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Documento BOE-A-2018-5698

Acuerdo de 5 de abril de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, por la que se modifican las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 2018, páginas 45971 a 45974 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2018-5698

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 5 de abril de 2018, ordenó hacer público el acuerdo de Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, de 12 de febrero de 2018, que apruebó la propuesta de modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-administrativo de dicha audiencia, del siguiente tenor literal:

«Regla Segunda.

1. Reparto por materias entre las diversas Secciones:

Sección Primera:

• Los recursos dirigidos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones de carácter general, inactividad o vías de hecho, procedentes de:

– Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Agencia de Protección de Datos.

– Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual (disposición adicional 4.ª de la Ley 29/1998).

– Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en ejercicio de sus funciones de supervisión y control de los mercados de comunicación audiovisual (artículo 9 de la Ley 3/2013, de 4 de junio).

– Ministerio de Economía, Industria y Competitividad en materia de comunicación audiovisual.

– Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital en materia de comunicación audiovisual.

– Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales en materia de comunicación audiovisual.

– Ministerio de Justicia: Recursos contra resoluciones en materia de concesión o denegación de nacionalidad por residencia, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.7.

• Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista en la Regla Segunda, apartado 2.6.

• Recursos de apelación contra las Sentencias y Autos de los Juzgados Centrales de lo Contencioso de la Audiencia Nacional resolviendo las autorizaciones judiciales solicitadas al amparo del artículo 122 bis, 1 y 2, de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Sección Segunda:

• Los recursos dirigidos contra los actos, expresos o presuntos (salvo los dictados en materia de recaudación), procedentes del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) y actos, expresos o presuntos, disposiciones generales, inactividad o vías de hecho (salvo recaudación) de otros órganos del Ministerio de Hacienda y Función Pública relativos a:

Impuesto sobre Sociedades.

Impuesto sobre el Patrimonio.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Impuesto sobre Rentas de no Residentes.

• Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.6.

Sección Tercera:

• Los recursos dirigidos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones generales, inactividad o vías de hecho, procedentes de:

– Ministerio de Justicia: Cuando se trate de recursos contra resoluciones en materia de concesión o denegación de nacionalidad por residencia se aplicará lo dispuesto en la Regla Segunda, apartado 2.7.

– Instituto Cervantes.

– Ministerio de Economía, Industria y Competitividad no atribuidos a la Sección Cuarta.

– Comisión Nacional del Mercado de Valores, y las resoluciones del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad dictados a propuesta de dicha Comisión Nacional de Mercado de Valores o que resuelvan recursos contra actos de la misma.

• Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.6.

Sección Cuarta:

• Los recursos dirigidos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones generales o vías de hecho procedentes de:

– Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

– Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

– Consejo Económico y Social.

– Tribunal Económico Administrativo Central (salvo recaudación) en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

– Ministerio de Economía, industria y Competitividad en materias del área de industria.

– Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en ejercicio de sus funciones de supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural (artículo 7 de la Ley 3/2013, de 4 de junio).

• Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.6.

• Recursos de apelación contra las Sentencias y Autos de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo referentes a la inadmisión a trámite de solicitudes de asilo.

Sección Quinta:

• Los recursos dirigidos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones generales, inactividad o vías de hecho procedentes de:

– Ministerio de Defensa.

– Ministerio del Interior.

– Banco de España.

– Ministerio de Economía, Industria y Competitividad que resuelvan recursos contra actos o disposiciones dictados por el Banco de España.

– Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria FROB adoptados conforme a lo previsto en el Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

– Ministerio de Justicia: recursos contra resoluciones en materia de concesión o denegación de nacionalidad por residencia, del modo establecido en la regla segunda, apartado 2.7.

Sección Sexta:

• Los recursos dirigidos contra actuaciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (salvo recaudación), relativos a:

– Contrabando.

– Haciendas Locales y Autonómicas.

– Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

• Los recursos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones generales o vías de hecho procedentes de:

– La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en ejercicio de sus atribuciones de carácter general y para preservar y promover la competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos (artículo 5 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de Creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia). En todo caso corresponderá a esta Sección el conocimiento de los recursos que se deduzcan en relación con las funciones indelegables del Consejo de dicha Comisión, previstas en el artículo 14.1, párrafo segundo, de la Ley 3/2013, de 4 de junio, salvo en lo correspondiente a las circulares o comunicaciones emitidos en el ámbito de supervisión regulatoria, que corresponderán a la Sección que tenga atribuida la competencias de control de legalidad de tal actividad de supervisión.

– Junta Arbitral de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre.

– Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, incluyendo el Consejo de Universidades.

– Ministerio de Justicia: recursos contra resoluciones en materia de concesión o denegación de nacionalidad por residencia, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.7.

Sección Séptima:

• Los recursos dirigidos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones generales, inactividad o vía de hecho, procedentes del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) no atribuidos a las Secciones Segunda, Cuarta y Sexta, así como de otros órganos del Ministerio de Hacienda y Función Pública relativos a:

Clases pasivas.

Impuestos Especiales.

Renta de Aduanas (incluye Desgravación Fiscal a la exportación).

• Recursos dirigidos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones generales, inactividad o vía de hecho, procedentes de:

– Ministerio de Hacienda y Función Pública no atribuidos a las Secciones Segunda y Sexta.

– Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

– Consejo de Seguridad Nuclear.

– Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.

– Ministerio de Justicia: recursos contra resoluciones en materia de concesión o denegación de nacionalidad por residencia, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.7.

Sección Octava-

• Los recursos dirigidos contra los actos (expresos o presuntos), disposiciones generales, inactividad o vía de hecho procedentes de:

– Ministerio de Fomento.

– Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e igualdad.

– Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en ejercicio de sus funciones de supervisión y control de los mercados de:

Comunicaciones electrónicas (artículo 6 de la Ley 3/2013, de 4 de junio).

Postal (artículo 8 de fa Ley 3/2013, de 4 de junio).

Sector ferroviario (artículo 11 de la Ley 3/2013, de 4 de junio).

– Ministerio de Justicia: Recursos contra resoluciones en materia de concesión o denegación de nacionalidad por residencia, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.7.

• Recursos deducidos frente a los actos (expresos o presuntos), disposiciones de carácter general, inactividad o vía de hecho, del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital en materia de telecomunicaciones, sociedad de la información, agenda digital y sector postal.

• Recursos entablados contra actos expresos o presuntos, disposiciones generales o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de protección internacional derivada del derecho de asilo, protección subsidiaria y el estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.6.

2. Normas específicas:

(…)

6. Las Secciones Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Octava se repartirán los recursos en materia de asilo y apátrida (salvo los de inadmisión a trámite de solicitudes) por meses consecutivos correspondiendo a cada una de estas Secciones los recursos que entren en el Registro en el mes natural correspondiente.

El mes de agosto no se tomará en consideración para el reparto por meses alternativos. Los asuntos que ingresen en el mes de agosto se adjudicarán a la misma Sección que le correspondiera el reparto en el mes de julio.

(…)

Disposición transitoria.

Para asegurar una distribución equilibrada de la carga de trabajo entre todas las Secciones que en adelante van a conocer de los recursos en materia de asilo y apátrida, en el mes de marzo de 2018 conocerá de estos recursos la Sección Tercera, en el mes de abril la Sección Cuarta y en el mes de mayo la Sección Octava; en el mes de junio conocerá la Sección Primera y los meses siguientes, por su orden, las siguientes Secciones.»

Madrid, 5 de abril de 2018.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 05/04/2018
  • Fecha de publicación: 26/04/2018
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencia Nacional
  • Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Reparto de asuntos

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