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Documento BOE-A-2017-1652

Resolución de 8 de febrero de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de tres captadores solares, fabricados por Chromagen.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2017, páginas 10997 a 11000 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2017-1652

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de renovación de certificación de los captadores solares térmicos presentada por:

Titular: Chromagen España, S.L.U.

Domicilio social: Pol. PISA C/ Diseño, nº 6, naves A y B, 41927 Mairena del Aljarafe (Sevilla).

Fabricante: Chromagen.

Lugar de fabricación: Israel.

De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y la fecha de resolución que se relacionan a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha resolución

PA-H

NPS-12614

03/04/2014

PA-I

NPS-12714

03/04/2014

PA-G

NPS-12814

03/04/2014

Conforme a los ensayos emitidos por:

Laboratorio emisor

Clave

CENER.

30.1126.0-1-2, 30.1126.0-2-2, 30.1126.0-2-3;30.2399.0

Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

PA-H

NPS-15716

PA-I

NPS-15816

PA-G

NPS-15916

Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución, definiendo como características del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.

Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente certificación y no cumpliesen las citadas Normas.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.

Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

1. Modelo con contraseña NPS-15716

Identificación:

Fabricante: Chromagen.

Nombre comercial: PA-H.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2008.

Dimensiones:

Longitud: 1090 mm.

Ancho: 1900 mm.

Alto: 90 mm.

Área de apertura: 1,87 m2.

Área de absorbedor: 1,78 m2.

Área total: 2,1 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 31 kg.

Presión de funcionamiento Máx.: 10 atm.

Fluido de transferencia de calor: Agua/glicol.

2. Modelo con contraseña NPS-15816

Identificación:

Fabricante: Chromagen.

Nombre comercial: PA-I.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2008.

Dimensiones:

Longitud: 1090 mm.

Ancho: 2190 mm.

Alto: 90 mm.

Área de apertura: 2,17 m2.

Área de absorbedor: 2,14 m2.

Área total: 2,40 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 35 kg.

Presión de funcionamiento Máx.: 10 atm.

Fluido de transferencia de calor: Agua/glicol.

3. Modelo con contraseña NPS-15916

Identificación:

Fabricante: Chromagen.

Nombre comercial: PA-G.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2008.

Dimensiones:

Longitud: 1290 mm.

Ancho: 2190 mm.

Alto: 90 mm.

Área de apertura: 2,58 m2.

Área de absorbedor: 2,54 m2.

Área total: 2,80 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 41 kg.

Presión de funcionamiento Máx.: 10 atm.

Fluido de transferencia de calor: Agua/glicol.

Resultados del ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia

Modificador ángulo incidencia: 0,86 [kθ (50º)]

Rendimiento térmico:

η0

0,750

a1

3,951

W/m2K

a2

0,008

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura.

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm-Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1000 W/m2

10

392

732

1072

30

264

603

943

50

126

466

805

Resultados del ensayo para el modelo de mayor tamaño de la familia

Modificador ángulo incidencia: 0,86 [kθ (50º)].

Rendimiento térmico:

η0

0,7220

a1

3,39

W/m2K

a2

0,014

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura.

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm-Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1000 W/m2

10

654

1213

1771

30

451

1009

1568

50

219

778

1337

Madrid, 8 de febrero de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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