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Documento BOE-A-2017-3162

Resolución de 15 de marzo de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2017 del Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2017, páginas 21227 a 21232 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-3162

TEXTO ORIGINAL

La Consejera de Sanidad del Gobierno de Cantabria, el Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Gerente de la Mutualidad General Judicial, han suscrito con fecha 30 de diciembre de 2016, un Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2017, del Convenio de colaboración firmado el 23 de junio de 2006, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido Acuerdo, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 15 de marzo de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEJO
Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2017 del Convenio de Colaboración firmado el 23 de junio de 2006, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades

Santander/Madrid, a 30 de diciembre de 2016.

REUNIDOS

De una parte, doña María Luisa Real González, Consejera de Sanidad del Gobierno de Cantabria, en nombre y representación de éste, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.k) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y expresamente facultada para la firma del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de septiembre de 2016.

De otra, don Antonio Sánchez Díaz, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrado por Real Decreto 710/2016, de 23 de diciembre, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Doña María Soledad Álvarez de Miranda Delgado, Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre,.

Y doña Celima Gallego Alonso, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 14. 3. g) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de MUGEJU.

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas Primera, Cuarta, Sexta, Séptima y Octava del Convenio de colaboración para el año 2006 entre el Servicio Cántabro de Salud y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe procederse a su prórroga para 2017, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el Convenio de referencia cuyos efectos se extienden desde 1 de enero de 2017 hasta 31 de diciembre de 2017.

Segundo.

Actualizar con efectos de 1 de enero de 2017 y según lo previsto en las cláusulas séptima y octava del mencionado Convenio, los anexos I, II, III y IV del mismo, anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2017, Cantabria» y que modifican las relaciones de municipios citadas en la cláusula Primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula cuarta.

Para el año 2017 se mantienen los precios convenidos en la prórroga del año 2016, ya que según lo estipulado en la cláusula séptima del Convenio, la contraprestación económica, en el caso de que se formalice la prórroga, se calculará a partir del 1 de mayo del año en que finalice su vigencia, incrementándose las cantidades de acuerdo con el incremento del IPC general interanual referido a 30 de abril y con efectos del 1 de enero del año siguiente, pero al ser el IPC general interanual de 30 de abril de 2016 negativo (–01,1%) no procede incremento alguno. De acuerdo con ello los precios, para el año 2017, serán de 12,16 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 1,02 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el anexo II.

Tercero.

Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar septuplicado y a un solo efecto, los representantes del Servicio Cántabro de Salud, y de cada una de las Mutualidades.–La Consejera de Sanidad, María Luisa Real González.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Antonio Sánchez Díaz.–La Secretaría General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, María Soledad Álvarez de Miranda Delgado.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.

ANEXO I
Listado de municipios

Cantabria

Municipios

Zona básica de salud

Alfoz de Lloredo.

Altamira.

Ampuero.

Bajo Ason.

Anievas.

Besaya.

Arenas de Iguña.

Besaya.

Argonos.

Gama.

Arnuero.

Meruelo.

Arredondo.

Alto Ason.

Bárcena de Cicero (Gama).

Gama.

Bárcena de Pie de Concha.

Besaya.

Bareyo.

Meruelo.

Cabezón de Liébana.

Liébana.

Cabuérniga (Valle de).

Saja/Cabuérniga.

Camaleno.

Liebana.

Campoo de Yuso (Costana (La)).

Campoo.

Cartes.

Torrelavega/Cartes.

Castañeda.

Pisueña/Cayón.

Castro-Cillorigo (Tama).

Liebana.

Cieza.

Besaya.

Colindres.

Comillas.

San Vicente.

Corvera de Toranzo.

Alto Pas.

Enmedio (Matamorosa).

Campoo.

Entrambasaguas.

Cudeyo.

Escalante.

Gama.

Guriezo (Puente (El)).

Agúera.

Hazas de Cesto.

Gama.

Hermandad Campoo Suso (Espinilla).

Campoo.

Herrerías.

Nansa.

Lamasón.

Nansa.

Liendo (Hazas).

Laredo.

Liérganes.

Miera.

Limpias.

Bajo Asón.

Luena.

Alto Pas.

Marina de Cudeyo.

Cudeyo.

Mazcuerras.

Saja/Cabuérniga.

Medio Cudeyo.

Cudeyo.

Meruelo.

Meruelo.

Miengo.

Polanco.

Miera.

Miera.

Molledo.

Besaya.

Noja.

Meruelo.

Penagos.

Pisueña/Cayón.

Peñarrubia.

Liebana.

Pesaguero.

Liebana.

Pesquera.

Campoo.

Polaciones.

Nansa.

Polanco (Iglesia (La)).

Polanco.

Potes.

Liebana.

Puente Viesgo.

Bajo Pas.

Ramales de la Victoria.

Alto Asón.

Rasines.

Alto Asón.

Reinosa.

Reocin (Pte. S Miguel).

Altamira.

Ribamontan al Mar.

Cudeyo.

Ribamontan al Monte(Hoz de Anero).

Cudeyo.

Riomansa (Puentenansa).

Nansa.

Riotuerto.

Miera.

Rozas de Valderroyo (Las).

Campoo.

Ruente.

Saja/Cabuérniga.

Ruesga.

Alto Asón.

Ruiloba (Barrio de la Iglesia).

San Vicente.

San Felices de Buelna (Rivero).

Besaya.

San Miguel de Aguayo.

Campoo.

San Pedro del Romeral.

Alto Pas.

San Roque de Riomiera.

Miera.

San Vicente de La Barquera.

San Vicente.

Santa María de Cayón.

Pisueña/Cayón.

Santillana del Mar.

Santiurde de Reinosa.

Campoo.

Santiurde de Toranzo.

Alto Pas.

Saro.

Pisueña Selaya.

Selaya.

Pisueña/Selaya.

Soba (Veguilla).

Alto Ason.

Solorzano.

Gama.

Suances.

Suances.

Tojos (Los).

Saja/Cabuérniga.

Tresviso.

Liébana.

Tudanca.

Nansa.

Udías.

Saja/Cabuérniga.

Val de San Vicente (Pesues).

San Vicente.

Valdaliga.

Saja.

Valdeolea.

Los Valles.

Valdeprado del Rio (Arroyal).

Los Valles.

Valderredible (Polientes).

Los Valles.

Vega de Liébana.

Liébana.

Vega de Pas.

Alto Pas.

Villacarriedo.

Pisueña/Selaya.

Villaescusa.

Astillero.

Villafufre.

Pisueña/Selaya.

Villaverde de Trucíos.

Laredo.

Voto.

Colindres.

ANEXO II
Para 2017

Cantabria

Listado de municipios anexo II.

Provincia: Cantabria.

Municipios:

Astillero (El).

Cabezón de la Sal.

Corrales de Buelna (Los).

Laredo.

Santa Cruz de Bezana.

Santoña.

ANEXO III
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 de mayo de 2016) a la Comunidad Autónoma de Cantabria

Precio por persona: 12,16 euros/mes en 2017.

Entidad

Personas adscritas

Importes mensuales

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por colectivo

de MUFACE

Por colectivo

de ISFAS

Por colectivo

de MUGEJU

Segurcaixa Adeslas

1.238

1.092

78

15.054,08

13.278,72

948,48

Asisa

341

255

30

4.146,56

3.100,80

364,80

Caser

3

36,48

DKV Seguros

60

6

729,60

72,96

IG. de Santander

1.437

17.473,92

MAPFRE Familiar

6

72,96

Sanitas

8

97,28

Total

3.076

1.347

131

37.404,16

16.379,52

1.592,96

ANEXO IV
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo II e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 de mayo de 2016) a la Comunidad Autónoma de Cantabria

Precio por persona: 1,02 euros/mes en 2017.

Entidad

Personas adscritas

Importes mensuales

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por colectivo de MUFACE

Por colectivo de ISFAS

Por colectivo de MUGEJU

Segurcaixa Adeslas

788

608

46

803,76

620,16

46,92

Asisa

209

164

35

213,18

167,28

35,70

Caser

DKV Seguros

28

14

28,56

14,28

IG. de Santander

935

953,70

MAPFRE Familiar

6

6,12

Sanitas

21

21,42

Total

1.960

772

122

1.999,20

787,44

124,44

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/03/2017
  • Fecha de publicación: 24/03/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 167 de 14 de julio de 2017 (Ref. BOE-A-2017-8293).

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