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Documento BOE-A-2017-4085

Resolución de 3 de abril de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con L'Institut National du Patrimoine de París (Francia), para la realización de prácticas archivísticas en el Archivo Histórico Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 2017, páginas 29559 a 29562 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-4085

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y L’Institut National du Patrimoine de París (Francia), han suscrito con fecha 14 de febrero de 2017, un Convenio de Colaboración para la realización de prácticas archivísticas en El Archivo Histórico Nacional, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 3 de abril de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y l’Institut National du Patrimoine de París (Francia) para la realización de prácticas archivísticas en el Archivo Histórico Nacional

En Madrid, a 14 de febrero de 2017.

REUNIDOS

De una parte D. Luis Lafuente Batanero, Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, en virtud de Real Decreto 670/2016, de 9 de diciembre (BOE del 10 de diciembre), en el ejercicio de sus competencias, conforme se dispone en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (BOE de 9 de marzo de 2012).

De otra parte: M. Philippe Barbat, de nacionalidad francesa, con número de documento de identidad 050175E00045, director de L’Institut National du Patrimoine con sede en 2, rue Vivienne, París, 75002 Francia, actuando en virtud de su nombramiento por Decreto de 8 de diciembre de 2014 del Ministerio de la Cultura y de la Comunicación de la República Francesa, publicado el 9 de diciembre en el Boletín Oficial de la República Francesa.

EXPONEN

I. L’Institut Nacional du Patrimoine, ubicado en París (Francia) es una institución pública del Ministerio de Cultura y Comunicaciones de la República Francesa responsable de la formación inicial y continua de los conservadores de varias especialidades entre la que se encuentra la especialidad de archivos. Durante el último semestre de su formación, antes de ejercer su profesión en una institución o un servicio patrimonial, los alumnos tienen que realizar una práctica en el extranjero en una institución que corresponda a su especialidad.

Dicha práctica dura siete semanas y está destinada a ampliar el horizonte profesional de los jóvenes conservadores, haciéndoles descubrir fuentes documentales, así como otros métodos de trabajo y nuevos enfoques del patrimonio.

Por tal motivo, L’Institut Nacional du Patrimoine ha solicitado al Archivo Histórico Nacional, adscrito a la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, su colaboración para la realización de una estancia corta por parte de uno de sus alumnos con la finalidad de contribuir a su formación, además de promover el conocimiento y difusión de las Instituciones de Archivos y de sus fondos o recursos.

II. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte estima de interés colaborar con L’Institut Nacional du Patrimoine para la realización de la citada estancia, cuyo impulso y promoción constituyen funciones inherentes de la Subdirección General de los Archivos Estatales.

III. L’Institut Nacional du Patrimoine colaborará con sus propios medios personales y, por consiguiente, con la preparación y experiencia profesional para la realización de las citadas actividades.

IV. La citada colaboración no implica una utilización de espacios regulada en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de la Administraciones Públicas; Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público y Orden de 18 de enero de 2000 del Ministerio de la Presidencia por la que se estableció las tarifas de los servicios o actividades sujetas a la tasa por utilización de espacios en museos y otras instituciones culturales del Ministerio de Educación y Cultura (BOE 26 de enero de 2000).

Por lo expuesto, ambas partes formalizan el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Es objeto del presente Convenio establecer la colaboración entre ambas partes para la estancia de la alumna Constance de Vergnette de Lamott, de nacionalidad francesa, con número de documento de identidad 120292200971, en el Archivo Histórico Nacional, adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, a través de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, Subdirección General de los Archivos Estatales.

Segunda. Condiciones generales del objeto del convenio.

1. La colaboración tendrá por objeto el conocimiento por parte de la alumna, Constance de Vergnette de Lamott, del funcionamiento del Archivo, sus métodos de trabajo y organización y la realización de actividades técnicas, que permitan el conocimiento general de los procesos archivísticos que allí se emplean, como complemento práctico de su formación. En ningún caso esta colaboración implicará relación laboral alguna.

2. La citada colaboración se llevará a cabo en la sede del Archivo Histórico Nacional, dentro del horario de trabajo del mismo y conforme a las instrucciones de utilización de la Dirección de dicho Archivo.

3. La citada colaboración se realizará durante el primer o segundo semestre de 2017. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños en las personas o cosas resultado de las actividades objeto de este Convenio.

Tercera. Compromisos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

1. Recibir en la sede del Archivo a la alumna en la fecha y horario que se indican en la cláusula anterior.

2. Facilitar a la alumna los medios necesarios para conseguir los objetivos propuestos de conocimiento y difusión del Patrimonio Histórico Documental Español.

3. Realizar el seguimiento de las actividades a través de la Directora de dicho Archivo o personal en quien esta delegue.

4. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Archivo Histórico Nacional, colaborará con las instalaciones y los medios profesionales, de personal y técnicos disponibles sin que el presente Convenio pueda entrañar coste o gasto adicional alguno.

Cuarta. Compromisos de l’Institut National du Patrimoine.

1. L’Institut Nacional du Patrimoine se compromete a informar y recabar la conformidad de la Directora del Archivo Histórico Nacional sobre todas las incidencias no previstas en la solicitud de la colaboración o en el programa de actividades, objeto de este Convenio, a facilitar la identificación de la alumna en la realización de las actividades y a colaborar en cuantos aspectos se relacionen con las mismas.

2. L’Institut Nacional du Patrimoine responderá de los daños que puedan ocasionarse a los fondos e instalaciones del Archivo Histórico Nacional por parte de la alumna Constance de Vergnette de Lamott y adquirirá un seguro médico internacional amplio que cubra los daños que pudiera sufrir durante su estancia en el Archivo Histórico Nacional.

3. L’Institut Nacional du Patrimoine se compromete a cumplir y hacer cumplir a la alumna cualquier instrucción de la Directora del Archivo Histórico Nacional o personal en quien esta delegue.

4. L’Institut Nacional du Patrimoine facilitará al Archivo Histórico Nacional la memoria, los recursos o trabajos de la alumna, que puedan ser de interés para el Archivo, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual que pudiera corresponder a los autores.

Quinta. Difusión de la colaboración del ministerio de educación, cultura y deporte.

L’Institut Nacional du Patrimoine se compromete a difundir, en todas las actuaciones relacionadas con el objeto de este Convenio, la colaboración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España recabándose previamente la conformidad del mismo en cuanto a la forma de difusión.

Sexta. Vigencia del convenio.

El presente Convenio entrará en vigor desde la fecha de su firma hasta el 29 de diciembre de 2017, siendo de aplicación lo dispuesto en artículo 49, letra h), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Para la coordinación y supervisión del objeto del presente Convenio, se establecerá una Comisión de Seguimiento de su aplicación, compuesta por Ignacio Panizo, Jefe de Sección de Inquisicion del Archivo Histórico Nacional, por delegación de la Dirección del Archivo, y por Loraine Pereira, encargada de la organización de las estancias en el Departamento de Conservación de L’Institut Nacional du Patrimoine, por delegación del director del citado Instituto.

La Comisión de Seguimiento, que se constituirá a través de Acta, tendrá por finalidad resolver los problemas de interpretación y ejecución del Convenio y coordinar la planificación, metodología, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del Convenio, y se reunirá con la periodicidad que acuerden las partes.

Al finalizar las actuaciones derivadas del Convenio, la Comisión de Seguimiento elaborará un informe final sobre su desarrollo.

Octava. Causas de resolución del convenio.

Son causas de resolución del presente convenio las siguientes:

– El final de plazo de su vigencia.

– El acuerdo unánime de todos los firmantes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

– Cualquiera otra que determine la legislación vigente (Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).

Asimismo serán causas de resolución la entrada en vigor de acuerdos internacionales o disposiciones legales o reglamentarias internas que determinen la extinción y también la denuncia de una de las partes con un plazo de preaviso de al menos tres meses.

Novena. Transparencia y acceso a la información pública.

El Convenio suscrito podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Décima. Naturaleza del convenio, interpretación y jurisdicción.

El presente Convenio tiene carácter administrativo y estará sujeto a la normativa que, en su caso, sea de aplicación. Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación de este Convenio, siendo competente para el conocimiento y resolución de las cuestiones litigiosas, la Jurisdicción Contenciosa Administrativa de España.

Y en prueba de conformidad, firman las partes en lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Luis Lafuente Batanero.–L’Institut National du Patrimoine, Philippe Barbat.

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