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Documento BOE-A-2016-9869

Orden AAA/1704/2016, de 1 de octubre, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, convocado por Orden AAA/1425/2016, de 29 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 27 de octubre de 2016, páginas 74787 a 74787 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-9869

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AAA/1425/2016, de 29 de julio (BOE de 2 de septiembre) se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, figurando en su Anexo III la composición del Tribunal calificador de estas pruebas.

Habiendo renunciado, por motivos personales, uno de los miembros del citado Tribunal, procede la sustitución del mismo, quedando el mencionado Anexo III modificado en los términos siguientes:

Tribunal titular:

Bajas:

Vocal: D.ª María Teresa Marín Tapia, Escala Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Altas:

Vocal: Dª Ana Isabel Cabañero Ortiz, Escala Técnicos Superiores Especializados de Organismos Públicos de Investigación.

Contra la presente Orden, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 1 de octubre de 2016.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

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