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Documento BOE-A-2018-10557

Resolución de 10 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se resuelve el Concurso de Ideas Tecnológicas para el Comercio Minorista.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 26 de julio de 2018, páginas 74806 a 74806 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2018-10557

TEXTO ORIGINAL

 Por Resolución de 25 de enero de 2018, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 7 de febrero de 2018, se convocó el «I Concurso de ideas tecnológicas para el comercio minorista», que cuenta con la colaboración de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y el Banco Santander.

Concluida la fase de evaluación, esta Secretaría de Estado de Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el apartado octavo de la Resolución de 25 de enero de 2018, resuelve:

Primero.

A la vista de la propuesta formulada por el Jurado Calificador, previsto en el apartado octavo de la convocatoria, que ha evaluado las ideas presentadas en la I edición del Concurso de ideas tecnológicas para el comercio minorista, resuelve conceder los siguientes premios:

– Categoría 1, 2 y 3: ideas orientadas a la tecnificación de los negocios comerciales con venta presencial.

Primer Premio, 1.500 €.

Idea: CAREO.

Autor: Rafael Jordá López.

– Categoría 2: ideas orientadas a la tecnificación de las empresas que gestionen dos canales, presencial y on line.

Segundo Premio, 750 €.

Idea: Mercanova.

Autor: Sernutec, servicios y nuevas tecnologías S.L.

– Categoría 3: ideas orientadas a dotar de soluciones tecnológicas las áreas urbanas, establecimientos colectivos y/o los mercados de los municipios españoles.

Tercer Premio, 750 €.

Idea: MercaRUR@Lpalentino.

Autor: Diputación de Palencia.

Segundo.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Secretaría de Estado o ser impugnado mediante recurso contencioso-administrativo.

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de julio de 2018.–La Secretaria de Estado de Comercio, Xiana Margarida Méndez Bértolo.

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