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Documento BOE-A-2018-5000

Resolución de 20 de marzo de 2018, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento para la declaración como bien de interés cultural de carácter inmaterial de Los Pendones Concejiles del Antiguo Reino de León: identidad y tradición.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 12 de abril de 2018, páginas 38153 a 38157 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2018-5000

TEXTO ORIGINAL

La Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en su artículo 8 señala, que los bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, que reúnan de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de esta Ley serán declarados Bienes de Interés Cultural.

El artículo 1.2 dispone que integran el Patrimonio Cultural de Castilla y León los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional.

De acuerdo con la definición de Patrimonio Cultural Inmaterial adoptada en la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO de 2003, se entiende por patrimonio cultural inmaterial »los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana».

El procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural se regula en el artículo 9 y siguientes de la mencionada Ley, desarrollándose en el Título II, Capítulo I, del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León. De acuerdo con dichas normas, la declaración de Bien de Interés Cultural requiere la previa incoación y tramitación del expediente administrativo por la Consejería competente en materia de cultura.

Los pendones concejiles del antiguo Reino de León, identidad y tradición, constituyen un sistema de alto valor patrimonial caracterizado por la interdependencia de valores tangibles e intangibles, que abarca una serie de manifestaciones y rituales religiosos y festivos, que se han transmitido sin apenas interrupción como seña de identidad de generación en generación hasta nuestros días.

Atendiendo al carácter inmaterial de la declaración se define como objeto de la misma, el conjunto de atributos que constituyen su tradición y esencia que garantizan su supervivencia y el papel activo de la sociedad y constituyen el referente identitario de esta comunidad.

Por cuanto ha quedado expuesto, de acuerdo con las pautas de actuación establecidas en el Plan PAHIS 2020, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Acuerdo 22/2015, de 9 de abril de la Junta de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, esta Dirección General de Patrimonio Cultural, resuelve:

Primero.

Incoar procedimiento de declaración como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial de «Los pendones concejiles del Antiguo Reino de León: identidad y tradición».

Segundo.

Si durante la tramitación del procedimiento se demostrara que el bien no reúne de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, pero mereciera una especial consideración por su notable valor cultural y, por tanto, susceptible de ser incluido en el Inventario de Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, se continuará el expediente siguiendo los trámites previstos para su inclusión en dicho Inventario, conservando los trámites realizados.

Valladolid, 20 de marzo de 2018.–El Director General de Patrimonio Cultural, Enrique Saiz Martín.

ANEXO
Los pendones concejiles del Antiguo Reino de León: identidad y tradición

La utilización de los pendones como enseñas concejiles, de jurisdicción histórica e identidad de las comunidades locales, constituye una práctica cultural de origen medieval que ha mantenido la continuidad y pervivencia a lo largo del tiempo, con periodos de mayor o menor uso, con cambios en su significado, en su forma y dimensiones, y que en la sociedad actual mantiene su vigencia en rituales festivos y de participación social.

Muestra de este reconocimiento y aprecio ha sido su conservación y custodia que ha estado vinculada a la salvaguarda y pervivencia de manifestaciones o rituales colectivos. «Portar el pendón» constituye una muestra de destreza y un orgullo para la persona o personas que lo llevan, con ayuda de sus acompañantes o remadores cuando es necesario tensarlo y mantenerlo verticalmente por medio de sus bordones o cordeles de guía. El adorno con complementos vegetales o emblemas religiosos representa también un momento de colaboración, de esmero y de reactivación simbólica.

• Ámbito territorial.

Conservado y extendido por todo el territorio del Antiguo Reino de León, el empleo de los pendones concejiles está especialmente activo, de manera muy destacada, en la provincia de León. Elemento definitorio de su ser y justificación de esa conservación es el carácter «concejil» y la pervivencia de las organizaciones sociales de los pueblos regidos por Juntas Vecinales herederas de los tradicionales Concejos. De manera significativa y definitoria, se conserva viva la tradición de los pendones concejiles sólo donde pervive la organización social a la que se vinculan y representan. Su valoración se ha potenciado en determinadas festividades y también por determinados colectivos sociales que están desarrollando una destacada labor en aras al mantenimiento de su uso, catalogación y conservación.

En esta labor destaca el surgimiento de asociaciones que velan por la salvaguarda, sensibilización y gestión de iniciativas encaminadas a su reconocimiento, a su estudio y conservación. Aspecto éste que incide en el impulso de su reconocimiento como Bien de Interés Cultural, al subrayar la labor que tiene la sociedad como parte activa en la custodia y transmisión de rituales participativos con un alto valor simbólico.

• Ámbito Temporal.

Los pendones concejiles constituyen una tradición ancestral de hondo significado cultural, ligada a celebraciones de carácter festivo y religioso, que como elementos totémicos rememoran los antiguos «mayos» célticos. Este hecho cultural se ha mantenido vivo hasta nuestros días gracias a las comunidades y grupos sociales que lo custodian, lo portan y se reúnen y manifiestan en su entorno, con un importante resurgimiento desde finales del pasado siglo y especialmente en las últimas tres décadas, acompañado de un interés colectivo y de una gestión impulsada por diversas asociaciones.

• Orígenes y evolución.

Con un origen desconocido que se ha querido enlazar con los sistemas de creencias, costumbres y organización social prerromanos, y un uso religioso y militar, el origen del pendón se ha querido ver más relacionado con este uso militar, con la necesidad de enarbolar una enseña y guiar a colectivos en enfrentamientos y contiendas.

En este sentido, se ha defendido que durante la Edad Media, ante la inexistencia de soldados profesionales o ejércitos organizados, era el concejo el encargado de organizar las milicias para cada pueblo o gremio. Las mesnadas reclutadas en cada pueblo acudían a la guerra enarbolando su pendón, que se convertía en el símbolo que identificaba el grupo y su pertenencia, defendido con orgullo por las gentes de cada concejo.

Con el tiempo los pendones han perdido su carácter original y pasan a tener un carácter ceremonial y religioso, en celebraciones como romerías y rogativas, especialmente a partir del siglo XVII.

El dicho popular «las campanas y el pendón del pueblo son», deja bastante claro su verdadero carácter y el origen civil identitario de la comunidad. La propiedad y el uso del Pendón Concejil estaba regulada por el pueblo, regido por el Concejo abierto, conviviendo en muchas ocasiones con otros pendones o estandartes símbolos de asociaciones o cofradías. Si bien, en buena medida, la más amplia documentación histórica referente a los pendones concejiles puede rastrearse en archivos y Libros de Fábrica parroquiales y teniendo en cuenta que parroquia y pueblo son elementos coincidentes en gran parte de la organización de la vida tradicional de estas comunidades, es innegable su carácter representativo para la localidad.

• Descripción del Bien.

Los pendones concejiles son un elemento de identidad de las comunidades sociales vinculadas histórica y culturalmente con un territorio, que mantiene y transmite su valoración mediante su custodia, preservación y uso.

El pendón, fiel reflejo de los sentimientos y religiosidad popular, está presente en las bendiciones de los animales y de los campos y en las tradicionales rogativas y oraciones de las comunidades rurales ante necesidades graves como la escasez de lluvias, temporales, epidemias o plagas. En el «ramo» o adorno vegetal que acostumbra coronar la vara o mástil del pendón puede verse un referente o lugar común con el «mayo», reminiscencia de rituales precristianos.

Estos ritos y significados ancestrales estrechamente vinculadas al medio natural, se han ido adaptando con el tiempo a los usos y costumbres del momento, sin perder su propia esencia. De este modo, se fueron construyendo templos y ermitas en aquellos lugares sagrados, montañas, cuevas, ríos, fuentes y bosques íntimamente relacionados con la madre tierra, en torno a los cuales se van a desarrollar romerías y procesiones, en las que el pendón se convierte en símbolo de identidad.

En la actualidad, el uso de los pendones está asociado a múltiples festividades que se celebran a lo largo de los diversos ciclos temporales del año en las que tiene una presencia notable y constante, destacando las concentraciones en las que participan varias localidades y en las que se ejecutan rituales competitivos, bailes, saludos, o se procesiona encabezando a los grupos sociales, pueblos o concejos simbolizados.

A lo largo del recorrido de la procesión, peregrinación o romería, los portadores de los pendones, los pendonistas o pendoneros, hacen gala de su habilidad y de su fuerza, realizando acrobacias, bailándolo, levantándolo o trepando por la vara.

La especificidad y plasticidad de estas celebraciones ha tenido su reflejo en el mundo del arte. En este sentido destaca la obra de Joaquín Sorolla Bastida de 1913, Castilla, la fiesta del pan, que forma parte de la colección de Archer Milton Huntington en la Hispanic Society of América, en la que se recrea un paisaje fusión de tierras maragatas y charras con los rojos pendones tradicionales al viento. Así también la serie sobre la Diosa de la Lluvia y los Pendones de Castrotierra, realizada por Luis Miguel Alonso Guadalupe o el Retrato de paisanaje leonés con los pendones, obra del villafranquino Demetrio Monteserín (1876-1958), entre otros.

Destacable es también la obra escultórica que representa un desfile de pendones en la rotonda de los pensadores leoneses en Astorga o el monumento al Pendón Leonés, en la ciudad de León, que reproduce a tamaño monumental el bronce de Miguel Iribertergui Eraso, integrado en su colección dedicada a las tradiciones populares leonesas.

Finalmente, la importancia de los pendones se ha visto reflejada en las Vidrieras de la Catedral de León, en concreto las realizadas en el taller de Guillermo Alonso Bolinaga, M. Santa Maria, Alberto Gonzalez y Moncada, para incluir en la nueva «serie baja» del transepto sur de la catedral de León, y la de Basurto y González montada en 1944 sobre cartón de Santiago Eguiagaray Senarega, para la escalinata del ayuntamiento de León, autentico icono y motivo reivindicativo de los pendones concejiles.

• Bienes Materiales Asociados: Los Pendones.

El pendón concejil constituye uno de los elementos patrimoniales etnográficos más singulares presente en las comunidades rurales de Castilla y León, de manera central las correspondientes al Antiguo Reino de León, desde la Edad Media hasta nuestros días, como símbolo vivo de la identidad y tradición de un pueblo.

Del latín «pendere», que significa estar colgado, el pendón, genéricamente, no es más que un símbolo utilizado como distintivo, señal o insignia desde la Edad Media. De manera específica, el pendón concejil significa y representa a cada pueblo en el que pervive la organización comunitaria basada en el Concejo.

Actualmente, en lo que respecta a su carácter material, se entiende y se visualiza el pendón como un estandarte integrado por un paño de seda adamascada de grandes dimensiones, de uno o varios colores, distribuidos en franjas horizontales, con terminación generalmente en dos puntas («partido» o «señal»), adornado con agremanes y flecos, todo ello variando en tamaño, diseño y colorido según territorios o localidades. Los colores más frecuentes son el rojo carmesí, morado, blanco, dorado o combinación de colores –azul, verde, rojo–.

Esta enseña se coloca sobre una vara o mástil de entre 5 y 15 metros (en función del pendón que ha de sostener), llegando a pesar entre 30 o 40 kilos. También existen pendones más pequeños conocidos como pendonetas, que suelen ir delante de los pendones, llevados por las mozas o los niños de cada pueblo.

En la parte superior de la vara, en gran mayoría de los casos, se engarza una cruz de pequeñas dimensiones, que representa la presencia de la parroquia en el acto concejil, manteniéndose en algunos pendones un ornamento vegetal o flores en recuerdo de los antiguos «mayos» celtas.

Para ayudar a desplazar el conjunto y darle más estabilidad, se dispone de los remos, unos cordones de seda o algodón unidos a la vara en su parte superior, con un cortaviento que une, en un único elemento, los dos cordones que nacen en esa parte superior de la vara, y son los remeros, uno o dos, los responsables de manejarlos, equilibrando el desplazamiento del pendón, que es llevado en alto por el pendonero, con ayuda de un cinto o arnés sobre el que se apoya con un gancho de metal fijado en la propia vara. Los extremos inferior y superior del remo se rematan con una serie de borlas de hilo, también de seda o algodón, de color similar al del paño. El trozo de tela que cubre la unión de los remos, la vara y la cruz se llama capelina.

Los pendones llevan asociado un rico y atractivo vocabulario, en muchos casos derivado del de otro tipo de estandartes militares. Sin embargo, a diferencia de estos, en el campo de los pendones concejiles se dan algunas especificidades: no es el alférez, porta-enseña de su mando, quien lleva el pendón, si no los «mozos o mozas del pendón», los representantes del pueblo. Las acciones y acrobacias se conocen como pinar el pendón, enarbolar o izar, abatir, bailar (con y sin manos), trepar la vara, «besarse» los pendones (rindiendo reverencia al paso de autoridades, dignidades, imágenes o elementos religiosos). Otras habilidades y acrobacias realizadas por los pendonistas, como sostener el pendón sobre la palma de la mano, sobre la barbilla o de rodillas, son ejercicios de fuerza y habilidad con los que se busca hacer destacar, más que al individuo, al grupo que representa.

En la actualidad han sido catalogados por la Asociación Cultural de Pendones del Reino de León más de 450 ejemplares, conservados y custodiados en distintos pueblos de la provincia de León y en otros territorios relacionados.

• Valoración.

El pendón concejil, como elemento de identificación de una localidad, comunidad o grupo social, tiene un significado específico para esos colectivos y territorios, que hay que valorar en el contexto de las manifestaciones culturales en las que se utiliza.

Desde un punto de vista patrimonial, no procede su análisis y valoración de forma individual como objeto o elemento material de valor etnográfico, histórico o artístico, dado que la relevancia de este hecho cultural viene dada por el significado que transmiten, su uso y el concepto de comunidad que aglutina este objeto. Es decir, el sentimiento de unidad de una comunidad en la celebración de un acto de participación colectiva.

La materialidad física de los pendones deberá renovarse periódicamente para permitir su uso, dado el carácter frágil y perecedero de los materiales. En algunos casos, atendiendo a las características de sus bordados, escudos, historia, tipo de tejidos, enseñas u otras cualidades será aconsejable su conservación o la sustitución por uno nuevo para su uso en los rituales o prácticas culturales.

• Objeto de la declaración.

Los Pendones Concejiles del antiguo Reino de León, identidad y tradición, constituyen un sistema de alto valor patrimonial caracterizado por la interdependencia de valores tangibles e intangibles, que abarca una serie de manifestaciones y rituales religiosos y festivos que constituyen el espíritu y la esencia de este hecho cultural, que se han transmitido sin apenas interrupción como seña de identidad, de generación en generación, hasta nuestros días.

El valor de las vivencias comunitarias transmitidas de padres a hijos, como un patrimonio vivo y en auge revivido constantemente por la comunidad, se conjuga a lo largo de la historia y hasta nuestros días como un sentimiento de identidad y continuidad.

Atendiendo a su carácter inmaterial o intangible, se define como objeto de la declaración el conjunto de atributos que constituyen la tradición y esencia de este hecho cultural, que garantizan su pervivencia y el papel activo de la sociedad, y constituyen un referente identitario de la población que lo ha impulsado.

Respetando los procesos de cambio que, como patrimonio vivo y sin pervertir su esencia, decida la comunidad depositaria de esta tradición y auténtica protagonista de esta manifestación cultural, la administración competente en materia de patrimonio velará por su normal desarrollo, tutelando la pervivencia y salvaguarda de los valores que han determinado su declaración como bien de interés cultural.

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