocuarta. Duración del Convenio.

La duración del Convenio será de cuatro años con posibilidad de una prórroga expresa, antes del vencimiento del plazo, por cuatro años más. La duración total del Convenio, incluida la prórroga, no excederá en ningún caso de los ocho años.

Cualquier prórroga deberá constar por escrito mediante la firma de un anexo al presente Convenio con una antelación de un (1) mes antes de la fecha de cada vencimiento, debiendo cumplirse para ello todos los trámites establecidos en el Art. 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Decimoquinta. Causas de extinción.

Los Convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los dos firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.

La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios directos causados a la otra parte, siempre que sean reales, económicamente evaluables y correctamente acreditados.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en alguna ley.

La resolución del Convenio no afectará a las prácticas iniciadas durante su vigencia y pendientes de concluir en la fecha de su extinción; debiendo salvaguardarse, en todo caso, los derechos de los estudiantes en prácticas.

Decimosexta. Resolución de controversias.

La existencia de cualquier tipo de discrepancia entre las partes en relación con la interpretación o ejecución de lo establecido en el presente Convenio, no resuelto en el seno de la Comisión de seguimiento, se resolverá por los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en su legislación reguladora.

Decimoséptima. Régimen de protección de datos personales.

Ambas partes deberán cumplir las especificaciones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento General de Protección de Datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como toda la normativa vigente sobre la materia.

El acceso a los datos por parte de las entidades firmantes del Convenio se realizará única y exclusivamente con la finalidad derivada de la realización de las prácticas correspondientes, objeto del Convenio.

Los datos de carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros ni siquiera para su conservación. Queda exceptuada la cesión de datos a la Administración Pública cuando ésta provenga de una obligación legal.

Las entidades firmantes del Convenio quedan exoneradas de cualquier responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la entidad que las hubiera quebrantado responderá de las infracciones en que hubiera incurrido.

Decimoctava. Revocación en caso de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos para el  alumnado.

En el caso de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos para el alumnado en el Convenio y en su/s anexo/s, la Universidad de Córdoba podrá revocar las prácticas en curso.

El proceso de revocación podrá iniciarse de oficio o a instancia de Casa Árabe donde se realicen las prácticas mediante escrito dirigido al Vicerrectorado competente en materia de prácticas.

En todo caso, se dará audiencia al estudiante, resolviendo el órgano competente de la Universidad de Córdoba, de conformidad con su normativa interna. En el caso de acordar la revocación de las prácticas, en la resolución se fijará el alcance de la revocación.

La revocación de las prácticas no dará derecho al estudiante a percibir indemnización.

No obstante, los eventuales conflictos que puedan surgir en el desarrollo de las prácticas serán objeto de estudio y resolución por parte de los/las tutores/as de las prácticas y los órganos competentes de la Universidad de Córdoba.

Decimonovena. Propiedad de los resultados.

Casa Árabe podrá, sin necesidad de solicitar autorización alguna, utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, de las prácticas realizadas por los estudiantes, para cualquier finalidad relacionada con los fines para los que fue constituida, salvo la explotación con fines comerciales.

Si algún estudiante deseara utilizar los resultados parciales o finales de sus prácticas, en parte o en su totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc., deberá solicitar la conformidad de Casa Árabe por escrito, quien deberá responder en un plazo máximo de 15 días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.

Vigésima. Modificación.

El presente Convenio solo podrá modificarse por acuerdo unánime de los firmantes, para adaptarlo a nuevas exigencias de toda índole, ya sean legales, académicas, o porque la experiencia del Convenio haga necesaria la modificación de alguno de sus puntos.

Las Adendas de modificación del presente Convenio que pudieran firmarse, surtirán efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Vigésima primera. Cotizaciones Seguridad Social.

El Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, establece los términos y condiciones para la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados, siendo igualmente de aplicación la Disposición adicional vigésima sexta de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

En relación con las obligaciones contempladas en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en material social, laboral, dado que todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a la firma de una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto o bien a la rescisión de este Convenio si alguna de las partes no estuviera de acuerdo.

Vigésima segunda. Validez.

El presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez sea inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, lo firman en el lugar y fecha señalados al comienzo.–Por la Universidad de Córdoba, el Vicerrector de Investigación y Desarrollo Territorial, Enrique Quesada Moraga.–Por Casa Árabe, el Director General de Casa Árabe, Pedro Martínez Avial.

ANEXO I
Deberes de los estudiantes en prácticas

El estudiante se compromete a atender al cumplimiento de los siguientes deberes:

– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la Universidad.

– Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por Casa Árabe bajo la supervisión del tutor académico de la Universidad.

– Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.

– Incorporarse a Casa Árabe en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.

– Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con Casa Árabe conforme a las líneas establecidas en el mismo.

– Elaborar un informe final, a la conclusión de las prácticas, en el que deberán figurar los aspectos contenidos en el Art. 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y que remitirán al Centro, en el caso de las prácticas curriculares o de programas regulados por éste, o al Coordinador General de Prácticas en Empresa y Empleabilidad de la Universidad de Córdoba en el caso de las prácticas extracurriculares.

– Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Casa Árabe y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.

– Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de Casa Árabe salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenece.

– Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o que pueda establecerse de común acuerdo entre Casa Árabe y la Universidad.

Firmado:

El estudiante,

D./Dña. ___________________

ANEXO II
Cláusula de confidencialidad y de protección de datos de carácter personal

El estudiante otorga el consentimiento para que la Universidad ceda sus datos a Casa Árabe que lo acoge para la finalidad prevista en el Convenio educativa, consentimiento que puede revocar en cualquier momento. La Universidad es la responsable del tratamiento de los datos y como tal garantiza los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en cuanto a los datos facilitados. Tanto la Universidad como Casa Árabe que acoge al estudiante se comprometen a respetar la confidencialidad de los datos y a utilizarlos de acuerdo con dicho fin.

El estudiante se compromete a guardar plena confidencialidad respecto a los datos de carácter personal incorporados a los ficheros de los que es responsable Casa Árabe y a los que puede tener acceso por motivo de las funciones inherentes a su actividad.

Firmado:

El estudiante,

D./Dña. ___________________

ANEXO III
Proyecto formativo

Grado de Cine y Cultura

– Recordar y reproducir información que previamente se le ha sido suministrada.

– Interpretar los conocimientos adquiridos y extraer sus propias conclusiones.

– Utilizar los conocimientos adquiridos para resolver problemas reales.

– Modelar y explicar procesos usando los conocimientos adquiridos.

– Formular y aplicar modelos para resolver una situación compleja.

– Emitir un juicio crítico sobre la validez de un modelo o una solución a un problema determinado.

– Avanzar de forma autónoma en el conocimiento del cine árabe.

Grado de Estudios Ingleses

– Conocimiento de las opciones y ámbitos profesionales del Graduado/a en Estudios Ingleses.

– Desarrollo de habilidades para el trabajo autónomo y en equipo.

– Capacidad para aplicar los conocimientos en diversos ámbitos profesionales.

– Capacidad para proyectar y elaborar trabajos técnicos y de investigación.

– Capacidad para asumir la cultura de la calidad y el liderazgo.

Grado de Filología Hispánica

– Adquirir conocimientos específicos que le capaciten para el ejercicio de trabajos propios de los perfiles profesionales de la titulación.

– Capacitar para la práctica profesional que cubra las distintas demandas sociales, en especial, aquellas relacionadas con el mercado laboral de este Grado, de manera que reciba el pleno reconocimiento de sus competencias profesionales.

– Capacidad para aplicar los conocimientos en los ámbitos profesionales del Graduado/a en Filología Hispánica.

– Adquirir la capacidad necesaria de reunir, sistematizar e interpretar datos relevantes en el ámbito de la lengua y la literatura españolas para poder formular juicios reflexivos.

– Proporcionar los conocimientos y manejo básicos de los métodos, técnicas e instrumentos de la filología para la iniciación y el desarrollo de la investigación lingüística y literaria.

Grado de Gestión Cultural

– Conocimiento de posibilidades y fórmulas para la financiación de proyectos y programas culturales.

– Modelos de organización y gestión de proyectos y programas.

– Conocimiento de criterios para evaluar y estudiar la viabilidad de proyectos y programas.

– Conocimiento de sistemas y recursos para la difusión y divulgación de los proyectos y programas.

– Proyección, planificación y ejecución de acciones para el estudio y difusión de programas culturales.

– Comprensión y aplicación de normativas del patrimonio cultural.

– Conocimientos y destrezas necesarios para llevar a cabo una organización oportuna y eficaz de eventos musicales, escénicos e interdisciplinares.

– Poseer las herramientas básicas para la evaluación de proyectos y eventos musicales y artísticos en general.

– Conocer las peculiaridades de los distintos tipos de eventos y en especial, las últimas tendencias artísticas en los distintos campos.

Grado de Historia

– Capacitar para el ejercicio profesional de la docencia y la investigación.

– Capacitar para el trabajo en bibliotecas, archivos y gestión del patrimonio cultural.

– Capacitar para la creación y gestión de empresas culturales y la cooperación internacional.

– Identificar y dominar los rasgos específicos del patrimonio cultural propio.

– Facilitar la capacitación práctica en cada una de esas potenciales salidas, así como en las más habituales de la docencia e investigación.

Grado de Historia del Arte

– Capacitar para la práctica profesional que cubra las distintas demandas sociales, en especial, aquellas relacionadas con el mercado laboral, de manera que reciba el pleno reconocimiento de sus competencias profesionales.

– Conocer la realidad nacional e internacional en materia de industria y política cultural; del mercado del arte y de las instituciones y organismos culturales.

– Adquirir conocimientos específicos que le capaciten para el ejercicio de trabajos propios de los perfiles profesionales de la titulación.

– Adquirir habilidades para diseñar proyectos educativos o de gestión del bien artístico, desde su conocimiento hasta su explotación social.

– Adquirir responsabilidad profesional y compromiso con la sociedad en todo lo referente a la defensa y conservación del Patrimonio Histórico-Artístico.

Grado de Traducción e Interpretación

– Adquisición de competencia traductora general y especializada.

– Desarrollo de los principios teóricos y metodológicos de la traductología, con sus aplicaciones prácticas.

– Capacidad para el acceso, búsqueda y selección de la información en el ámbito de la traducción e interpretación.

– Dominio práctico de todas las lenguas de trabajo, adecuándose a tipologías textuales diversas.

– Capacidad para reunir, sistematizar e interpretar datos relevantes en el ámbito de la traducción e interpretación.

– Fomento del aprendizaje como medio de desarrollo, innovación y responsabilidad profesional.

Grado en Derecho y Grado en Administración y Dirección de empresa

– Mejorar los conocimientos prácticos de materias jurídicas.

– Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos.

– Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando sus enseñanzas teóricas y prácticas.

– Familiarizarse con el funcionamiento y la problemática de instituciones relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado.

Catálogo de actividades

Las actividades a señalar en el anexo del Convenio serán aquellas que el estudiante vaya a desarrollar de manera efectiva en la empresa o institución.

Catálogo de competencias

Competencias genéricas (evaluables por el tutor laboral):

– Dominio de la comunicación oral y escrita.

– Gestión adecuada del tiempo de trabajo.

– Capacidad de análisis y síntesis de la información para elaboración y defensa de argumentos.

– Capacidad para la resolución de problemas.

– Capacidad de autoevaluación para asumir los resultados del trabajo.

– Capacidad para la toma de decisiones.

– Autoconfianza y seguridad en las propias capacidades.

– Compromiso con la calidad.

– Compromiso social de atención a la igualdad de género, diversidad y multiculturalidad.

– Adaptación al trabajo en equipo y/o multidisciplinar.

– Adquisición de hábitos de búsqueda activa de empleo y capacidad de emprendimiento.

– Capacidad para la búsqueda del autoempleo y la creación de empresas.

– Manejo de una lengua extranjera al nivel B1 o equivalente.

– Uso solvente de TICs apropiadas a la formación universitaria de Grado.

Competencias específicas Grado de Cine y Cultura

– Adquirir conocimientos sobre la historia del cine.

– Desarrollar capacidad para hacer análisis fílmico y crítica cinematográfica.

– Participar en la producción y posproducción de películas en diversos formatos (digital, animación).

– Saber gestionar, conservar y utilizar archivos fílmicos.

– Conocer técnicas de recuperación, conservación y difusión del patrimonio cinematográfico.

– Saber utilizar el cine como recurso educativo.

– Colaborar en labores de documentación y asesoría, escritura de guiones y dirección artística cinematográfica.

– Intervenir en la gestión empresarial cinematográfica (tareas de producción, distribución y exhibición de películas).

– Conocer modalidades de integración de la música en el arte cinematográfico.

Competencias específicas Grado de Estudios Ingleses

– Capacidad para sintetizar, organizar, manipular y transmitir eficazmente los conocimientos adquiridos en las distintas materias del Grado.

– Capacidad para localizar, manejar, aprovechar y manipular la información contenida en bases de datos y otros instrumentos informáticos y de internet.

– Aceptación de otros pensamientos críticos que difieran del adoptado por el alumnado.

– Desarrollo de la competencia comunicativa del idioma moderno en situaciones cotidianas.

– Empleo autónomo de distintos métodos y materiales para el aprendizaje del idioma moderno.

– Conocimiento de entornos profesionales de la titulación, tanto nacionales como internacionales.

Competencias específicas Grado de Filología Hispánica

– Conocimiento de los métodos e instrumentos de la crítica textual y edición de textos.

– Capacidad para aplicar en el ámbito profesional los conocimientos adquiridos.

– Capacidad para el diseño y gestión de proyectos.

– Capacidad para realizar trabajos de asesoramiento y de corrección lingüística, así como gestión del libro y orientación de la lectura en bibliotecas.

– Capacidad para interrelacionar los distintos aspectos de la filología y para relacionar el conocimiento filológico con otras áreas y disciplinas.

– Capacidad para buscar y sistematizar información, con rigor y coherencia, sobre los distintos entornos laborarles a través de fuentes tradicionales y de tecnologías específicas.

– Capacidad para sintetizar, organizar, manipular y transmitir eficazmente los conocimientos adquiridos.

Competencias específicas Grado de Gestión Cultural

– Conocer la situación actual en cuanto a emprendimiento en España, las vías de financiación y las subvenciones existentes para el emprendimiento, el perfil del emprendedor y sus características más representativas.

– Fijar los pasos necesarios para realizar un plan de empresa y conocer los trámites administrativos y legales para la creación de una empresa.

– Capacidad para elaborar presupuestos y diseñar sistemas de contabilidad de gestión.

– Conocimiento del sector profesional y empresarial de la cultura y de las redes profesionales de la gestión cultural.

– Capacidad para reconocer y asumir la diversidad de género y la multiculturalidad, y para actuar de acuerdo con los valores propios de una cultura de paz y de valores democráticos.

– Capacidad de diseño, producción y comercialización de productos, proyectos y actividades culturales.

Competencias específicas Grado de Historia

– Tener capacidad para la gestión del patrimonio histórico y cultural.

– Tener capacidad para organizar, planificar y gestionar información acerca de diversas sociedades y culturas.

– Poseer las habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios con un alto grado de autonomía.

– Tener iniciativa para la formación y gestión de empresas.

– Tener iniciativa en la gestión de recursos humanos y cooperación al desarrollo.

Competencias específicas Grado Historia del Arte

– Reconocer, comprender y analizar el fenómeno del arte en la historia.

– Establecer relaciones entre el arte, la naturaleza humana y su variación cultural.

– Adquirir habilidades en la localización de la bibliografía y en las formas de citar y argumentar con ella según las diversas materias, actividades o proyectos en que se utilice.

– Adquirir conceptos básicos de museografía y museología.

– Conocer, desarrollar y valorar las acciones de tutela y difusión del patrimonio.

Competencias específicas Grado de Traducción e Interpretación

– Analizar, crear y revisar profesionalmente todo tipo de textos y determinar valores y parámetros de variación lingüística y función textual.

– Conocimiento de las herramientas para la traducción asistida, la traducción por ordenador y la localización.

– Ser capaz de utilizar el metalenguaje especializado y profesional.

– Analizar funciones textuales, agentes y factores relevantes en el proceso de traducción e interpretación.

– Capacidad para participar en foros de aprendizaje y transferencia de conocimientos adquiridos en las lenguas de trabajo: grupos de noticias, blogs, etc.

– Capacidad de análisis morfosintáctico, semántico y discursivo de las lenguas de trabajo.

– Ser capaz de crear y gestionar bases de datos terminológicas.

Grado en Derecho y Grado en Administración y Dirección de empresa

– Demostrar la posesión y comprensión de conocimientos actualizados de las principales instituciones jurídicas.

– Saber aplicar esos conocimientos jurídicos a su trabajo o vocación de una forma profesional, mediante la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas.

– Saber reunir e interpretar datos relevantes para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas importantes de índole social, científica o ética.

– Poder transmitir información, ideas, problemas y soluciones de carácter jurídico a un público tanto especializado como no especializado.

– Desarrollar habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía.

– Acreditar el uso y dominio de una lengua extranjera.

– Conocer y perfeccionar el nivel de usuario en el ámbito de las TICs.

– Potenciar los hábitos de búsqueda activa de empleo y la capacidad de emprendimiento.

– Tomar conciencia de la importancia del Derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.

– Conseguir la percepción del carácter unitario del ordenamiento jurídico y del carácter interdisciplinario de los problemas jurídicos.

– Ser capaz de utilizar los principios y valores constitucionales en la interpretación del ordenamiento jurídico.

– Adquirir una conciencia crítica en el análisis del ordenamiento jurídico y desarrollo de la dialéctica jurídica.

– Comprender las distintas formas de creación del Derecho en su evolución histórica y realidad actual.

– Ser capaz de leer, interpretar y redactar textos jurídicos.

– Ser capaz de trabajar en equipo.

– Ser capaz de realizar actuaciones de negociación y conciliación.

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