Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-551

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5771-2017, en relación con la Disposición adicional tercera de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/1987, de 28 de mayo, sobre regulación del transporte por carretera mediante vehículos de motor introducida por el artículo 147 de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica, por posible vulneración de los artículos 25, 149.1.6ª y 149.1.29ª CE.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2018, páginas 5138 a 5138 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2018-551

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5771-2017 planteada por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona, en la apelación penal núm.47/2016, en relación con la Disposición adicional tercera de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/1987, de 28 de mayo, sobre regulación del transporte por carretera mediante vehículos de motor introducida por el artículo 147 de la Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica, por posible vulneración de los artículos 25, 149.1.6.ª y 149.1.29.ª CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en la apelación penal núm. 47/2016 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de enero de 2018.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 10/01/2018
  • Fecha de publicación: 17/01/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA su desestimación, por Sentencia 90/2018, de 6 de septiembre (Ref. BOE-A-2018-13988).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • de la disposición adicional 3 de la Ley 12/1987, de 28 de mayo, en la redacción dada por la Ley 9/2011, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-14661) y (Ref. BOE-A-2012-546).
Materias
  • Cataluña
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Empresas de transporte
  • Procedimiento sancionador
  • Transporte de viajeros
  • Transportes por carretera

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid