Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-1465

Resolución de 25 de enero de 2018, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la segunda adenda al Convenio con el Ayuntamiento de Huelva, para el desarrollo del Programa de Ciudades Inteligentes de la Agenda Digital para España: modalidad de participación individual.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 2 de febrero de 2018, páginas 13223 a 13225 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2018-1465

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P y el Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, han suscrito, con fecha 29 de diciembre de 2017, la Segunda Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es y el Ayuntamiento de Huelva para el Desarrollo del Programa de Ciudades Inteligentes de la Agenda Digital para España: Modalidad de Participación Individual.

Para generar conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido Convenio.

Madrid, 25 de enero de 2018.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es,M.P., José Manuel Leceta García.

ANEXO
Segunda adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es y el Ayuntamiento de Huelva para el desarrollo del Programa de Ciudades Inteligentes de la Agenda Digital para España: modalidad de participación individual C021/15-AE

En Madrid, a 29 de diciembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, D. José Manuel Leceta García, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., en nombre y representación de dicha Entidad Pública Empresarial en virtud de las facultades delegadas a su favor por el Consejo de Administración de Red.es, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1 k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Red.es.

De otra parte D. Gabriel Cruz Santana, con DNI 29.769.832 N Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, en nombre y representación del mismo, que le atribuye el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente Adenda y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 13 de abril de 2015 el Ayuntamiento de Huelva y la Entidad Pública Empresarial Red.es firmaron el «Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es y el Ayuntamiento de Huelva para el desarrollo del Programa de Ciudades Inteligentes de la Agenda Digital Para España: Modalidad de Participación Individual» (en adelante, el «Convenio»), cuyo objeto es el desarrollo de la iniciativa presentada por la entidad local a la primera convocatoria de Ciudades Inteligentes, seleccionada con fecha 3 de febrero de 2015. En dicho convenio se establecía que su vigencia finalizaba el 31 de diciembre de 2016.

Segundo.

Que los proyectos a desarrollar en el marco del Convenio deberán poder contar con cofinanciación FEDER del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente (POCInt) del periodo 2014-2020, dado que las inversiones con cargo a fondos de Red.es corresponderán en todo caso a gastos elegibles de ser certificados en el Programa Operativos de Crecimiento Inteligente (POCint).

Tercero.

Que la inversión máxima prevista en las actuaciones objeto del Convenio asciende a 603.405,00 euros, durante el período comprendido entre la firma del mismo y el 31 de diciembre de 2016, pudiendo prorrogarse por acuerdo de las partes y sin perjuicio de que puedan finalizarse las actuaciones iniciadas con anterioridad a dicho plazo incluido el mantenimiento, según lo dispuesto en la cláusula Undécima del Convenio.

Cuarto.

Que con fecha 3 de octubre de 2016 se firmó la primera adenda a dicho Convenio, extendiendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2017. En dicha adenda, se procedía a corregir el porcentaje de cofinanciación por parte de Red.es.

Quinto.

Que, una vez definidos los requisitos técnicos de los trabajos objeto de la subvención, se publicó el correspondiente procedimiento de licitación para seleccionar al contratista que ejecutase los trabajos de la iniciativa seleccionada (expediente de contratación 204/15-AE «Servicios para el Desarrollo de la Iniciativa Huelva Smart City Route»).

Una vez formalizado el contrato asociado a dicho procedimiento de licitación, y debido a que los tiempos necesarios para la ejecución de las actuaciones contempladas en el expediente 204/15-AE superan el marco de vigencia temporal del convenio, es necesaria su ampliación, de tal forma que puedan finalizarse las actuaciones contempladas.

Concretamente, el retraso de la ejecución de las actuaciones contempladas en el expediente 204/15-AE se debe a la necesidad de adecuar, de forma previa y por parte del Ayuntamiento de Huelva, su infraestructura propia al tendido de fibra óptica.

Sexto.

Que, de acuerdo con lo expuesto, en reunión celebrada el 30 de octubre de 2017, la Comisión de Seguimiento aprobó la propuesta de ampliación del plazo de vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2018.

De conformidad con lo anterior, las Partes

ACUERDAN

Primero.

Ampliar la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2018, con el objeto de posibilitar la ejecución en plazo del contrato derivado del expediente de licitación 204/15-AE «Servicios para el Desarrollo de la Iniciativa Huelva Smart City Route», derivado de dicho Convenio y con ello, la implantación de la totalidad de las actuaciones recogidas en la iniciativa presentada por el Excmo. Ayuntamiento de Huelva a la Convocatoria de Ciudades Inteligentes (C-021/15-AE).

La vigencia total del presente convenio no se extenderá más allá del plazo de 4 años establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En cualquier caso, el tiempo máximo de ejecución de los trabajos objeto de la iniciativa, no superará el plazo de 24 meses establecido en la base segunda de las bases reguladoras.

Segundo.

Que, salvo en las modificaciones expuestas y en lo que no contradiga a la presente Adenda, se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del Convenio.

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda al Convenio en la fecha y lugar señalados al inicio.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P, José Manuel Leceta García.–El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, Gabriel Cruz Santana.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid