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Documento BOE-A-2018-5389

Resolución de 9 de abril de 2018, de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se delegan competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 19 de abril de 2018, páginas 40635 a 40635 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-2018-5389
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/04/09/(2)

TEXTO ORIGINAL

El pasado 9 de marzo de 2018 ha entrado en vigor la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El artículo 118.1 de dicha ley establece que, en los contratos menores, la tramitación del expediente exigirá «el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato». Conforme ha sido interpretado expresamente por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, dicho informe debe ser suscrito por el titular del órgano de contratación.

En el Consejo de Seguridad Nuclear el órgano de contratación es el Presidente, de acuerdo con el artículo 36.1.p) del Estatuto de este Organismo, que fue aprobado por Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre.

Con el fin de garantizar la agilidad en la tramitación de dichas contrataciones, y de conformidad con lo establecido en el artículo 36.3 del Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear, así como en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Presidencia, resuelve:

Delegar la suscripción de los informes de necesidad de los contratos menores a que se refiere el artículo 118.1 de la Ley 9/2017, en los titulares de los órganos con competencias para efectuar propuestas de contratación en el Organismo, y que son los siguientes: Secretaría General, Dirección Técnica de Seguridad Nuclear, Dirección Técnica de Protección Radiológica, Gabinete Técnico de Presidencia, Subdirecciones, Unidades adscritas a la Secretaría General, y Áreas de la Subdirección de Personal y Administración.

La referencia a esta delegación de competencias se hará constar expresamente en todos los informes de necesidad que se formulen a partir de la entrada en vigor de la presente resolución, que se producirá al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

De la presente Resolución, una vez adoptada, el Presidente informará al Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear según lo previsto en el artículo 36.3 del Estatuto orgánico del CSN.

Madrid, 9 de abril de 2018.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Fernando Marti Scharfhausen.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/04/2018
  • Fecha de publicación: 19/04/2018
  • Fecha de entrada en vigor: 20/04/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-12902).
    • el art. 36 del Estatuto aprobado por Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-17861).
Materias
  • Consejo de Seguridad Nuclear
  • Delegación de atribuciones

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