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Documento BOE-A-2017-1394

Resolución 400/38019/2017, de 31 de enero, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2017, páginas 9483 a 9500 (18 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-1394

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, («Boletín Oficial del Estado» de 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público, respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es y en el portal del Ministerio de Defensa www.defensa.gob.es/portalservicios.

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 14 plazas del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, Código 0416, por el sistema de promoción interna.

1.2 El conjunto de plazas ofertado se distribuye por programas en la forma en que se relaciona a continuación:

Programa

N.º de plazas

Localización de las plazas

Maestría Eléctrica.

2

Arsenal de Ferrol (Ferrol – La Coruña) (1 plaza).

Arsenal de las Palmas (Las Palmas de G. Canaria) (1 plaza).

Maestría Electrónica.

3

Arsenal de Ferrol (Ferrol – La Coruña) (1 plaza).

Arsenal de las Palmas (Las Palmas de G. Canaria) (1 plaza).

Instalaciones Segundo Escalón Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza).

Maestría de la Madera.

2

Cuartel General de la Armada (Madrid) (1 plaza).

Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza).

Maestría del Automovilismo.

1

Parque de Automóviles n.º 3 (San Fernando- Cádiz) (1 plaza).

Maestría Mecánica.

3

Arsenal de Ferrol (Ferrol – La Coruña) (1 plaza).

Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia) (1 plaza).

Instalaciones Segundo Escalón Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz) (1 plaza).

Maestría Química de Laboratorio.

2

Instalaciones Segundo Escalón Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz) (2 plazas).

Maestría de Delineación.

1

Base Naval de Rota (Rota- Cádiz) (1 plaza).

Total

14

1.3 Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los programas previstos en esta base.

Si en alguno de los programas no se cubriera el número total de plazas ofertadas, éstas podrán redistribuirse entre los otros programas convocados, según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.

1.4 A efectos de la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados, se excluye la aplicación de lo previsto en los artículos 22.1, penúltimo párrafo, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

2.2 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo la fase de oposición descrita en el Anexo I, una duración máxima de dos meses.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los aspirantes

4.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la titulación una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2, o de cinco años y haber superado el curso específico de formación.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la Administración General del Estado, serán computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado.

4.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes, además de los requisitos comunes, deberán cumplir:

5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado, o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las que, para cada programa, se detallan a continuación, en los términos previstos en el anexo III del citado Convenio Único.

Programa

Tareas Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales (grupo profesional 3 del vigente Convenio Único)

Maestría Eléctrica.

Conservación de mantenimiento de instalaciones, edificios y bienes muebles.

Maestría Electrónica.

Instalación y mantenimiento de equipos electrónicos de sonido, de imagen, de telecomunicaciones y otros de carácter análogo.

Maestría de la Madera.

Desarrollo de productos en carpintería y mueble.

Maestría del Automovilismo.

Mantenimiento, conservación de vehículos autopropulsados.

Maestría Mecánica.

Producción por mecanizado.

Maestría Química de Laboratorio.

Realización de ensayos y análisis físicos y químicos.

Maestría de Delineación.

Desarrollo de proyectos mecánicos.

5.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 mencionados en el punto 5.1.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General de Estado o categorías equivalentes mencionadas en el punto 5.1 desarrollando funciones coincidentes con las que, para cada programa, se detallan en el citado punto.

5.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 5.1 y 5.2 se realizará mediante los certificados regulados en la base 9 de la presente Resolución.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen, modelo 790, aprobado por Resolución de 16 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

La solicitud se podrá realizar de modo presencial o telemático. La cumplimentación de los datos se podrá realizar únicamente desde el servicio de inscripción en pruebas selectivas (IPS), al que se podrá acceder en la dirección: administracion.gob.es/PAG/ips.

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Modo telemático: Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Función Pública «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.minhafp.gob.es o del Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es.

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen, en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen los recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta podrá adjuntarse a la solicitud telemática o ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b) Modo presencial: Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790 a través del punto de acceso general administracion.gob.es/PAG/ips.

Una vez cumplimentados, en la citada página, todos los datos de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias (ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora).

Para efectuar el pago de esta tasa se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica, o en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, el formulario de solicitud podrá presentarse en el Registro General del Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109, 28071 - Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso, exclusivamente para estas solicitudes presentadas en el extranjero, podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, a la cuenta corriente número IBAN ES88-0182-7557-8902-0150-1906 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Derechos de examen», siendo preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

6.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión del aspirante.

6.4 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria, en los términos previstos en el apartado duodécimo 5.b) de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

Estas personas deberán acompañar a la solicitud estos dos documentos:

– Certificado emitido por los servicios públicos de empleo sobre su condición de demandantes de empleo, con los requisitos señalados en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

No será necesaria la aportación de esta certificación en el caso de que los aspirantes consientan, en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, la verificación de los datos consignados.

– Declaración jurada o promesa escrita del solicitante de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa («Boletín Oficial del Estado» del 19). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de las familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general.

La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

6.5 No será necesaria la acreditación de las condiciones de discapacidad y de familia numerosa, mencionadas en los apartados a) y c) de la base anterior, en aquellos casos en que los aspirantes consientan en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas la verificación de los datos consignados, siempre que estas condiciones hayan sido acreditadas en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección administracion.gob.es/PAG/PID.

6.6 La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

6.7 En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

6.8 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

7.2 El Tribunal de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

7.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las demás disposiciones vigentes.

7.4 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» del 17), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

7.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel General de la Armada, C/ Juan de Mena, número 1, 28014 - Madrid, teléfono 91.3795927 ó 91.3124486, número de fax 91.3795381.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra H, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 24 de febrero de 2016 («Boletín Oficial del Estado» del 26).

8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página Web www.defensa.gob.es/portalservicios, así como en la página web www.administracion.gob.es, y en el Portal Funciona.

8.3 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.

9. Certificado de requisitos y méritos para la fase de concurso

9.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio, Organismo, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimosexta de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre. Este certificado de requisitos y méritos se incluye como Anexo V y VI. Asimismo se acompañará la documentación justificativa de los méritos a valorar en la fase de concurso, que se acreditarán mediante copia autenticada.

9.2 El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C 2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, e igualmente acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al menos 2 años como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 mencionados.

En el caso del personal laboral fijo, en los términos previstos en la base 5, acreditación de pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, o categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General de Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, e igualmente acreditación de que desarrolla las actividades que, para cada programa, se detallan en la base 5.1. Asimismo acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en las categorías y grupos profesionales mencionados, incluidos los prestados en puestos que hayan sido encuadrados en las mismas.

10. Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

11. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 31 de enero de 2017.–El Subsecretario de Defensa, Arturo Romani Sancho.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.

1. La fase de oposición estará formada por un único ejercicio.

Dicha prueba será de carácter teórico y eliminatorio y consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el programa por el que se oposite, con una duración de dos horas y media.

Este ejercicio se calificará de 0 a 105 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 52,50 puntos para superarlo.

Cada pregunta contestada correctamente tendrá una calificación de 1,5 puntos, penalizándose con el 25 por 100 del valor de una contestación aquellas que sean erróneas.

2. En la fase de concurso se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos, referidos a la fecha de publicación de la convocatoria:

Personal funcionario de carrera:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y formalizado en la Administración General del Estado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la Autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta grado 14: 7,00 puntos.

Grado 15 a 16: 7,50 puntos.

Grado 17 en adelante: 8,00 puntos.

Asimismo se otorgará 1 punto a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma como funcionario de carrera durante al menos dos años.

c) Por el trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los Órganos Constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, como funcionario del Subgrupo C2, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta nivel 15: 8,00 puntos.

Nivel 16: 9,00 puntos.

Nivel 17 en adelante: 10,00 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo C2.

Asimismo se otorgará 1 punto a los funcionarios de Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado con destino en otras Administraciones o en otros Organismos, no mencionados en los párrafos anteriores, y a los funcionarios de Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos que no tengan destino en la Administración General del Estado.

d) Por pertenecer al Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada: 3 puntos.

e) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados cuyo contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y Cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, hasta un máximo de 4 puntos, a razón de 1 punto por cada curso.

f) Por estar en posesión de titulación correspondiente al ciclo formativo de grado superior, directamente relacionada con la plaza a la que se opta, se otorgará una puntuación de 5 puntos.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como la titulación académica, se acompañará al certificado de requisitos y méritos, mediante copia autenticada de la misma.

Personal laboral fijo:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público en la Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

b) Categoría profesional: Según el tiempo de permanencia como personal laboral fijo en la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del grupo profesional 3 del vigente Convenio Único, o categorías y grupos profesionales equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General de Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, desarrollando las tareas que, para cada programa, se detallan en la base 5.1, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en esta categoría, 1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 18 puntos.

c) Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal laboral fijo: 3 puntos.

d) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados cuyo contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y Cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, hasta un máximo de 4 puntos a razón de 1 punto por cada curso.

e) Por estar en posesión de titulación correspondiente al ciclo formativo de grado superior, directamente relacionada con la plaza a la que se opta, se otorgará una puntuación de 5 puntos.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como la titulación académica, se acompañará al certificado de requisitos y méritos, mediante copia autenticada de la misma.

3. Calificación final.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

3.1 Personal funcionario de carrera:

En primer lugar la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en segundo la mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de antigüedad, en tercero la mayor puntuación obtenida en la valoración del trabajo desarrollado; en cuarto la mayor puntuación obtenida en la valoración del grado personal, en quinto lugar la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación, y en sexto lugar la mayor puntuación obtenida en el apartado de titulación, por este orden.

De persistir el empate se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

3.2 Personal laboral fijo:

En primer lugar la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en segundo la mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de antigüedad, en tercero la mayor puntuación obtenida en la valoración de la categoría profesional; en cuarto la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación, y en quinto lugar la mayor puntuación obtenida en el apartado de titulación, por este orden.

De persistir el empate se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

3.3 Personal funcionario y personal laboral fijo:

En primer lugar la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

En el caso de que no consten los datos de antigüedad en el citado Registro, serán las unidades de personal correspondientes las que acreditarán los referidos datos al día de publicación de la convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II
Programa

Programa: Maestría Eléctrica.

Tema 1. La electricidad. Conceptos generales. Unidades.

Tema 2. Análisis de circuitos. Thevenin y Norton.

Tema 3. Corriente continua. Circuitos.

Tema 4. Corriente alterna. Circuitos inductivo y capacitivo en corriente alterna.

Tema 5. Asociaciones de circuitos. Circuito Serie RLC. Circuito paralelo RLC.

Tema 6. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Tema 7. Sistemas polifásicos.

Tema 8. Principios generales de las máquinas eléctricas.

Tema 9. Máquinas de corriente continua.

Tema 10. Motores de inducción o asíncronos.

Tema 11. Motores trifásicos.

Tema 12. Medidas eléctricas. Técnicas y aparatos de medida.

Tema 13. Magnetismo y electromagnetismo.

Tema 14. Lámparas eléctricas.

Tema 15. Seguridad en las instalaciones.

Programa: Maestría Electrónica.

Tema 1. La electricidad. Conceptos generales. Unidades de medida.

Tema 2. Resistencia, potencia y energía eléctrica.

Tema 3. Magnetismo y electromagnetismo.

Tema 4. Análisis de circuitos.

Tema 5. Circuitos serie. Circuitos paralelo. Circuitos mixtos.

Tema 6. Régimen transitorio en circuitos. Resonancia serie y paralelo.

Tema 7. Componentes electrónicos.

Tema 8. Amplificadores. Amplificadores de pequeña señal con transistores. Amplificadores de potencia. Amplificadores con transistores de efecto de campo.

Tema 9. Análisis de un circuito amplificador con transistores utilizando parámetros híbridos.

Tema 10. El amplificador operacional.

Tema 11. Sistemas de numeración. Álgebra de Boole.

Tema 12. Puertas lógicas.

Tema 13. Elementos aritméticos digitales. Sistemas lógicos combinacionales y secuenciales.

Tema 14. Instrumentos de medida.

Tema 15. Osciladores.

Programa: Maestría de la Madera.

Tema 1. Dibujo: normalización, acotación, interpretación de planos.

Tema 2. Representación de muebles, elementos de carpintería y sus componentes.

Tema 3. Representación de ensambles y uniones en madera.

Tema 4. Definición de soluciones y realización de planos de instalación de carpintería y mueble: Equipamiento de mobiliario y carpintería y su distribución en diferentes espacios y emplazamientos.

Tema 5. Definición de soluciones y realización de planos de instalación de carpintería y mueble: Representación gráfica de croquis y planos de la instalación (vistas, secciones, perspectivas).

Tema 6. Maquinaria: generalidades. Tipos de maquinaria para trabajar la madera. Características de funcionamiento, velocidad de corte y avance.

Tema 7. Herramientas e instrumentos manuales. Manejo de las mismas.

Tema 8. Afilado y afinado de herramientas.

Tema 9. El árbol. Partes. Alimentación. Crecimiento. Apeo. Medición de troncos. División/despiece de la madera de tronco. Sistemas.

Tema 10. La madera. Características. Estructura microscópica y macroscópica. Composición química de la madera. Aplicación como materia prima.

Tema 11. Colas: generalidades, clasificación y características.

Tema 12. Tableros reforzados.

Tema 13. Arcos y molduras.

Tema 14. Pulido de la madera. Tintes, barnices y ceras.

Tema 15. Salud laboral.

Programa: Maestría del Automovilismo.

Tema 1. Componentes eléctricos y electrónicos del vehículo: funcionamiento y características. Características y funcionamiento de los sistemas de arranque, carga, alumbrado, maniobra, control y señalización entre otros.

Tema 2. Características y funcionamiento de los sistemas de seguridad, climatización, cierre centralizado, alarma, equipos de sonido, comunicación, entre otros.

Tema 3. Motores térmicos, funcionamiento y componentes: Motores de dos y cuatro tiempos de ciclo Otto y Diesel.

Tema 4. Sistemas de encendido: componentes, características, funcionamiento. Misión del sistema de encendido.

Tema 5. Tipos de sistemas de encendido.

Tema 6. Puesta a punto y programación de los sistemas de encendido.

Tema 7. Sistemas de alimentación para motores de ciclo Otto: componentes, características, funcionamiento.

Tema 8. Características de las gasolinas utilizadas: poder calorífico, índice de octano, pureza, estabilidad química, entre otros.

Tema 9. Mezclas de combustibles: tipos. Misión del sistema de alimentación. Tipos de sistemas de alimentación. Parámetros de funcionamiento.

Tema 10. Sistemas de alimentación para motores Diesel: componentes, características, funcionamiento. Misión del sistema de alimentación Diesel. Tipos de sistemas de alimentación Diesel. Parámetros de funcionamiento.

Tema 11. Sistemas de sobrealimentación y anticontaminación: componentes, características, funcionamiento. Misión del sistema de sobrealimentación y anticontaminación. Tipos de sistemas de sobrealimentación y anticontaminación. Gestión electrónica de los sistemas.

Tema 12. Diagnosis de averías en el motor y sus sistemas auxiliares.

Tema 13. Técnicas de localización de averías definiendo el proceso de actuación. Diagnóstico de motor.

Tema 14. Ajuste de parámetros en el motor y sus sistemas auxiliares: revoluciones, gases de escape, punto de encendido, calado de bomba, niveles de fluidos, entre otros.

Tema 15. Procesos de mantenimiento de vehículos: Organización física del taller.

Programa: Maestría Mecánica.

Tema 1. Dibujo técnico. Croquis e interpretación de planos.

Tema 2. Uniones fijas y desmontables. Aplicaciones. Normalización de elementos de sujeción.

Tema 3. Roscas, conos, tipos y cálculos. Normalización.

Tema 4. Sistemas de aseguramiento de la calidad.

Tema 5. Instrumentos de medida y control. Metrología.

Tema 6. Acabados superficiales. Rugosidad. Signos y representación.

Tema 7. Conocimiento de los materiales. Propiedades, ensayos y tratamientos.

Tema 8. Procedimientos de conformación sin arranque de viruta, forjado, estampado, laminado, extrusión, etc.

Tema 9. Torno paralelo. Características. Herramientas. Trabajos en el torno.

Tema 10. Fresadora Universal. Características. Herramientas. Trabajos en fresadora.

Tema 11. Máquinas automáticas y control numérico. Clasificación de las maquinas herramientas con CNC.

Tema 12. Cálculo y tallado de engranajes y ruedas dentadas. Elementos de transmisión.

Tema 13. Operaciones de mecanizado a mano y a máquina, limadora, cepilladoras, aserrado, taladradora.

Tema 14. Normativa vigente sobre seguridad e higiene en el sector de la fabricación mecánica.

Tema 15. Riesgos más comunes en el sector de la fabricación mecánica.

Programa: Maestría de Química de Laboratorio.

Tema 1. Disoluciones.

Tema 2. Oxidación-reducción.

Tema 3. Equilibrio químico.

Tema 4. Equilibrio iónico. Ácidos, bases y sales.

Tema 5. Solubilidad.

Tema 6. Formulación orgánica e inorgánica.

Tema 7. Análisis orgánico elemental y funcional.

Tema 8. Análisis cualitativo inorgánico. Cationes y aniones.

Tema 9. Análisis cuantitativo. Gravimetría, volumetrías de precipitación, redox y de neutralización.

Tema 10. Análisis biológico y metalográfico.

Tema 11. Materiales y operaciones básicas en el laboratorio.

Tema 12. Seguridad e higiene en el laboratorio químico.

Tema 13. Análisis e instrumentación visible e infrarroja.

Tema 14. Análisis e instrumentación de cromatografía: capa fina, gases y líquidos.

Tema 15. Potenciometría. Electrodos.

Programa: Maestría de Delineación.

Tema 1. Representación de los sistemas generales y sistemas locales de infraestructuras y equipamientos en el planeamiento urbanístico: electricidad, saneamiento, abastecimiento y telecomunicaciones.

Tema 2. Principales conceptos de planimetría. Descripción y aplicación de los instrumentos empleados en planimetría.

Tema 3. El régimen urbanístico del suelo. Clasificación y calificación del suelo. El caso particular del suelo no urbanizable.

Tema 4. Representación de replanteos: cimientos, estructura, muros y cerramientos. Trazados de alineaciones. Trazados de paralelas y perpendiculares. Interpretación de planos: escalas y cotas. Aparatos y herramientas manuales de medida.

Tema 5. Representación de elementos auxiliares. Andamios. Elección de los diferentes tipos de andamios: de borriquetas, de paredes, colgantes y metálicos. Normativa y condiciones de uso.

Tema 6. La normalización y el dibujo arquitectónico. Arcos. Bóvedas. Cúpulas. Molduras. Órdenes y estilos arquitectónicos. Planos de edificios, orientación y situación de dependencias. Instalaciones en los edificios: agua, calefacción, electricidad, comunicaciones, desagües.

Tema 7. Código Técnico en la Edificación: Seguridad en caso de incendios, Seguridad de utilización y accesibilidad, Salubridad. Protección frente al ruido. Ahorro de energía.

Tema 8. Útiles de dibujo. Normalización: la normalización y el dibujo industrial. Normas generales sobre la representación de piezas industriales. Escalas. Formatos normalizados. Normas DIN Y UNE 1032:1982.

Tema 9. Conocimientos de materiales: Materiales pétreos, materiales cerámicos, cementos y yesos. Aceros: clases y características, Hormigones: clases y características. Aluminio. Vidrios.

Tema 10. Anteproyecto, proyecto, presupuesto. Cubiertas. Estructuras. Escaleras. Puertas y ventanas. Maderas: clasificación, características, tratamientos de protección.

Tema 11. Representación de elementos y solidos: Sistema diédrico. Sistema axonométrico. Sistema cónico. Alzados, planta, perfiles. Secciones. Sistema de planos acotados. Curvas de nivel.

Tema 12. Sistemas de tolerancias y ajustes, conceptos fundamentales. Cálculo de tolerancias. Instrumentos de medida. Control y medida de las dimensiones. Normas UNE 1-120-96/ISO 406. UNE 20286-1:96 y 2:96.

Tema 13. Resistencia de materiales: tracción, compresión, flexión, cortadura. Esfuerzos compuestos. Resistencia del terreno para edificación. Resistencia de los diferentes elementos estructurales.

Tema 14. Movimientos de tierras. Explanaciones, cálculos. Elementos de obras: cimentaciones, muros, paredes, aparejos, soportes, vigas, suelos y techos. Morteros. Materiales aglomerantes. Materiales aislantes térmicos y acústicos. Impermeabilizaciones.

Tema 15. Patología en la edificación. En estructuras de hormigón, acero, fábricas de ladrillo, forjados de madera. Tipología, causas y reparaciones. Humedades por capilaridad. Dilataciones.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente:

Don Juan Antonio Miranda Freire, Capitán de Navío de la Escala Superior de la Armada.

Secretaria:

Doña Paloma Lobo Espliguero, Funcionaria de la Escala Administrativa de OO.AA.

Vocales:

Don Alberto Ramírez Barrones, funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales.

Don Luis López Diez, funcionario de la Escala Administrativa de OO.AA.

Don José Manuel Jerez Martínez, funcionario de la Escala Administrativa de OO.AA.

Doña Isabel Tabasco Cabrero, funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Doña Susana de Blas López, funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Tribunal suplente:

Presidenta:

Doña Margarita Mateos Iniesto, Comandante del Cuerpo de Intendencia de la Armada EOF.

Secretario:

Don Antonio Galán Cees, Teniente de Navío del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

Vocales:

Don José Manuel Nogueira Naveira, Teniente de Navío del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

Doña Esther Palacios Hernández, funcionaria de la Escala de Gestión de Empleo del INEM.

Don José Ignacio Hernández Sanz, funcionario del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

Doña Antonia García Gómez, funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Don Angel García Canalda, funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro Ministerio: Ministerio de Defensa.

En el recuadro Centro Gestor: Subsecretaría.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada; código: 0416.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará el programa concreto al que desea presentarse: «Maestría de la Madera, Maestría Eléctrica, etc., según proceda. No es necesario indicar código.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «PI» (promoción interna).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará Subsecretaría de Defensa. No es necesario señalar código.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

El recuadro 20, «Provincia de examen», los aspirantes harán constar la ciudad en la que desean realizar el ejercicio de la fase de oposición entre las siguientes:

Madrid, Ferrol (A Coruña), Cartagena (Murcia), San Fernando (Cádiz), Las Palmas de Gran Canaria.

Los aspirantes quedarán vinculados al lugar solicitado pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

En el caso de que el número de aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, el Tribunal convocará a los opositores afectados para realizar las pruebas en otra provincia.

En cualquier caso, de no especificarse en la solicitud el lugar de examen por el que se opta, se entenderá que el aspirante desea realizar los ejercicios en Madrid.

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base específica 4 de esta convocatoria, o en su caso, se indicará antigüedad superior a diez años o más de cinco años de antigüedad y superación curso específico de formación.

En el recuadro A) del epígrafe 25, datos a consignar según la base de la convocatoria, se indicará el Cuerpo o Escala de pertenencia del aspirante, o categoría laboral.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 7,49 € y para las familias numerosas de categoría general de 3,74 €.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, se informa que los datos de carácter personal facilitados en la solicitud de admisión se incluirán y serán tratados con confidencialidad y seguridad, con la única finalidad de la realización del proceso de selección.

La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.

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