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Documento BOE-A-2017-15342

Resolución de 4 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, para el apoyo científico en materia de bienestar animal y la promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español (BDporc).

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 22 de diciembre de 2017, páginas 127607 a 127620 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-15342

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (IRTA), para el apoyo científico en materia de bienestar animal y la promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español, que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 4 de diciembre de 2017.–El Director General de Producciones y Mercados Agrarios, Fernando Miranda Sotillos.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (IRTA) para el apoyo científico en materia de bienestar animal y la promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español (BDporc)

En Madrid, 3 de noviembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Carlos Cabanas Godino, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 319/2014, de 5 de mayo, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de la Administración General del Estado, conforme a las atribuciones que le confiere el Capítulo 1, apartado 1, letra c), de la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, modificada por Orden AAA/1166/2015, de 8 de junio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Y de otra, don Josep María Monfort Bolívar, Director General del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 186/2008, de 16 de septiembre («DOGC» núm. 5218 – 18/09/2008), con domicilio social en Torre Marimon, 08140 de Caldes de Montbui (Barcelona), y CIF núm. Q-5855049-B.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad y legitimación suficiente para este acto, en el que, como antecedentes del mismo,

EXPONEN

1. Que, al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (en adelante, MAPAMA), a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, le corresponde el ejercicio de las competencias de la Administración del Estado en materia de, entre otras, producción primaria, medios de producción y ordenación sectorial de producciones agrarias, la producción de alimentos en su fase de producción primaria, la ordenación sectorial y el funcionamiento de los mercados agrarios, el bienestar de los animales en el ámbito de la producción ganadera, así como cooperar con las comunidades autónomas y las entidades del sector en las materias de su competencia, tal y como establece el artículo 8 del Real Decreto 401/2012, de 7 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MAPAMA.

2. Que, el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias (en adelante, IRTA), es una empresa pública de la Generalitat de Cataluña, regulado por la Ley 4/2009, de 15 de abril («DOGC» núm. 5365 - 23.4.2009), que centra su actividad en la investigación científica y la transferencia tecnológica en el ámbito de la agricultura y la industria agroalimentaria, y tiene atribuidas, entre otras, las funciones de prestación de servicios de investigación, desarrollo y transferencia de tecnología en el ámbito agroalimentario en colaboración con los sectores público y privado con el objetivo de contribuir a la modernización, competitividad y desarrollo de este sector y, en general, al progreso de la sociedad.

3. Que el sector ganadero en España ha experimentado en los últimos 30 años una profunda transformación, pasándose de una producción de tipo familiar a una industrial que requiere de una creciente y elevada tecnificación, así como que todas las partes interesadas dispongan de la información necesaria llevar a cabo su actividad respetando la normativa de bienestar animal y de una información de calidad sobre la situación de las explotaciones para tomar decisiones adecuadas.

4. Que en lo relativo a la normativa sobre bienestar animal, el Director del subprograma bienestar animal del IRTA, Dr. Antonio Velarde Calvo, ya ha sido nombrado por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición como punto de apoyo científico de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1099/2009, del Consejo de 24 de septiembre, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.

Que es conveniente que el IRTA amplíe dicho apoyo al resto de los asuntos relativos a bienestar animal que se tratan en las reuniones de la Red para evaluación del riesgo en sanidad y bienestar animal (AHAW Network) de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

5. En cuanto al sector porcino el IRTA ha diseñado, desarrollado y mantenido un sistema de información propio denominado BDporc ‘Banco de Datos de Referencia del Porcino Español’. El sistema BDporc se fundamenta en poder ofrecer a las empresas del sector de la producción porcina un sistema integrado de gestión de la información y, por otro lado, en generar un banco de datos fiable para la obtención de estadísticas precisas, información de referencia como elemento de ayuda a la toma de decisiones, y que posibilite la realización de investigaciones destinadas al sector. Dicho banco de datos gestionado por el IRTA ha ido creciendo hasta gestionar en el año 2014 la información correspondiente a 700.000 cerdas pertenecientes a 650 explotaciones repartidas por el todo el territorio nacional. Por ser el Banco de Datos de mayor dimensión de España se presenta como la plataforma óptima para ser extendida con carácter general al sector porcino español en su totalidad.

El MAPAMA, atendiendo a lo expuesto ha suscrito, desde 1997 hasta 2015, convenios de colaboración con el IRTA y la Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino (ANPROGAPOR), para la promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español (BDporc).

En la actualidad se considera necesario iniciar un nuevo Convenio que amplíe el sistema mediante la inclusión de nuevos datos y la obtención de nuevas informaciones de referencia con el fin de ofrecer más elementos de ayuda a la toma de decisiones, continuando con el objetivo anterior para la adaptación de las explotaciones porcinas a la nueva situación tecnológica del sector, en la medida que la producción porcina ha evolucionado hacia un aumento del tamaño de las explotaciones y una mayor complejidad de los sistemas de producción. Asimismo, se pretende continuar la labor de facilitar y promover la adhesión del mayor número posible de explotaciones de porcino de toda España.

6. De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de sus respectivas competencias, las partes reunidas acuerdan formalizar el presente Convenio de Colaboración que se suscribe al amparo de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio es establecer la cooperación interadministrativa para disponer de herramientas para la modernización ganadera, la mejora del bienestar de los animales de producción y de la gestión técnico-económica de las explotaciones ganaderas, en particular a través de dos objetivos primarios:

1. El apoyo científico en materia de bienestar animal.

2. La promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español (BDporc).

Segunda. Compromisos de las partes.

1. El MAPAMA, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, se compromete a las siguientes actuaciones:

a) En el ámbito del bienestar animal:

Suministrar al IRTA la información disponible en el ámbito comunitario sobre bienestar animal que sea relevante para las actuaciones previstas en este Convenio.

Facilitar al IRTA información relativa a las reuniones del AHAW Network de EFSA que sea de interés para las actuaciones previstas en este Convenio.

Facilitar al IRTA el contacto con las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, incluyendo la celebración de reuniones o la información sobre los puntos de contacto en las CCAA, para que este organismo pueda disponer de todos los elementos necesarios para realizar las actuaciones previstas en esta guía.

Organizar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, visitas sobre el terreno para estudiar la situación de las explotaciones ganaderas afectadas por las actuaciones objeto de este convenio.

Difundir las actuaciones que se realicen en el ámbito de este Convenio en materia de bienestar animal en las reuniones, cursos y jornadas que el MAPAMA celebre con las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, así como con el sector productor y otras partes interesadas.

Aportar la financiación máxima prevista en la cláusula tercera.

b) En el ámbito de la promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español (BDporc):

Apoyar y asesorar al IRTA en cuanto a las directrices marcadas para definir los parámetros del sistema BDporc, la ampliación del sistema mediante la inclusión de nuevos datos (por ej. BDporc Ibérico) y la obtención de nuevas informaciones de referencia con el fin de ofrecer más elementos de ayuda a la toma de decisiones de las empresas de producción porcina.

Establecer las directrices a seguir en el tratamiento de aquellos aspectos que pueden indicar la incidencia de la aplicación de las políticas del MAPAMA en la gestión diaria de las explotaciones porcinas.

Formar parte, con al menos dos representantes, en el Jurado de los premios Porc d’Or, actuando el Director/a General de Productos Ganaderos como Presidente/a del Jurado de los Premios Porc d’Or, que anualmente reconocen a las granjas porcinas con mejores resultados productivos anuales a partir de la información recogida en BDporc.

Otorgar, en el marco de los Premios Porc d’Or, el Premio Especial del MAPAMA a la explotación que reúna mejores condiciones en cuanto a la protección medioambiental, bioseguridad y bienestar de los animales. Los criterios y el procedimiento para el otorgamiento de dicho Premio Especial MAPAMA serán los aprobados por una Comisión formada por miembros del MAPAMA y del Jurado de los Premios Porc d’Or, siguiendo las directrices marcadas por el propio MAPAMA.

Facilitar los datos a su disposición, en relación con la situación de la cabaña porcina española, a través de una cooperación entre la base de datos REGA (Registro general de explotaciones ganaderas, establecido por el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo) y la base de datos de BDporc de manera que ambas resulten enriquecidas en sus contenidos.

Contribuir a la promoción y difusión del BDporc a través de los medios a su disposición y, en particular, de la página web del MAPAMA.

Aportar la financiación máxima prevista en la cláusula tercera.

2. A efectos del debido cumplimiento de los objetivos del presente Convenio de Colaboración, el IRTA se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

a) En el ámbito del bienestar animal:

Facilitar la interlocución y, en su caso, actuar como punto de apoyo científico del MAPAMA de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1099/2009, del Consejo de 24 de septiembre, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.

Apoyar al MAPAMA en los asuntos relativos a bienestar animal que se traten en las reuniones de la Red para evaluación del riesgo en sanidad y bienestar animal (AHAW Network) de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

Elaborar un procedimiento normalizado de trabajo para la matanza de porcino en explotación que incluya una revisión de las causas que hacen recomendable practicar la eutanasia a los animales; las estrategias de manejo para disminuir la necesidad de dicha práctica; los sistemas de aturdimiento y matanza de porcino en explotación y las recomendaciones al productor sobre dicho asunto.

Elaborar una guía de buenas prácticas sobre las mutilaciones en los animales de producción, que incluya la información actualizada sobre las mismas de acuerdo con los informes EFSA y otros estudios científicos; sus repercusiones en el bienestar animal y en la producción ganadera, así como un análisis de las posibles alternativas y recomendaciones para los productores. Se incluirá un procedimiento normalizado de trabajo al respecto.

Elaborar un documento de recopilación de la tecnología disponible comercialmente para el control medioambiental de las explotaciones de aves mantenidas para la producción de carne y para control oficial de los parámetros establecidos en la normativa vigente, que incluya sus características técnicas y comerciales, y las repercusiones en el bienestar de los animales de dichos parámetros, así como recomendaciones para el productor y para los servicios veterinarios oficiales.

b) En el ámbito de la promoción y explotación del Banco de Datos del Porcino Español (BDporc):

Gestión, mantenimiento, desarrollo y explotación del BDporc. Ello incluye los siguientes servicios para las empresas adheridas: recepción y validación de los datos técnicos de las explotaciones, cálculo de los índices y las medias de los criterios analíticos de las explotaciones y de los grupos de referencia, y elaboración y tramitación de los informes trimestrales, personalizados para cada empresa y con carácter confidencial.

Impulso y difusión del BDporc, así como la ampliación su uso al conjunto de todas las explotaciones productoras de ganado porcino en España, garantizando que todas puedan adherirse a dicho Banco de Datos independientemente de su localización geográfica, tamaño o el programa informático de gestión, siempre y cuando cumplan las condiciones técnicas establecidas por parte del organismo designado para ello, y las económicas derivadas de dicha adhesión.

Desarrollar e implementar de forma concertada con el sector, y conforme a las directrices marcadas por la Comisión de Seguimiento y Coordinación prevista en la cláusula cuarta, el BDporc Ibérico, un nuevo banco de datos al servicio del sector que permitirá proporcionar información de referencia al sector porcino ibérico español y extenderla al conjunto de todas las explotaciones de ibérico a nivel nacional.

Revisar, actualizar y ampliar en su caso, y conforme a las directrices señaladas por la Comisión de Seguimiento y Coordinación, los principales parámetros del sistema, e incorporar al BDporc nuevos grupos de referencia en función de la implementación de las normativas. Esta información se obtendrá de todas las empresas y explotaciones adheridas mediante encuesta individual.

Proporcionar al MAPAMA información estadística y de referencia en relación con la situación productiva del sector porcino español, elaborada a partir de los datos recogidos en BDporc, y llevar a cabo los informes y análisis de interés general acordados en el seno de la Comisión de Seguimiento y Coordinación.

Ampliar y adaptar el Sistema Electrónico de acceso al BDporc (e-BDporc) para incorporar nuevas aplicaciones en relación al BDporc y al BDporc Ibérico. El e-BDporc, además de ofrecer a las empresas adheridas el acceso inmediato, seguro y permanente («online») a la información actualizada y a herramientas avanzadas para el análisis automático de datos y la comparación con los valores de referencia, incorporará una sección para el acceso del MAPAMA a las estadísticas actualizadas en relación a toda la información recogida en BDporc.

Organizar y promocionar, con la colaboración de otras empresas, la edición anual de los Premios Porc d’Or, a los que tienen opción a concurrir todas las explotaciones productoras de ganado porcino adheridas al BDporc, y que tienen como objetivo reconocer la eficiencia de las explotaciones y los ganaderos de porcino y en definitiva pretende ser un incentivo para la mejora continuada de la producción porcina española.

En el ámbito de los Premios Porc d’Or, el IRTA, se encargará de la gestión y de las tareas necesarias de recogida de información, análisis y evaluación de las explotaciones porcinas, para la selección de las candidatas al Premio Especial del MAPAMA a la explotación que reúna mejores condiciones en cuanto a la protección medioambiental, bioseguridad y bienestar de los animales. Los criterios y el procedimiento para el otorgamiento de este «Premio Especial» serán los aprobados por una Comisión formada por miembros del MAPAMA y del Jurado de los Premios Porc d’Or, siguiendo las directrices marcadas por el MAPAMA.

Aportar la financiación máxima prevista en la cláusula tercera.

Tercera. Financiación y pago.

1. El presupuesto total asociado al presente Convenio es de quinientos ochenta y cuatro mil novecientos treinta y dos euros con treinta y cuatro céntimos (584.932,34 €).

2. El MAPAMA aportará hasta un máximo doscientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta y seis euros con diecisiete céntimos (292.466,17 €), con cargo a la partida presupuestaria 23.12.412C.640.08, o aquella otra por la que ésta sea sustituida en los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con el siguiente desglose, cuya financiación se detalla en el anejo 1 del presente Convenio:

Año 2017: 31.380,39 euros.

Año 2018: 88.248,04 euros.

Año 2019: 84.607,85 euros.

Año 2020: 88.229,89 euros.

3. Las citadas aportaciones del MAPAMA se harán efectivas de manera anual, previo libramiento de las correspondientes facturas, y presentación de un informe parcial de las actividades realizadas que se entregará, antes del 15 de noviembre de cada año a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, que emitirá una memoria valorada sobre la conformidad de los trabajos con el presupuesto y el cronograma establecidos en el presente convenio, y en función de la correspondiente certificación de conformidad, o, en su caso, acta de recepción. El informe a entregar antes de la finalización del ejercicio 2020 tendrá la consideración de informe final.

Los pagos tendrán la consideración de parciales, y el correspondiente al año 2020, de final y liquidatario en el sentido que proceda.

4. Estas aportaciones anuales serán transferidas a la cuenta del Ente público IRTA, núm. ES73-0081-5172-82-0001052013 del Banco de Sabadell, oficina banca corporativa 5172 de la Av. Diagonal, 407 bis, planta 2.ª de Barcelona (08008).

5. El IRTA aportará hasta un máximo de doscientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta y seis euros con diecisiete céntimos (292.466,17 €), con cargo a sus presupuestos, de acuerdo con el siguiente desglose, cuya financiación se detalla en el anejo 1 del presente Convenio:

Año 2017: 31.380,40 euros.

Año 2018: 88.248,04 euros.

Año 2019: 84.607,84 euros.

Año 2020: 88.229,89 euros.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.

1. Para el mejor desarrollo de las actuaciones previstas en este Convenio de colaboración se establece una Comisión de seguimiento, constituida por dos representantes de cada una de las partes designados por el Director General de Producciones y Mercados Agrarios del MAPAMA y por el Director General del IRTA.

2. Las funciones de esta Comisión de seguimiento son las siguientes:

a) Análisis, valoración y seguimiento de las actuaciones en materia de bienestar animal necesarias en el marco de actividades de la Red para evaluación del riesgo en sanidad y bienestar animal (AHAW Network) de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

b) Análisis, valoración y seguimiento de las actuaciones desarrolladas por el IRTA como punto de apoyo científico del MAPAMA de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1099/2009, del Consejo de 24 de septiembre, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.

c) Revisión y análisis de la situación de los asuntos de bienestar animal que pudieran incidir en la elaboración de las guías y procedimientos documentados previstos en este Convenio.

d) Plantear iniciativas para difundir las guías y procedimientos documentados incluidos en el Convenio.

e) Seguimiento del funcionamiento y de los servicios prestados por el BDporc.

f) Estudio y propuesta de mejoras y ampliaciones de los servicios ofrecidos por el BDporc.

g) Analizar y proponer las definiciones de los datos a registrar, de los índices sintéticos y criterios analíticos y de los algoritmos de cálculo necesarios para su estima.

h) Analizar y proponer los grupos de referencia. Proponer la modificación de su composición o la ampliación con nuevos grupos.

i) Recoger y analizar propuestas de los usuarios del BDporc referentes a la mejora del BDporc, definiciones de los datos, definiciones de los índices y criterios y de los algoritmos de cálculo.

j) Acordar las iniciativas pertinentes para la promoción y divulgación del BDporc en el sector porcino español.

k) Elaborar informes periódicos sobre el funcionamiento del BDporc, resultados obtenidos, y nuevas propuestas tanto técnicas como económicas a considerar.

l) Establecer las condiciones técnicas y económicas para la adhesión y permanencia de las explotaciones porcinas al BDporc.

m) Resolver las controversias sobre interpretación y cumplimiento que pudieran surgir durante la ejecución del convenio.

3. La Comisión de seguimiento se constituirá en el plazo de dos meses desde la firma de este Convenio de colaboración, se reunirá al menos una vez al año y cuantas veces se estime necesario a petición de una de las partes, pudiendo actuar bien mediante reuniones presenciales, levantando las correspondientes actas, o por los medios telemáticos y/o electrónicos oportunos y recabar la comparecencia, por interés de las mismas, de otros expertos en la materia a tratar, con voz, pero sin voto, así como de la constitución de un grupo técnico en caso necesario.

4. La constitución y funcionamiento de esta Comisión de Seguimiento serán atendidos con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, y no supondrán gasto adicional alguno. Específicamente, la pertenencia al mismo o la asistencia a sus reuniones no supondrá derecho ni a indemnización para sus miembros de acuerdo con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, ni a la percepción de remuneración de ninguna clase.

Quinta. Tratamiento de los resultados obtenidos.

1. El MAPAMA y el IRTA compartirán la propiedad de los posibles derechos de la propiedad industrial o intelectual de los resultados y medios de referencia obtenidos en el marco y por la ejecución del presente Convenio.

2. Los resultados u otras informaciones obtenidas en la realización de la presente colaboración serán considerados confidenciales por las partes.

3. La difusión que, por cualquier medio se efectúe, se realizará siguiendo los criterios que eventualmente establezca la Comisión de Seguimiento, y no podrá tener lugar sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra parte. En cualquier caso, deberá hacerse mención explícita de la presente colaboración.

4. Las partes podrán hacer mención de la presente colaboración en su documentación y actuaciones comerciales y en especial en sus correspondientes páginas web, incluso mediante la reproducción del nombre y logo de las otras partes, previa comunicación y autorización de la actuación concreta donde se produzca dicha mención o reproducción.

5. BDporc se identificará con las imágenes gráficas que se exponen en el anejo 2. En toda difusión y expresión del BDporc se hará constar la colaboración de las entidades firmantes de este Convenio.

Sexta. Duración del Convenio.

La duración del Convenio se establece hasta el 31 de diciembre de 2020. En cualquier momento, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga que deberá formalizarse antes de la finalización del plazo previsto.

Séptima. Modificación y resolución.

El presente Convenio podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, mediante la suscripción del oportuno acuerdo de modificación, que deberá ser suscrito con anterioridad a la expiración del plazo de duración del mismo.

Serán causas de resolución del presente Convenio de colaboración:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte que advierta el incumplimiento notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un mes con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento también.

Si trascurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio una vez notificada dicha circunstancia.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En cualquier caso, la resolución no afectará a la finalización de las actuaciones que se hubieran comenzado a ejecutar. El acuerdo o acto de resolución establecerá el modo de finalizar y liquidar las actuaciones que estuvieran pendientes de ejecución en el momento de la extinción del Convenio.

En caso de resolución por incumplimiento, si el incumplimiento del IRTA se refiriera a actividades ya abonadas por el MAPAMA, el IRTA deberá indemnizar al MAPAMA por cuantía de la cantidad abonada incrementada en el interés de demora fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año de que se trate.

Si el incumplimiento fuera del MAPAMA, corresponderá acordar la cuantía de la indemnización a abonar al IRTA a la Comisión de Seguimiento, y si en ésta no se alcanzare acuerdo válido, será del 20 % de la valoración de la actividad a realizar por el IRTA que no se haya podido llevar a cabo ante el incumplimiento del MAPAMA.

Octava. Jurisdicción.

El presente Convenio cumple lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, y se halla excluido del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1.c) de la mencionada norma.

Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del contenido del presente Convenio que no hubieran podido ser resueltas por la Comisión de Seguimiento descrita en la cláusula cuarta del presente Convenio, serán de conocimiento y competencia de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las partes firman el presente Convenio de Colaboración en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación, Carlos Cabanas Godino.–El Director General del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, Josep María Monfort Bolívar.

ANEJO 1
Presupuesto

Presupuesto Global del Convenio IRTA-MAPAMA

Actividades BDporc

2017

2018

2019

2020

Total

Personal BDporc1

Director BDporc y Porc d’Or. Técnico Especialista Nivel 7.1. IRTA.

17643,89

44109,73

44109,73

44109,73

149973,08

Coste anual: 44.109,73 €. Dedicación completa a BDporc y Porc d’Or.

Técnico Informático Nivel 6.2. del IRTA.

16469,52

41173,8

41173,8

41173,8

139990,92

Coste anual: 41.173,80 €. Dedicación completa a BDporc y Porc d’Or.

Investigador Nivel C del IRTA. Dirección de estudios y análisis de los datos.

3722

7444

7444

7444

26054

Coste Hora: 37,22 €.

Dedicación: 200 horas anuales en el convenio.

Investigador Nivel F del IRTA. Participación en los análisis de datos.

3699

8631

8631

8631

29592

Coste Hora: 24,66 €.

Dedicación: 350 horas anuales.

Total Personal BDporc

41534,41

101358,53

101358,53

101358,53

345610

Equipamientos BDporc

Servidor Web (e- BDporc) y Servidor de Datos: Compra o mantenimiento de dos Servidores.

300

6025

800

6025

13150

Además de los costes de mantenimiento, los dos servidores hay que renovarlos, primero el de la Web (en 2017) y después el de Datos (en 2019).

Licencias de software y lenguajes informáticos: Delphi Enterprise Upragrade; Interbase 6.5 - licencia servidor; Licencia Software gráfico; Licencia software diseño y gestión páginas web.

1190

4760

3969

4730

14649

Fungible: discos, material ofimática, material oficina y material para visita a explotaciones.

375

1500

1500

1500

4875

Total Equipamientos BDporc.

1865

12285

6269

12255

32674

Otros gastos BDporc

Edición y difusión del Boletín BDporc (Boletines semestrales con los resultados BDporc; maquetado, impresión y difusión de 2,000 ejemplares).

412,5

1625

1625

1625

5287,5

Viajes de promoción y difusión de BDporc, incluyendo visitas a empresas y explotaciones. Al menos un viaje mensual del Director de BDporc a distintos puntos de España, de duración entre 2 y 3 días, con un coste medio de 150 € en transporte, 80 € de alojamiento y 80 € de manutención.

930

3720

3720

3720

12090

Reuniones sectoriales (mínimo 2 /año). BDporc cubre los desplazamientos propios o del resto de asistentes cuando la reunión es en la Sede BDporc.

290

750

750

750

2540

Reuniones del Jurado de los Premios Porc d’Or (1/año, normalmente en la sede BDporc en Lleida). BDporc cubre los desplazamientos de al menos 10 de los miembros del Jurado, y la dieta de ese día.

350

980

980

980

3290

Visitas de la Comisión Delegada del Jurado de los Premios a las explotaciones candidatas a los Premios Especiales: Porc d’Or con Diamante y el Premio Especial del MAPAMA a Sanidad, Bienestar Animal y Medioambiente. BDporc cubre los gastos de desplazamiento de la Comisión Delegada (4-5 miembros del Jurado) y la dieta.

477,5

1350

1350

1350

4527,5

Total Otros Gastos BDporc.

2460

8425

8425

8425

27735

Costes directos BDporc.

45859,4

122069

116053

122039

406019

1 El importe correspondiente a los gastos de personal corresponde al coste del personal de plantilla de las partes dedicado al convenio durante el tiempo de dedicación. Cantidades consideradas dentro de sus emolumentos salariales.

Actividades bienestar

2017

2018

2019

2020

Total

PERSONAL BIENESTAR1

Antonio Velarde;

1595

6379

6379

6379

20732

Investigador Nivel C del IRTA. Coordinación al apoyo científico al MAPAMA y revisión de los 3 documentos de apoyo.

Coste Hora: 37,22 €. Dedicación: 557 horas.

Antonio Dalmau;

908

3627

3627

3627

11789

Investigador Nivel D del IRTA. Coordinación del documento 3, revisión de los documentos 1 y 2, participación en el apoyo científico.

Coste Hora: 31,69 €. Dedicación: 372 horas.

Emma Fàbrega;

929

3716

3716

3716

12077

Investigadora Nivel D del IRTA. Coordinación del documento 1, revisión de los documentos 2 y 3, participación en el apoyo científico.

Coste Hora: 31,7 €. Dedicación: 381 horas.

Isabel Blanco;

647

2592

2592

2592

8423

Investigadora Nivel F del IRTA. Coordinación del documento 2, revisión de los documentos 1 y 3, participación en el apoyo científico.

Coste Hora: 24,7 €. Dedicación: 341 horas.

César González.

443,32

1772

1772

1772

5759,32

Soporte 5.1. del IRTA. Apoyo técnico para la elaboración del documento 2.

Coste Hora: 20,28 €. Dedicación: 284 horas.

Joaquim Pallisera.

1021

4080

4080

4080

13261

Soporte 6.1. del IRTA. Apoyo técnico para la elaboración del documento 1 y 3.

Coste Hora: 22,63 €. Dedicación: 586 horas.

Total Personal Bienestar

5543,32

22166

22166

22166

72041,32

FUNCIONAMIENTO BIENESTAR Total Funcionamiento Bienestar

55,7

180

180

180

595,7

VIAJES BIENESTAR Total Viajes Bienestar

410

1450

1450

1450

4760

COSTES DIRECTOS BIENESTAR

6009,02

23796

23796

23796

77397

Coste total convenio

Total coste convenio

Anualidades

2017

2018

2019

2020

Total

COSTES DIRECTOS BDporc

45859,41

122068,53

116052,53

122038,53

406019

COSTES INDIRECTOS BDporc (21 %)

9630,47

25634,39

24370

25628,09

85262,95

TOTAL BDporc

55489,88

147702,92

140422,53

147666,63

491281,96

COSTES DIRECTOS BIENESTAR

6009,02

23796

23796

23796

77397,02

COSTES INDIRECTOS BIENESTAR (21 %)

1261,89

4997,16

4997,16

4997,15

16253,37

TOTAL BIENESTAR

7270,91

28793,16

28793,16

28793,15

93650,39

COSTE TOTAL CONVENIO

62760,79

176496,08

169215,69

176459,78

584932,34

Del presupuesto global, el MAPAMA se hará cargo del 50% de cada una de las partidas y el IRTA del 50 % restante.

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