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Documento BOE-A-2017-10906

Resolución de 31 de julio de 2017, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el Acuerdo de colaboración con la Asociación Comunidad Portuaria Bahía de Algeciras (Comport).

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 25 de septiembre de 2017, páginas 93765 a 93767 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2017-10906

TEXTO ORIGINAL

Tras la tramitación previa correspondiente, con fecha 10 de julio de 2017 fue suscrito el Acuerdo de colaboración entre la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras y la Asociación Comunidad Portuaria Bahía de Algeciras (Comport), el cual ha sido ratificado por el Consejo de Administración de dicha Autoridad Portuaria en su sesión de 28 de julio de 2017.

En cumplimiento de lo dispuesto en al apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio de colaboración, que figura como anexo a esta Resolución.

Algeciras, 31 de julio de 2017.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, Manuel Morón Ledro.

ANEXO
Acuerdo de colaboración entre la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras y la Asociación Comunidad Portuaria Bahía de Algeciras (Comport)

En Algeciras, a 10 de julio de 2017

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Morón Ledro, en representación de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, con domicilio en la avenida de la Hispanidad, número 2, 11207 Algeciras (CIF: Q-1167006-D) en calidad de Presidente de la misma, cargo para el que fue nombrado por Decreto de la Junta de Andalucía número 66/1998 de 24 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 28) y OM del Ministerio de Fomento de 26 de marzo de 1998 («BOE» del 28).

De otra parte, don José Manuel tejedor Valcarcel, mayor de edad, vecino de Algeciras, con domicilio a estos efectos en Edificio Cámara de Comercio, paseo de la Cornisa, s/n, Algeciras, con documento nacional de identidad número 45073078-R.

INTERVIENEN

El primero lo hace en nombre y representación de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, de acuerdo con las funciones establecidas en el artículo 31.2.a) del Real Decreto Legislativo 2/2011, Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Administración establecidas en el artículo 30.5.ñ) del Real Decreto Legislativo 2/2011.

El segundo lo hace en nombre y representación de la Asociación Comunidad Portuaria Bahía de Algeciras (COMPORT), con CIF número G-11475753, en calidad de Presidente de la misma, cargo para el que fue elegido en la Asamblea General Extraordinaria Electoral de fecha 16 de febrero de 2012, con competencias para este acto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de los Estatutos de la Asociación.

Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad legítima para otorgar el presente Acuerdo de colaboración, libres y de común acuerdo.

EXPONEN

I. Que la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras, en adelante APBA, de acuerdo con el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 2/2011, Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, es un organismo público de los previstos en subapartado g) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y que tiene, entre otras, las competencias en el fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario, de acuerdo con el artículo 25.f) del citado Texto Refundido.

II. Que la Asociación Comunidad Portuaria Bahía de Algeciras, en adelante Comport, es una asociación sin ánimo de lucro, inscrita en la Delegación Provincial de Trabajo e Industria de Cádiz con el número 724, cuya finalidad, de acuerdo con los Estatutos Sociales, es principalmente la realización de acciones encaminadas a la potenciación y mejora del Puerto Bahía de Algeciras con vocación de promover los intereses conjuntos de empresarios e instituciones públicas relacionadas con el ámbito portuario. Asimismo, prevé en sus estatutos la figura de socio colaborador para dar cabida en el seno de Comport a instituciones y organismos oficiales, ostentando la APBA la denominación de socio colaborador de conformidad con el presente acuerdo.

III. Que la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras, a través de su Subdirección General de Desarrollo y Comercial, tiene entre sus objetivos la promoción de las infraestructuras y nuevos desarrollos, así como la de los servicios portuarios del Puerto Bahía de Algeciras.

IV. La APBA y Comport coinciden en la necesidad y el interés de la promoción conjunta del Puerto Bahía de Algeciras, y en esa política común, al objeto de establecer cauces de colaboración entre ambas y determinar las obligaciones que asume cada parte, una vez cumplidos los trámites preceptivos establecidos en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, han tomado la decisión de firmar del presente Acuerdo de colaboración, el cual se regula por el presente documento y a tenor de las siguientes:

CONDICIONES

Primera.

La APBA, en el ejercicio de sus competencias, como socio colaborador de Comport y de acuerdo con el presente documento, entregará anualmente a Comport la cantidad de veintidos mil quinientos euros (22.500 €), como aportación económica para el logro de los objetivos definidos en los exponendos anteriores.

Segunda.

Los pagos se realizarán en dos cuotas de once mil doscientos cincuenta euros (11.250 €), que serán abonadas durante cada semestre, en la forma y modo que a tales efectos determine la APBA de acuerdo con sus políticas de pagos.

Tercera.

Por su parte Comport, en reciprocidad a la citada aportación, se compromete:

a) A utilizar la aportación de la APBA con la única finalidad de la promoción de las infraestructuras y actividades portuarias de los Puertos adscritos a la APBA.

b) A justificar anualmente a la APBA los gastos empleados en el desarrollo de esa política promocional, en cuanto a la cantidad aportada.

c) A consensuar con la APBA las actividades promocionales. A tales efectos se llevarán a cabo las reuniones bilaterales que se estimen oportunas.

d) A no utilizar el nombre de la APBA y/o Puerto Bahía de Algeciras y Tarifa fuera de los límites de los objetivos definidos en este acuerdo y siempre con la aprobación previa de la propia APBA.

Cuarta.

El presente acuerdo tendrá una duración de dos años, pudiendo ser renovado el mismo por un periodo adicional de como máximo dos años más, mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.

Quinta.

Las cuestiones relativas al seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente Acuerdo se llevarán a cabo por una Comisión de seguimiento que estará formada por cuatro personas en representación de las entidades firmantes del presente Acuerdo, que serán designadas, dos por Comport y dos por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.

Durante la vigencia del acuerdo y a propuesta de cualquiera de las partes, la comisión se reunirá siempre que lo requiera la buena marcha de las actuaciones.

Sexta.

La APBA, como organismo público, y en protección de los intereses de tutela, podrá resolver el presente acuerdo cuando así lo estime oportuno, con un preaviso de un mes de antelación, no teniendo por ello Comport derecho a indemnización alguna.

El incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos facultará a la otra para exigir su estricto cumplimiento o para solicitar la resolución del Acuerdo. En este último supuesto, esto es, en caso de resolución, las partes intervinientes determinarán las condiciones para la finalización, excluyendo expresamente la posibilidad de indemnización alguna entre las partes.

Séptima.

El presente Acuerdo de colaboración tiene naturaleza administrativa, conforme lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no teniendo por objeto prestaciones propias de los contratos.

Octava.

Tras los trámites previos y preceptivos establecidos en el artículo 50 de la Ley 40/2015, el presente Acuerdo de colaboración se perfeccionará tras su firma y ratificación por la Junta Directiva de Comport y por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, adquiriendo eficacia una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Novena.

La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicadas.–Por la Asociación Comunidad Portuaria Bahía de Algeciras (Comport), el Presidente, José Manuel tejedor Valcarcel.–Por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, el Presidente, Manuel Morón Ledro.

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