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Documento BOE-A-2020-12532

Resolución de 14 de octubre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se corrigen errores en la de 24 de septiembre de 2020, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad estadística, y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 19 de octubre de 2020, páginas 89540 a 89541 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2020-12532

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría General de Función Pública, de 24 de septiembre de 2020, se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad estadística, y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística (BOE de 2 de octubre de 2020).

Observados errores en el anexo I, apartado «Elección de destinos»,

Esta Secretaría General ha resuelto su rectificación en el siguiente sentido:

En la página 83538:

Donde dice: «La suma de la calificación del concurso-oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará la calificación total y las prioridades para la elección de destino en el caso de los aspirantes del sistema de promoción interna, quienes tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes y se les podrá adjudicar un destino en los términos previstos en el artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de La Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La suma de la calificación de la oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará la calificación total y las prioridades para la elección de destino en el caso de los aspirantes del sistema general de acceso libre.»

Debe decir: «La suma de la calificación del concurso-oposición determinará la calificación total y las prioridades para la elección de destino en el caso de los aspirantes del sistema de promoción interna, quienes tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes y se les podrá adjudicar un destino en los términos previstos en el artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de La Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La calificación de la oposición determinará las prioridades para la elección de destino en el caso de los aspirantes del sistema general de acceso libre.»

Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 14 de octubre de 2020.–El Secretario General de Función Pública, Javier Rueda Vázquez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/10/2020
  • Fecha de publicación: 19/10/2020
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 24 de septiembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-11625).

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