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Documento BOE-A-2018-8078

Orden de 6 de junio de 2018, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 15 de junio de 2018, páginas 61337 a 61339 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2018-8078

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.4 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio (BOE número 205, de 25 de agosto), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y en lo dispuesto en el 10.2 del Decreto 21/2011, de 25 de febrero, (DOE número 43, de 3 de marzo) que establece la estructura organizativa del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez firmada la Orden de la Consejería de Educación y Empleo por la que se convoca, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de determinadas competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, la mencionada Consejería acuerda anunciar en el «Boletín Oficial del Estado», un extracto de la misma con los siguientes aspectos:

Primero.

La Orden de la Consejería de Educación y Empleo de fecha 4 de junio de 2018 por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales de la cualificación profesional de Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente, de la cualificación profesional de Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad y de la cualificación profesional de Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio (BOE número 205, de 25 de agosto), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y en lo dispuesto en el Decreto 21/2011, de 25 de febrero, está prevista su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura» de fecha 14 de junio de 2018.

Segundo.

Las unidades de competencias convocadas, correspondientes a cualificaciones profesionales de nivel 3, son las siguientes:

a) Cualificación profesional: Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente, Nivel: 3, Código: AFD097_3. Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, actualizado por Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre; modificado por Real Decreto 1521/2007, de 16 de noviembre y actualizado por Real Decreto 146/2011, de 4 de febrero.

Unidades de competencia incluidas en el Certificado de Profesionalidad «Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente», aprobado por Real Decreto 1518/2011, de 31 de octubre y cualificación completa incluida en la normativa por la que se establece el Título de Técnico Superior en Acondicionamiento físico, aprobado por Real Decreto 651/2017, de 23 de junio.

Unidades de competencia:

– UC0273_3: Determinar la condición física, biológica y motivacional del usuario.

– UC0274_3: Programar las actividades propias de una Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar del usuario.

– UC0275_3: Instruir y dirigir actividades de acondicionamiento físico con equipamientos y materiales propios de Salas de Entrenamiento Polivalente (SEP).

– UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

b) Cualificación profesional: Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad, Nivel: 3, Código: AFD510_3. Real Decreto 146/2011, de 4 de febrero.

Unidades de competencia incluidas en el Certificado de Profesionalidad «Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad», aprobado por Real Decreto 1076/2012, de 13 de julio. Asimismo, la unidad de competencia UC0272_2 está incluida en el Título de Técnico Superior en Acondicionamiento físico, aprobado por Real Decreto 651/2017, de 23 de junio y la UC1658_3 está incluida en el Título de Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva aprobado por Real Decreto 653/2017, de 23 de junio.

Unidades de competencia:

– UC1658_3: Elaborar, gestionar, promocionar y evaluar proyectos de animación físico-deportivos y recreativos.

– UC1660_3: Concretar, dirigir y dinamizar actividades, juegos y deportes con y sin adaptaciones y colaborar en competiciones recreativas y eventos físico-deportivos y recreativos para usuarios con discapacidad intelectual.

– UC1661_3: Concretar, dirigir y dinamizar actividades, juegos y deportes adaptados y específicos y colaborar en competiciones recreativas y eventos físico-deportivos y recreativos para usuarios con discapacidad física.

– UC1662_3: Concretar, dirigir y dinamizar actividades, juegos y deportes adaptados y específicos y colaborar en competiciones recreativas y eventos físico-deportivos y recreativos para usuarios con discapacidad visual.

– UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

c) Cualificación profesional: Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical, Nivel: 3, Código: AFD162_3. Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre; modificado por Real Decreto 1521/2007, de 16 de noviembre y actualizado por Real Decreto 146/2011, de 4 de febrero,

Unidades de competencia incluidas en el Certificado de Profesionalidad «Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical», aprobado por Real Decreto 1518/2011, de 31 de octubre y cualificación completa incluida en la normativa por la que se establece el Título de Técnico Superior en Acondicionamiento físico, aprobado por Real decreto 651/2017, de 23 de junio.

– UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

– UC0273_3: Determinar la condición física, biológica y motivacional del usuario.

– UC0515_3: Diseñar y ejecutar coreografías con los elementos propios del aeróbic, sus variantes y actividades afines.

– UC0516_3: Programar y dirigir actividades de acondicionamiento físico en grupo con soporte musical.

Tercero.

El número máximo de aspirantes admitidos/as en el presente procedimiento será de 300 plazas, distribuidos de la siguiente manera:

– Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente:100 plazas.

– Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad:100 plazas.

– Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical:100 plazas.

Si durante la ejecución de la convocatoria se contase con nuevas disponibilidades presupuestarias y/o sobrantes del presupuesto inicial de la misma, se podrá aumentar el número de plazas, siendo éstas cubiertas con los/as candidatos/as que figuren en la lista de reservas que podrán ser evaluados/as y acreditados/as. Las personas afectadas recibirán comunicación con antelación suficiente.

Cuarto.

El plazo para presentar la solicitud de participación en el procedimiento, será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Quinto.

Las bases de las Orden de convocatoria del presente procedimiento, así como la solicitud estará disponible en la web del Servicio Extremeño Público de Empleo, http://extremaduratrabaja.juntaex.es/, en el espacio dedicado al Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones.

Sexto.

La solicitud deberá cumplimentarse de forma telemática y deberá imprimirse y firmarse, debiendo ser registrada. La solicitud, junto con la documentación exigida se dirigirá a la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, y se presentará en las oficinas y sedes del Servicio Extremeño Público de Empleo, o en cualquiera de las oficinas integradas del Sistema de Registro único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo.

De la convocatoria no se derivan obligaciones económicas directas para la Consejería de Educación y Empleo(SEXPE) sin perjuicio de las compensaciones previstas para los asesores y evaluadores de acuerdo a lo establecido en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Estas indemnizaciones serán objeto de financiación con cargo al Programa INTERREG V-A España – Portugal (POCTEP) 2014-2020, en los ejercicios 2018 y 2019. Programa 13.08.242B. Superproyecto 2017.13.08.9003 (Proyecto de gasto 2017.13.08.0006. Cooperación Transfronteriza Euroace Sport. -F.F.CT-), hasta un máximo del 80%. El 20 % restante será financiado con Fondos de Comunidad Autónoma.

La actuación se enmarca dentro de los siguientes ejes, objetivos y prioridades POPTEC EUROACE SPORT:

• Eje 2. Crecimiento integrador a través de una cooperación transfronteriza a favor de la competitividad empresarial.

• Objetivo temático 3. Mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas.

• Prioridad de inversión 3B. Desarrollo y aplicación de nuevos modelos empresariales para las pymes, en particular para su internacionalización.

Objetivo específico OE3B - Promover la competitividad en aquellos sectores en los que el Espacio de Cooperación presente ventajas competitivas.

Mérida, 6 de junio de 2018.–La Consejera de Educación y Empleo, María Esther Gutiérrez Morán.

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