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Documento BOE-A-2018-7793

Resolución 400/38142/2018, de 5 de junio, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2018, páginas 59777 a 59796 (20 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2018-7793

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 8), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 22).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es, y en el portal del Ministerio de Defensa http://www.defensa.gob.es/portalservicios.

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 30 plazas del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, código 0416, por el sistema de promoción interna.

1.2 Del total de las plazas se reservarán dos plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del sistema general que pudieran obtener plaza, será incluido por su orden de puntuación en el cupo de acceso general.

Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» del 17).

1.3 El conjunto de plazas ofertado se distribuye por programas en la forma que se relaciona a continuación:

Programa

Total plazas

Acceso general

Reserva discapacidad

Maestría de Electrónica

5

5

Maestría Eléctrica

10

8

2

Maestría de Delineación

3

3

Maestría de Mecánica

3

3

Maestría Metal-Construcciones Metálicas

3

3

Maestría de la Construcción

3

3

Maestría de la Madera

3

3

Total plazas

30

28

2

1.4 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los programas y cupos previstos en esta base.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general. Si en alguno de los programas no se cubriera el número total de plazas ofertadas, éstas podrán acumularse a cualquier otro programa, según determine este Ministerio, a propuesta del Tribunal, y de acuerdo con sus necesidades.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I.

2.2 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo prevista, la fase de oposición descrita en el anexo I, una duración máxima de tres meses.

La fecha de celebración del ejercicio de la fase de oposición podrá coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los aspirantes

4.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la titulación una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2, o de cinco años y haber superado el curso específico de formación.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la Administración General del Estado, serán computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado.

4.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

4.3 Además de los requisitos anteriores los aspirantes deberán poseer y mantener los demás requisitos exigidos en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio mencionada anteriormente.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:

5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado, o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las que, para cada programa, se detallan a continuación, en los términos previstos en el anexo III del citado Convenio Único.

Programa

Tareas Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales (grupo profesional 3 del vigente Convenio Único)

Maestría de Electrónica

Instalación y mantenimiento de equipos electrónicos de sonido, de imagen, de telecomunicaciones y otros de carácter análogo.

Maestría Eléctrica

Conservación de mantenimiento de instalaciones, edificios y bienes muebles.

Maestría de Delineación

Desarrollo de proyectos mecánicos.

Maestría de Mecánica

Producción por mecanizado.

Maestría de Metal-Construcciones Metálicas

Construcciones metálicas.

Maestría de la Construcción

Realización y planes de obra.

Maestría de la Madera

Desarrollo de productos en carpintería y mueble.

5.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 mencionados en el punto 5.1.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado o categorías equivalentes mencionadas en el punto 5.1 desarrollando funciones coincidentes con las que, para cada programa, se detallan en el citado punto.

5.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 5.1 y 5.2 se realizará mediante los certificados regulados en la base 10 de la presente Resolución.

6. Acceso de personas con discapacidad

6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

6.2 Los aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

6.3 El aspirante que participe por el cupo de reserva para personas con discapacidad que alcance el 60 por ciento de la puntuación máxima de algún ejercicio y no superara el proceso selectivo, conservará dicha puntuación y estará exento de realizar tales ejercicios en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean idénticos, salvo actualización normativa.

6.4 La adjudicación de los puestos de trabajo a los aspirantes que superen el proceso selectivo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» del 17).

7. Solicitudes

7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá con carácter general a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL:http://administracion.gob.es/PAG/ips.

7.2 Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica. La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea del modelo 790

– Anexar documentos a la solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

El ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen los recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

La constancia del correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta podrá adjuntarse a la solicitud electrónica o ser aportada presencialmente en los lugares previstos en esta base.

Igualmente podrán presentarse las solicitudes en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790 a través del punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/PAG/ips.

Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo, sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias ni su cumplimentación manual).

Para efectuar el pago de la tasa se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, el formulario de solicitud podrá presentarse en el Registro General del Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid), en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, así como en los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso, exclusivamente para estas solicitudes presentadas en el extranjero, podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, a la cuenta corriente número IBAN ES88-0182-7557-8902-0150-1906 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen», siendo preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

7.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma, así como la falta de justificación del abono de la tasa por derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

7.4 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

7.5 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

8.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las demás disposiciones vigentes.

8.4 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en su solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

8.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.6 El Tribunal, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que les asesoren, designados previamente por su Presidente, para todas o algunas de las pruebas del proceso selectivo. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

8.7 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel General de la Armada, calle Juan de Mena, número 1, 28014 Madrid, y como medios de comunicación con éste, el número de fax 91 379 53 81 y el correo electrónico pcsubdigperar@mde.es.

9. Desarrollo del proceso selectivo

9.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 11 de abril de 2018 («Boletín Oficial del Estado» del 14).

9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Defensa http://www.defensa.gob.es/portalservicios, en el Punto de acceso general http://www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.

9.3 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.

10. Certificado de requisitos y méritos para la fase de concurso y publicación de valoración de méritos

10.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio, Organismo, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. Este certificado de requisitos y méritos se incluye como Anexo V. Asimismo se acompañará la documentación justificativa de los méritos a valorar en la fase de concurso, que se acreditarán mediante copia autenticada.

10.2 El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, e igualmente acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al menos 2 años como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 mencionados.

En el caso del personal laboral fijo, en los términos previstos en la base 5, acreditación de pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, o categoría y grupo profesional equivalente de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General de Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, e igualmente acreditación de que desarrolla las actividades que, para cada programa, se detallan en la base 5.1. Asimismo acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en las categorías y grupos profesionales mencionados, incluidos los prestados en puestos que hayan sido encuadrados en las mismas.

10.3 Si alguno de los aspirantes funcionarios, en servicio activo en la Administración del Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción interna, únicamente va a solicitar la valoración de los méritos que figuren inscritos en el Registro Central de Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, el aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como Anexo VI de esta Resolución.

10.4 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares de celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

11. Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

12. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes desde su publicación o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 5 de junio de 2018.–El Subsecretario de Defensa, Arturo Romani Sancho.

ANEXO I
Descripción del Proceso Selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.

1. La fase de oposición estará formada por un único ejercicio.

Dicha prueba será de carácter teórico y eliminatoria, y consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el programa por el que se oposite. Podrán preverse tres preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 70 anteriores.

La prueba tendrá una duración de dos horas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 105 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 52,50 puntos para superarlo.

Cada pregunta contestada correctamente tendrá una calificación de 1,5 puntos, penalizándose con el 25 por 100 del valor de una contestación aquellas que sean erróneas.

2. En la fase de concurso se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos, referidos a la fecha de publicación de la convocatoria:

Personal funcionario de carrera:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y formalizado en la Administración General del Estado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la Autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta grado 14: 7,00 puntos.

Grado 15 a 16: 7,50 puntos.

Grado 17 en adelante: 8,00 puntos.

Asimismo se otorgará un punto a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma como funcionario de carrera durante al menos dos años.

c) Por el trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los Órganos Constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, como funcionario del Subgrupo C2, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta nivel 15: 8,00 puntos.

Nivel 16: 9,00 puntos.

Nivel 17 en adelante: 10,00 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo C2.

Asimismo se otorgará un punto a los funcionarios de Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado con destino en otras Administraciones o en otros Organismos, no mencionados en los párrafos anteriores, y a los funcionarios de Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos que no tengan destino en la Administración General del Estado.

d) Por pertenecer al Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada: 3 puntos.

e) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados cuyo contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y Cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, hasta un máximo de 4 puntos, a razón de un punto por cada curso.

f) Por estar en posesión de titulación correspondiente al ciclo formativo de grado superior, directamente relacionada con la plaza a la que se opta, se otorgará una puntuación de 5 puntos.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como la titulación académica, se acompañará al certificado de requisitos y méritos, mediante copia autenticada de la misma.

Personal laboral fijo:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público en la Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

b) Categoría profesional: Según el tiempo de permanencia como personal laboral fijo en la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único, o categorías y grupos profesionales equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General de Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, desarrollando las tareas que, para cada programa, se detallan en la base 5.1, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en esta categoría, 1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 18 puntos.

c) Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal laboral fijo: 3 puntos.

d) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados cuyo contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y Cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, hasta un máximo de 4 puntos a razón de un punto por cada curso.

e) Por estar en posesión de titulación correspondiente al ciclo formativo de grado superior, directamente relacionada con la plaza a la que se opta, se otorgará una puntuación de 5 puntos.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como la titulación académica, se acompañará al certificado de requisitos y méritos, mediante copia autenticada de la misma.

3. Calificación final.–La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

3.1 Personal funcionario de carrera: En primer lugar la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en segundo la mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de antigüedad, en tercero la mayor puntuación obtenida en la valoración del trabajo desarrollado; en cuarto la mayor puntuación obtenida en la valoración del grado personal, en quinto lugar la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación, y en sexto lugar la mayor puntuación obtenida en el apartado de titulación, por este orden.

De persistir el empate se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

3.2 Personal laboral fijo: En primer lugar la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en segundo la mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de antigüedad, en tercero la mayor puntuación obtenida en la valoración de la categoría profesional; en cuarto la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación, y en quinto lugar la mayor puntuación obtenida en el apartado de titulación, por este orden.

De persistir el empate se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

3.3 Personal funcionario y personal laboral fijo: En primer lugar la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

En el caso de que no consten los datos de antigüedad en el citado Registro, serán las unidades de personal correspondientes las que acreditarán los referidos datos al día de publicación de la convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II
Programas

Programa: Maestría de Electrónica

Tema 1: La electricidad. Conceptos generales. Unidades, magnitudes y símbolos.

Tema 2: Análisis de circuitos. Teoremas.

Tema 3: Corriente continua. Corriente alterna. Circuitos.

Tema 4: Resistencia. Capacidad. Potencia y energía eléctrica. Factor de Potencia.

Tema 5: Circuitos resistivos, inductivos y capacitivos. Circuitos RLC. Montajes en serie. Montajes en paralelo. Montajes mixtos.

Tema 6: Magnetismo y electromagnetismo. Transformadores.

Tema 7: Baterías y acumuladores. Fuentes de alimentación.

Tema 8: La unión PN. Componentes electrónicos. Montajes.

Tema 9: Amplificadores. Amplificadores de pequeña señal con transistores. Amplificadores de potencia.

Tema 10: Sistemas de numeración. Álgebra de Boole. Minimización de funciones lógicas.

Tema 11: Puertas lógicas. Elementos aritméticos digitales. Sistemas lógicos combinacionales y secuenciales.

Tema 12: Instrumentos de medida. Unidades de medida.

Tema 13: Osciladores.

Tema 14: Circuitos impresos. Generalidades. Fases de fabricación de la tarjeta. Reglas de diseño. Trazado.

Tema 15: Circuitos integrados. Generalidades. Fabricación. Características. Encapsulados.

Programa: Maestría Eléctrica

Tema 1: La electricidad. Conceptos generales. Unidades, magnitudes y símbolos.

Tema 2: Análisis de circuitos. Teoremas.

Tema 3: El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. ITC’s complementarias.

Tema 4: Corriente continua. Corriente alterna. Circuitos.

Tema 5: Resistencia. Capacidad. Potencia y energía eléctrica. Factor de Potencia. Contadores de energía.

Tema 6: Circuitos resistivos, inductivos y capacitivos. Circuitos RLC. Montajes en serie. Montajes en paralelo. Montajes mixtos.

Tema 7: Principios generales de las máquinas eléctricas. Máquinas de corriente continua. Motores de inducción o asíncronos.

Tema 8: Redes eléctricas de distribución de baja y media tensión. Configuraciones.

Tema 9: Transformadores. Centros de transformación de energía eléctrica.

Tema 10: Inspección y puesta en marcha de instalaciones eléctricas. Documentación técnica.

Tema 11: Cables eléctricos. Cálculos.

Tema 12: Instrumentos de medida. Unidades de medida.

Tema 13: Lámparas eléctricas. Iluminación.

Tema 14: Pilas. Baterías. Acumuladores. Electrolitos.

Tema 15: Magnetismo y electromagnetismo.

Programa: Maestría de Delineación

Tema 1: Representación gráfica de los elementos de infraestructuras y equipamientos en el planeamiento urbanístico.

Tema 2: Polígonos: sus clases. Ángulos exteriores e interiores. Polígonos regulares: centro, radio, apotema. Construcción de polígonos regulares. Polígonos regulares estrellados y su construcción. Perímetro y área de los polígonos. Teorema de Pitágoras.

Tema 3: Conocimiento y empleo del material de dibujo. Técnicas de dibujo en relación con los distintos soportes. Formas de archivo y conservación de documentos gráficos según las características materiales del soporte y la técnica de dibujo empleado.

Tema 4: Rotulación y composición. Normativa de aplicación. Distintos sistemas de rotulación. Acotaciones. Nociones generales. Cotas de dimensión y de situación

Tema 5: La normalización y el dibujo arquitectónico. Arcos. Bóvedas. Cúpulas. Molduras. Órdenes y estilos arquitectónicos. Planos de edificios, orientación y situación de dependencias. Instalaciones en los edificios: agua, calefacción, electricidad, comunicaciones, desagües.

Tema 6: Código Técnico en la Edificación: Seguridad en caso de incendios, Seguridad de utilización y accesibilidad, Salubridad. Protección frente al ruido. Ahorro de energía.

Tema 7: La normalización y el dibujo industrial. Normas generales sobre la representación de piezas industriales. Escalas. Formatos normalizados. Normas DIN Y UNE 1032:1982.

Tema 8: Conocimientos de materiales: Materiales pétreos, materiales cerámicos, cementos y yesos. Aceros: clases y características, Hormigones: clases y características. Aluminio. Vidrios.

Tema 9: Anteproyecto, proyecto, presupuesto. Cubiertas. Estructuras. Puertas y ventanas. Maderas: clasificación, características, tratamientos de protección.

Tema 10: Escaleras, trazado y construcción. Tipologías.

Tema 11: Representación de elementos y solidos: Sistema diédrico. Sistemas axonométrico. Sistema cónico. Alzados, planta, perfiles. Secciones. Sistema de planos acotados. Curvas de nivel.

Tema 12: Sistemas de tolerancias y ajustes, conceptos fundamentales. Cálculo de tolerancias. Instrumentos de medida. Control y medida de las dimensiones. Normas UNE 1-120-96/ISO 406. UNE 20286-1:96 y 2:96.

Tema 13: Resistencia de materiales: tracción, compresión, flexión, cortadura. Esfuerzos compuestos. Resistencia del terreno para edificación. Resistencia de los diferentes elementos estructurales.

Tema 14: Movimientos de tierras. Explanaciones, cálculos. Elementos de obras: cimentaciones, muros, paredes, aparejos, soportes, vigas, suelos y techos. Morteros. Materiales aglomerantes. Materiales aislantes térmicos y acústicos. Impermeabilizaciones.

Tema 15: Informática, generalidades: Elementos, clases de archivos, copias de seguridad, configuración y generalidades. Diseño asistido por ordenador: Equipos, características básicas relativas al ordenador, el monitor, las tarjetas gráficas, el plotter y resto de periféricos. Informática y Arquitectura, sistemas de CAD (Autocad): Unidades de entrada y unidades de salida, ploter y ficheros PLT. Espacio de diseño, hojas, unidades de trabajo.

Programa: Maestría de Mecánica

Tema 1: Metalografía, tratamientos térmicos de metales, control de temperaturas, endurecimientos superficiales.

Tema 2: Producción de hierros y aceros. Propiedades.

Tema 3: Metales no férreos, aleaciones.

Tema 4: Tecnología del corte de los metales, lubricación y refrigeración.

Tema 5: Metrología, sistema de tolerancias y ajustes.

Tema 6: Dibujo técnico, interpretación de croquis y planos, acotación, escalas.

Tema 7: Sistema general de roscas, normalización.

Tema 8: Conos, ruedas dentadas, generalidades, cálculos.

Tema 9: Tornos. Diferentes tipos (manuales, automáticos, de control numérico). Herramientas utilizadas, cálculo de velocidades de corte y avances.

Tema 10: Fresadora. Diferentes tipos (manual, automáticas, universal, de control numérico) herramientas utilizadas, cálculo de velocidades de corte y avances.

Tema 11: Maquinas herramientas especiales, brochadoras, rectificadoras, mandrinadoras, taladros radiales, sierras alternativas, sierras verticales) cálculo de velocidades de corte y avances.

Tema 12: Ajuste, herramientas manuales (limas, machos de roscar, escariadores).

Tema 13: Herramientas electroportátiles.

Tema 14: Taladros, tipos. Brocas. Calculo de velocidades de corte y avances.

Tema 15: Verificación y control de calidad de piezas mecanizada. Normativa de seguridad e higiene en el sector de fabricación mecánica.

Programa: Maestría Metal-Construcciones Metálicas

Tema 1: Aceros estructurales, nomenclatura. Aceros al carbono, aceros aleados, aceros inoxidables, Fundiciones.

Tema 2: Aleaciones de materiales. Metalografía. Tratamientos térmicos de los materiales. Estados alotrópicos del hierro y constituyentes estructurales de los aceros.

Tema 3: Perfiles laminados, formas comerciales de materiales, cálculos de peso y coste de materiales. Esbeltez.

Tema 4: Nociones de Resistencia de Materiales. Tipos de esfuerzos. Elasticidad, Ley de Hooke.

Tema 5: Representación e interpretación de planos. Normalización. Acotación.

Tema 6: Mecanizados con arranque de viruta. Herramientas manuales. Conformación de materiales sin arranque de viruta.

Tema 7: Sistemas de uniones fijas y desmontables, cálculos y representaciones. Soldaduras, tipos. Muelas abrasivas, generalidades, nomenclatura. Afilado de herramientas.

Tema 8: Tornillos, denominación. Sistemas de roscas, cálculo y representaciones de los mismos. Conos (conicidad, inclinación, convergencia …), cálculos.

Tema 9: Mecanismos, utillajes, moldes, muelles. Cálculo y representaciones. Prensas troqueles y estampas. Fundamento del corte y punzonado.

Tema 10: Teoría, trazados y desarrollos básicos de calderería. Cálculos. Nociones de volumen, caudal, superficie, presión. Unidades y magnitudes.

Tema 11: Grupos de soldadura por arco. TIG, MIG, MAG. Técnicas de soldeo. Electrodos, nomenclatura, aplicaciones.

Tema 12: Soldeo por resistencia. Soldeo y corte con Oxigas, soldadura fuerte y blanda, generalidades, procedimientos y equipos.

Tema 13: HS 4, Suministro de agua (Caracterización y cuantificación de las exigencias. Diseño. Construcción y Simbología) del Documento Básico de Salubridad del Código Técnico de la Edificación.

Tema 14: HS 5, Evacuación de aguas (Caracterización y cuantificación de las exigencias. Diseño. Construcción) del Documento Básico de Salubridad del Código Técnico de la Edificación.

Tema 15: Ejecución de soldeo y montaje en taller (tratamiento de protección). Normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Programa: Maestría de la Construcción

Tema 1: El dibujo de la construcción. Clases de líneas. Acotación. Nociones sobre perspectiva axonométrica, caballera y cónica. Interpretación de planos. Croquis y planos de elementos sencillos de obras.

Tema 2: Útiles y aparatos de medición. Metro, escuadra, nivel, plomada. Su manejo y utilidad. Replanteo y trazado.

Tema 3: Características del suelo: Naturaleza de los terrenos. Excavaciones, acodalamientos y entibados en desmontes, zanjas y pozos. Curvas de nivel y perfiles.

Tema 4: Conocimiento de materiales: Materiales pétreos. Obtención, aplicación y procedencia. Cales, cementos y yesos, obtención, aplicación y procedencia.

Tema 5: Movimientos de tierra. Cubicaciones. Urbanizaciones.

Tema 6: Cimentaciones. Diferentes tipos, clasificaciones, ejecución.

Tema 7: Fábrica de ladrillos, tipos, características y resistencias de ladrillos. Morteros: clases y dosificación. Cantería: la estereotomía de la piedra. Fábrica de mampostería. Entramados de madera.

Tema 8: Disposiciones constructivas, operaciones, materiales y medios que componen la ejecución de: enfoscados, guarnecidos, enlucidos, revocos, estucos.

Tema 9: El hormigón en la construcción. Tipos. Estructuras de hormigón armado: forma de trabajo de las distintas piezas. Encofrados. Armaduras, sus clases y colocación. El acero en la construcción. Uniones, estructuras.

Tema 10: Cerramientos. Materiales aislantes. Paredes y tabiques: tipos y aplicación Suelos y techos, Tipos y materiales.

Tema 11: Instalaciones generales del edificio. Redes interiores y exteriores. Fontanería y saneamiento, protección contra incendio, acondicionamiento de aire, electricidad, elevación, telecomunicación.

Tema 12: Cubiertas: Tipos. Impermeabilizaciones. Puertas y ventanas: tipos y materiales Redes de saneamiento y alcantarillado. Elementos auxiliares. Redes de abastecimiento de agua y electricidad.

Tema 13: Maquinaria de la construcción. Medios de elevación. Andamios y sus tipos, plataformas y otros medios auxiliares de obra. Maquinaria frecuente en obras de albañilería. Mantenimiento y uso. Herramientas en obras de albañilería: descripción y uso de las mismas.

Tema 14: Interpretación de Proyectos y Planos. Organización de las obras. Medios humanos y materiales. Las medidas de longitud, superficie y volumen. Mediciones.

Tema 15: Normativa de seguridad y salud en las obras de construcción. Principios aplicables a la ejecución de las obras. Derechos de los trabajadores en materia de seguridad y salud en las obras de construcción. Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deberán de aplicarse las obras. Disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en las obras en el exterior y en el interior de los locales.

Programa: Maestría de la Madera

Tema 1: Materiales en carpintería y mueble. Identificación de tipos de madera: Estructura macroscópica y microscópica. Composición química. Características de las maderas duras y blandas. Maderas nacionales y de importación. Coníferas y frondosas. Principales propiedades físicas de la madera.

Tema 2: Caracterización de los procesos de transformación de la madera. Sistemas de despiece y troceado de la madera. Chapas de madera. Clases. Chapeado. Tableros alistonados, contrachapados, de virutas, fibras y compuestos.

Tema 3: Adhesivos. Tipos (Estructurales, no estructurales). Composición de los adhesivos. Forma de aplicación. Normas de seguridad. Resistencia. Elección según su uso. Adhesivos y encolado. Características y tipología.

Tema 4: Caracterización de los procesos de fabricación de carpintería y mueble: Identificación de maquinaria. Fabricación de puertas, ventanas y marcos de madera. Fabricación de escaleras, ventanas, barandillas y estructuras simples de madera. Canteado. Revestimientos de madera en suelos, techos y paredes. Materiales. Sistemas de instalación. Normalización. Tipologías.

Tema 5: Mobiliario. Breve historia del mueble. Reconocimiento de los principales estilos y sus elementos. Características. Relación entre materiales y tipología del mueble. Identificación de partes fundamentales.

Tema 6: Uniones en elementos de carpintería y mueble. Ensambles. Empalmes. Dimensionado de las uniones. Empleo de uniones encoladas. Estructuras simples. Herrajes. Montaje de herrajes y accesorios. Herrajes para estructuras de mobiliario. Herrajes de unión. Tornillería, uniones ocultas. Herrajes de movimiento. Bisagras, Sistemas de guiado de cajones. Herrajes de cierre. Cerraduras. Tipología.

Tema 7: Sistemas de representación gráfica. Sistema diédrico. Sistema axonométrico. Planos acotados. Sistema Cónico. Instrumentos de dibujo a mano alzada. Tipología. Manejo. Normalización en dibujo técnico. Normas de acotación. Tipos de líneas. Rotulación. Simbología empleada en dibujo técnico. Geometría plana. Sistemas de proporcionalidad.

Tema 8: Dibujo de elementos de carpintería y mueble. Normas de representación de dibujo técnico. Escalas y formatos. Útiles y soportes para el dibujo técnico. Vistas principales. Cortes y secciones. Perspectivas.

Tema 9: Selección de procesos para la fabricación de carpintería y mueble. Diagrama de procesos. Identificación de las operaciones necesarias para la fabricación. Orden lógico de operaciones. Normas de seguridad. Elementos de seguridad en máquinas e instalaciones requeridos. EPI’s necesarios en cada operación.

Tema 10: Herramientas para medir, marcar y trazar. Útiles de trazado. Operaciones de trazado y marcado con útiles. Elaboración de plantillas específicas de acuerdo con los planos. Hermanado de piezas. Marcas convencionales. Empleo de útiles de medición (higrómetro, flexómetro, calibre). Realización de marcado, trazado y medición.

Tema 11: Herramientas manuales. Tipos y características. Aplicaciones. Herramientas aserrado. Herramientas con hoja de corte guiada. Regulación. Herramientas con hoja de corte libre. Herramientas para desbastar. Útiles de apriete.

Tema 12: Mecanizado manual. Aplicaciones. Medios auxiliares para el mecanizado. Banco de trabajo. Prensas. Soportes. Operaciones de mecanizado con herramientas. Secuencias. Procedimientos. Verificación de las operaciones de mecanizado. Sistemas de ensamblaje y unión. Características, tipos y aplicaciones.

Tema 13: Mecanizado mediante máquinas convencionales. Máquinas convencionales. Tipos. Herramientas y útiles. Tipos. Preparación de las máquinas. Seguridad en el mecanizado con máquinas convencionales. Riesgos. Medidas de protección. Simbología.

Tema 14: Prevención de riesgos laborales y gestión ambiental: Identificación de riesgos. Riesgos físicos, mecánicos y químicos. Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en las operaciones de mecanizado. Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas de mecanizado. Manejo de cargas. Medidas de seguridad en la manipulación de herramientas manuales, maquinaria y manipulación de materiales. Equipos de protección individual.

Tema 15: Máquinas portátiles. Electros portátiles y neumáticos. Tipos. Características. Aplicaciones y manipulación. Preparación de las máquinas portátiles. Regulación de parámetros. Características de elementos auxiliares y abrasivos. Secuencia de lijado. Seguridad en el mecanizado con máquinas portátiles. Riesgos. Medidas de protección.

ANEXO III
Tribunal Calificador

Tribunal titular

Presidente: Don Juan Antonio Miranda Freire, Capitán de Navío del Cuerpo General de la Armada.

Secretaria: Doña Paloma Lobo Espliguero, funcionaria de la Escala Administrativa de OO.AA.

Vocales:

Don Luis López Diez, funcionario de la Escala Administrativa de OO.AA.

Don José Manuel Jerez Martínez, funcionario de la Escala Administrativa de OO.AA.

Doña Isabel Tabasco Cabrero, funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Doña Susana de Blas López, funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Don Alberto Ramírez Barrones, funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

Tribunal suplente

Presidenta: Doña Ana Isabel García García, Teniente de Navío del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

Secretario: Don Antonio Galán Cees, Teniente de Navío del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

Vocales:

Don José Manuel Nogueira Naveira, Teniente de Navío del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

Doña Esther Palacios Hernández, funcionaria de la Escala de Gestión de Empleo del INEM.

Don José Ignacio Hernández Sanz, funcionario del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

Doña Antonia García Gómez, funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Don Ángel Luis García Canalda, funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la «solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen» (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro Ministerio: Ministerio de Defensa.

En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada; código: 0416.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el programa concreto al que desea presentarse: «Maestría de la Madera, Maestría Eléctrica, etc., según proceda. No es necesario indicar código.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «PI» (promoción interna).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará Subsecretaría de Defensa. No es necesario señalar código.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», los aspirantes harán constar la ciudad en la que desean realizar el ejercicio de la fase de oposición entre las siguientes:

Madrid, Ferrol (A Coruña), Cartagena (Murcia), San Fernando (Cádiz), Las Palmas de Gran Canaria.

Los aspirantes quedarán vinculados al lugar solicitado pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

En el caso de que el número de aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, el Tribunal convocará a los opositores afectados para realizar las pruebas en otra provincia.

En cualquier caso, de no especificarse en la solicitud el lugar de examen por el que se opta, se entenderá que el aspirante desea realizar el ejercicio en Madrid.

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con discapacidad, de solicitar dicha adaptación deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

En el recuadro 22, «Reserva discapacidad» los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo (casilla «sí, general»).

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base específica 4 de esta convocatoria, o en su caso, se indicará antigüedad superior a diez años o más de cinco años de antigüedad y superación curso específico de formación.

En el recuadro A) del epígrafe 25, datos a consignar según la base de la convocatoria, se indicará el Cuerpo o Escala de pertenencia del aspirante, o categoría y grupo profesional laboral.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 7,56 € y para las familias numerosas de categoría general de 3,78 €.

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos, un mes antes de la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas. En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas («Boletín Oficial del Estado» del 19). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de las familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, se informa que los datos de carácter personal facilitados en la solicitud de admisión se incluirán y serán tratados con confidencialidad y seguridad, con la única finalidad de la realización del proceso de selección.

La solicitud se dirigirá al Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).

1

2

3

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/06/2018
  • Fecha de publicación: 11/06/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA y se incrementa el número de plazas convocadas, por Resolución de 13 de febrero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-2604).

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