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Documento BOE-A-2017-3510

Resolución de 9 de marzo de 2017, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2017, páginas 25078 a 25080 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2017-3510

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el articulo 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia he resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 9 de marzo de 2017, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo en la Dirección General de Justicia del Gobierno de Navarra, Calle Mº de Irache, 22-bajo, 31011 Pamplona, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.

Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución que pertenezcan ya al Cuerpo de Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en dicho Cuerpo, no será necesario que se desplacen a tomar posesión, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen dicha opción a la Dirección General de Justicia, a la efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el articulo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se les declare en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.

Tercero.

En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial o del órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo si tienen que desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que los funcionarios procedan del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto.

En cualquier caso una vez diligenciada la toma de posesión, la Dirección General de Justicia remitirá un ejemplar del documento F1R a la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Dirección General de Función Pública para que por la misma se proceda a las oportunas variaciones en nómina, otro será enviado al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios personales al servicio de la Administración de Justicia, otro ejemplar será entregado al interesado y el cuarto al órgano judicial de destino para constancia.

Quinto.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión de los titulares.

Sexto.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, los aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Séptimo.

Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concursos de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de la dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

Octavo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución 239/2016, de 21 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 21 de diciembre), de la Dirección General de Justicia, no adjudicadas en la presente Resolución, mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Noveno.

De conformidad con lo establecido en el punto Cuarto, letra d), de la Resolución 239/2016, de 21 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 21 de diciembre), de la Dirección General de Justicia, se relacionan las plazas que se han incorporado nuevamente al turno libre, correspondientes a aquellos funcionarios del turno de promoción interna que han optado por permanecer en el Cuerpo de origen:

Destino adjudicado

Localidad

Provincia

Función

TSJ – SERVICIO DE APOYO (ADSCRIP. TEMP. INML).

PAMPLONA.

NAVARRA.

TRAMITACIÓN P.A.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Pamplona, 9 de marzo de 2017.–La Directora General de Justicia, María Lourdes Aldave Villanueva.

ANEXO I
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa

Turno libre

N.º de orden

DNI

Apellidos y nombre

Destino adjudicado

Localidad

Provincia

Función

1

74724806Z

BEJAR MARTÍN, ABELARDO.

TSJ - SERVICIO DE APOYO (adscripción temporal en INML).

PAMPLONA.

NAVARRA.

TRAMITACIÓN P.A.

2

52554605L

BARCENAS LÓPEZ, LUIS.

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2.

PAMPLONA.

NAVARRA.

TRAMITACIÓN P.A.

3

23053945X

ALARCÓN MARTÍNEZ, MARÍA DEL PILAR.

AUDIENCIA PROVINCIAL- SECCIÓN Nº 2.

PAMPLONA.

NAVARRA.

TRAMITACIÓN P.A.

4

71028834G

GAITÁN VIÑAS, MARÍA.

DECANATO - Sº DE APOYO (adscripción temporal en 1ª Inst.e Instr. 1).

TUDELA.

NAVARRA.

TRAMITACIÓN P.A.

5

44638527N

CEDRÓN DÍAZ, BEATRIZ.

DECANATO - Sº DE APOYO (adscripción temporal en 1ª Inst.e Instr. 2).

ESTELLA.

NAVARRA.

TRAMITACIÓN P.A.

6

72820921T

SÁNCHEZ-OSTIZ ERVITI, MARTA.

JUZGADO DE LO PENAL Nº 5.

PAMPLONA.

NAVARRA.

TRAMITACIÓN P.A.

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