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Documento BOE-A-2018-1711

Orden DEF/104/2018, de 5 de febrero, por la que se delegan en el Secretario de Estado de Defensa determinadas competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 8 de febrero de 2018, páginas 15342 a 15342 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2018-1711
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2018/02/05/def104

TEXTO ORIGINAL

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en su artículo 63.1, y el artículo 9.Dos de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, prorrogada ésta para 2018, confieren al Ministro de Defensa determinadas competencias en materia de modificaciones presupuestarias que es conveniente delegar en el Secretario de Estado de Defensa.

El artículo 61.b) de la Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público, otorga al Ministro la función de asignar los recursos necesarios para la ejecución de los objetivos del Ministerio dentro de los límites de las dotaciones presupuestarias correspondientes; si bien, con el fin de facilitar la gestión y ejecución del Presupuesto del Ministerio de Defensa para el ejercicio económico de 2018, se considera conveniente delegar en el Secretario de Estado de Defensa su desarrollo mediante la correspondiente Resolución, de acuerdo en todo caso con la vinculación jurídica de los créditos establecida en la Ley General Presupuestaria y demás normativa de desarrollo.

Por ello, y en virtud de las facultades que me concede el artículo 9 de Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público dispongo:

Artículo uno.

Se delegan en el Secretario de Estado de Defensa, para el ejercicio 2018, las competencias que me otorga el artículo 63.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Artículo dos.

Se delegan en el Secretario de Estado de Defensa las competencias que me otorga el artículo 9.Dos de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, prorrogados para 2018.

Artículo tres.

Se delega en el Secretario de Estado de Defensa la competencia para desarrollar el Presupuesto de la Sección 14 mediante la correspondiente Resolución, de acuerdo con la vinculación jurídica de los créditos, establecida en la Ley General Presupuestaria y demás normativa de desarrollo, de acuerdo con el artículo 61.b) de la Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y surtirá efectos económicos a partir del 1 de enero de 2018.

Madrid, 5 de febrero de 2018.–La Ministra de Defensa, María Dolores de Cospedal García.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 05/02/2018
  • Fecha de publicación: 08/02/2018
  • Fecha de entrada en vigor: 08/02/2018
  • Efectos económicos desde el 1 de enero de 2018.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Defensa
  • Secretaría de Estado de la Defensa

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