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Documento BOE-A-2020-11465

Resolución de 23 de septiembre de 2020, conjunta de las Subsecretarías de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de dos tarjetas prefranqueadas de correo de los tipos "Tarjeta del Correo (80-42)" y "Tarjeta del Correo (10-01)" denominadas, respectivamente, "COVID-19.-2020" y "Cáceres Medieval. Orden de los Fratres.- 2020".

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 30 de septiembre de 2020, páginas 82481 a 82482 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-11465

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal y de acuerdo con lo establecido en los artículos 7.2.g) y 17 del Real Decreto 1637/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo, se dicta la presente Resolución sobre emisión y puesta en circulación de dos tarjetas prefranqueadas de correo, de los tipos «Tarjeta del Correo (80-42)» y «Tarjeta del Correo (10-01)» denominadas, respectivamente, «COVID-19. 2020» y «Cáceres Medieval. Orden de los Fratres. 2020».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero. Estampación.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda procederá a la estampación de dos tarjetas prefranqueadas de correo de los tipos «Tarjeta del Correo (80-42)» y «Tarjeta del Correo (10-01)» denominadas, respectivamente, «COVID-19. 2020» y «Cáceres Medieval. Orden de los Fratres. 2020».

Segundo. Características.

«COVID-19. 2020»

a) El día 1 de octubre de 2020 se emitirá una tarjeta prefranqueada de correo, del tipo «Tarjeta del Correo (80-42)» denominada «COVID-19».

b) La tarjeta está ilustrada, en su anverso, con la imagen de unas manos estrechadas y el lema «Esta tarjeta es darnos la mano para estar unidos».

c) El reverso, está franqueado con la imagen del sello de correo de la serie «COVID-19», del año 2020.

d) Características técnicas:

– Procedimiento de impresión: Offset.

– Soporte: Estucado una cara 350 gramos.

– Formato de la tarjeta: 160 x 110 mm (horizontal).

– Formato del sello: 40,9 x 28,8 mm (horizontal).

– Valor postal: 5 €.

– Tirada: 10.000 tarjetas.

«Cáceres Medieval. Orden de los Fratres. 2020»

a) El día 28 de octubre de 2020 se emitirá una tarjeta prefranqueada de correo, del tipo «Tarjeta del Correo (10-01)» denominada «Cáceres Medieval. Orden de los Fratres».

b) La tarjeta está ilustrada, en su anverso, con una imagen de la Torre de Bujaco y los símbolos de esta Orden medieval.

c) El signo de franqueo, en el reverso, reproduce la imagen del sello de correo de la serie «Orden de los Fratres de Cáceres», del año 2020.

d) Características técnicas:

– Procedimiento de impresión: Offset + metalizado.

– Soporte: Estucado una cara 350 gramos.

– Formato de la tarjeta: 160 x 110 mm (horizontal).

– Formato del sello: 28,8 x 40,8 mm (irregular forma de escudo).

– Valor postal: 1,55 €.

– Tirada: 10.000 tarjetas.

Tercero. Puesta en circulación y distribución.

1. La venta y puesta en circulación, de las dos tarjetas, se iniciará, respectivamente, el día 1 y 28 de octubre de 2020.

2. La distribución a los puntos de venta, de ambas tarjetas, cesará el 31 de diciembre de 2022, no obstante, mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto. Reservas.

De estas tarjetas quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 100 unidades, de cada una de ellas, a disposición de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, S.A., para atender los compromisos internacionales derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción de la filatelia.

Quinto. Material utilizado para la impresión.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal y Telegráfico o cualquier otro museo de interés en la materia. En tal caso se extenderá el acta correspondiente, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Madrid, 23 de septiembre de 2020.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.–La Subsecretaria de Hacienda, Pilar Paneque Sosa.

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