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Documento BOE-A-2017-12597

Resolución de 20 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Álava Reyes Consultores, SL, para el desarrollo del Título Oficial de Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 2 de noviembre de 2017, páginas 105181 a 105198 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-12597

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Álava Reyes Consultores S.L, han suscrito, con fecha 4 de octubre de 2017, un Convenio de Colaboración para el desarrollo del Título Oficial de Máster Universitario en Psicología General Sanitaria, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 20 de octubre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Álava Reyes Consultores S.L para el desarrollo del título oficial de Máster Universitario en Psicología General Sanitaria

En Madrid, a 4 de octubre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, D. César Nombela Cano, en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (entidad con NIF. Q2818022B y domicilio social en Calle Isaac Peral, 23; 28040 Madrid), en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1705/2012, de 21 de diciembre (B.O.E. de 22 de diciembre) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (B.O.E. de 12 de abril).

Y de otra, Dña. María Jesús Álava Reyes, en nombre y representación de Álava Reyes Consultores S.L. (entidad con NIF. B83757674 y domicilio social en Calle Arturo Soria, 329 – 6.º E, C.P. 28033-Madrid), en su calidad de Administradora Única, que actúa facultada por los poderes recogidos en los Estatutos de la sociedad y en la Escritura de Constitución de la misma, otorgada el 10/10/2013 ante el Ilustre Notario de Madrid D. Alfredo Barrau Moreno (Nº 2995, Registro Mercantil de Madrid t. 19.329 F.8. Asiento: 1/1382/152 Folio: 22 F.P. 23/10/2003).

Los presentes declaran que los poderes con los que actúan se encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad que mutuamente se reconocen.

EXPONEN

1. Que la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en adelante UIMP), adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con personalidad jurídica y patrimonio propios, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la actualidad por el Estatuto aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (B.O.E. de 12 de abril), se define como un centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio e información científica y cultural de interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades de alta investigación y especialización, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. A tal fin organiza y desarrolla enseñanzas de postgrado que acredita con los correspondientes títulos oficiales de Máster universitario y Doctor y otros títulos propios y diplomas de postgrado que la misma expida.

2. Que Álava Reyes Consultores S.L (en adelante «Álava Reyes») es Una Sociedad Limitada Unipersonal, que tiene como finalidad:

A) Fomentar y desarrollar las ciencias sociales, educativas y de la salud, en todos sus ámbitos, mediante actividades de evaluación, planificación y gestión integral de planes, programas y proyectos de prevención, intervención y seguimiento en las tres áreas mencionadas.

B) El asesoramiento, planificación y gestión de Recursos Humanos, en el ámbito de las organizaciones: selección, formación, análisis de puestos, análisis de desempeño, programas de calidad total, habilidades para el trabajo.

C) La formación en gestión empresarial.

D) El desarrollo de directivos y mandos intermedios.

E) La creación de centros y servicios de prevención, asistencia y reinserción relativos a las ciencias sociales, educativas y de la salud, en sus múltiples aspectos.

F) El asesoramiento, planificación y gestión de programas y proyectos de prevención e intervención en grupos socialmente desfavorecidos: infancia, ancianos, minorías étnicas, mujeres, minusválidos, indigentes, enfermos mentales.

G) La atención integral de la familia en cuanto a prevención de conflictos y resolución de los mismos cuando aparecen.

H) La gestión, administración, adquisición, promoción, contratación, proyección, construcción, ejecución, enajenación, arrendamiento, rehabilitación y explotación por cualquier forma de solares, pisos, locales, terrenos, conjuntos residenciales, urbanizaciones o promociones inmobiliarias, y en general toda clase de bienes inmuebles.

I) La publicación, edición y comercialización de libros, folletos y toda aquella documentación susceptible de serlo dentro del objeto social anteriormente reseñado.

3. Que ambas entidades expresan su interés común en ofrecer formación de postgrado en el área de la Psicología, y, en concreto, un Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario (disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública), conforme a las condiciones establecidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 31 de mayo de 2013 (BOE de 4 de junio de 2013) y de acuerdo con la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria (BOE 142 del 14 de junio de 2013).

La citada orden ECD/1070/2013 establece que los másteres en Psicología General Sanitaria incluirán un módulo de prácticas curriculares externas que tendrán que realizarse necesariamente en centros o servicios sanitarios autorizados y registrados como Centros Sanitarios en los correspondientes Registros de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la correspondiente comunidad autónoma, y que deberán además cumplir los requisitos establecidos en dicha Orden. La Universidad responsable del máster deberá suscribir un convenio o concierto con dichos centros para la impartición de las prácticas.

La UIMP y Álava Reyes, motivados por este interés común, suscribieron un convenio de colaboración el 13 de diciembre de 2013, junto con la Asociación Española de Psicología Conductual, para la puesta en marcha del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria que se empezó a impartir desde la promoción 2015-2017 como Título Oficial de la UIMP (en el curso 2014 se ofertó pero no se llegó a impartir dado que no hubo un número suficiente de alumnos). La complejidad organizativa de este máster ha motivado que se hayan tenido que realizar varios ajustes y modificaciones en cuanto a los términos del convenio, que se documentaron mediante la firma el 15 de octubre de 2015 de una adenda al convenio de 2013 y posteriormente, el 30 de septiembre de 2016, de un nuevo convenio con vigencia exclusiva para la edición de 2016-2018.

Con independencia de que el último convenio firmado permanece vigente hasta el 30 de septiembre de 2018, procede ahora suscribir un nuevo convenio para regular la edición 2017-2019 de este Máster, que se organizará esta vez sin la participación de la Asociación Española de Psicología Conductual. Dadas las dificultades indicadas, ambas partes coinciden en que es conveniente que el convenio regule exclusivamente una edición, siendo necesario para la realización de futuras ediciones la firma de un nuevo convenio.

4. Que, siendo conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta y siendo el convenio el instrumento jurídico que la legislación contempla para formalizar dicha colaboración.

Ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Objeto del convenio

Primera.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración de la UIMP y Álava Reyes para la realización de la edición 2017-2019 del título oficial denominado Máster en Psicología General Sanitaria (en adelante «el Máster»), cuyo objetivo será habilitar al estudiante para el ejercicio de la profesión de Psicólogo General Sanitario.

Para llevar a cabo la programación, organización, divulgación y desarrollo del Máster, y con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, solvencia organizativa y prestigio profesional, ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y logístico de acuerdo con lo que se establece en las cláusulas siguientes.

Aspectos académicos

Segunda.

La UIMP y Álava Reyes han diseñado el plan de estudios del Máster de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en la redacción vigente a la fecha de este convenio –concretamente, en cuanto al diseño, en el artículo 15 del citado R.D.–, así como en la normativa propia de la UIMP en materia de títulos oficiales de postgrado. También se han tenido en cuenta en el diseño las condiciones establecidas en los citados Acuerdo de Consejo de Ministros de 31 de mayo de 2013 (BOE de 4 de junio de 2013) y Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria (BOE 142 del 14 de junio de 2013).

La normativa propia de la UIMP será la de referencia en todo lo relativo a los aspectos académicos del Máster.

Ambas partes presentaron el Máster al procedimiento establecido por la legislación vigente para la obtención de la autorización del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de implantación como titulación oficial de la UIMP para el curso 2014-2015 para una vigencia de cuatro años:

– Evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de Calidad y Acreditación(ANECA)

– Verificación del Consejo de Universidades

– Autorización de implantación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

– Aprobación por el Gobierno del carácter oficial del título e inscripción en el Registro de Universidades, centros y títulos (RUCT).

En este sentido, el Consejo de Gobierno de la UIMP, a propuesta del Vicerrectorado de Postgrado e Investigación, acordó en su reunión de 24 de octubre de 2013 remitir a la ANECA la memoria del «Máster en Psicología General Sanitaria por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo» para su verificación.

El procedimiento descrito finalizó con éxito aprobándose su implantación para el curso 2014-2015.

Tercera.

Se adjuntan como Anexo I y como Anexo II de este convenio, respectivamente, la estructura académica del máster y la relación de profesorado aprobadas.

Cuarta.

El Máster, cuya modalidad de impartición es presencial, tiene una carga lectiva de 90 ECTS, de los cuales 36 son obligatorios, 12 optativos, 30 de prácticas externas y 12 de Trabajo de fin de Máster, y su duración será de dos años académicos.

En la edición 2017-2019 se ofertan dos grupos, cada uno de ellos con cuarenta alumnos.

Quinta.

El Máster queda regulado por las leyes nacionales relativas a las enseñanzas universitarias oficiales, así como por la normativa vigente de la UIMP sobre regulación de sus Estudios de Postgrado oficiales.

Sexta.

La UIMP establece y responde de todos los procedimientos relacionados con la consecución del Máster, regulación de la normativa académica relativa a permanencia, convocatorias regulares y extraordinarias de examen, apertura y seguimiento del expediente académico del estudiante, así como de su custodia y tramitación.

La gestión del expediente del alumno se rige por la normativa universitaria vigente y la UIMP se encarga de manera directa de las siguientes actuaciones:

– Apertura del expediente académico de cada alumno.

– Control del cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos específicos de admisión.

– Control de la documentación compulsada del Título de Grado que da acceso al Máster y otra documentación requerida para la matriculación.

– Tramitación de las preceptivas autorizaciones o informes que exige la Comisión de Estudios de Postgrado de la UIMP relativas al acceso de estudiantes con titulaciones extranjeras y otros estudios declarados expresamente equivalentes a Títulos de Grado.

– Establecimiento del procedimiento de actas y convocatorias de examen.

– Establecimiento del procedimiento de expedición de certificaciones y títulos.

Los títulos serán expedidos por el Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en nombre del Rey, de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos oficiales de máster y doctor de las universidades españolas (o en la normativa, en su caso, vigente en eta materia).

Gestión y logística

Séptima.

Ambas partes se distribuyen la gestión del Máster de la siguiente forma:

La UIMP será responsable de las siguientes gestiones, de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, gestionando todos los gastos e ingresos que ello origine:

– Gestión académica, según la cláusula sexta.

– Edición del programa divulgativo, publicidad y difusión.

– Servicio de secretaría de alumnos (información, matriculación, atención al estudiante, emisión de diplomas y certificaciones, etc).

– Cobro de las matrículas.

– Pago del profesorado que interviene en los módulos teóricos, así como sus viajes, alojamiento y manutención en el caso de que deban desplazarse para impartir su docencia.

– Traducción si fuese necesaria en los módulos teóricos.

– Servicio de coordinación de profesores de los módulos teóricos.

– Material docente y documentación para los módulos teóricos.

– Servicios administrativos generales para la gestión económica y administrativa que todo ello suponga.

Álava Reyes se encargará de las siguientes gestiones, de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, gestionando todos los gastos que ello origine:

– Resolver todo lo referente a locales, instalaciones, equipamiento y servicios para el desarrollo de las clases teóricas, incluido el servicio de personal de atención al aula.

– Gestionar y resolver todo lo referente al módulo de prácticas, de conformidad con lo establecido al respecto en la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario (BOE 142 del 14 de junio de 2013). En concreto:

– Resolver todo lo referente a locales, instalaciones, equipamiento y servicios para el desarrollo de las prácticas, incluido el servicio de personal de atención al aula.

En este sentido Álava Reyes manifiesta que sus centros están autorizados y registrados como Centros Sanitarios en los correspondientes Registros de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la correspondiente comunidad autónoma y de que cumplen los requisitos establecidos en la Orden ECD/1070/2013 citada en cuanto a la tasa de actividad, recursos materiales y específicos, organización y gestión de calidad, recursos humanos, programas desarrollados y sistemas de organización, seguimiento y evaluación de las prácticas.

En el caso de que fuese necesario la realización de alguna práctica en algún centro ajeno a Álava Reyes, y siempre que dicho centro esté registrado como Centro Sanitario y reúna los requisitos mencionados en el párrafo anterior, Álava Reyes suscribirá los correspondientes acuerdos, haciendo llegar a la Comisión de Seguimiento del convenio una copia de los mismos.

– La organización, planificación, seguimiento y evaluación de las prácticas externas, tanto si las prácticas se realizan en sus propios centros como si se realizan en centros ajenos, para lo que estará en estrecho contacto con cada uno de dichos centros, con los tutores designados en los mismos, y con los alumnos, velando por que las prácticas sirvan a su objetivo de proporcionar a este último la adquisición de las competencias establecidas en el plan de estudios y por el cumplimiento de la normativa.

En este sentido un psicólogo de Álava Reyes actuará en las prácticas como tutor designado por la UIMP, para la necesaria coordinación con el alumno y –en su caso- con el tutor del Centro Sanitario. Establecer el procedimiento para la designación de los tutores de las prácticas y para su acreditación y reacreditación periódica, así como la supervisión del cumplimiento de dicho procedimiento.

– Asegurarse de que todos los alumnos que realicen las prácticas estén cubiertos por una póliza de Responsabilidad Civil a terceros que suscribirán los propios alumnos. Asimismo el alumno deberá estar asegurado en la cobertura de Accidentes si por su edad no está cubierto por el Seguro Escolar.

– Recopilar y hacer llegar a la UIMP los informes y evaluaciones referentes a las prácticas realizadas.

– Realizar los pagos correspondientes a los honorarios de los tutores y del resto de profesores asociados a las prácticas, así como lo correspondiente al diseño y coordinación de las mismas.

Aspectos económicos

Octava. Presupuesto.

La UIMP y Álava Reyes aprueban el presupuesto de gastos para la realización del Máster en su edición de 2017-2019, que se adjunta como Anexo III, con indicación de qué gastos gestiona cada entidad.

La gestión a cargo de la UIMP se realiza mediante la aportación directa de personal, así como de otros servicios con cargo al concepto presupuestario 226.06, para cuya gestión y pago la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto, según los procedimientos legalmente establecidos.

Novena. Importe de la Matrícula. Tasas. Seguro.

I. Matrícula. Dado el carácter oficial del Máster y de conformidad con la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de Modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de carácter público, en su artículo 26.1.b), el importe de la Matrícula para la edición 2017-2019 del Máster será establecido una vez que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte autorice los precios públicos para los Estudios Oficiales de Postgrado de la UIMP, dentro de los límites que sean fijados con este fin por los órganos correspondientes de política universitaria para dicho año académico.

Con el fin de poder realizar las necesarias previsiones económicas, y basándose en los precios autorizados para el curso anterior, se estima un precio de matrícula para la edición 2017-2019 de setenta y dos euros con veintidós céntimos (72,22 €) por crédito ECTS para estudiantes residentes y no residentes en territorio español o en el EEES.

Serán de aplicación las reducciones y beneficios en el régimen de precios que se recojan en la Resolución de la UIMP por la que se establece la cuantía de los precios a satisfacer por la prestación de los servicios académicos universitarios conducentes a la obtención de los Títulos universitarios oficiales de postgrado.

Se estará a lo establecido en la normativa propia vigente de la UIMP en cuanto a política de repeticiones, y en cuanto al incremento del precio de las segundas y terceras matrículas.

El importe de la matrícula -precio correspondiente por crédito matriculado en primera, segunda o sucesivas matrículas- será abonado por los alumnos a la UIMP.

II. Tasas administrativas. Los estudiantes abonarán asimismo a la UIMP, según los importes oficiales vigentes y dentro de los plazos establecidos a tal fin, los derechos económicos obligatorios por los servicios administrativos correspondientes a la apertura del expediente académico y gastos de secretaría, y en su caso el seguro escolar, así como los que correspondan por otros servicios que el alumno pueda solicitar (emisión de títulos y duplicados, certificaciones académicas, etc.).

III. Seguro. Los estudiantes quedarán cubiertos por el Seguro Escolar en el caso de que estén dentro del rango de edad de aplicación de dicho seguro.

Álava Reyes se asegurará de que todos aquellos estudiantes a los que por su edad no les sea de aplicación el Seguro Escolar estén cubiertos por una póliza de accidentes con similares coberturas a las de dicho seguro. Dicha póliza deberá ser contratada por cada alumno individualmente.

Asimismo, como se ha indicado en la cláusula séptima, Álava Reyes se asegurará de que los alumnos estén cubiertos por una póliza de Responsabilidad Civil para la realización de las prácticas.

Décima. Traspaso de fondos entre las partes.

I. Número mínimo de alumnos.

Se ha previsto la realización en 2017-2019 de dos grupos. Se establece un número mínimo de 40 alumnos por grupo. Por debajo de ese número el grupo no se realizará.

II. Aportación de Álava Reyes a la UIMP.

Álava Reyes debe abonar a la UIMP para la edición 2017-2019 del Máster una cantidad en concepto de colaboración para cubrir sus gastos de reconocimiento y aval académico, y gestión administrativa, por importe de TREINTA Y OCHO MIL EUROS (38.000,00 €), 19.000,00 € por cada uno de los grupos.

III. Traspaso de las matrículas desde la UIMP a Álava Reyes.

La UIMP debe transferir a Álava Reyes el 65,26 % del importe ingresado por matrículas, hasta un importe máximo de 269.372,00 € (134.686,00 € por grupo), para gestionar los servicios que se indican en la cláusula Séptima. No se transferirá a Álava Reyes en ningún caso ningún porcentaje sobre los importes correspondientes a las tasas indicadas en el punto II de la cláusula Novena.

IV. Pago de las cantidades recogidas en los puntos II y III de esta cláusula.

Por eficacia y agilidad en la gestión, los compromisos de ambas partes recogidos en los puntos II y III de esta cláusula se compensan, dando como resultado que la UIMP deberá transferir a Álava Reyes la cantidad correspondiente al 65,26 % del importe ingresado por matrículas una vez descontada la cantidad correspondiente a la aportación a la UIMP según el apartado II de esta cláusula.

Por lo tanto, la cantidad máxima a transferir por la UIMP a Álava Reyes es de doscientos treinta y un mil trescientos setenta y dos euros (231.372,00 €) –115.686,00 € por grupo–, cifra que podrá disminuir en función de la justificación de gastos que debe presentar Álava Reyes según se establece más adelante.

Se hace constar que para esta transferencia no se precisa la tramitación y aprobación previa de un expediente de gasto por tratarse de una operación extrapresupuestaria, al proceder los fondos de los ingresos de las matrículas de los alumnos.

La transferencia se hará en dos plazos:

• en el tercer trimestre del año siguiente al inicio del Máster se abonará el 65,26 % de los ingresos por matrícula hasta un máximo de 141.594,48 €

• el resto en el plazo de dos meses desde la aprobación de la justificación de gastos que debe presentar Álava Reyes a la UIMP una vez finalizado el periodo de prácticas. Este traspaso de fondos será como máximo de 89.777,52 €, pero disminuirá en función de los gastos efectivamente justificados si estos no llegan a los 269.372,00 € presupuestados.

La justificación, que deberá presentarse a la UIMP en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del módulo de prácticas, consistirá en una certificación en la que se relacionen todos los gastos, con indicación para cada uno de ellos de los siguientes datos: proveedor, NIF del proveedor, n.º y fecha de la factura, importe de la factura, fecha de pago. En el caso de que el total de la factura no corresponda al Máster se indicará el importe de la misma aplicado al Máster y el criterio de asignación.

Se acompañará a la certificación fotocopia de cada una de las facturas junto con copia del justificante de pago.

Protección de datos de carácter personal

Undécima.

Los datos personales que se recogen en este convenio, o a los que las partes puedan tener acceso en desarrollo del mismo, serán incorporados a los ficheros de datos de responsabilidad de las partes firmantes, y serán tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente convenio. Ambas partes se comprometen a tratar los mismos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el resto de normas aplicables a esta materia.

Asimismo, ambas partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal que se recojan de los alumnos relacionados con el Máster objeto de este convenio conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el resto de normas aplicables a esta materia.

Las obligaciones en materia de protección de dichos datos establecidas en la presente cláusula tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado éste.

Propiedad intelectual

Duodécima.

Las partes se comprometen a cumplir la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y titularidad de los resultados que se puedan conseguir en ejecución de las actividades objeto de este convenio.

Publicidad, publicaciones, material e imagen institucional

Decimotercera.

Ambas instituciones se comprometen a hacer constar la colaboración entre las mismas en toda la publicidad, material impreso, programas, carteles, publicaciones, etc. que genere el Máster, respetándose escrupulosamente los logotipos e instrucciones sobre identidad corporativa que cada entidad facilite con este fin.

La parte que vaya a editar algún material o insertar publicidad estará obligada previamente a enviar la maqueta a la otra parte para recabar su conformidad antes de la impresión o inserción definitiva.

Comisión de seguimiento del convenio

Decimocuarta.

Con independencia de la Comisión Académica del Máster que se constituya de acuerdo con lo establecido en la normativa de Estudios de Postgrado oficiales de la UIMP y con las funciones allí encomendadas, se constituye una Comisión de Seguimiento del Convenio con los miembros y funciones que se indican a continuación:

Formarán parte de esta Comisión dos miembros nombrados por cada una de las instituciones:

Por parte de la UIMP:

– La Vicerrectora de Postgrado e Investigación, o persona en quien delegue

– La Gerente de la UIMP, o persona en quien delegue

Por parte de Álava Reyes:

La Administradora, o persona en quien delegue.

El director del Master.

Presidirá la Comisión la Vicerrectora de Postgrado e Investigación de la UIMP quien tendrá voto de calidad en caso de empate. Actuará como secretario el Secretario General de la UIMP.

La Comisión de Seguimiento, que podrá reunirse siempre que se considere necesario a petición de cualquiera de las partes, será el órgano responsable del control y seguimiento del convenio, se regirá por lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y tendrá las siguientes funciones:

– Velar por el correcto desarrollo del convenio y por el cumplimiento de los objetivos del mismo.

– Proponer cuantas medidas complementarias se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de los fines previstos, así como para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones formativas.

– Efectuar el seguimiento y evaluación de las acciones.

– Resolver en primer término las posibles controversias sobre el contenido e interpretación del convenio.

– Cualquier otra función que le sea atribuida en el presente Convenio.

Régimen de modificación del convenio

Decimoquinta.

La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes y se recogerá expresamente mediante la firma de una adenda.

Vigencia y causas de resolución

Decimosexta.

Este convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tendrá una duración de cuatro (4) años, sin perjuicio del total cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes.

El convenio no podrá prorrogarse. La realización, en su caso, de una nueva edición del Máster requerirá de la firma de un nuevo convenio, siempre que se haya conseguido la renovación de la acreditación académica inicial del Máster.

Decimoséptima.

El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

I. Son causas de resolución:

a) El acuerdo unánime de los firmantes.

b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

c) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.

d) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

II. Las partes vendrán obligadas a comunicarse por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada, con una antelación de un mes a la fecha de su efectividad.

En el caso de incumplimiento recogido en el apartado f) la otra parte podrá notificar a la parte incumplidora –a través de la Comisión de Seguimiento del convenio– un requerimiento para que en el plazo de 15 días naturales cumpla con las obligaciones o compromisos incumplidos. Si transcurrido dicho plazo persistiera el incumplimiento la parte que lo detectó notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio con eficacia del mismo día de la recepción de la notificación.

III. Las partes se comprometen a garantizar que, tanto en el caso de extinción del convenio como en el caso de resolución, los alumnos que estén cursando el Máster puedan terminar sus estudios de acuerdo con la normativa vigente.

Responsabilidad, régimen jurídico y resolución de conflictos

Decimoctava.

La UIMP no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria frente a los profesores, los alumnos o las empresas contratistas en relación con los servicios gestionados por Álava Reyes para el desarrollo del Máster.

Asimismo, Álava Reyes no adquiere en virtud de este convenio ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria frente a los profesores, los alumnos o las empresas contratistas en relación con los servicios gestionados por la UIMP para el desarrollo del Máster.

Decimonovena.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula en primer término por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre), por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre) -modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril), por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE de 30 de octubre), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en la redacción vigente a la fecha de este convenio, y por la normativa propia de la UIMP en materia de títulos oficiales de postgrado.

El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con el artículo 4.1.d. del texto refundido de la misma, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (B.O.E. de 16 de noviembre); siéndole de aplicación no obstante los principios de dicho texto legal para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse, en defecto de normas específicas recogidas en el propio convenio y en la citada Ley 40/2015.

Vigésima.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente convenio, a través de la Comisión de Seguimiento. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998 de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad firman el presente documento en dos ejemplares con idéntica validez y en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, César Nombela Cano.–Por Álava Reyes Consultores S.L., María Jesús Álava Reyes.

ANEXO I
Estructura académica

P03X - Máster Universitario en Psicología General Sanitaria (90 Ects)

Primer Curso Académico: 60 ECTS

Módulo I. Formación básica: Fundamentos científicos y profesionales de la Psicología Sanitaria:

Duración

Asignatura

ECTS

Carácter

1.er Cuatrimestre

102171 - Fundamentos científicos y profesionales de la Psicología Sanitaria.

6

Obligatoria.

Módulo II. Formación específica: Evaluación y diagnóstico en Psicología de la Salud. Intervención en Psicología de la Salud. Entrenamiento en habilidades básicas de Psicólogo General Sanitario:

Duración

Asignatura

ECTS

Carácter

1.er Cuatrimestre.

102172 - Modelos teóricos de evaluación y tratamientos.

6

Obligatoria.

1.er Cuatrimestre.

102173 - Evaluación e intervención psicológica en adultos.

6

Obligatoria.

1.er Cuatrimestre.

102174 - Evaluación e intervención psicológica en el ámbito infanto-juvenil.

6

Obligatoria.

1.er Cuatrimestre.

102175 - Evaluación e intervención psicológica en personas mayores.

3

Obligatoria.

2.o Cuatrimestre.

102176 - Evaluación e intervención en el ámbito jurídico-forense-sanitario.

3

Obligatoria.

2.o Cuatrimestre.

102177 - Habilidades terapéuticas y comunicación de resultados.

3

Obligatoria.

2.o Cuatrimestre.

102178 - Evaluación y tratamiento en el ámbito de la salud laboral.

3

Obligatoria.

Módulo III. Formación en investigacion en Psicología Sanitaria:

Duración

Asignatura

ECTS

Carácter

2.o Cuatrimestre.

102179 - Diseños de investigación y técnicas de comunicación científica en Psicología Clínica y de la Salud.

3

Obligatoria.

2.o Cuatrimestre.

102180 - Uso y aplicación de base de datos en el ámbito de Psicología Clínica y de la Salud.

3

Obligatoria.

2.o Cuatrimestre.

102181 - Análisis de datos en Psicología y Salud.

3

Obligatoria.

2.o Cuatrimestre.

102182 - Evaluación, adaptación y aplicación de tests y cuestionarios en Psicología de la Salud.

3

Obligatoria.

Módulo IV. Trabajo de fin de máster:

Duración

Asignatura

ECTS

Carácter

3.er Cuatrimestre

102183 - Prácticas externas I.

12

Prácticas externas.

Segundo Curso Académico: 30 ECTS

Módulo V. Prácticas externas:

Duración

Asignatura

ECTS

Carácter

4 Cuatrimestre.

102184 - Prácticas externas II.

18

Prácticas externas.

4 y 5 Cuatrimestre.

102185 - Trabajo de fin de Máster.

12

Trabajo fin de Máster.

Organización de la enseñanza

Título: Máster Universitario en Psicología General Sanitaria. Habilita para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario.

Norma de habilitación: Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, BOE de 14 de junio de 2013.

Lenguas en las que se imparte: español.

Duración: Dos cursos académicos.

Créditos: 90 ECTS:

Obligatorios: 48 ECTS.

TFM: 12 ECTS.

Prácticas externas: 30 ECTS.

Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud.

Tipo de enseñanza: Presencial. En algunas asignaturas parte de su carga lectiva se impartirá a distancia.

Sistema de calificación: Todas las asignaturas se calificarán con calificación estándar (de 0 a 10). El Trabajo de fin de Máster se defiende en sesión pública ante Tribunal.

ANEXO II
Profesorado

P03X - Máster Universitario en Psicología General Sanitaria (90 Ects)

Dirección Académica del Máster

Wenceslao Peñate Castro.

Director Académico.

Vicepresidente de la Asociación Española de Psicología Conductual (AEPC) Catedrático de Psicología Clínica Universidad de La Laguna, Tenerife.

María Jesús Álava-Reyes.

Coordinadora General de Prácticas.

Directora del Centro de Psicología Álava Reyes.

Raúl Quevedo Blasco.

Coordinador Académico.

Doctor en Psicología Clínica Centro de Investigación Mente, Cerebro y Comportamiento (CIMCYC) Universidad de Granada.

Daniel Peña Molino.

Secretario Académico.

Coordinador Prácticas.

Especialista en Terapia Cognitivo Conductual Social.

Centro de Psicología Álava Reyes.

Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Profesorado

El 44,4% son profesores de universidad (de los cuales el 56,3% son catedráticos), el 5,6% provienen de hospitales y centros de investigación, y el 50% son Especialistas Sanitarios del ámbito clínico. Además de profesores de España, participan especialistas de países como Estados Unidos (Nueva York, San Diego) o Nueva Zelanda (ver a continuación el detalle del profesorado).

Gualberto Buela-Casal, Licenciado y Doctor en Psicología Biológica y de la Salud. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Catedrático de Psicología Clínica. Presidente Asociación Española de Psicología Conductual AEPC.

María Jesús Álava Reyes, Licenciada en Psicología. Especialista en Psicodiagnóstico y Coaching Ejecutivo. Directora del Equipo de Psicología Álava Reyes

Wenceslao Peñate Castro, Licenciado y Doctor en Psicología Clínica. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Catedrático de Psicología Clínica ULL.

José Muñiz Fernández, Licenciado y Doctor en Psicología. Catedrático de Metodología de las Ciencias del Comportamiento UNIOVI. P/President of the European Association of Methodology EAM. Presidente de la Comisión Nacional para el desarrollo de la Norma ISO 10667, relativa a la evaluación de Personas en contextos laborales.

Joan Guàrdia Olmos, Licenciado y Doctor en Psicología. Catedrático de Metodología de las Ciencias del Comportamiento UB. Miembro del Institut de Recerca en Cervell, Cognició i Conducta IR3C.

Inmaculada de la Fuente Solana, Licenciada y Doctora en Psicología. Catedrática de Metodología de las Ciencias del Comportamiento UGR. Especialista en análisis de datos en Psicología y Salud.

Ramón Arce Fernández, Licenciado y Doctor en Psicología. Catedrático de Psicología USC. Presidente de la Sociedad Española de Psicología Jurídica y Forense, España.

Juan Preciado, Licenciado y Doctor en Psicología de la Salud. Especialista Sanitario en Análisis de Conducta. Miembro de Comisiones Universitarias sobre Prevención de Salud. Catedrático de Psicología de la Salud en City University of New York. Hostos, Bronx, Nueva York United States of America.

Francisca Fariña Rivera, Licenciada y Doctora en Psicología. Catedrática de Psicología Jurídica del Menor UVIGO. Decana de la Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte UVIGO.

Javier Virues Ortega, Licenciado y Doctor en Psicología Clínica. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Certificado EuroPsy – Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología EFPA. Coordinador del Área de Análisis Aplicado de Conducta, Universidad de Manitoba, Canadá.

Juan Carlos Sierra Freire, Licenciado y Doctor en Psicología Clínica. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Profesor Titular de Evaluación Psicológica UGR. Miembro de la Junta Directiva de la Asociación Española de Psicología Conductual AEPC.

Francisco Gude Sampedro, Licenciado y Doctor en Medicina. Especialista Sanitario en Medicina Familiar y en Medicina Preventiva y Salud Pública. Unidad de Epidemiología del Hospital Universitario de Santiago de Compostela.

Wayne Bardwell, Licenciado y Doctor en Psicología Clínica. Profesor de Psiquiatría de la Universidad de California San Diego, California, United States of America. Presidente de American Psychosocial Oncology Society California, United States of America.

Lilisbeth Perestelo Pérez, Licenciada y Doctora en Psicología Clínica y de la Salud Post-Doctoral Research Fellow. Clínica Mayo, Minnesota, United States of America. Especialista en Evaluación de Servicios Sanitarios. Servicio de Evaluación y Planificación del Gobierno de Canarias.

Jorge Barraca Mairal, Licenciado y Doctor en Psicología. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Certificado EuroPsy – Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología EFPA. Profesor acreditado de universidad privada UCJC.

Juan Antonio Palacios Castaño, Licenciado en Medicina. Especialista Sanitario en Psiquiatría, Medicina Preventiva y Salud Pública, Medicina de Familia, y Psicoterapia en los Trastornos de Personalidad. Mastery ‘The Global Mental Health: Trauma and Recovery». Harvard University. Jefe de la Unidad de Psiquiatría y coordinador de la Unidad de Hospitalización Breve / Urgencias Hospital Universitario ‘Infanta Sofía’.

Carlos San Martín Blanco, Licenciado y Doctor en Medicina. Psicoterapeuta acreditado por la FEAP- Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas. Máster en Sexología y Terapia de Pareja. Máster en Psiquiatría y Salud Mental. Máster en Terapia Familiar.

Vicente Prieto Cabras, Licenciado en Psicología. Especialista Sanitario en Psicología Clínica y Terapia del Comportamiento. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Carlos Mateo Municio, Licenciado en Psicología. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Certificado EuroPsy – Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología EFPA. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Ángel Peralbo Fernández, Licenciado en Psicología. Especialista en Psicología Clínica y Salud Mental. Certificado EuroPsy – Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología EFPA. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Montserrat Montaño Fidalgo, Licenciada y Doctora en Psicología Clínica. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Certificación de la Formación Complementaria de Posgrado establecida en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 5/2011.

Silvia Álava Sordo, Licenciada en Psicología. Certificado EuroPsy –Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología EFPA. Miembro Terapeuta de la Asociación Española de Psicología Cognitivo Conductual AEPC. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Jorge Reyes García, Licenciado en Psicología. Master en Terapia cognitivo-conductual Centro de Psicología Bertrand Russell. Especialista Universitario en Clínica y Psicoterapia. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Yolanda Sato Baonza, Licenciada en Psicología. Certificado EuroPsy –Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología. Especialista en Trastornos de la Conducta Alimentaria. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias

Daniel Peña Molino, Licenciado y Doctor en Ciencia de la Conducta. Especialista en –Terapia Cognitivo Conductual Social–. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Programa Superior de Coaching Ejecutivo Escuela de Organización Industrial EOI y BLC Human Coaching, Madrid. MBA Dirección Empresarial y Gestión de Recursos Humanos.

Raúl Quevedo-Blasco, Licenciado y Doctor en Psicología. Personal Docente Investigador en Psicología Clínica en Mind, Brain and Behavior Research Center, CIMCYC. Laboratorio de Psicofisiología, Instituto de Biotecnología UGR

Gemma del Val Sato, Licenciada en Psicología. Certificado EuroPsy –Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Miembro de la Unión Interprofesional de Peritos colaboradores con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid.

Gloria Tudurí Zickermann, Licenciatura en Psicología. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Máster en Psicología Clínica, terapia Cognitivo-Conductual ITEMA, Instituto Terapéutico de Madrid. Postgrado en Mediación Familiar y Experto en Habilidades de Counselling.

Rafael Romero Rico, Licenciado en Psicología. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Master Cognitivo –Conductual– Social centro de Psicología Bertrand Russell y especialización en Terapia Racional Emotiva Comportamental. Miembro de la Junta directiva de la Asociación Española de Terapia Cognitivo Conductual Social ASETECCS.

Susana Álvarez López, Licenciado en Psicología. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Especialista en Primeros Auxilios Psicológicos e Intervención en Crisis y Coaching Ejecutivo. Postgrado en Salud Mental y Violencia Política y Catástrofes

María Mercedes Moreno López, Licenciada en Psicología. Especialista en Mediación Familiar. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Aránzazu Turienzo Concejero, Licenciada en Psicología. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Especialista en Psicología Clínica de las Drogodependencias y Psicosociología del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad. Psicóloga de la Comunidad de Madrid.

Rosa Collado Carrascosa, Licenciada en Psicología. Especialista en Sexología y Psicoterapia Integradora. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Mónica Poblador Fernández, Licenciada en Psicología. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Postgrado en Terapia Sistémica y Psicología Clínica.

Aroa Caminero Ruiz, Licenciada en Psicología. Especialista en Neuropsicología Infantil y Máster Oficial de Psicofarmacología y Drogas de Abuso. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Miren Josune Eguia Fernández, Licenciada en Psicología. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Psicólogo Especialista en Psicoterapia Asociación Europea de Especialistas en Psicoterapia. Consultor Especialista en Psicoterapia de niños y adolescentes.

Carlos San Martín Blanco, Licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad de Cantabria. Máster en Sexología y Terapia de Pareja. Máster en Psiquiatría y Salud Mental. Máster en Terapia Familiar. Doctor en Medicina 2013. Psicoterapeuta acreditado por la FEAP Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas.

Aurora García Sánchez, Licenciada en Psicología. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Especialista en Técnicas de Evaluación Neuropsicológica. EOS Master en Psicología Clínica. CINTECO. Certificado EuroPsy, Especialista en Psicoterapia, en tramitación.

Luis Fernández Ríos, Licenciado y Doctor en Psicología Clínica. Profesor Titular de Personalidad, Evaluación y Tratamientos de la Universidad de Santiago de Compostela.

Francisco José Santolaya Ochando, Licenciado y Doctor en Psicología. Psicólogo Titular de la Conselleria de Sanitat de la Comunidad Valenciana.

Miguel Alfonso García Escudero, Licenciado de Medicina y Cirugía. Especialista Sanitario en Psiquiatría. Coordinador de formación para Especialistas en Psiquiatría y Médicos de Unidades de Conductas Adictivas Departamento de Salud Elche-Hospital General. Responsable de la Unidad de Trastorno Bipolar Departamento de Salud Elche-Hospital General.

Leonarda Álvarez Majua, Licenciada en Psicología. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Certificado EuroPsy – Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología EFPA. Miembro de A.E.E.T.C.A. Asociación Española para el Estudio de los Trastornos de la Conducta Alimentaria y A.C.A.B.A. Asociación Contra la Anorexia y la Bulimia de Alicante.

Mila Cahue Gamo, Licenciada en Psicología. Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Certificado EuroPsy – Specialist in Psychotherapy por la Federación de Asociaciones Europeas de Psicología. Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias.

Profesores-tutores de prácticas de las instituciones y centros de prácticas colaboradores

María Jesús Álava Reyes, Licenciada en Psicología. Especialista en Psicodiagnóstico y Coaching Ejecutivo. Directora del Equipo de Psicología Álava Reyes.

Encarnación Martínez Paz, Psicóloga acreditada para el ejercicio de actividades sanitaria. Centro de Psicología Edeco, A Coruña.

Ángela Carrera Camuesco, Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Centro Interdisciplinar de Psicología y Salud, CIPSA. Santander.

Juan Carlos Sierra Freire, Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Asociación Española de Psicología Conductual, AEPC.

Miren Josune Eguia Fernández, Especialista Sanitario en Psicología Clínica. Centro de Psicología Berastegui, Bilbao.

Vicente Prieto Cabras, Especialista Sanitario en Psicología Clínica y Terapia del Comportamiento. Coordinador del Área Clínica del Centro Álava Reyes Consultores y Director de Prácticas, Madrid.

Carlos San Martín Blanco Doctor en Medicina y Psicoterapeuta acreditado por la FEAP- Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas. Centro Interdisciplinar de Psicología y Salud, CIPSA. Santander.

Carlos Mateo Municio Especialista Sanitario en Psicología Clínica y psicólogo Especialista en Psicoterapia Certificado EuroPsy que expide la European Federation of Professional Psychologists’ Associations EFPA. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Ángel Peralbo Fernández Psicólogo Especialista en Psicoterapia Certificado EuroPsy que expide la European Federation of Professional Psychologists’ Associations EFPA y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Begoña Roy Cebollada Psicóloga acreditada para el ejercicio de actividades sanitaria. Centro de Psicología Martínez Bardaji-Psicología y Salud. Zaragoza.

Aránzazu Turienzo Concejero Psicólogo Especialista en Psicosociología del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad y en Psicología Clínica de las Drogodependencias y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Daniel Peña Molino Doctor en Ciencia de la Conducta y Especialista en «Terapia Cognitivo Conductual Social». Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Elena Escribano Fernández Psicólogo Especialista en Psicología Clínica y Salud Mental y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Gemma del Val Peralta Psicólogo Especialista en Psicoterapia Certificado EuroPsy que expide la European Federation of Professional Psychologists’ Associations EFPA y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Gloria TuduriZickerman Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Jorge Reyes García Psicólogo Especialista Universitario en Clínica y Psicoterapia y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Sarai García Hojas Psicóloga especialista en Neuropsicología Clínica. Master en Rehabilitación Neuropsicológica y Psicóloga acreditada para actividades sanitarias. Centro de Psicología Martínez Bardaji-Psicología y Salud. Zaragoza.

M.ª Mercedes Moreno López Psicólogo Especialista en Mediación Familiar y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Mónica Poblador Fernández Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Montserrat Montaño Fidalgo Doctora en Psicología Clínica y psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Rafael Romero Rico Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias y miembro de la Junta Directiva de la Asociación Española de Terapia Cognitivo Conductual Social ASETECCS. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Rosa Collado Carrascosa Psicólogo Especialista en Sexología y Psicoterapia Integradora y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Silvia Álava Sordo Psicólogo Especialista en Psicoterapia Certificado EuroPsy que expide la European Federation of Professional Psychologists’ Associations EFPA y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Susana Álvarez López Psicólogo Especialista en Primeros Auxilios Psicológicos e Intervención en Crisis y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Yolanda Sato Baonza Psicólogo Especialista en Psicoterapia Certificado EuroPsy que expide la European Federation of Professional Psychologists’ Associations EFPA y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Margarita Montes Arribas, Psicóloga Especialista en Infancia y Terapia de pareja. Centro de Psicología Álava Reyes.

Aroa Caminero Ruiz Psicólogo Especialista en Psicofarmacología y Drogas de Abuso y acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Laura de Santiago Fernández Psicólogo acreditado para el ejercicio de actividades sanitarias. Máster en Psicología Clínica, Legal y Forense Universidad Complutense de Madrid, Perito Judicial en Balística Forense UNED y Licenciatura de Segundo Ciclo de Criminología Universidad Europea de Madrid. Centro de Psicología Álava Reyes, Madrid.

Lucía Boto Pérez, Licenciada en Psicología. Psicóloga del Centro de Psicología Álava Reyes.

ANEXO III
Presupuesto

1

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