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Documento BOE-A-2019-17645

Resolución de 30 de octubre de 2019, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se anula plaza de Catedrático de Universidad, convocada por Resolución de 16 de julio de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 7 de diciembre de 2019, páginas 133936 a 133937 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-17645

TEXTO ORIGINAL

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno CG/2019/01/12 se aprobó la convocatoria para la provisión de 19 plazas del Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Entre las plazas aprobadas se encontraba la plaza CU-101/701, que se correspondía a la ejecución de la oferta pública de empleo de personal docente e investigador para el 2017.

La convocatoria de la plaza, mediante la Resolución 810/2019, de 10 de mayo, no consiguió su cobertura dado que el concurso fue declarado desierto por Resolución 1181/2019, de 10 julio.

Dada esta circunstancia, por Resolución 1211/2019, de 16 de julio, se volvió a convocar el concurso para la cobertura de la plaza que había permanecido desierta, junto con 4 plazas más que se convocaban por primera vez.

De acuerdo con el procedimiento establecido en la convocatoria del 16 de julio, se hizo pública la relación provisional de admitidos y excluidos, mediante Resolución 1525/2019, de 30 de septiembre, y la resolución definitiva, mediante Resolución 1671/2019, de 17 de octubre.

Por oficio del Ministerio de Hacienda, recibido en esta Universidad el 19 de septiembre de 2019, el Director General de Costes de Personal y Pensiones Públicas ha puesto en nuestro conocimiento que, dado que la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos Generales del Estado, en su artículo 19, no contempla el supuesto de que las plazas que queden desiertas en una convocatoria puedan ofrecerse nuevamente y que, por tanto, que la oferta de empleo público se agota un vez convocado el proceso selectivo para el acceso a la plaza correspondiente, con independencia del resultado del mismo.

Que, como consecuencia, la convocatoria de la plaza CU-101/701, establecida en la Resolución 1181/2019, resulta contraria a la normativa básica sobre oferta de empleo público, requiriendo a esta Universidad la anulación de dicha resolución con respecto a la convocatoria de esta plaza.

De acuerdo con el artículo 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, son anulables los actos de las Administraciones que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico.

Dada la motivación expuesta, en ejercicio de las competencias establecidas en los Estatutos de la Universidad, resuelvo:

Primero.

Anular parcialmente la Resolución 1211/2019, de 16 de julio, por la que se convocan concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios, detrayendo de las plazas objeto de convocatoria la plaza CU-101/701, en cumplimiento del requerimiento formulado por el Director General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.

Segundo.

Anular parcialmente los actos de ejecución de la convocatoria con respecto a la plaza CU-101/701 y, en concreto, la Resolución 1529/2019, de 30 de septiembre, de publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, y la Resolución 1671/2019, de 17 de octubre, de publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Tercero.

Posponer la convocatoria de la plaza CU-101/701 hasta su inclusión en la correspondiente oferta de empleo público.

Cuarto.

Notificar la presente resolución a las personas interesadas, haciéndoles saber que contra la misma, que agota la vía administrativa, los interesados ​​pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente de la notificación de este acto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el Rector de la UPC, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a la recepción de esta notificación o, en su caso, del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto.

Publicar la presente resolución en los mismos términos que se publicaron las resoluciones anuladas parcialmente.

Barcelona, 30 de octubre de 2019.–El Rector, Francesc Torres Torres.

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