Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-9740

Resolución de 9 de mayo de 2018, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, ejercicio 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 12 de julio de 2018, páginas 69727 a 69819 (93 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2018-9740

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de mayo de 2018, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, ejercicio 2015, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones, si bien deberían tenerse en consideración las alegaciones presentadas al mismo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Intervención General de la Seguridad Social.

2. Instar al Ministerio de Empleo y Seguridad Social a:

Adoptar las iniciativas oportunas para analizar la regulación de la compensación entre prestaciones de incapacidad permanente en los supuestos de revisión de grado de incapacidad, con el fin de evitar tratamientos desiguales y perjudiciales para la beneficiaria de una prestación.

Promover el desarrollo reglamentario previsto en el apartado 2 del artículo 126 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Regular el procedimiento de reclamación del reintegro de prestaciones indebidamente abonadas a los trabajadores por parte de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Regular el procedimiento de reclamación del reintegro de prestaciones indebidamente abonadas a los trabajadores por parte de las mutuas, en la fase previa al envío de la deuda a la TGSS para su gestión recaudatoria.

Desarrollar reglamentariamente, algo previsto en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, la fijación de los supuestos de imputación de la responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones empresariales en materia de afiliación, altas y bajas y de cotización, de su alcance y la regulación del procedimiento para hacerla efectiva.

3. Instar a la Intervención General de la Seguridad Social a:

Adecuar la operativa contable de los deudores por prestaciones a los principios contables recogidos en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de Seguridad Social.

Adecuar la operatoria contable de los deudores por prestaciones a los principios contables recogidos en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social

4. Instar al Instituto Nacional de Seguridad Social a:

Mejorar los flujos de información y la coordinación con las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Mejorar el flujo de información con las mutuas, con el fin de evitar que se generen deudores por pagos superpuestos de prestaciones.

5. Instar a la Tesorería General de Seguridad Social a articular las mejoras procedimentales en el sentido de las recomendaciones y conclusiones del Tribunal de Cuentas.

6. Instar a las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social a seguir las recomendaciones y asumir las conclusiones señaladas por el Tribunal de Cuentas, en el sentido de adaptar su operatoria contable a los principios contables recogidos en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública; mejorar y adaptar sus procedimientos de reclamación del reintegro de prestaciones indebidamente abonadas en la fase previa al envío de la deuda a la Tesorería General de Seguridad Social para su gestión recaudatoria, y realizando las actuaciones necesarias para conciliar y, en su caso, depurar el saldo de la deuda en gestión de cobro por la Tesorería General de la Seguridad Social.

7. Instar a FREMAP a:

Integrar en una única base de datos toda la información necesaria para los procedimientos de gestión y control de las prestaciones indebidamente percibidas y las derivadas de responsabilidad empresarial.

Mejorar la eficiencia y eficacia administrativa en los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones, en el sentido de las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas.

8. Instar a Ibermutuamur a:

Proceder a las adaptaciones contables en el sentido de las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas.

Diseñar una aplicación informática integrada que recoja toda la deuda.

Mejorar la eficiencia y eficacia administrativa en los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones, en el sentido de las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas.

9. Instar a la Fraternidad-Muprespa a mejorar la eficiencia y eficacia administrativa en los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones, en el sentido de las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de mayo de 2018.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

32

33

34

35

36

37

38

39

40

41

42

43

44

45

46

47

48

49

50

51

52

53

54

55

56

57

58

59

60

61

62

63

64

65

66

67

68

69

70

71

72

73

74

75

76

77

78

79

80

81

82

83

84

85

86

87

88

89

90

91

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid