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Documento BOE-A-2018-12210

Resolución de 27 de agosto de 2018, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Vecinos La Cornisa, para la restauración y acondicionamiento de la Torre del Hierro, en Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 6 de septiembre de 2018, páginas 87179 a 87184 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2018-12210

TEXTO ORIGINAL

Aprobado por Comisión Ejecutiva el 27 de junio de 2018 el Convenio entre el Consorcio de la Ciudad de Toledo y la Asociación de Vecinos La Cornisa para la restauración y el acondicionamiento de la Torre del Hierro, en Toledo, una vez obtenida la previa y preceptiva autorización del Ministerio de Hacienda (25 de julio de 2018), una vez firmado por las partes intervinientes con fecha 16 de agosto de 2018.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.

El Consorcio de la Ciudad de Toledo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado convenio en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Toledo, 27 de agosto de 2018.–La Presidenta del Consorcio de la Ciudad de Toledo, Milagros Tolón Jaime.

CONVENIO PARA LA RESTAURACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LA TORRE DEL HIERRO, EN TOLEDO

En Toledo, 16 de agosto de 2018.

REUNIDOS

De una parte, doña Milagros Tolón Jaime, como Presidenta del Consorcio de la Ciudad de Toledo, con C.I.F. P 4500036A.

De otra parte, don José María Redondo Martín, con DNI nº 03.774.545 S, mayor de edad, vecino de Toledo, con domicilio en Plaza de Don Fernando, n.º 2, P 2.

INTERVIENEN

La primera, en nombre y representación del Consorcio de la Ciudad de Toledo, como ente de gestión del Real Patronato, en virtud del artículo 9 de los Estatutos del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprobados por el Consejo de Administración en sesión ordinaria el 15 de diciembre de 2014 y publicados en el BOE el 23 de diciembre de 2015.

El segundo, en nombre y representación de la Asociación de Vecinos La Cornisa, con CIF G-45223989, con domicilio social en calle Pozo Amargo, n.º 26, en virtud de su nombramiento como Presidente en Asamblea General Extraordinaria de fecha 5 de mayo de 2016.

Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Consorcio de la Ciudad de Toledo, es una entidad de las previstas en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concreto del sector público institucional.

Que el Consorcio de la Ciudad de Toledo actúa de acuerdo con las competencias que sus Estatutos le atribuyen, como ente de gestión del Real Patronato de la Ciudad de Toledo, constituido por Real Decreto 1424/1998, de 3 de julio, y de conformidad con las funciones que las administraciones consorciadas le encomiendan, todo ello dentro del marco estipulado en el artículo 4 de los Estatutos del Consorcio.

Segundo.

Que, desde su constitución, el Consorcio de la Ciudad de Toledo colabora para ejecutar los programas de revitalización de la ciudad en sus múltiples formas, en todos los aspectos que redundan en beneficio de la protección, conservación y divulgación de la misma.

En este sentido, el Consorcio de la Ciudad de Toledo viene desarrollando un decidido apoyo a las entidades, colectivos y ciudadanos implicados en la mejora de la imagen de la ciudad, a través de intervenciones en inmuebles de especial relevancia.

Tercero.

Que la Asociación de Vecinos La Cornisa es cesionaria del inmueble sito en Paseo del Barco Pasaje conocido con el nombre de «Torre de Hierro», en virtud de Acuerdo de Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Toledo de fecha 17 de julio de 2017.

Cuarto.

Que el inmueble con referencia catastral 28217-01, está declarado Bien de Interés Cultural (BIC) desde el 14 de febrero de 1997, en la categoría de Monumento-Castillo y se encuentra recogido en el Plan Especial del Casco Histórico de Toledo con el nivel de protección máximo «M» (Monumento).

El proyecto que se plantea incluye actuaciones en la azotea, paramentos interiores, instalación eléctrica, instalación de iluminación, instalación de telecomunicaciones, accesibilidad, carpinterías y sanitarios, todo ello con el fin de mejorar la habitabilidad del edificio, adecuando las condiciones de estanqueidad a estándares razonables, preservando los valores patrimoniales del inmueble.

Quinto.

Que el Consorcio de la Ciudad de Toledo, en cumplimiento de sus fines estatutarios, promueve, impulsa y financia la rehabilitación y recuperación de edificaciones en el casco histórico de Toledo.

Que el municipio de Toledo cuenta en su término con un Patrimonio Monumental cuya investigación, conservación, protección y difusión se hacen imprescindibles para compaginar su tutela con el desarrollo urbanístico.

Por tanto, en atención a las consideraciones que preceden, las partes intervinientes en este acto, suscriben el presente Convenio que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Es objeto del presente convenio es establecer y regular la colaboración entre el Consorcio de la Ciudad de Toledo y la Asociación de Vecinos La Cornisa para la ejecución de las obras correspondientes al Proyecto básico y de ejecución y estudio de seguridad y salud de las obras de restauración y acondicionamiento de la Torre del Hierro, en Toledo.

Segunda. Compromisos del Consorcio de la Ciudad de Toledo.

El Consorcio de la Ciudad de Toledo se compromete a la realización de las siguientes actuaciones:

1. Ejecutar las obras previstas en el Proyecto básico y de ejecución y estudio de seguridad y salud de las obras de restauración y acondicionamiento de la Torre del Hierro, en Toledo, redactado por la arquitecto Estefanía Herrero García, y con registro de entrada en el Consorcio de la Ciudad de Toledo, el día 18 de junio de 2018.

Estas obras se ejecutarán con cargo a los Presupuestos para el ejercicio 2018 del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprobados por Consejo de Administración de fecha 14 de diciembre de 2017, que recogen de manera expresa la intervención de este Consorcio en el inmueble sito en Paseo del Barco s/n, de Toledo, y dentro del programa Arqueología y protección del Patrimonio Histórico. La obra se encuentra recogida en el Plan Estratégico del Consorcio, con el Objetivo nº 4, conocimiento cualificado y evaluación del patrimonio y con el Objetivo nº 5, valoración social del patrimonio histórico.

La ejecución de las obras se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 33701-789 por importe total máximo de treinta mil novecientos noventa y tres euros con sesenta y nueve céntimos (30.993,69 €), imputado a la anualidad 2018.

2. Tramitar y obtener los correspondientes permisos legales para la ejecución de las obras.

3. Tramitar, gestionar y financiar todas las contrataciones necesarias derivadas de la ejecución de las obras previstas en el Proyecto básico y de ejecución y estudio de seguridad y salud de las obras de restauración y acondicionamiento de la Torre del Hierro, en Toledo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Tercera. Compromisos de la Asociación de Vecinos «La Cornisa».

La Asociación de Vecinos La Cornisa, como cesionaria de la Torre de Hierro, asume los siguientes compromisos:

1. Otorgar la disponibilidad y autorizar al Consorcio de la Ciudad de Toledo a ejecutar las obras necesarias para llevar a cabo el Proyecto básico y de ejecución y estudio de seguridad y salud de las obras de restauración y acondicionamiento de la Torre del Hierro, en Toledo.

2. Aportar una cantidad de tres mil euros (3.000,00 €) como cuantía cierta e invariable.

Dicha cantidad supone un 9,68 % del presupuesto máximo de la obra.

El porcentaje resultante de la baja que pueda efectuarse en la adjudicación de los trabajos de referencia resultará de aplicación a la aportación del Consorcio de la Ciudad de Toledo.

El importe reseñado al que asciende la aportación de la Asociación de Vecinos la Cornisa será entregado en la forma que a continuación se expresa:

Cuando el presente convenio esté inscrito y publicado en el BOE, la Asociación de Vecinos la Cornisa, a requerimiento del Consorcio y un plazo de 10 días, hará entrega al Consorcio de la Ciudad de Toledo de mil quinientos euros (1.500,00 €) así como un aval por mil quinientos euros (1.500,00 €).

A fecha de 31 de julio de 2019, se deberá hacer entrega de un importe de mil quinientos euros (1500,00 €) y se procederá a la devolución del aval depositado en el Consorcio de la Ciudad de Toledo.

La aportación de la Asociación de Vecinos La Cornisa será abonada en la cuenta del Consorcio de la Ciudad de Toledo nº ES76 2105 3036 5334 00034778.

3. Autorizar el acceso a la Torre de Hierro para su inclusión en las Rutas de Patrimonio Desconocido, para su visita, una vez a la semana, en horario de mañana y tarde, durante el periodo de vigencia del presente convenio.

Las Rutas de Patrimonio Desconocido, son unas rutas de carácter gratuito en las que el público tiene acceso a los espacios restaurados por el Consorcio de la Ciudad de Toledo.

4. Autorizar la entrada a la Torre de Hierro con carácter extraordinario, previa solicitud por parte del Consorcio, con un número máximo de doce visitas al año, durante el periodo de vigencia del presente convenio.

5. Autorizar el uso de la Torre de Hierro al Consorcio de la Ciudad de Toledo, dos veces al año, para la realización de eventos u otras reuniones, previa solicitud por parte de dicho Organismo, durante el periodo de vigencia del presente convenio.

6. Autorizar la instalación de cualquier elemento informativo que venga determinado por el Consorcio de la Ciudad de Toledo durante el periodo de ejecución de las obras.

7. Permitir la inclusión de la actuación realizada en el inmueble en la publicidad y en los actos de difusión organizados por el Consorcio de la Ciudad de Toledo, con el consentimiento expreso a la utilización de imágenes del mismo.

8. Colaborar y facilitar cuantos datos o actuaciones sean requeridas por el Consorcio de la Ciudad de Toledo en relación a la rehabilitación del inmueble.

Cuarta. Modificación del Convenio.

El presente convenio solo puede modificarse por acuerdo expreso de las partes durante su vigencia o durante las sucesivas prórrogas.

Cualquier modificación se formalizará mediante la correspondiente adenda al convenio, que deberá ser aprobada previamente por el Ministerio de Hacienda y de la Función Pública.

Quinta. Comisión de seguimiento y control del Convenio.

Para la vigilancia y control del convenio y de los compromisos adquiridos con su firma se establece una comisión de seguimiento del mismo formada por dos miembros de cada una de las partes, según anexo I, que deberán reunirse, al menos, una vez al año.

Esta comisión de seguimiento resolverá cualquier problema de interpretación o cumplimiento que pudiera plantearse. Las normas de funcionamiento de dicha comisión se regirán por la normativa reguladora del régimen de órganos colegiados de las Administraciones Públicas.

Sexta. Extinción del Convenio.

El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causa de resolución del convenio las siguientes:

A) El mutuo acuerdo de las partes.

B) El transcurso del plazo de vigencia del convenio o, en su caso, la prórroga acordada expresamente.

C) El incumplimiento de las obligaciones esenciales asumidas en este convenio

D) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

E) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes de acuerdo a lo previsto en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En este caso cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de treinta días naturales, la obligación incumplida. Este requerimiento será comunicado a los responsables de la comisión de seguimiento.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra, la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

Séptima. Régimen de incumplimiento del convenio.

En el supuesto en que proceda la resolución del convenio por incumplimiento culpable de los compromisos asumidos por la Asociación de Vecinos La Cornisa, la misma deberá satisfacer al Consorcio de la Ciudad de Toledo, en el plazo máximo de un mes a contar desde la notificación de la resolución del convenio por incumplimiento, el coste total de las obras ejecutadas y de todos los gastos derivados de las mismas, con el interés de demora aplicable al citado reintegro, que será en todo caso el que resulte de las disposiciones de carácter general reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Duración.

El presente convenio empezará a contabilizar su duración desde su registro y su publicación en el BOE y permanecerá vigente desde esa fecha y durante un periodo de cuatro dentro de los límites a que se refieren los márgenes temporales señalados en el artículo 48.8 y 49.h) de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En cualquier momento, antes de la finalización del periodo de vigencia del convenio se podrá prorrogar como máximo por cuatro años más mediante acuerdo expreso de las partes.

Novena. Naturaleza del convenio y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

El presente convenio se encuentra sometido a lo previsto en los artículos 47 y siguientes de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas en el seno de la Comisión de seguimiento y en el caso de que no se alcanzara acuerdo se acudirá al orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo que será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Todo lo cual y en prueba de conformidad lo firman ambas partes por duplicado y a un solo efecto, en la fecha y lugar señalados up supra.–Por el Consorcio de la Ciudad de Toledo, la Presidenta de la Comisión Ejecutiva, Milagros Tolón Jaime.–Por la cesionaria, José María Redondo Martín.

ANEXO I

En virtud de lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio, la comisión de seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:

Por la Asociación de Vecinos La Cornisa: El Presidente de la Asociación.

Por el Consorcio de la Ciudad de Toledo: Directora de Gestión Patrimonial del Consorcio de la Ciudad de Toledo.

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