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Documento BOE-A-2017-2512

Sentencia de 30 de noviembre de 2016, de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (recurso de casación nº 141/2015), en procedimiento de impugnación de Convenio Colectivo (Navantia, SA).

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2017, páginas 17411 a 17411 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2017-2512

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de casación n.º 141/2015 interpuesto por el Abogado del Estado, en nombre de Navantia, S. A., la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, ha dictado sentencia, en fecha 30 de noviembre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Desestimamos el recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado, en nombre de Navantia, S. A., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en el procedimiento número 327/2014, seguido a instancia de la Federación Sindical de Comisiones Obreras de Industria y de la Confederación Intersindical Galega –CIG–, al que se han adherido en el acto del juicio CAT y CAT/Metal, USTG, don Andrés Rodríguez Santaella, don Antonio López Rivera y don José Ignacio Naveiras contra Navantia S. A., miembros de la Comisión Negociadora: don José Antonio Olivas Gómez, don Ignacio Briones Armero, don Ramón Linares Corbacho, don Ricardo Bengoechea García, don Juan Bedelli Díez, don Eduardo Aranda Martínez, don Diego Alfaro Falcón y don José Manuel Torralba Egea, miembros de la Comisión Negociadora que no suscribieron el Acuerdo: don José Ignacio Naveiras Pena, don José Antonio González Ortiz, don Antonio López Rivera y don Andrés Rodríguez Santalla, MCA UGT, CSI-CSIF, CAT/Metal, USTG, Comité de Empresa de Navantia en el Ferrol, Comité de Empresa de Navantia en el Centro de Trabajo de FENE, Comité de Empresa de Navantia en el centro de trabajo de San Fernando –Cádiz–, Comité de Empresa de Navantia en Puerto Real –Cádiz–, Comité de Empresa de Navantia en Madrid, Comité de Empresa de Navantia en Cartagena, Administración General del Estado, Ministerio Fiscal, la Federación Sindical de Comisiones Obreras Industria (CC.OO.), Sindicato Movemento Alternativo Sindical (MAS) y el Comité Intercentros de Navantia, S. A., sobre impugnación de convenio colectivo. Confirmamos la sentencia recurrida. Se acuerda comunicar la sentencia dictada a la autoridad laboral. Se acuerda publicar en el «BOE» la parte dispositiva de esta sentencia así como la de la sentencia impugnada. Sin costas.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Don Fernando Salinas Molina.–Don Luis Fernando de Castro Fernández.–Doña María Luisa Segoviano Astaburuaga.–Don Ángel Blasco Pellicer.–Don Jordi Agustí Juliá.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 30/11/2016
  • Fecha de publicación: 09/03/2017
Materias
  • Construcciones navales
  • Convenios colectivos sindicales
  • Relaciones Laborales
  • Tribunal Supremo

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