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Documento BOE-A-2017-6756

Resolución de 1 de junio de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos y la Fundación Real Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2017, páginas 48994 a 48997 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2017-6756

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 6 de febrero de 2017 el Convenio de Colaboración entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos y la Fundación Real Madrid, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 1 de junio de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias), la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos y la Fundación Real Madrid

En Madrid, a 6 de febrero de 2017.

REUNIDOS

De una parte don Ángel Yuste Castillejo, Secretario General de Instituciones Penitenciarias por Real Decreto de nombramiento 1964/2011, de 30 de diciembre (BOE del 31), y con competencia para firmar convenios según Orden INT 50/2010 de 12 de enero y Orden INT/1470/2008, de 27 de mayo, sobre régimen transitorio de delegación de competencias en el Ministerio del Interior, en relación con las anteriores Órdenes INT/2853/2006, de 13 de septiembre e INT 985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

De otra parte, don Manuel Redondo Sierra con DNI 5.359.575-T y don Julio González Ronco, con DNI 3.839.885-N, de forma mancomunada, en nombre y representación de la Fundación Real Madrid, con CIF: G-81828493 y domicilio social en avenida Concha Espina, número 1, 28036 Madrid. Actúan, el primero en su calidad de Director General de Presidencia del Real Madrid CF y apoderado en uso de las facultades conferidas en escritura pública número de protocolo 1650, otorgada ante el Notario de Madrid don Cruz Gonzalo López-Muller de fecha 2 de julio de 2009 y el segundo en su calidad de Director Gerente, en uso de las facultades conferidas mediante escritura pública con el número 3050, otorgada ante el Notario de Madrid don Cruz Gonzalo López-Muller de fecha 1 de diciembre de 2009.

Y de otra, doña Dolores Navarro Ruiz, Presidenta legal de la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, con número de registro de Fundaciones, 28-1283 con sede en la calle Padre Rubio, 76, bajo B, 28029 Madrid.

Reconociéndose mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para este otorgamiento en las representaciones que ostentan.

EXPONEN

Primero.

Que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la Fundación Real Madrid y la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos coinciden en el interés en contribuir a la reeducación y reinserción social de las personas privadas de libertad a través de todos los medios y técnicas a su alcance.

Segundo.

Que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias debe poner a disposición de los internos de los Centros Penitenciarios los recursos necesarios para la mejora de su desarrollo personal y facilitar así su integración en la sociedad una vez que hayan cumplido la condena que les ha sido impuesta.

En concreto, corresponde a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, entre otras, las siguientes funciones:

– La organización y gestión de las instituciones penitenciarias.

– El impulso y coordinación de programas de intervención con los internos.

– La formación, educación y cualquier otra actividad tendente al desarrollo de la personalidad de los Internos en centros penitenciarios y de los liberados condicionales, así como la promoción de actividades culturales y deportivas.

– La coordinación de los programas de intervención de organizaciones no gubernamentales en los centros penitenciarios.

Tercero.

Que la Fundación Real Madrid se propone tener una presencia activa en el plano social, tanto en el terreno educativo y cultural como en el asistencial, y considera que uno de los ámbitos donde hacer efectiva esa presencia es el de los Centros Penitenciarios.

Cuarto.

Que la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, de acuerdo con sus fines, ha llevado a cabo diversos programas de integración social, orientación y ayuda con internos de diversos centros penitenciarios, desea continuar haciéndolo y quiere participar en la ejecución de este Convenio de colaboración.

Quinto.

Que, con los objetivos y finalidades señaladas, las partes firmantes suscribieron Convenio de Colaboración, de fecha 17 de julio de 2003 y de 27 de abril de 2005, que, mediante el presente acuerdo pretenden actualizar.

Por todo ello las partes deciden suscribir este Convenio, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene por objeto:

– Impulsar el aprendizaje de las actividades de fútbol y baloncesto y los valores positivos del deporte de equipo, como contribución al desarrollo de las capacidades de los internos que lo deseen.

– Promover la práctica del deporte con una orientación prioritariamente formativa, lúdica y recreativa.

– Desarrollar actividades complementarias a las anteriores de carácter cultural.

– Ofrecer una alternativa positiva al uso de su tiempo libre.

Segunda.

Para alcanzar tales objetivos, la Fundación Real Madrid ha creado escuelas socio-deportivas en los centros penitenciarios que aparecen indicados en el Anexo al presente documento, formando parte inseparable del mismo.

Tercera.

Las actuaciones que se llevarán a cabo serán las siguientes:

1. Desarrollo de escuelas socio-deportivas de Fútbol y Baloncesto, según los centros. En dichas escuelas se plantearán los siguientes aspectos:

– Enseñanza y formación de la práctica deportiva del fútbol y del baloncesto.

– Charlas y coloquios formativos enfocados a una vida sana y saludable.

– Aspectos a desarrollar con los internos en relación a los «valores positivos del deporte de equipo».

2. Posibilidad de celebrar partidos amistosos entre internos de los centros penitenciarios y equipos de voluntarios de la Fundación Real Madrid…

3. Posibilidad de realizar torneos intercentros de fútbol y baloncesto entre los centros penitenciarios en los que se hayan creado Escuelas Socio-Deportivas.

4. Charlas-coloquios dirigidos a todos los internos, en las que participen diferentes invitados vinculados a la Fundación Real Madrid.

Cuarta.

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se compromete a:

– Ceder la infraestructura y equipamientos físicos necesarios para el desarrollo de las actuaciones objeto del presente Convenio, así como el personal necesario para la coordinación, seguimiento y correcto funcionamiento de las actualizaciones previstas en el mismo.

– Asumir los gastos de equipaciones y material deportivo de los participantes en las Escuelas Socio-Deportivas, de los 14 centros que aparecen detallados en el punto 1 del Anexo al presente convenio, en los términos y cuantía del presupuesto que se determina en el citado anexo que forma parte inseparable de este convenio.

– Asumir la organización de los eventuales Torneos Intercentros descritos en el apartado 4 de la cláusula anterior y colaborar activamente en la organización de posibles encuentros de selecciones de internos con equipos propiciados por la Fundación Real Madrid.

Quinta.

La Fundación Real Madrid se compromete a aportar:

– El personal ejecutivo, entrenadores y personal deportivo de la Fundación Real Madrid para el diseño y aplicación práctica de las actuaciones previstas en el convenio.

– Los gastos de desplazamiento, retribuciones y cualesquiera otros del personal mencionado anteriormente.

– Los gastos en equipaciones y material deportivo en los 9 centros que se especifican en el punto 2 del Anexo del presente convenio.

– El diseño y puesta en práctica de las actividades culturales-formativas contempladas en este Convenio, asumiendo todos los gastos de las mismas.

– El diseño, elaboración y puesta en marcha de los materiales formativos necesarios para las actividades culturales.

– Colaborar en la organización de los eventuales Torneos Intercentros descritos en el apartado 4 de la cláusula tercera, así como, promover la organización de posibles encuentros de selecciones de internos con equipos propiciados por la Fundación Real Madrid.

Sexta.

La Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos se compromete a servir de enlace entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Real Madrid, así como a colaborar en la realización de las actividades previstas en el presente Convenio con su propio personal.

Séptima.

En ningún caso se establecerá relación alguna de carácter funcionarial, estatutaria, contractual o laboral de cualquier tipo entre el personal que aporte la Fundación Real Madrid y la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, en el ámbito del presente Convenio, y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, quedando sometido dicho personal a la normativa vigente sobre el voluntariado en centros Penitenciarios.

Octava.

En la difusión pública de las actividades a que se refiere este Convenio, se mencionará expresamente la colaboración entre la Fundación Real Madrid, la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abierto y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Novena.

Se crea una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por un representante de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, un representante de la Fundación Real Madrid y un representante de la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos.

Dicha comisión, que se reunirá al menos una vez al año y siempre que lo solicite una de las partes, será la encargada del seguimiento y evaluación del cumplimiento del Convenio, así como de resolver las dudas o controversias que pudieran surgir en su ejecución.

El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se adecuará a lo dispuesto para los órganos colegiados en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima.

El Convenio entrará en vigor, una vez firmado por las partes, el 1 de enero de 2017 o a partir de la fecha en la que el mismo sea suscrito si el acto de firma de las partes fuera posterior y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2017, pudiéndose renovar de forma expresa por periodos sucesivos hasta un máximo de cuatro años en los términos y Centros Penitenciarios que establezcan, en su caso, los correspondientes anexos que formarán parte inseparable del Convenio. Igualmente podrá denunciarse el Convenio por alguna de las partes con tres meses de antelación a la fecha de su vencimiento sin perjuicio de finalizar las actividades comprometidas antes de la resolución del mismo.

Undécima.

El presente convenio está excluido de la aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público a tenor de lo previsto en su artículo 4.1.d).

Al presente Convenio le es de aplicación la normativa específica contemplada en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, a cuya luz se solventarán las dudas que pudieran surgir y, en su defecto, para solventar dudas o lagunas que puedan surgir, se estará a lo previsto en el anteriormente citado Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Y en prueba de conformidad firman el presente Convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.–Por la Fundación Real Madrid, Manuel Redondo Sierra y Julio González Ronco.–Por la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, Dolores Navarro Ruiz.

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