Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-2803

Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta con la revisión salarial de 2018 del Convenio colectivo de Distribuidora Internacional de Alimentación, SA y Twins Alimentación, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 28 de febrero de 2018, páginas 24822 a 24823 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-2803
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/02/16/(13)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del año 2018 del Convenio colectivo de Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A. y Twins Alimentación, S.A. (Código de Convenio n.º 90017963012010) aprobado en acta suscrita con fecha 29 de enero de 2018 por la Comisión Paritaria del citado Convenio de la que forman parte los designados por la dirección de las empresas en representación de las mismas y, de otra, FETICO, UGT y CC.OO. en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Acta de la Comisión Paritaria

En Madrid, siendo las 10:00 horas del día 29 de enero de 2018 se reúnen los miembros de la comisión paritaria relacionados a continuación, para establecer la revisión salarial y aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en el artículo 44 del Convenio Colectivo de la empresa Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A., y Twins Alimentación, S.A.

Por la Dirección de la empresa: Doña Laura Díaz González.

Representación social:

Por la representación de FETICO: Doña Susana Cedillo Mayoral.

Por la representación de CCOO: Doña Juana Hernández Barragán.

Por la representación de UGT: Doña Belén Fernández Fonseca.

La Comisión Paritaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Convenio Colectivo de DIA, S,A. y Twins Alimentación, S.A., acuerda que, a partir de enero de 2018, se aplique un incremento del 0,7% sobre la base de las tablas salariales establecidas en el 2017, para todos los conceptos recogidos en dicho artículo 44.

Las Tablas aplicables en el año 2018 son las siguientes:

Grupo

profesional

2018

Módulo A

Módulo B

Módulo C

Módulo D

Módulo E

Módulo F

Módulo G

Módulo H

Módulo I

Mandos

15.595,24

15.889,22

16.772,45

17.507,42

18.095,40

19.126,84

19.714,82

20.854,98

21.226,78

Técnicos

14.712,02

14.989,96

15.822,51

16.516,72

17.071,35

18.043,53

18.598,17

19.674,07

20.024,88

Especialistas

13.879,44

14.141,32

14.926,95

15.581,62

16.105,40

17.021,96

17.545,72

18.559,87

18.890,91

Profesionales

13.093,81

13.340,87

14.082,02

14.699,66

15.193,76

16.058,43

16.552,55

17.508,66

17.821,16

Para el personal con categoría de mozo/a de almacén, incluido en el Grupo IV, los salarios bases grupo en el año 2018 quedan fijados en las siguientes cantidades.

Almacén

Salario base grupo

Getafe

13.340,87

Mejorada

13.340,87

Arroyomolinos

13.340,87

Dos Hermanas

13.093,81

Jaén

13.093,81

Cádiz

14.699,66

Asturias

13.340,87

Orihuela

13.340,87

Manises

13.340,87

Mallen

13.587,92

Villanubla

13.958,49

Antequera

14.082,02

Tarragona

13.340,87

Santiago

14.699,66

Miranda

14.699,66

Mérida

14.699,66

Sabadell

15.193,75

San Antonio

15.193,75

Villanueva Gallego

13.587,92

Para el resto de conceptos del convenio en el año 2018, queda fijado en los siguientes importes:

Antigüedad

197,65

Inventarios

20,99

Inventarios secciones: hora diurna

10,49

Inventarios secciones: hora nocturna

13,12

Bolsa de vacaciones

17,28

Dietas

22,24

Media dieta

11,13

Se faculta a doña María Maneiro Prieto y a don Diego García Diego para que realicen las gestiones y trámites precisos en orden al depósito, registro, y publicación de lo aquí acordado, y en prueba de conformidad con cuanto antecede firman el presente acto los miembros de la Comisión Paritaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2018
  • Fecha de publicación: 28/02/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 22 de agosto de 2016 (Ref. BOE-A-2016-8184).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid