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Documento BOE-A-2018-13441

Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de un Máster sobre Infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 3 de octubre de 2018, páginas 96415 a 96422 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2018-13441

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 5 de septiembre de 2018,Convenio entre el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de un Máster sobre Infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 18 de septiembre de 2018.–El Secretario General de Sanidad y Consumo, Ricardo Campos Fernández.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de un Máster sobre Infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana

En Madrid, a 5 de septiembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, doña Pilar Aparicio Azcárraga, Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación, del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, nombrada por Real Decreto 805/2018, de 29 de junio, en nombre y representación del mismo, según las competencias que tiene atribuidas por la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero («BOE» de 1 de febrero de 2013), vigente según la Orden SCB/665/2018 del 20 de junio de 2018 y publicada en el «BOE» el 22 de junio de 2018.

De otra parte, don Javier Ramos López, Presidente del Patronato de la Fundación de la Clínica Universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos, CIF G87063285 (en adelante FCURJC), en nombre y representación de la misma, por su condición de Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de los Estatutos de la FCURJC según consta en escritura pública de constitución, otorgada ante el notario de Madrid don Juan Barrios Álvarez, el 9 de julio de 2014, con el número 407 de su protocolo, con domicilio a estos efectos en el campus de Alcorcón de la Universidad Rey Juan Carlos, Avenida de Atenas s/n, Alcorcón, CP 28922 (Madrid).

Intervienen en función de sus respectivos cargos, que han quedado expresados, y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, por lo que se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (MCBS) forma parte como miembro fundador de la Alianza ESTHER, alianza Europea que realiza actividades de formación en VIH a países en vías de desarrollo, existiendo una colaboración entre los países Norte-Sur, con participación de los Ministerios de Salud de los diferentes países participantes (se adjunta Acuerdo en el Anexo I) Esto se enmarca dentro de las actividades de cooperación internacional, aportando la experiencia que existe en España sobre la infección por el VIH y la gran capacidad formativa de los profesionales dedicados al manejo de dicha infección. Dentro de esta formación se encuadra la realización de un Máster online, gratuito y anual en el que recoge toda la información existente y actualizada sobre el VIH. Para dar continuidad al proyecto de formación acordado con la Alianza ESTHER, se propone un convenio con la URJS de una duración de 4 años, prorrogable a 4 años más, previa firma de acuerdo expreso.

Segundo.

Que la Universidad Rey Juan Carlos realiza actividades de cooperación incluyendo la formación de profesionales, siendo la formación relativa a salud, gestionada a través de la Fundación Clínica Universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos (FCURJC) Para ello dispone de los medios adecuados para llevar a cabo dichas actividades. Desde el año 2010, colabora con el Proyecto ESTHER en la realización del Máster online, siendo ésta la segunda edición incluida dentro de la oferta de Títulos Propios de la Universidad Rey Juan Carlos.

Tercero.

Que ambas instituciones manifiestan su voluntad de responder con garantía al reto científico y técnico que la sociedad exige, con su compromiso mutuo de la mejora permanente de la calidad docente, investigadora y de servicios. Y que es consciente de la necesidad de ayudar a la capacitación de profesionales que se encuentran en países en vías de desarrollo, con alta tasa de infección por el VIH y que no disponen de medios suficientes para poder aportar dicha formación.

Cuarto.

Que es el deseo de ambas comenzar la realización de actividades conjuntas de cooperación y desarrollo de programas específicos en las áreas que se determinen de mutuo acuerdo.

Por todo ello, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (en adelante MSCB) y la Universidad Rey Juan Carlos, a través de la Fundación Clínica Universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante la FCURJC) acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Desarrollar las líneas de colaboración entre el MSCB, a través de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación y la Universidad Rey Juan Carlos, a través de la FCURJC para la realización de un Máster online sobre Infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana, dirigido a profesionales sanitarios de Latinoamérica y España. Con este fin se desarrollarán las acciones que se especifican en las cláusulas siguientes, o mediante el desarrollo de actividades y proyectos, entre otros:

– Actualización del diseño y programación del Máster.

– Elaboración del material formativo.

– Puesta en marcha de un sistema de monitorización de la formación especializada, realizada a través del Máster, mediante un protocolo para la recogida de la información necesaria y su procedimiento.

Segunda. Actuaciones que corresponden al MSCB.

La Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación-Plan Nacional sobre el Sida, del MSCB, realizará una contribución por un importe de 240.000 €, distribuidos según cláusula sexta, sufragándose dichos gastos con cargo a la partida presupuestaria 26.07.313B.226.16, para llevar a cabo las actuaciones relativas a la ejecución Científico-Técnica del Proyecto ESTHER, que incluyen:

– Organización del Título Propio «Máster sobre Infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana» online de formación sobre los diferentes aspectos de la infección por VIH, dirigido a los profesionales de los países que participan en el proyecto ESTHER fundamentalmente, aunque también a médicos españoles con especialidad de Medicina de Familia, Pediatría, Medicina Interna, y otras. En ningún caso se imputará al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social coste alguno por el concepto de Título Propio.

– Coordinación de la revisión, por parte de profesionales expertos, de todos los capítulos de los diferentes módulos del curso.

– Coordinación, revisión y actualización de los casos clínicos.

– Resolución online de las dudas planteadas por los alumnos.

Asimismo, el MSCB realizará las siguientes actuaciones:

– Codirección y coordinación del Máster.

– Designación de profesores y tutores.

– Actualización de los contenidos del Máster.

– Comunicación de los resultados a la Alianza ESTHER y presentación de los mismos para su monitorización.

En caso de procederse a realizar una prórroga de 4 años, previa firma de acuerdo expreso, el MSSSI realizará una contribución de 240.000 €, distribuidos según la cláusula sexta. No se procederá a la revisión de precios en caso de realizar la prórroga.

Tercera. Actuaciones que corresponden a la FCURJC.

La FCURJC, por su parte, realizará una contribución por un importe de 30.000 € por año, obtenidos en virtud de un acuerdo de colaboración previo, de los presupuestos generales de dicha entidad para el Máster, a fin de poner en marcha las siguientes actuaciones relativas a la ejecución Científico-Técnica del Proyecto ESTHER:

– Organización junto con el MSCB del Título Propio «Máster sobre Infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana» online.

– Codirección del Máster.

– Realizará las gestiones oportunas para acreditar el Máster como Título Propio de la Universidad.

– Gestión y demás tareas económicas y administrativas relacionadas con la realización del Máster online.

– Contratación de la plataforma y Gestión económica derivada del mantenimiento y soporte de la plataforma online.

– Elaboración, gestión y expedición de los títulos finales, estando los alumnos obligados a sufragar el coste de expedición de dichos títulos.

– Aportará el profesorado necesario para completar el panel de profesores.

– En el título aparecerá el logo del MSCB junto con el de la URJC y la firma de ambas instituciones.

En caso de procederse a realizar una prórroga de 4 años, previa firma de acuerdo expreso, la FCURJC realizará una contribución de 120.000 €, correspondiente a 30.000€ por año de duración de la prórroga. No se procederá a la revisión de precios en caso de realizar la prórroga.

Dado el carácter del curso en la formación de profesionales de países en vías de desarrollo, la FCURJC exime del cobro del porcentaje que corresponde a la retención de ingresos a favor de la misma, así como de los gastos derivados de la gestión económico-administrativa que corresponderían a un 20% del total de los ingresos, equivalente a otros 15.000€ para cada uno de los ejercicios previstos. La realización del Máster no conlleva pago alguno por parte del alumnado a la URJC, a excepción de la Expedición de los Títulos. Por tanto la aportación total de la FCURJC, es de 30.000 €, por año, lo que supone un 33,3% al Convenio.

El presupuesto desglosado de gastos imputables se adjunta como Anexo II.

Cuarta. Requisitos de los alumnos.

En referencia a la admisión de alumnos y requisitos de acceso o cualquier otra circunstancia derivada de la impartición del Título Propio, resultará de aplicación lo establecido en la memoria académica del Título Propio aprobado por la Universidad Rey Juan Carlos y gestionado por la FCURJC.

Quinta. Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación de este Convenio, se constituirá una Comisión Paritaria de Seguimiento compuesta por representantes de ambos partícipes, que tendrá las siguientes funciones:

– Revisar la ejecución del Proyecto ESTHER objeto del presente Convenio.

– Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente Convenio, y en consecuencia, proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables para la mejor ejecución de las actuaciones.

– El seguimiento y dirección de la ejecución de las actuaciones contempladas en el Convenio.

– La definición de nuevas y necesarias actividades materiales.

La composición de la Comisión Paritaria de Seguimiento será la siguiente:

– En representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:

La Subdirectora General de Promoción de la Salud y Epidemiología.

La Jefa del Área Asistencial y de Investigación del Plan Nacional sobre el Sida.

– En representación de la FCURJC:

Presidente de la FCRJC.

El Director del Título Propio por parte de la URJC.

Esta Comisión Paritaria de Seguimiento se reunirá al menos dos veces al año y, en cualquier caso, cuando una de las partes lo solicite. Levantará acta de cada una de las reuniones, recogiendo los acuerdos alcanzados.

Este órgano se regirá, con carácter supletorio, por lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015.

Sexta. Régimen económico-financiero.

La aportación por parte del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social se realizará cada año en dos partes repartidos de la siguiente forma:

Curso 2018-2019: En 2018 el 60% del total (36.000 €) a la firma del Convenio tras la entrega del diseño, programación y material formativo del Máster y el 40 % restante (24.000 €) a la finalización del master el 31 de julio de 2019, tras la entrega del informe de evaluación del Máster.

Curso 2019-2020: En 2019 el 60 % del total (36.000 €) tras la entrega del diseño, programación y material formativo del Máster, y el 40 % restante (24.000 €) a la finalización del Convenio a 31 de julio de 2020, tras la entrega del informe de evaluación del Máster.

Curso 2020-2021: En 2020 el 60% del total (36.000 €) tras la entrega del diseño, programación y material formativo del Máster, y el 40 % restante (24.000 €) a la finalización del Convenio a 31 de julio de 2021, tras la entrega del informe de evaluación del Máster.

Curso 2021-2022: En 2021 el 60% del total (36.000 €) tras la entrega del diseño, programación y material formativo del Máster, y el 40 % restante (24.000 €) a la finalización del Convenio a 31 de julio de 2022, tras la entrega del informe de evaluación del Máster.

La aplicación presupuestaria con cargo a la cual se financiará este compromiso será: 26.07.313B.226.16.

El informe final incluirá, como mínimo, el número de alumnos inscritos, el grado de satisfacción respecto a contenidos, el profesorado y la plataforma online. Las justificaciones de los gastos imputables a la URJC se realizarán mediante una certificación por cada aportación de la FCURJC.

En caso de procederse a realizar una prórroga por 4 años, previa firma de acuerdo expreso y conformidad de ambas partes, la aportación económica quedará establecida en los mismos términos referenciados en este convenio.

El ingreso se efectuará en la cc ES46-0049-1959-28-2010003534 perteneciente a la FCURJC, la cual deberá justificar todos los gastos efectuados dentro del presente Convenio.

Por medio de este Convenio se dará cumplimiento a la participación española en la Alianza Esther, con la capacitación de los profesionales sanitarios encargados de la asistencia a las personas infectadas por el VIH o con Sida tal y como figura en el Anexo I (Déclaration sur l’Initiative de Coopération).

Séptima. Vigencia.

La vigencia del presente Convenio desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado» como se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tendrá una duración de cuatro años, pudiendo prorrogarse a otros 4 años previa firma de acuerdo expreso por ambas partes, tal y como viene recogido en el artículo 49.2 de la Ley 40/2015.

Los importes correspondientes a los ejercicios 2018, 2019, 2020 y 2021, y en caso de ejecutarse la prórroga, quedan condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales del Estado para dichos ejercicios.

Octava. Régimen jurídico y resolución de controversias.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa por lo que queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI, título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Ambas partes se comprometen a solventar las controversias que pudieran suscitarse en la interpretación o ejecución del presente Convenio a través de la Comisión de Seguimiento. En su defecto las mismas serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Novena. Incumplimiento de obligaciones y compromisos.

Tal y como establece el artículo 51.c) de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes, tendrá como consecuencia la extinción del Convenio tal y como se especifica en la cláusula undécima.

Cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo determinado, con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento del Convenio. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución, y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados previstos en el artículo 49.e de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que establece las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes y, en su caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento.

Décima. Modificación del convenio.

El presente Convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre que la modificación no suponga una alteración de las obligaciones económicas recogidas en el Convenio.

Undécima. Extinción del convenio.

El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución de las previstas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de resolución del Convenio, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en sus apartados 1, 2 y 3.

Duodécima. Protección de datos.

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos), las partes intervinientes se comprometen a utilizar los datos de carácter personal que puedan ser cedidos con objeto de este Convenio conforme a dicha normativa y demás disposiciones vigentes, adoptando las medidas de seguridad legalmente exigidas, a fin de garantizar la confidencialidad de los datos personales que pudiesen ser cedidos.

Los datos obtenidos mediante la documentación generada en el desarrollo del presente Convenio serán incorporados para su tratamiento a un fichero automatizado, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, mediante la remisión de escrito al FCURJC.

En prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, por duplicado, en el lugar y fecha ut supra.–La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación, Pilar Aparicio Azcárraga.–El Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos y Presidente de la FCURJC, Javier Ramos López.

ANEXO I
Declaración sobre el programa de cooperación «Red de solidaridad terapéutica hospitalaria contra el sida»

La Ministra de Sanidad y Consumo del Reino de España, el Ministro de Sanidad de la República Francesa, el Ministro de Sanidad de la República Italiana, el Ministro de la Cooperación y de la Acción Humanitaria del Gran Ducado de Luxemburgo,

Conscientes de que la epidemia del VIH/SIDA en muchos países de recursos limitados, especialmente en África, ha alcanzado proporciones dramáticas y continuará desarrollándose en los próximos años,

Considerando que esta epidemia, asociada a la difusión de otras enfermedades infecciosas ligadas a la pobreza, constituye un gran obstáculo para la mejora de las condiciones socio-económicas de estos países,

Considerando que la epidemia no constituye solamente un problema humanitario, sino también un problema de salud pública para todas las naciones,

Considerando la dificultad para muchos países de afrontar por sí mismos el problema del sida y de otras enfermedades infecciosas,

Considerando la declaración de las Naciones Unidas en la Asamblea General del 25 y 27 de junio de 2001, las conclusiones de la reunión del G8 en Génova el 20 y 22 de julio de 2001 y la creación del Fondo Global de lucha contra el sida, la tuberculosis y el paludismo, que ha tenido su primer consejo de administración en Ginebra el 28 y 29 de enero de 2002.

Considerando la importancia de intensificar la contribución de todos los Estados con acciones integradas de cooperación bilateral, multibilateral y multilateral de lucha contra el sida en países con recursos limitados que lo han solicitado y con intervenciones coordinadas a nivel mundial,

Considerando que la cooperación técnica en el campo de la salud, realizada conforme a las normas internacionales, constituye un elemento fundamental de la lucha contra el sida en países en desarrollo,

Considerando la necesidad de desarrollar un enfoque global de la lucha contra el sida asociando la prevención y el cuidado de las personal con VIH/SIDA, incluyendo el tratamiento antirretroviral,

Considerando que la creación de un marco adecuado para el cuidado terapéutico de las personas con VIH/SIDA en países del sur beneficiarios de la Iniciativa representa una etapa importante en la lucha contra el sida y que las estructuras sanitarias del sur pueden también desempeñar un papel de coordinación con todos los interlocutores sanitarios, sociales y comunitarios implicados en el cuidado,

Vistas las potencialidades humanas y técnicas en los hospitales de los países del norte para la lucha contra el sida,

Y subrayando la necesidad de promover la realización de programas, la adaptación a las necesidades locales, la utilización óptima de los recursos, la coordinación y una sinergia de las iniciativas,

SE COMPROMETEN

A desarrollar conjuntamente el programa «Red de solidaridad terapéutica hospitalaria contra el sida», a fin de reforzar las competencias y capacidades de las estructuras de salud de los países en desarrollo para cuidar a las personas con VIH/SIDA, en conexión con las organizaciones de las Naciones Unidas y el Fondo Global de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y el Paludismo.

Hecho y firmado en Roma a 9 de abril de 2002, simultáneamente en cuádruple copia, en lenguas española, francesa e italiana, siendo las cuatro igualmente válidas.–La Ministra de Sanidad y Consumo del Reino de España, Celia Villalobos Talero.–El Ministro de Salud de la República Francesa, Bernard Kouchner.–El Ministro de Salud de la República Italiana, Girolamo Sirchia.–El Ministro de la Cooperación y de la Acción Humanitaria del Gran Ducado de Luxemburgo, Charles Goerens.

ANEXO II
Tabla de Presupuesto anual*

Curso: Convocatoria 2018 Campus ESTHER*.

Inscripciones: 500.

Ámbito: VIH/Países receptores ESTHER habla hispana.

Periodo: Curso 2018-2019*.

Concepto

Aportación MSCB

Euros

Aportación FCURJC

Euros

Diseño y soporte web

2.904

Registro de Dominio y Hosting

1.866

Diseño y programación web

9.085

Creación de la Base de Datos y Cuentas de Correo para tutores

3.700

Gestión Técnica (700 €/mes)

8.400

Creación y gestión cuentas usuarios (x500)

1.980

Gestión Alumnos

14.520

15.000

Coordinación de Docencia

14.520

15.000

Revisión de módulos

3.025

Total

60.000

30.000

* Dado que no se procederá a la revisión de precios, este presupuesto será válido para los ejercicios 2018, 2019, 2020 y 2021 y en el caso de realizarse la prórroga para los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025.

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