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Documento BOE-A-2017-14368

Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional de artes menores en la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 6 de diciembre de 2017, páginas 120604 a 120605 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-14368

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar, y se define su delimitación y usos permitidos, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 7 de la misma, que faculta a la Secretaría General de Pesca para elaborar el censo de las embarcaciones de pesca marítima profesional con derecho a faenar en el ámbito de la reserva marina, esta Secretaría General, oído el sector interesado, y consultada la Comunidad Autónoma de Andalucía, resuelve lo siguiente:

1. Actualizar la contingentación del censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la modalidad de artes menores en la Reserva Marina de Cabo de Gata-Níjar, establecida en la resolución de 4 de marzo de 2015, de esta Secretaría General, en un máximo de 34 embarcaciones, cuya potencia total conjunta máxima sea de 936 CV, el T.R.B. máximo conjunto máximo sea de 95,50 TRB, y las GTs máximas conjuntas sean de 77,71 GT.

2. Publicar, como anexo 1 a la presente Resolución, el censo actualizado de embarcaciones en activo autorizadas a faenar, desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019, con artes menores en aguas de la reserva marina a que se refiere la Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar, y se define su delimitación y usos permitidos.

3. Que las embarcaciones incluidas en los censos de la reserva marina anteriormente publicados y que en estos momentos no se encuentran en activo en el Censo de la Flota Pesquera Operativa podrán ser autorizadas a ejercer la pesquería en el ámbito de la reserva, a petición del armador, una vez sean reactivadas.

4. Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante un periodo de un año sin causa justificada, podrá suponer la baja de la embarcación en el censo de la reserva marina, según lo establecido en el artículo 7.10 de la citada Orden ARM/1744/2011.

5. Que la no aportación de información sobre esfuerzo pesquero según lo establecido en el artículo 4.2.a) de la citada Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, podrá suponer la exclusión del censo.

6. En función de lo indicado en el punto 4, y de la información de actividad disponible, excluir hasta una nueva actualización del censo a las embarcaciones indicadas en el anexo 2 a la presente resolución.

7. Aquellas embarcaciones que hayan sido excluidas podrán ser autorizadas de forma provisional hasta una nueva actualización del censo si acreditan actividad en la reserva marina en el periodo 2015- 2017, y aportan la información de esfuerzo pesquero correspondiente.

Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 23 de noviembre de 2017.–El Secretario General de Pesca, Alberto López-Asenjo García.

ANEXO 1
Censo de las embarcaciones autorizadas a faenar en la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar en la modalidad de artes menores

Puerto base: Almería

Barco

Matrícula

CFPO

1

Antoñita

3.ª-MA-1-899

14026

2

Bufo Segundo

3.ª-AM-2-7-05

26659

3

Esperanza II

3.ª-AM-2-2084

14373

4

Hermanos Hernández Segundo

3.ª-AM-2-2076

14755

5

Hermanos Ledesma

3.ª-AM-2-2-96

23230

6

Juan y Christian

3.ª-AT-2-4-02

25435

7

La Ola

3.ª-AM-2-6-98

24218

8

María Dolores

3.ª-CT-1-1074

14169

9

Pedro Díaz

3.ª-CT-1-1101

15203

10

Playa de Gata

3.ª-AM-2-2090

14389

11

Román Alonso

3.ª-AM-2-4-01

25042

12

Román Jiménez

3.ª-AM-2-2085

14081

13

Rosarito

3.ª-AM-1-828

20818

14

San Agustín

3.ª-AM-2-742

20224

Puerto base: Carboneras

Barco

Matrícula

CFPO

1

Antoñita Aguado

3.ª-CT-1-1034

22278

2

Manuel Diaz

3.ª-CT-1-1123

21556

3

Mi David

3.ª-CT-1-5-97

23651

ANEXO 2
Embarcaciones excluidas hasta una nueva actualización del censo

Puerto base: Almería

Barco

Matrícula

CFPO

1

Ana y Luis

3.ª-AM-2-1-13

27499

2

Bahía La Isleta

3.ª-AM-2.2.07

27111

3

Chavalote

3.ª-AM-2-1747

55945

4

Costa Agua Amarga

3.ª-CT-1-1-05

26663

5

Garrucha

3.ª-CT-1-1025

6718

6

Nuevo Deseado

3.ª-AM-2-2120

14930

7

Pepe de Ana

3.ª-AM-2-2153

14969

8

Punta de Cala Higuera

3.ª-AM-2-2080

13904

Puerto base: Carboneras.

Barco

Matrícula

CFPO

1

Bahia Cabo de Palos

3.ª-CT-4-4-96

23662

2

El Chulica

3.ª-CT-1-1073

14271

3

Joven Juanito

3.ª-CT-1-1083

14401

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/11/2017
  • Fecha de publicación: 06/12/2017
Materias
  • Almería
  • Censos de buques
  • Material de pesca
  • Pesca marítima

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