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Documento BOE-A-2017-7511

Resolución de 14 de junio de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga de la ultraactividad del Convenio colectivo Equipos Nucleares, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 2017, páginas 54867 a 54869 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-7511
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/06/14/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo de prórroga de la ultraactividad hasta el 31 de diciembre de 2016 del Convenio colectivo de la sociedad mercantil estatal Equipos Nucleares, S.A. (ENSA) (código de convenio n.º 90001952011981), publicado en el BOE de 26 de febrero de 2015, acuerdo que fue suscrito con fecha 4 de julio de 2013, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de junio de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE ENSA

Asistentes:

Por la Dirección:

D. Rafael Triviño Fernández.

D. Ángel Cosío Gandarillas.

D. Manuel J. Sánchez García.

D. Alfonso Álvarez Miranda.

D. Miguel Ángel Anderez.

D. Javier M.ª Simón Adiego.

D.ª Elena Díez Martínez.

D.ª Laura Rioyo Rumayor.

Por la parte social:

Sección Sindical de UGT:

D. José A. González Sánchez.

D. Raúl Alfonso Sanz Campo.

D. Fernando Saiz Illanes.

D. Juan Rodeño García.

D. Victorino González Díaz.

D. David Garrido Quevedo.

D. Enrique Gómez Poncela.

Sección Sindical de CC.OO.:

D. Luis Ruiz Fernández.

D. Carlos Tazón Abascal.

D. Javier Diego Martínez.

D. Luis Damián Marcano Pérez.

D. Héctor Puebla Ortiz.

Con fecha 18 de diciembre de 2015, a las 11:30 horas, se reúnen la Dirección y las Secciones Sindicales de ámbito de empresa existentes en ENSA –UGT y CC.OO.–, como partes negociadoras del Convenio Colectivo, reconociéndose plena y recíproca capacidad para suscribir el presente acuerdo y, a tal fin,

MANIFIESTAN

Primero.

Que con fecha 5 de diciembre de 2014, la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas resolvió autorizar la propuesta de Convenio Colectivo de ENSA 2013-2014.

Segundo.

Que con fecha 13 de febrero de 2015, la Dirección General de Empleo resolvió ordenar la inscripción del Convenio Colectivo de ENSA 2013-2014 en el correspondiente Registro de Convenios, disponiendo su publicación en el BOE número 49, de fecha 26 de febrero de 2015.

Tercero.

Que habiendo sido autorizada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el mes de octubre de 2015 la masa salarial de ENSA correspondiente al ejercicio 2015, la Dirección y las Secciones Sindicales de UGT y CC.OO. de ENSA, como partes negociadoras del Convenio Colectivo, valoran la imposibilidad de negociar y alcanzar un acuerdo de Convenio en lo que queda de año. A este respecto, ambas partes negociadoras manifiestan su conformidad con negociar un Convenio con una vigencia de dos años: 2015 y 2016.

Cuarto.

Que la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, en su reunión de fecha 4 de diciembre de 2015, ha resuelto autorizar la propuesta de prórroga hasta el 31 de diciembre de 2016 de la ultractividad del convenio colectivo 2013/2014 de la sociedad mercantil ENSA, condicionada, desde el punto de vista económico, a que la negociación relativa al ejercicio 2015 quede cerrada en los términos del referido convenio colectivo.

Teniendo en cuenta la autorización recibida de la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, a través de nuestro accionista Sepi, ambas representaciones

ACUERDAN

Prórroga durante el año 2016 de la ultractividad del vigente Convenio Colectivo.

Proceder a la prolongación de la ultractividad del Convenio Colectivo de ENSA 2013-2014, hasta 31 de diciembre de 2016, todo ello bajo el estricto cumplimiento de lo establecido por la normativa presupuestaria y por el ordenamiento jurídico general.

En prueba de su conformidad con el contenido de este Acuerdo, firman el presente acta en el lugar y fecha al inicio indicados.–En representación de la Sección Sindical de UGT, Raúl Alfonso Sanz Campo.–En representación de la Sección Sindical de CC.OO., Luis Damián Marcano Pérez.–En representación de la Dirección, Ángel Cosío Gandarillas.

En representación de los/as trabajadores/as

En representación de la Dirección

Por UGT.: D. Raúl Alfonso Sanz Campo

D. Ángel Cosío Gandarillas

Por CC.OO.: D. Luis Damián Marcano Pérez

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/06/2017
  • Fecha de publicación: 29/06/2017
Referencias anteriores
  • PRORROGA la vigencia del Convenio publicado por Resolución de 13 de febrero de 2015 (Ref. BOE-A-2015-1993).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía nuclear
  • Industrias
  • Instalaciones nucleares
  • Negociación colectiva

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