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Documento BOE-A-2018-7841

Orden JUS/626/2018, de 29 de marzo, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera de don German Serres Trulla.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2018, páginas 60232 a 60232 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-7841

TEXTO ORIGINAL

Por sentencia número 11/2017, de fecha 11 de mayo de 2017, de la Audiencia Provincial de Barcelona, en procedimiento del Tribunal del Jurado número 5/2017, modificada parcialmente por auto de fecha 23 de noviembre de 2017, de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, apelaciones c/ autos Jurado, sumario y P.A. 9/2017, se condena a don German Serres Trulla, funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, como autor de un delito de malversación de caudales públicos, a la pena, entre otras, de inhabilitación especial, durante el tiempo de dos años del empleo o cargo de funcionario de Gestión Procesal y Administrativa, así como la imposibilidad o incapacidad para recuperar dicho empleo o cargo, o para acceder al empleo de Letrado de la Administración de Justicia, durante el mismo tiempo.

Considerando que en el artículo 443.2.d), en relación con el artículo 491.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, se establece que la condición de funcionario se pierde «por inhabilitación absoluta o especial impuesta como pena principal o accesoria por los Tribunales cuando la misma sea firme».

Este Ministerio, en el ejercicio de la competencia conferida por el artículo 494 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, acuerda:

Primero.

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de don German Serres Trulla.

Segundo.

Contra esta Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida, potestativamente, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 29 de marzo de 2018.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.

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