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Documento BOE-A-2018-7255

Resolución de 14 de mayo de 2018, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el turno libre, a la Escala Técnica Superior de Informática.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 31 de mayo de 2018, páginas 56774 a 56789 (16 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-7255

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le atribuye el artículo 20, en relación con el 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de acuerdo con lo que establece el artículo 190 de los Estatutos de la Universitat de València, acuerda convocar pruebas selectivas de acceso al grupo A (subgrupo A1), por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica superior de informática de la Universitat de València, de conformidad con la Oferta de Empleo Público UVEG 2016 (publicada en el «DOGV» de fecha 18-07-2016) y con las siguientes:

Bases de la convocatoria

Primera. Normas generales.

1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir 1 puesto vacante del grupo A, subgrupo A1, por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica superior de informática, mediante el sistema de concurso-oposición.

1.2 De acuerdo con lo que establece el artículo 73 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la realización de estas pruebas selectivas se ha de ajustar a lo que dispone la legislación vigente para la función pública de la Generalitat Valenciana, y la normativa específica universitaria recogida en la Ley Orgánica de Universidades y en los Estatutos de la Universitat de València, así como en las normas que establece esta convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constituido por el concurso-oposición lo integrarán las pruebas, las valoraciones, las puntuaciones y las materias que figuran en el anexo I. El temario que tiene que regir estas pruebas figura en el anexo II. Las personas que no tengan el requisito de conocimiento de valenciano que figura en esta convocatoria, deberán realizar la prueba previa al proceso selectivo, según consta en el anexo I.

1.4 De acuerdo con lo que prevé el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, esta convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV») y en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE»). Esta última publicación es la que se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicarán únicamente en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV»).

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1 Para ser admitidas en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

2.1.1 Tener la nacionalidad española o de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún estado en el cual se aplique la libre circulación de trabajadores o trabajadoras en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España.

Igualmente, pueden participar los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes, y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de veintiún años dependientes.

2.1.2 Haber cumplido dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Poseer el título de doctor/a, licenciatura, ingeniería superior, arquitectura superior, grado o titulación equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, la persona deberá estar en posesión de la credencial que acredita la homologación.

2.1.4 Poseer el certificado acreditativo de conocimiento de valenciano del nivel C1, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià (JQCV) de la Generalitat Valenciana o por el Servei de Política Lingüística de la Universitat de València, o poseer los certificados, títulos o diplomas, convalidados según lo que establece el ACGUV 66/2018, por el que se establecen los certificados de conocimiento de valenciano que expide el Servei de Política Lingüística de la Universitat de València y las equivalencias de otros títulos, diplomas i certificados; sin perjuicio de lo que establece la base 1.3 y el anexo I de esta convocatoria.

2.1.5 Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para ejercer las funciones correspondientes al puesto convocado.

2.1.6 No encontrarse inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de funciones públicas.

2.1.7 No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, de alguna administración u ocupación pública. En el caso de tener la nacionalidad de otro estado, la persona tendrán que acreditar que no está inhabilitada o en situación equivalente, ni se encuentra sometida a sanción disciplinaria o equivalente que le impida el acceso a la función pública en su estado.

2.2 Los requisitos para la admisión a estas pruebas recogidos en el apartado 2.1, deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.

2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá una declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria, los cuales se deberán acreditar posteriormente en caso de aprobar el concurso-oposición.

Tercera. Solicitudes.

3.1 Quien desee participar en estas pruebas selectivas deberá hacerlo constar en la solicitud que se encuentra en esta convocatoria como anexo IV y que facilitará gratuitamente el Servei de Recursos Humans (PAS) de esta Universitat, en la avenida Blasco Ibáñez, 13 (nivel 1), 46010 València. También podrán acceder a una copia de la citada solicitud a través de la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), la dirección de la cual es http://www.uv.es/pas.

3.2 Las solicitudes se cumplimentarán por duplicado (una para la Universitat de València y otra para la persona interesada) y estarán dirigidas al Rectorat de la Universitat de València.

Las distintas opciones para la presentación de solicitudes se explican en la base 3.4 de esta convocatoria.

3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE»). La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV») tendrá sólo carácter informativo.

3.4 Presentación de solicitudes.

3.4.1 Las solicitudes se podrán presentar en:

a) El registro de entrada de la Universitat de València (avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 València), que se encuentra abierto al público de lunes a viernes (horario: de 9 a 14 h. y de 16 a 18 h.).

b) El registro de cualquier otra administración pública, o en las oficinas de Correos, tal como establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Si se presenta la solicitud en una oficina de Correos, se deberá presentar en sobre abierto para que la persona empleada la selle, y tendrá que figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha. En caso de no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en el registro general de esta Universitat.

En el sobre deberá constar la siguiente dirección: Universitat de València, Servei de Recursos Humans (PAS), avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 València.

3.4.2 De conformidad con el apartado 4.b) del artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no tienen la consideración de oficinas de registro las de otras universidades distintas a la convocante.

3.5 Se tendrá que adjuntar a la solicitud la documentación siguiente:

3.5.1 Una fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en estas pruebas, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.

3.5.2 Resguardo del ingreso de los derechos de examen, o justificante por el que se acoge a la exención de tasas (apartado 3.7 de esta convocatoria).

3.6 Los derechos de examen serán 24,76 euros, que se ingresarán en la cuenta corriente «Derechos de examen - Universitat de València», número ES21.0049.6721.65.2010001382 del Banco Santander.

La falta de abono de la cantidad indicada como derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes se considerará incumplimiento insubsanable y determinará la exclusión en las pruebas de la persona aspirante.

3.7 De acuerdo con lo que dispone el texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana, están exentos del pago de los derechos de examen:

3.7.1 Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 %. Estas personas deberán presentar los certificados correspondientes que acrediten su condición de persona con discapacidad mediante fotocopia cotejada del certificado de la Conselleria de Bienestar Social u órgano competente.

3.7.2 Los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría especial. Estas personas deberán presentar fotocopia cotejada de la documentación oficial en vigor que acredite la condición mencionada.

3.7.3 Disfrutarán de una bonificación del 50 % de estas tasas los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría general. Estas personas deberán presentar fotocopia cotejada de la documentación oficial en vigor que acredite la condición mencionada.

3.7.4 Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.

3.8 Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de adaptación, lo deberán indicar expresamente en el impreso de solicitud, no solo marcando la casilla correspondiente sino especificando el tipo de medida requerida. En el anexo V figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea aplicada la medida de adaptación correspondiente deberán presentar, juntamente con la solicitud, las fotocopias cotejadas del certificado del grado de discapacidad i del dictamen técnico facultativo expedido por el órgano competente.

Sin la presentación de este último no será posible la concesión de la adaptación solicitada.

3.9 Dado que la convocatoria establece la realización de una prueba de idioma comunitario, voluntaria y de méritos, la persona aspirante deberá hacer constar su opción en el impreso de solicitud, además de indicar el idioma elegido para la misma. Si no lo hace así, se entenderá que renuncia a efectuar esta prueba.

3.10 Los errores materiales que se puedan advertir en la solicitud se podrán corregir en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada.

Cuarta. Admisión de las personas aspirantes.

4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos de participación señalados en esta convocatoria, así como el pago de los derechos de examen o la justificación de la exención del abono de los mismos, el rector o la rectora dictará una resolución, que se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV») y que contendrá la lista provisional de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas.

4.2 A partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se iniciará un plazo de 10 días hábiles, para que se puedan formular alegaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, de acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En cualquier caso, con tal de evitar errores y posibilitar la enmienda dentro del plazo y en la forma oportuna, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que además su nombre, apellidos y documento nacional de identidad constan correctamente en la relación de personas admitidas, así como el idioma elegido para la prueba voluntaria y de méritos, si ha optado por la realización de esta.

Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos detectados o no aleguen las omisiones, serán definitivamente excluidas de la participación en estas pruebas.

4.3 Una vez finalizado el plazo de reclamaciones y de alegaciones, subsanados los defectos, se dictará una nueva resolución, que contendrá la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, la fecha, el lugar y la hora de la realización del primer ejercicio. Esta resolución se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV»).

4.4 Son causa de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de estas bases:

– no haber firmado la solicitud.

– no haber presentado la fotocopia del documento nacional de identidad o que este sea ilegible.

– no haber efectuado el pago de los derechos de examen.

4.5 Es causa de exclusión del ejercicio de méritos no haber señalado el apartado correspondiente de la solicitud y, respecto del ejercicio de idioma, no haber especificado el idioma elegido.

Quinta. Desarrollo de las pruebas selectivas.

5.1 Los ejercicios tendrán lugar en las dependencias de la Universitat de València. El primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la resolución del Rectorado de esta Universitat mediante la cual se apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria.

5.2 En caso de realizarse alguno de los ejercicios en varias sesiones, el orden de actuación de las personas opositoras se establecerá por sorteo.

5.3 En cada ejercicio las personas aspirantes tendrán que acreditar su identidad exclusivamente mediante la presentación del documento nacional de identidad, del pasaporte o del carnet de conducir.

El incumplimiento de este requisito por alguna persona determinará su exclusión a la realización de las pruebas.

Las copias o fotocopias de estos documentos no serán válidas en ningún caso.

5.4 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidas quienes no comparezcan. Si la persona llega al lugar de realización de las pruebas cuando se hayan iniciado o no se presenta, aunque sea por causa justificada, perderá su derecho.

Las personas que integran el tribunal y el personal colaborador no permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios a aquellas personas que no cumplan los requisitos anteriores, ni a aquellas que comparezcan después de que se haya acabado el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.

No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de carácter individual y sucesivo, el tribunal podrá apreciar las causas alegadas y admitir a la persona aspirante, siempre que estas no hayan finalizado y esta admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de personal.

5.5 Después de cada prueba, el tribunal debe anunciar la realización de la siguiente mediante la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: http://www.uv.es/pas, con una antelación mínima de 48 horas.

5.6 Si en cualquier momento del proceso selectivo, llega a conocimiento del tribunal que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se le requerirá que acredite dichos requisitos. Si no los acredita en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento, el tribunal propondrá su exclusión de la prueba, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante al órgano convocante, el cual, tras las verificaciones oportunas, dictará resolución motivada de exclusión de la citada persona de las pruebas selectivas.

5.7 La valoración de cada uno de los ejercicios de que constan las pruebas selectivas, se expresará con dos decimales.

Sexta. Información y actuaciones del tribunal.

6.1 Toda la información que sea necesaria comunicar a las personas aspirantes, las listas de personas aprobadas de cada uno de los ejercicios, la valoración de los méritos y cualquier otro anuncio que el tribunal estime pertinente, se publicará en el tablón oficial de anuncios electrónicos de la UVEG (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/), en el apartado de personal de administración y servicios, y con carácter meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas.

6.2 Finalizadas las pruebas y valorados los méritos que integran el concurso-oposición, el tribunal elaborará una lista con el nombre de la persona que lo haya superado.

Si en la elaboración de esta lista se produce un empate entre la puntuación de las personas aprobadas, el orden se establecerá de la siguiente forma:

1.º Atendiendo a la puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2.º Si aún persiste el empate, se deberá tener en cuenta la puntuación del primer ejercicio.

3.º Si todavía se mantuviese el empate, este se dirimirá por sorteo.

Séptima. Lista de la persona aprobada y presentación de documentos.

7.1 Una vez finalizado el proceso selectivo, se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV»), por resolución del Rectorado, la lista definitiva con el nombre de la persona aprobada.

7.2 En el plazo de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV») de la lista con el nombre de la persona aprobada, esta deberá presentar en el Servei de Recursos Humans (PAS) de esta Universitat la documentación siguiente:

7.2.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente o fotocopia del documento nacional de identidad.

7.2.2 Fotocopia cotejada con el original del título académico exigido en esta convocatoria.

7.2.3 Certificado cotejado acreditativo del conocimiento de valenciano a nivel medio.

7.2.4 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, de alguna administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si la persona aprobada fuera nacional de otro estado comunitario, deberá presentar una declaración de no encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el acceso a la función pública en su Estado.

7.2.5 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto, los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados de la Universitat de València.

7.2.6 Si la persona aprobada tiene alguna discapacidad, deberá aportar un certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para llevar a cabo las tareas que correspondan al puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.

7.2.7 Si la persona aprobada ha disfrutado de la exención o bonificación de las tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la documentación que justifique el motivo de esta.

7.3 Si la persona aprobada tiene la condición de personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de esta Universitat, quedará exenta de justificar documentalmente las condiciones generales que ya haya acreditado mediante nombramientos anteriores, aunque sí deberá acreditar el resto.

7.4 Si la persona aprobada no presenta la documentación dentro del plazo indicado (excepto en los casos de fuerza mayor) o hay falsedad en los documentos que haya presentado, esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta persona y la nulidad subsiguiente de los actos del tribunal respecto de ella, sin perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.

Octava. Nombramiento de funcionario o funcionaria.

Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en la base séptima de esta convocatoria, y habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos, el rector o la rectora dictará una resolución que se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV»), mediante la cual la persona que haya superado estas pruebas selectivas será nombrada funcionaria de carrera.

Novena. Tribunal.

9.1 La composición del tribunal calificador de estas pruebas se ajustará a lo que fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universitat (ACGUV 185/2012), del 30 de julio de 2012, «Composición y funcionamiento de los tribunales de las pruebas selectivas para el acceso a las diferentes escalas que conforman el personal de administración y servicios de esta Universitat» y figura en el anexo III de esta convocatoria.

La relación nominal de las personas que lo integran se hará pública en la misma resolución en que se publique la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el tribunal velará por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

9.2 La composición del tribunal deberá ajustarse al principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

9.3 El tribunal podrá nombrar personal colaborador, especialista y ayudante, que estará siempre bajo su dirección y control directos.

9.4 Las personas que componen el tribunal, así como el personal colaborador, especialista y ayudante, deberán abstenerse de intervenir en las actividades del tribunal cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si han realizado tareas de preparación de personas opositoras a pruebas selectivas para el mismo cuerpo o escala en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

La presidencia podrá solicitar a las personas que forman parte del tribunal una declaración expresa de no encontrarse sometidas a las circunstancias previstas en los artículos mencionados.

9.5 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el tribunal con la asistencia, al menos, de la mayoría reglamentaria de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el tribunal acordará todas las decisiones que correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Durante el proceso selectivo, el tribunal resolverá todas las dudas que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

9.6 El tribunal adoptará las medidas necesarias para que las personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de personas participantes. En este sentido, para las personas que lo soliciten, de acuerdo con la base 3.8, se establecerán las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

9.7 Para las comunicaciones y el resto de incidencias que puedan surgir, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València (avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).

9.8 Las personas que formen parte del tribunal que actúe en estas pruebas tendrán la categoría que para estos casos determine la legislación vigente.

9.9 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número de personas superior al del puesto convocado. Cualquier propuesta que contravenga lo que se ha establecido será nula de pleno derecho.

9.10 La presidencia del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin conocimiento de la identidad de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que sea procedente.

Décima. Información respecto de los datos recogidos.

10.1 Los datos suministrados por las personas interesadas podrán quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la base de datos de personal o la base de datos de bolsa de trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

10.2 El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Secretaria General de la UVEG, avenida de Blasco Ibáñez, 13, 46010 València.

10.3 La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal.

10.4 Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección que establece el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

10.5 Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en cumplimiento de lo que establece la LOPD, ante el Servei de Recursos Humans (PAS) de la Universitat de València (avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).

Undécima. Recursos.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien directamente interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación ante los órganos de la Jurisdicción Contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana.

Contra los actos del tribunal se podrá interponer recurso de alzada de acuerdo a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los recursos contencioso-administrativos que se interpongan contra esta resolución, se anunciarán en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» («DOGV»), a los efectos de emplazamiento a las posibles personas interesadas.

Valencia, 14 de mayo de 2018.–La Rectora, P.D. (Resolución de 11 de abril de 2018), el Gerente, Joan E. Oltra i Vidal.

ANEXO I
Sistema selectivo

Con anterioridad al inicio del proceso selectivo, las personas que no estén en posesión de la certificación de conocimientos de valenciano de nivel C1, deberán realizar una prueba de conocimientos de la lengua oral y escrita equivalente a este nivel. El resultado de esta será apto/a o no apto/a. Superada la prueba, podrá comenzar el proceso selectivo y se le considerará en posesión de la acreditación suficiente del nivel C1 de valenciano exigido.

El procedimiento de selección se realizará en dos fases: oposición y concurso.

1. Fase de oposición.

Consta de tres ejercicios, de los cuales los dos primeros serán obligatorios y eliminatorios, y el tercero voluntario y de méritos.

Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio, constará de dos partes:

Primera parte: consistirá en el desarrollo por escrito de un tema a elegir entre dos extraídos al azar por el tribunal del temario de administración general que figura en el anexo II de esta convocatoria.

Segunda parte: consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas a elegir entre tres extraídos al azar por el tribunal de los temas que conforman el temario específico que figura en el anexo II de esta convocatoria.

Ambas partes se realizarán en una única sesión. La valoración total del ejercicio será de 25 puntos. La primera parte se valorará en un 25 % del total y la segunda parte, en un 75 % del total. La valoración del ejercicio será la suma de la puntuación de ambas partes.

Una vez finalizada la prueba, cada opositor/a introducirá los ejercicios en un sobre que, una vez cerrado, quedará bajo la custodia del tribunal, el cual citará a las personas opositoras para la lectura pública de los temas que hayan desarrollado. El tribunal anunciará con suficiente antelación la fecha, la hora y el lugar de la lectura.

El tribunal fijará la duración de este ejercicio con suficiente antelación, que no podrá ser superior a tres horas.

Segundo ejercicio: obligatorio y eliminatorio:

Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos a escoger entre tres propuestos por el tribunal, relacionados con el contenido del temario específico que figura en el anexo II de esta convocatoria. La prueba práctica tendrá las características adecuadas a la función que se deberá desarrollar en la escala en que se integra el puesto convocado. Si el tribunal lo considera oportuno, se podrá realizar con medios informáticos (tratamiento de textos, hojas de cálculo, bases de datos, programas específicos para dibujos, laboratorios, etc.).

En el momento de hacer público el resultado del primer ejercicio, se anunciará la forma de desarrollo del segundo.

El tribunal ha de fijar la duración de este ejercicio con suficiente antelación, la cual dependerá de su contenido.

La valoración total de este ejercicio será de 25 puntos. Cada uno de los supuestos se valorará de 0 a 12,5 puntos; para aprobar será necesario obtener como mínimo 12,5 puntos en total y no haber sido valorado/a con 0 puntos en ningún supuesto.

El tercer ejercicio: voluntario y de méritos, constará de dos partes:

Las personas opositoras que opten por la realización de este ejercicio tendrán que realizar necesariamente la parte obligatoria.

Primera parte (voluntaria): tendrá por objeto valorar el conocimiento de un idioma comunitario. La persona opositora tendrá que indicar la opción de este ejercicio en el impreso de solicitud de participación de las pruebas.

El idioma elegido para esta prueba no podrá ser valorado como mérito en la fase de concurso.

Segunda parte (obligatoria): tendrá por objeto mantener una entrevista basada en una memoria que deberá presentar la persona opositora sobre el funcionamiento de un servicio relacionado con el área funcional a la que se refiere el puesto convocado, redactada por la persona opositora y que no podrá pasar de 15 hojas.

La persona aspirante ha de presentar la memoria juntamente con el currículum vitae en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de personas aprobadas en los ejercicios obligatorios.

La valoración total de este ejercicio será de 10 puntos: la primera parte se valorará hasta un máximo de 7 puntos y la segunda parte, hasta un máximo de 3 puntos.

Finalizada la fase de oposición, y para quienes la hayan superado, el tribunal abrirá un plazo de 10 días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa cotejada para la fase de concurso.

2. Fase de concurso.

A la fase de concurso sólo podrán acceder las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Se valorarán los méritos que hayan aportado las mencionadas personas según el baremo que se indica a continuación. Estos méritos se deben poseer en la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Los méritos que se valorarán, serán los siguientes:

a) Trabajo desarrollado en la administración. Se valorará hasta un máximo de 32 puntos el trabajo desarrollado en cualquier administración pública, en cuerpos o escalas iguales o distintas del de las actividades funcionales del puesto de trabajo convocado, en cualquier tipo de relación jurídica (administrativa o laboral), a razón de:

– 0,30 puntos por mes completo de servicios prestados en puestos de trabajo de la Universitat de València de la misma escala del puesto de trabajo convocado.

– 0,15 puntos por mes completo de servicios prestados en puestos de trabajo distintos a los del apartado anterior y desarrollados en la Universitat de València.

– 0,075 puntos por mes completo de servicios prestados en cualquier puesto de trabajo desarrollado en cualquier universidad pública.

– 0,0375 puntos por mes completo de servicios prestados en cualquier puesto de trabajo desarrollado en cualquier otra administración pública.

b) Formación: Se valorará hasta un máximo de 8 puntos los siguientes apartados:

b.1) Titulación académica: La valoración máxima por este concepto será de 3 puntos. Se valorarán las titulaciones académicas acreditadas que sean superiores a las que se exigen para acceder al grupo a que pertenece el puesto de trabajo ofertado, de conformidad con la siguiente escala:

• Licenciatura, grado o equivalente diferente a la de acceso: 1,5 puntos.

• Doctorado o equivalente: 3,0 puntos.

b.2) Conocimientos de valenciano: La valoración máxima por este concepto será 3 puntos. En este apartado se valorará el nivel de conocimientos de valenciano de acuerdo con la siguiente escala:

• Nivel C2: 3 puntos.

b.3) Idiomas comunitarios: La valoración máxima por este concepto será 2 puntos. En este apartado se valorarán los niveles de conocimiento de los siguientes idiomas comunitarios: inglés, francés, italiano y alemán. Los cursos reconocidos son los que contempla el Acuerdo de Consejo de Gobierno (ACGUV) 45/2013, actualizado por ACGUV 169/2013 y se han de puntuar de acuerdo con esta escala:

• Nivel A1: 0,20 puntos.

• Nivel A2: 0,40 puntos.

• Nivel B1: 0,60 puntos.

• Nivel B2: 0,80 puntos.

• Nivel C1: 1,00 puntos.

• Nivel C2: 1,20 puntos.

A continuación, se elaborará la lista con el nombre de la persona aprobada en el concurso-oposición, tal y como se establece en la base 6.2 de esta convocatoria.

ANEXO II
Temario

Temario de administración general:

1. La Constitución Española de 1978. Características, estructura, contenido y reforma. Los principios constitucionales. Los derechos fundamentales y las libertades públicas, regulación, garantía y suspensión. El sistema político español. El Tribunal Constitucional.

2. Los Estatutos de Autonomía, su elaboración, aprobación y reforma. El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana. Estructura y contenido. Las Instituciones de la Generalitat Valenciana.

3. La Administración y el principio de legalidad. El derecho administrativo. Sus fuentes. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. La notificación. La motivación. Eficacia de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad.

4. El procedimiento administrativo. Principios. Clases. Sujetos. El procedimiento administrativo común. Sus fases. Los recursos administrativos, concepto y clases. Órganos competentes y procedimiento.

5. El presupuesto de la Universitat de València. Normativa reguladora. Concepto y contenido. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, aprobación, ejecución y control.

6. Configuración institucional y naturaleza jurídica de las universidades. La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, y la Ley Orgánica 4/2007. La autonomía de las universidades. Régimen jurídico de las universidades públicas. Los estatutos de las universidades públicas.

7. La Universitat de València. Sus Estatutos: fines de la Universitat, estructura, órganos de gobierno colegiados y unipersonales.

8. El Espacio Europeo de Educación Superior y ordenación de las enseñanzas universitarias. El Estatuto del Estudiante Universitario.

9. El personal de administración y servicios de la Universitat de València. Régimen jurídico. Clases. El personal funcionario: nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Derechos y deberes.

10. El personal docente e investigador de las universidades públicas. Régimen jurídico. Clases de profesorado universitario. Derechos y deberes.

11. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su aplicación en el ámbito de la administración pública. Legislación y políticas de integración del personal con discapacidad.

12. Políticas públicas en materia de igualdad de sexos. La Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. II Plan de Igualdad de la Universitat de València.

Temario específico:

13. Arquitectura de ordenadores. Base tecnológica. Componentes. Funcionalidades. Características. Capacidades. Tecnologías actuales: desde los teléfonos móviles a los superordenadores. Arquitecturas escalables. Sistemas de memoria compartida.

14. Seguridad física y lógica del sistema de información: riesgos, amenazas y vulnerabilidades.

15. Infraestructura de un Centro de Proceso de Datos (CPD). Diseño de elementos básicos: cableado, electricidad, climatización, extinción y elementos de control.

16. Mantenimiento de equipos e instalaciones. Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización y capacidad de gestión. Monitorización de sistemas y servicios. Herramientas de monitorización: nagios, munin, cacti, zabbix.

17. Sistemas de automatización de gestión energética, seguridad y medida basados a red. Integración de elementos y servicios. Sistemas de vídeo vigilancia. Normativa aplicable.

18. Virtualización de escritorios y aplicaciones. Descripción. Arquitectura lógica. Arquitectura física. Arquitectura de sistemas. Descripción de la capa de web. Descripción de la capa de aplicación. Esquema de funcionamiento.

19. Sistemas Operativos de la familia Windows. Instalación. Conceptos. Active Directory. Configuración y gestión.

20. Arquitectura del sistema operativo Linux. Características. El kernel de Linux, configuración y compilación.

21. Distribuciones de Linux: concepto y generalidades. Las distribuciones Debian, RedHat y Suse. Instalación, actualización y gestión de paquetes software.

22. Arquitecturas de sistemas en alta disponibilidad. Características, tipologías e implementaciones. Balanceo y distribución de servicios. Técnicas de recuperación ante contingencias. Tecnologías Proxy, reverse proxy y balanceadores: pound, Nginx, HAProxy.

23. Servicios de directorios LDAP. OpenLDAP: características y estructura e integración con otros directorios.

24. Técnicas de virtualización en servidores: entorno Linux Xen, entorno Kernel-based VM, entorno VMware. Plataformas de computación en la nube. IaaS. OpenNebula y OpenStack.

25. Servidores de aplicaciones: WebSphere Application Server, JBoss, TomCat y WebLogic. Características. Instalación, configuración, administración y optimización. Conectividad con bases de datos y despliegue de aplicaciones.

26. Aulas de informática. Funcionamiento: mantenimiento, políticas de uso y restricciones. Mecanismos de distribución de software en entornos físico y virtual.

27. Tecnologías de almacenamiento. Tipo, características y prestaciones. Niveles de protección y redundancia en discos: niveles de RAID sencillos y niveles de RAID múltiples o anidados. Discos de reserva (hot spare).

28. Cabinas de almacenamiento empresarial. Características hardware, arquitectura y asignación de volúmenes. Sistemas de replicación. Librerías de cintas: tipologías y evolución. Librerías de cinta virtual.

29. Conceptos de sistemas de almacenamiento empresarial SAN/NAS. Componentes y topologías Fibre Channel. Sistemas de almacenamiento basados en iSCSI. Plataforma de almacenamiento en cluster: Ceph.

30. Tecnologías Fabric y Arbitrated Loop. Topología. Encaminamiento. El login de puertos. El zonnig. Construcción de Fabric extendido.

31. Software de backup Legato Networker y Avamar. Características generales y componentes del servidor de backup. Paralelismo, pools y políticas de retención y browsing. Nodos de almacenamiento.

32. Plataforma Java EE: Conceptos generales y roles. Componentes, APIs y EJBs. Despliegue de aplicaciones. Contenedores y servicios Java EE. Desarrollo de aplicaciones Java JCA. Arquitectura del conector Java EE.

33. Java y el acceso a bases de datos. Controladores y componentes: java.sql y javax/transaction. Interfaz JDBC y control de excepciones, concurrencia y persistencia.

34. Estructura de un documento XML. Definición de gramáticas: DTD, namespace y XML Schemas. Interfaces de programación y procesamiento de documentos, transformación y presentación de documentos XML: XSL y XSL-FO.

35. Entorno de desarrollo con plataforma Rational. Versiones y productos asociados. Arquitectura de la plataforma. Herramientas básicas y avanzadas de desarrollo, prueba y despliegue.

36. Desarrollo de aplicaciones en entornos open source. Frameworks de desarrollo y lenguajes de programación: C, PHP, Perl.

37. La calidad del software y su medida. Modelos, métricas, normas y estándares. Herramientas para el aseguramiento de la calidad del Software: SonarQube y Jenkins.

38. Fundamentos de gestión de servicios de Tecnologías de Información basados en ITIL v3.

39. Modelos de negocio de gestión universitaria (I). Sistemas de información de gestión académica. Planes de estudios, oferta de curso académico y matrícula. Actas de evaluación, expedientes y títulos.

40. Modelos de negocio de gestión universitaria (II). Sistemas de información de recursos humanos: Personal de Administración y Servicios, Personal Docente e Investigador y Personal de Investigación. Sistemas de información de gestión de la investigación.

41. Modelos de negocio de gestión universitaria (III). Sistemas de información de gestión económica y contratación administrativa.

42. Modelos de negocio de gestión universitaria (IV). Plataformas de apoyo a la enseñanza y el aprendizaje no presencial. Moodle en las Universidades públicas españolas. Integración con el resto de los sistemas de información de gestión universitaria.

43. Modelos de negocio de gestión universitaria (V). Sistemas de información de gestión bibliográfica. Plataformas de gestión documental y repositorio digital de las Universidades públicas españolas. Documentum. Servicios de interoperabilidad de gestión de contenidos CMIS.

44. Modelos de negocio de gestión universitaria (VI). Administración electrónica. Conceptos, tecnología y componentes. Plataformas de administración y tramitación electrónica en las Universidades públicas españolas.

45. Herramientas para la cooperación entre Administraciones Públicas en materia de Administración Electrónica. Infraestructuras y servicios comunes. Plataformas de validación e interconexión de redes. Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI).

46. Herramientas de comunicación y multimedia. Sistemas multimedia y de videoconferencia. Tecnologías de streaming.

47. Herramientas de colaboración y trabajo en grupo. Servicios de alojamiento de ficheros en línea: características, protocolos de acceso, grupos de usuarios, sincronización. Listas de distribución: sympa. Blogs: WordPress. Herramientas para la Documentación de proyectos.

48. Gestión, control y seguimiento de los proyectos de desarrollo. Control de versiones: el CVS y Subversion. Conceptos. Requerimientos de usuario. Gestión de cambios. Métricas, técnicas y herramientas. Estimación de recursos y esfuerzo. Herramientas de seguimiento: JIRA.

49. Sistemas gestores de bases de datos relacionales. Estructuras: bases de datos, espacios de tablas, tablas, índices. Almacenamiento lógico y físico. Catálogo. Archivado de logs. Sistemas gestores de bases de datos en alta disponibilidad y cluster.

50. El lenguaje SQL: características generales. Lenguajes de definición (DDL), manipulación (DML) y control (DCL). Optimización de sentencias SQL.

51. Bases de datos en código abierto (open source). Características, ventajas e inconvenientes, plataformas de desarrollo. El SGBD PostgreSQL: características, administración, salvaguarda y recuperación.

52. Sistema gestor de bases de datos Oracle. Arquitectura básica. Backup y recuperación de datos. Tareas de administración. Oracle Real Application Cluster (RAC).

53. Tunning de bases de datos relacionales. Realización de un ajuste de rendimiento. Recogida de información y análisis.

54. DataWarehouse (DW) y minería de datos (data mining). Definición y características del DW. Arquitectura de DW. Fases de implementación. Técnicas de explotación. La plataforma MicroStrategy.

55. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de viabilidad de proyectos informáticos. Recursos de personal, procedimientos, planificación temporal, software y hardware. Presupuesto, control de costes de un proyecto informático.

56. Gestión de la atención a los usuarios: centros de atención, CRM. Arquitectura multicanal. La gestión de solicitudes de incidencias con Request Tracker.

57. La Carta de Servicios del Servei d’Informàtica de la Universitat de València: Misión, Visión, Servicios prestados, Compromisos e Indicadores.

58. Firma electrónica y certificados digitales. Definición y conceptos. Esquemas de firma digital. Autoridad de certificación. Autoridad de registro. Sellado de tiempo. Gestión de certificados X.509.

59. Infraestructuras de cableado. Sistemas de cableado estructurado, estándares ISO/IEC y TIA/EIA. Tipo, clases y categorías de cables de cobre y fibra óptica.

60. Redes locales. Estándares IEEE 802.3 y 802.11. El proyecto eduroam.

61. Puentes transparentes y conmutadores LAN. Spanning Tree. Diseño y configuración de VLANs.

62. Protocolo IP (versión 4 y versión 6). Direcciones, máscaras y subredes. Protocolo ICMP. Protocolos de resolución de direcciones: ARP, BOOTP y DHCP. Tipos de NAT, características y limitaciones.

63. Algoritmos de encaminamiento (routing): vector distancia y estado del enlace. Protocolos de encaminamiento: OSPF, IS-IS, BGP, EIGRP. Métricas y distancias administrativas. Tablas de rutas y su ordenación.

64. Protocolos del nivel de transporte: TCP y UDP. Protocolos del nivel de aplicación: Telnet, DNS, FTP, SMTP, SNMP, HTTP.

65. Sistemas de videoconferencia IP, vídeo bajo demanda. La telefonía IP, protocolos H323 y SIP.

66. Seguridad a nivel de enlace y a nivel de red. Ataques por saturación de la tabla CAM. Ataques de DHCP. ARP spoofing e IP spoofing. Protección contra ataques. Cortafuegos. Conexiones VPN. Configuración y funcionamiento de ACLs a nivel de red.

67. Seguridad a nivel de aplicación. El correo electrónico seguro y seguridad en navegadores. Conexiones seguras (SSL, SSH y HTTPS).

68. Instalación, configuración y mantenimiento de clusters de supercomputación. Adaptación del centro de procesamiento de datos para la instalación de grandes clusters HPC. Sistemas de supercomputación de memoria distribuida y compartida. Software de gestión de clusters. Redes de alta velocidad para clusters HPC. Sistemas de ficheros paralelos escalables para clusters HPC. Los sistemas de ficheros GPFS y CFS LUSTRE.

69. Gestión de recursos distribuidos (DRM) en clusters de supercomputación. Gestión de trabajos en clusters HPC Grid Engine y el gestor de recursos open source SLURM. Monitorización del hardware en clusters HPC.

70. Auditoría de la seguridad informática. Análisis de riesgos. Plan de seguridad. Plan de contingencias. Plan de recuperación. Políticas de salvaguarda. La metodología Magerit de análisis y gestión de riesgos. Auditoría Informática: Objetivos, alcance y metodología. Técnicas, herramientas, normas y estándares.

71. Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). El Reglamento de Protección de Datos RGPD. El Delegado de Protección de Datos (DPD).

72. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Política y Reglamento de Seguridad de los Sistemas de Información de la Universitat de València. Procedimientos de Seguridad.

Nota: La normativa legal que ampara el contenido de estos temas, será la que se encuentre en vigor en el momento de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE»).

ANEXO III
Tribunal

El tribunal para estas pruebas selectivas estará compuesto por cinco miembros, con voz y voto, nombrados por el rector o la rectora:

a) La presidencia y el secretario o la secretaria, y sus suplentes, que designa el rector o la rectora entre el personal funcionario de la comunidad universitaria.

b) Un/una vocal, y su suplente, que designa el rector o la rectora, preferentemente entre el personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.

c) Un/una vocal, y su suplente, que se elige por sorteo, entre el personal, preferentemente, de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.

d) Un/una vocal, y su suplente, que designa el rector o la rectora, entre personal de otras administraciones públicas de cuerpos funcionariales o escalas del mismo grupo o superior y de funciones análogas a la de la convocatoria.

1

ANEXO V
Medidas de adaptación

Las medidas de adaptación que pueden solicitar las personas con discapacidad son las siguientes:

1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a silla de ruedas.

2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.

3. Aumento de la amplitud de los caracteres del examen, por dificultad de visión.

4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.

5. Sistema braille de escritura.

6. Otras. En caso de que la adaptación requerida no figure entre las previstas, se tendrá que indicar en una hoja complementaria.

(Indique en la solicitud el número de la medida de adaptación que se quiere).

ANEXO VI

A) Lista de valores de valenciano.

La lista de valores que se pueden hacer servir para el concurso de méritos en el apartado de valenciano, es la siguiente:

• Nivel C2.

Sólo serán reconocidos los certificados expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià, los certificados del Servei de Política Lingüística de la Universitat de València, o los certificados, títulos o diplomas, convalidados según lo que establece el ACGUV 66/2018, por el que se establecen los certificados de conocimiento de valenciano que expide el Servei de Política Lingüística de la Universitat de València y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados.

B) La lista de valores que se pueden hacer servir para el concurso de méritos en el apartado de idioma comunitario es la siguiente:

• Nivel A1.

• Nivel A2.

• Nivel B1.

• Nivel B2.

• Nivel C1.

• Nivel C2.

Sólo serán reconocidos los cursos o certificados de idiomas comunitarios oficiales.

Para cada idioma que se presente como mérito, deberá elegir uno de los valores mencionados (el de mayor nivel), de acuerdo con lo que establece el ACGUV 45/2013 actualizado por el ACGUV 169/2013, excepto para los certificados del Centro de Idiomas de la Universitat de València (ver el siguiente cuadro de equivalencias).

A1

A2

B1

B2

C1

C2

Elemental

Preintermedio

Intermedio

Intermedio alto

Avanzado

subir

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