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Documento BOE-A-2017-11704

Orden JUS/969/2017, de 26 de septiembre, por la que, en ejecución de sentencia, se incluye a don Marcos Huertas Huertas en la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/2681/2015, de 1 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 12 de octubre de 2017, páginas 99380 a 99381 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-11704

TEXTO ORIGINAL

El Juzgado Central de lo Contencioso- Administrativo nº 11 de Madrid ha estimado el recurso contencioso-administrativo n.º 22/2017 interpuesto por don Marcos Huertas Huertas, en relación con la impugnación de la Orden JUS/1957 /2016, de 19 de diciembre por la que se publicaba la relación definitiva de aprobados en el Cuerpo de Auxilio Judicial, sistema general de acceso libre, que fue convocado por Orden JUS/2681/2015, de 1 de diciembre y reconociéndose por sentencia n.º 122/2017, de 1 de septiembre, el derecho del recurrente a ser incluido en la lista de aprobados definitivos dentro del ámbito territorial de Andalucía y por el cupo de reserva de personas con discapacidad.

En consecuencia, este Ministerio, en cumplimiento de los términos de la sentencia, ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Rectificar la Orden JUS/1957/2016, de 19 de diciembre (BOE del día 27), que hizo pública la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/2681/2015, de 1 de diciembre (BOE del día 15), incluyendo, en su anexo II en el ámbito de Andalucía, sistema de reserva de personas con discapacidad, con el número 1 Bis, a Marcos Huertas Huertas, con DNI 74652506, con una puntuación final de 165 puntos.

Segundo.

Incrementar en una plaza la Orden JUS/2681/2015, de 1 de diciembre (BOE del día 15), que hizo pública la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo en Orden JUS/1957/2016, de 19 de diciembre (BOE del día 27).

Tercero.

En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», el aspirante deberá presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Bolsa número 8, 28071 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:

a) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (Anexo I).

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Auxilio Judicial, expedido por facultativo de Medicina General del Sistema General de Salud que le corresponda al interesado.

Si tiene la condición de discapacitado, con grado igual o superior al 33 por 100, deberá presentar certificación de los Órganos competentes o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su compatibilidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Auxilio Judicial, salvo que lo hubiera presentado ya junto con la solicitud de participación.

c) Además de la anterior documentación, deberá presentar la siguiente:

– Nacionalidad: Dos fotocopias del Documento Nacional de Identidad.

– Titulación: Copia auténtica del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación si el aspirante hubiera obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario (Directiva 89/48/Cc/EE).

El certificado de penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado de Justicia, conforme a lo previsto en el artículo 53.1.d de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor no presentare la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en las bases de la Orden de Convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrá ser nombrado funcionario en prácticas y quedaran anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de septiembre de 2017.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Joaquín Delgado Martín.

ANEXO I

Don............................................................................................................................................................. con domicilio en …………............................................................................................. de ........... años de edad, con DNI número ...................... declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del cuerpo de Auxilio Judicial, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En...................... a..... de.......................... de 2017

EL DECLARANTE

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