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Documento BOE-A-2018-16789

Resolución de 19 de noviembre de 2018, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de inhabilitación y de multa impuestas a doña Claudia María Hernández Bona por la comisión de una infracción muy grave.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 7 de diciembre de 2018, páginas 120628 a 120628 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2018-16789

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de septiembre de 2017 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución sancionadora por la que finalizó el expediente de referencia IE/ EP-1/2016, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 23 de septiembre de 2016 a, entre otros, Doña Claudia María Hernández Bona (consejera de Pay-One 911 EP, S.A. desde mayo de 2008 hasta el 19 de enero de 2017).

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Toda vez que la citada Resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa, procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a Doña Claudia María Hernández Bona:

«– Una sanción de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de pago o del sector financiero, con separación del cargo de administración que ocupa el infractor en la entidad de pago, por plazo de 2 años, prevista en el artículo 100.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 92.o) de dicha Ley 10/2014 consistente en presentar deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad.

– Una sanción de multa por importe de diez mil euros (10.000 €) prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 92.o) de dicha Ley 10/2014 consistente en presentar deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad.»

Madrid, 19 de noviembre de 2018.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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