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Documento BOE-A-2017-8777

Resolución de 16 de mayo de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ejercicios 2014 y 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 25 de julio de 2017, páginas 66032 a 66090 (59 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2017-8777

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 16 de mayo de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ejercicios 2014 y 2015, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Instar a la Universidad Nacional de Educación a Distancia a:

– Justificar satisfactoriamente la necesidad e idoneidad de los contratos, especialmente en los relacionados con la información tecnológica.

– Mejorar la motivación en determinadas parcelas de la tramitación de los expedientes de contratación.

– Establecer en todos los casos un sistema de remuneración de las prestaciones contratadas que garantice tanto la eficiente utilización de los fondos destinados a la contratación como la eficacia de los servicios objeto de contratación, debiendo remunerarse a tanto alzado los contratos que contengan prestaciones «llave en mano».

– Llevar a cabo una verificación exhaustiva, en los casos que corresponda, de que los respectivos licitadores gozan de derechos de exclusividad en el tráfico de los bienes objeto de contratación, y de que los mismos se encuentran amparados por la protección registral u otros medios suficientemente acreditativos de dichos derechos.

– Establecer protocolos que aseguren que los elementos de la oferta objeto de valoración mediante la aplicación de fórmulas, sean conocidos por el órgano de selección una vez valorados aquellos que sean objeto de la aplicación de juicios de valor.

3. Instar a la Universidad a cumplir las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, en especial las siguientes:

– Implantar un sistema de contabilidad analítica, si es que todavía no lo ha hecho, dado el plazo máximo de implantación previsto para el curso académico 2015/2016 en el Real Decreto Ley 14/2012 de 20 de Abril.

– Dotar a la Unidad de control Interno de la independencia necesaria para garantizar la máxima objetividad en el control de la gestión económico-financiera de las Universidades.

– Restringir el uso de la figura de la modificación presupuestaria a fin de no vaciar de valor a los presupuestos como herramienta de planificación económica.

– Mejorar la contratación administrativa a fin de evitar la ambigüedad y generalidad de los informes justificativos de la necesidad de los contratos, la insuficiente precisión de los criterios de valoración en los pliegos, y el insuficiente seguimiento de la correcta ejecución de los mismos.

– Evitar el sobredimensionamiento de personal docente y el reconocimiento de premios o complementos económicos no previstos en los Convenios Colectivos o en las RPTs.

– Desarrollar los Portales de Transparencia previstos en la Ley para garantizar el acceso a la información pública y buen gobierno.

– Cumplir estrictamente las obligaciones legales contables y de contratación por parte de las Fundaciones que pudieran depender de dicha Universidad y demás entes instrumentales.

– Cumplir las obligaciones derivadas de la Ley de Igualdad.

Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de mayo de 2017.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Vicente Ten Oliver.

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