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Documento BOE-A-2017-11515

Resolución de 25 de julio de 2017, conjunta de la Universidad Carlos III de Madrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 7 de octubre de 2017, páginas 97820 a 97829 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-11515

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre (en adelante LOU), en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid (en adelante EUCIIIM), aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, y modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, así como en la Normativa de la Universidad Carlos III de Madrid por la que se regula la creación, convocatoria y provisión de plazas de los cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad, aprobada en Consejo de Gobierno de la Universidad Carlos III de Madrid el 25 de junio de 2009, modificada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2016, en el Real Decreto 1558/86 de 28 de junio, modificado por el Real Decreto 1652/91, de 11 de octubre por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias, y en el concierto entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Consejería de Sanidad-Servicio Madrileño de Salud firmado el 15 de febrero de 2010 (Publicado en BOCM de 17 de marzo de 2017).

Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 7 de mayo de 2015 la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad Carlos III de Madrid para el ejercicio 2015 («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 26 de junio de 2015),

Este Rectorado y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid han resuelto convocar concurso para la provisión por turno libre de la plaza docente vacante dotada en el estado de gastos del Presupuesto de esta Universidad que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

1. Normas generales

El presente concurso se regirá por las bases de esta convocatoria, por lo dispuesto en la LOU, en los EUCIIIM, en el Real Decreto 1313/2007, en la Normativa de la Universidad Carlos III de Madrid por la que se regula la creación, convocatoria y provisión de plazas de los cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en las demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

A efectos de la presente convocatoria se declara inhábil el mes de agosto de 2017.

2. Plaza vinculada

La plaza de los Cuerpos docentes convocada queda vinculada con la categoría y especialidad de la plaza asistencial que figura en el anexo I de esta convocatoria. En el supuesto de que alguno de los aspirantes seleccionados se encontrase ejerciendo como Jefe de Servicio o de Sección en el mismo Centro y Especialidad al que pertenezca la vacante, en plaza obtenida por concurso oposición, se mantendrán en el puesto asistencial que venía desempeñando.

3. Requisitos de los candidatos

3.1 Para ser admitido al citado concurso, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o ser nacional de un Estado en el que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho.

En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso, el vínculo de parentesco.

b) No haber superado los setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de Universidad.

3.2 Requisitos específicos:

a) Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acreditados de acuerdo con lo regulado, para cada caso, en los artículos 59 y 60 de la LOU, así como los funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad y del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

b) Asimismo, podrán presentarse quienes resultaran habilitados conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. Se entenderá que los habilitados para el cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria lo están para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

c) Haber transcurrido al menos 2 años desde la plaza obtenida tras un concurso de acceso, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, por lo que no podrán participar en este concurso quienes se hallen incursos en esta prohibición.

Los requisitos establecidos en la presente base deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

4. Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso presentarán la correspondiente solicitud según modelo que se adjunta a esta convocatoria como anexo II.

4.2 Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, a través del Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid en las siguientes direcciones:

– Campus de Getafe (Calle Madrid, 126, Getafe, 28903 Madrid).

– Campus de Leganés (Avda. Universidad, 30, Leganés, 28911 Madrid).

– Campus de Colmenarejo (Avda. Universidad Carlos III, N.º 22, 28270 Colmenarejo).

– Sede electrónica: https://www.uc3m.gob.es/web/guest/registro-electronico

Asimismo la presentación de solicitudes se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A efectos de la presente convocatoria se declara inhábil el mes de agosto de 2017.

4.3 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

4.4 Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Carlos III de Madrid la cantidad de 32,00 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el BBVA, cuenta ES22 0182 2370 42 0000310297 con el título «Derechos examen PDI» debiendo especificar número del documento nacional de identidad, pasaporte o número de identificación de extranjero.

La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante, no siendo subsanable. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

4.5 Documentación: Junto con la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad vigente.

b) Documentos acreditativos de reunir los requisitos específicos establecidos en la base 3.2 de la presente convocatoria.

c) Justificante original de haber realizado el ingreso correspondiente a los derechos de participación en el concurso. Aquellos aspirantes que hubieran realizado el abono mediante transferencia bancaria deberán adjuntar inexcusablemente, el resguardo acreditativo de haber realizado dicha transferencia.

d) Declaración de conocer y aceptar los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid y la obligación de ejercer su función con dedicación a tiempo completo según modelo que se adjunta a esta convocatoria como anexo IV.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión.

Serán motivos de exclusión la falta de firma de la solicitud por parte del interesado, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos y presentar la solicitud fuera del plazo establecido.

5. Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector, informada la Consejería de Sanidad, dictará Resolución en el plazo máximo de 40 días naturales declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se publicará en la página web de la Universidad indicada en el apartado 6 de esta convocatoria.

5.2 Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de exclusión u omisión.

5.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector, en el plazo máximo de quince días hábiles, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

6. Publicación de actos del procedimiento

A efectos de notificaciones todos los actos derivados de los procedimientos selectivos de esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán publicados en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid, en el siguiente enlace:

http://portal.uc3m.es/portal/page/portal/inicio/universidad/empleo_universidad/personal_docente_e_investigador/pdi_concursos_docentes_carrera

7. Comisiones de Selección

7.1 La composición de las Comisiones de Selección son las que figuran como anexo III de esta convocatoria. El nombramiento de sus miembros será efectivo mediante la presente resolución de convocatoria.

7.2 El régimen de constitución y actuación de las mismas será conforme a lo dispuesto en la Normativa de la Universidad Carlos III de Madrid por la que se regula la creación, convocatoria y provisión de plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad, aprobada en Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2009.

7.3 Las Comisiones deberán constituirse en un plazo de dos meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOE. El Presidente convocará a los miembros titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la misma, fijando lugar, fecha y hora. En este acto, la Comisión establecerá los criterios de evaluación de los candidatos que deberán de estar de acuerdo con los criterios generales publicados en la convocatoria, haciéndolos públicos antes del acto de presentación.

7.4 Los curricula de los miembros de las Comisiones serán publicados en la página de la Universidad Carlos III de Madrid, en la dirección web indicada en el apartado 5 de esta convocatoria.

8. Criterios generales de evaluación

Entre los criterios para la resolución del concurso deberán figurar necesariamente los siguientes:

a) Adecuación del currículum del candidato al área de conocimiento.

b) El historial académico docente e investigador y el proyecto docente, referido a alguna de las asignaturas obligatorias de los planes de estudio de la Universidad Carlos III correspondientes al área de conocimiento, así como el proyecto investigador.

c) Los que rijan con carácter general para las convocatorias de plazas de las áreas de conocimiento correspondientes a cada Departamento, aprobadas por el Consejo de Gobierno a propuesta del Rector (Anexo V).

En el acto de constitución del concurso, la Comisión de Selección establecerá pormenorizadamente los criterios de evaluación de los candidatos, que deberán estar de acuerdo con los criterios generales publicados en la convocatoria, haciéndolos públicos antes del acto de presentación. La valoración de estos criterios de evaluación deberá realizarse sobre 100 puntos y deberá estar de acuerdo con los esquemas de puntuación establecidos en el punto 9 (Celebración de las pruebas). De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la puntuación máxima establecida para un criterio por las Comisiones deberá permitir reflejar de forma completa los méritos de los candidatos, por lo que no se podrán establecer umbrales que impidan la valoración de todos los méritos presentados. La descalificación o ausencia de méritos en un criterio no debe afectar a la valoración que merezcan los restantes.

9. Acto de presentación

9.1 El Presidente de la Comisión convocará a todos los candidatos admitidos en el plazo máximo de quince días naturales desde la constitución para realizar el acto de presentación, indicando lugar, fecha y hora de su celebración.

Dicha convocatoria deberá ser notificada a sus destinatarios con una antelación mínima de diez días naturales con respecto a la fecha del acto para el que son convocados.

9.2 En el acto de presentación, la Comisión:

a) Fijará la lista definitiva de participantes a partir de los concurrentes al acto que hayan aportado en regla la documentación preceptiva.

b) Determinará mediante sorteo el orden de actuación de los concursantes

c) Señalará la fecha, hora y lugar de actuación de cada uno de los candidatos en la primera prueba.

d) Determinará y hará público el plazo durante el cual los candidatos podrán examinar la documentación presentada por los demás aspirantes.

9.3 Los concursantes admitidos deberán entregar en este acto a la Comisión, por quintuplicado ejemplar curriculum vitae, con su historial académico, docente e investigador (una de las copias debe incluir los documentos que acrediten o justifiquen los méritos alegados), proyecto docente e investigador que el candidato propone y trabajo de investigación original.

10. Celebración de las pruebas

10.1 Las Comisiones deberán valorar el historial académico, docente e investigador, del candidato o candidata, su proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y debate ante la Comisión en sesión pública.

10.2 Pruebas plazas de Catedrático de Universidad:

a) El primer ejercicio, que será público, comenzará en el plazo máximo de 10 días naturales a contar desde el siguiente al acto de presentación y consistirá en la exposición, durante un tiempo máximo de una hora, del historial académico, docente e investigador del candidato y su proyecto docente e investigador. A continuación, la Comisión debatirá con el candidato durante un tiempo máximo de noventa minutos.

Finalizado el mismo cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe con la valoración motivada sobre cada candidato, ajustada a los criterios establecidos, en el que manifieste su parecer favorable o desfavorable a que el candidato pase a la segunda prueba. Para pasar a la segunda prueba es necesario obtener mayoría de votos favorables.

b) El segundo ejercicio, que será público también, consistirá en la presentación, durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, de un trabajo de investigación original realizado por el candidato, solo o en equipo, y susceptible de ser publicado en alguna de las revistas científicas del campo científico correspondiente, sin que pierda el carácter de originalidad por el hecho de estar publicado en una revista científica o como parte de un libro. A continuación la Comisión debatirá con el candidato durante un tiempo máximo de sesenta minutos.

Cada miembro de la Comisión entregará al Presidente después de cada ejercicio una valoración numérica de cada candidato de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos y el siguiente esquema:

Ejercicio

Puntuación

Criterio

Puntuación por criterio

Primero.

80 puntos.

Historial académico.

70 puntos.

Proyecto docente e investigador.

8 puntos.

Presentación y Discusión.

2 puntos.

Segundo.

20 puntos.

Trabajo de investigación.

15 puntos.

Presentación y Discusión.

5 puntos.

11. Propuesta de provisión y reclamación

11.1 Finalizadas las pruebas la Comisión remitirá al Rector una propuesta motivada, que tendrá carácter vinculante, de todos los candidatos y candidatas, desglosada por cada uno de ellos y con los aspectos evaluados, por orden de preferencia para su nombramiento, y sin que pueda exceder la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.

11.2 Los concursos podrán resolverse con la no provisión de plazas cuando, a juicio motivado de la correspondiente Comisión, los aspirantes no se adecúen a las exigencias de la convocatoria.

11.3 Los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector contra las propuestas de las Comisiones en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid.

11.4 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. La reclamación será valorada por una Comisión de Reclamaciones de acuerdo con lo estipulado en el artículo 8 de la Normativa de la Universidad Carlos III de Madrid de 25 de junio de 2009. Transcurrido el plazo de tres meses sin resolverse se entenderá como rechazada la reclamación presentada.

12. Presentación de documentos y nombramientos

12.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar, en los veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Registro General de la Universidad los siguientes documentos:

a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Derecho 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que le impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

12.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera en activo, estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar únicamente certificación acreditativa, del Ministerio u Organismo del que dependan, de su condición de funcionario y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

12.3 El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en los apartados anteriores. El nombramiento especificará la denominación de la plaza, Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», y comunicado al Consejo de Universidades.

12.4 En el plazo máximo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato o candidata propuesto/a deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo docente universitario de que se trate.

13. Publicación de la Resolución

Publíquese la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y en el «Boletín Electrónico de la Universidad Carlos III de Madrid».

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Getafe, 25 de julio de 2017.–El Rector, Juan Romo Urroz.–El Consejero de Sanidad, Jesús Sánchez Martos.

ANEXO I
Convocatoria 04/15

Código plaza: 000636.

Departamento: Bioingeniería e Ingeniería Aeroespacial.

Área de conocimiento: Radiología y Medicina Física.

Cuerpo: Catedráticos de Universidad.

Número de plazas: 1.

Plaza vinculada:

Categoría: Facultativo Especialista.

Especialidad: Medicina Nuclear.

Servicio: Unidad De Medicina y Cirugía Experimental.

Hospital: Hospital Universitario Gregorio Marañón.

1

ANEXO III
Comisión de selección

DEPARTAMENTO

BIOINGENIERÍA E INGENIERÍA AEROESPACIAL

ÁREA DE CONOCIMIENTO

RADIOLOGÍA Y MEDICINA FÍSICA

CUERPO

CU

CONVOCATORIA

04/15

CÓDIGO PLAZA

DF000636

PLAZA VINCULADA

CATEGORÍA

FACULTATIVO ESPECIALISTA

ESPECIALIDAD

MEDICINA NUCLEAR

SERVICIO

UNIDAD DE MEDICINA Y CIRUGÍA EXPERIMENTAL

HOSPITAL

H.U. GREGORIO MARAÑÓN

Comisión titular:

Presidente: José Luis Carreras Delgado, Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid.

Secretario: Francesca Pons Pons, Catedrática de la Universidad de Barcelona.

Vocales: Felipe Calvo Manuel, Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid. Francisco del Pozo Guerrero, Catedrático de la Universidad Politécnica de Madrid. M.ª Teresa Arredondo Waldmeyer, Catedrática de la Universidad Politécnica de Madrid.

Comisión suplente:

Secretario: Ignasi Carrió Gasset, Catedrático de la Universidad Autónoma de Barcelona

Vocales: Jesús Carretero Pérez, Catedrático de la Universidad Carlos III de Madrid. Andrés Santos Lleó, Catedrático de la Universidad Politécnica de Madrid. María Victoria Cachofeiro Ramos, Catedrática de la Universidad Complutense de Madrid

ANEXO IV

D./D.ª.............................................................................................................................., con D.N.I./PASAPORTE/N.I.E. ................................ candidato/a a la plaza DF000 ............... convocada por Resolución del Rector de la Universidad Carlos III de Madrid de fecha ............................. (B.O.E. de fecha ..............................),

DECLARA conocer y aceptar los contenidos de los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid y la obligación de ejercer su función con dedicación a tiempo completo.

Getafe, .............. de ...................... de 20....

ANEXO V
Criterios de evaluación del historial académico

Código plaza: DF000636.

Cuerpo: Catedrático de Universidad.

Departamento: Bioingenieria e Ingenieria Aeroespacial.

Área de conocimiento: Radiología y Medicina Física.

Valoración: Hasta 70 puntos.

• Méritos de investigación (65%).

Se valorará la actividad investigadora en el campo de la Ingeniería Biomédica, atendiendo a: publicaciones científicas, participación en proyectos de investigación competitivos, experiencia internacional, transferencia de conocimiento y contratos con el sector productivo.

• Méritos docentes (25%).

Se valorará la experiencia docente en grado y postgrado, especialmente en materias propias del campo de la Ingeniería Biomédica, así como la dirección de tesis doctorales, trabajos de fin de carrera, grado o máster y desarrollo de proyectos de innovación docente. Se valorará muy especialmente la docencia impartida en inglés y las evaluaciones positivas de su actividad docente.

• Otros méritos académicos, actividades profesionales y de gestión de la I+D+i (10%).

Se valorará el desempeño de cargos asistenciales en el Sistema Nacional de Salud, actividades de dirección o gestión de I+D+i y puestos unipersonales de gestión universitaria recogidos en los Estatutos de las Universidades u Organismo.

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