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Documento BOE-A-2016-9455

Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se resuelve la concesión de ayudas del programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 14 de octubre de 2016, páginas 72768 a 72770 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-9455

TEXTO ORIGINAL

Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,

CONSIDERANDO

Primero.

Por Resolución de 11 agosto de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 206, del 28, corregida por la Resolución de 5 de febrero de 2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 37, del 12.

Segundo.

El Director del departamento de Economía Digital, como órgano instructor del procedimiento, formuló Propuesta de resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en lo que respecta a la Región de Murcia, el 9 de septiembre de 2016, siendo publicada en el perfil del contratante de la Entidad el 12 de septiembre de 2016. Dicha propuesta recogía el resultado del análisis de documentación de las solicitudes presentadas, proponiendo la estimación de las que cumplían los requisitos de las bases reguladoras de la Convocatoria y la desestimación del resto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima.

Tercero.

En el apartado 2.2 de la Propuesta de resolución, en lo que respecta a la Región de Murcia, del Director de Economía Digital, de 9 de septiembre de 2016, se proponía la desestimación de las solicitudes que no cumplían con los requisitos establecidos en las bases reguladoras, según lo dispuesto en los diferentes informes emitidos por el órgano instructor a lo largo del procedimiento, tal y como refleja la Propuesta.

Cuarto.

En el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución en lo que respecta a la Región de Murcia, del Director de Economía Digital, de 9 de septiembre de 2016, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a aquellas PYMES que habían acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras, haciendo referencia al presupuesto subvencionable y al importe de la ayuda a conceder.

En aplicación de lo dispuesto en la base novena, no es necesaria la selección de las solicitudes mejor valoradas de acuerdo con lo establecido en las bases, décima y undécima debido a que el presupuesto existente para la Región de Murcia es suficiente para cubrir todas las solicitudes que cumplen con los requisitos de las bases reguladoras.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base décima de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios disponían de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la Propuesta del Director de Economía Digital de 9 de septiembre de 2016, en el perfil del contratante de la Entidad, para comunicar la no aceptación del contenido de la mencionada propuesta de resolución.

En el plazo establecido, no se ha manifestado la no aceptación de la Propuesta del Director de Economía Digital de 9 de septiembre de 2016 por parte de ninguno de los propuestos como beneficiarios.

Por todo lo expuesto, resuelvo

Primero.

Seleccionar como beneficiarios, en lo que respecta a la Región de Murcia, a las siguientes PYMES, en los términos previstos en el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en lo que respecta a la Región de Murcia, de 9 de septiembre de 2016, por cumplir con todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras, con detalle del presupuesto subvencionable y el importe de la ayuda a recibir de forma provisional (condicionada a la correcta justificación de las actuaciones, según lo dispuesto en la base duodécima y en la normativa legal aplicable):

Número de expediente

Nombre o razón social

NIF

Presupuesto subvencionable (impuestos indirectos excluidos)

Euros

Importe ayuda provisional

Euros

2016/05715/000023

NUEVOS SISTEMAS TECNOLÓGICOS, SL.

B73351520

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000036

ONNIX SOFTWARE, SL.

B30876718

48.000,00

38.400,00

2016/05715/000076

BITNOVA IDENTIFICACIÓN Y CONTROL, SL.

B73726234

119.700,00

59.850,00

2016/05715/000148

ODIN SOLUTIONS, SL.

B73845893

98.000,00

49.000,00

2016/05715/000154

BASE COMPAÑÍA DE SOPORTE LÓGICO, SL.

A30101950

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000165

NIXUS NETWORKS, SL.

B73693624

65.000,00

48.750,00

2016/05715/000181

EMAGINA BUSINESS SOLUTIONS, SL.

B73847857

75.000,00

60.000,00

2016/05715/000192

MOVILDATA INTERNACIONAL, SL.

B73373862

108.323,90

59.578,15

2016/05715/000228

GRITA INTERNET SERVICIOS & ESTRATEGIAS, SL.

B73206666

85.700,00

59.990,00

2016/05715/000239

FIBRA MEDIOS TV, SL.

B73790362

69.000,00

48.300,00

2016/05715/000262

LOGIC MURCIA, SL.

B30352785

71.047,00

46.180,55

2016/05715/000282

SISTEMAS Y CONTROL DEL MEDITERRÁNEO, SL.

B73503914

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000292

INFORGES, SL.

B73526360

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000364

VOCALI SISTEMAS INTELIGENTES, SL.

B73352635

106.800,00

53.400,00

2016/05715/000368

VISUALTIS, SL.

B73475824

104.000,00

52.000,00

2016/05715/000388

ARTIFICIAL INTELLIGENCE TALENTUM, SL.

B73804882

73.087,35

36.543,68

2016/05715/000435

SIMGEST SOLUTIONS, SL.

B73261836

100.000,00

50.000,00

2016/05715/000460

GLOBAL TOUCH EXPRESS, SLU.

B73414856

80.000,00

60.000,00

2016/05715/000477

FIRMA, PROYECTOS Y FORMACIÓN, SL.

B73101420

119.500,00

59.750,00

2016/05715/000490

ODILO TID, SL.

B30856439

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000492

RED HELIO, SL.

B73255234

80.000,00

56.000,00

2016/05715/000512

ASERTI GLOBAL SOLUTIONS, SL.

B73718751

78.500,00

51.025,00

2016/05715/000514

GRUPO EXPERTO EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN, SL.

B73626913

68.000,00

54.400,00

2016/05715/000535

ITACA SISTEMAS, SL.

B73495624

75.000,00

60.000,00

2016/05715/000537

S.Q.A. MURCIA, SL.

B30562813

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000590

ZAPP-STUDIO, SLU.

B73818056

89.500,00

44.750,00

2016/05715/000591

LUNIA CONSULTORES, SL.

B73422180

72.500,00

58.000,00

2016/05715/000601

OVERLAY ASESORAMIENTO Y SERVICIOS INFORMÁTICOS, SA.

A30633952

63.500,00

47.625,00

2016/05715/000630

INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN ENTORNOS DE NEGOCIOS, SL.

B73160459

75.400,00

56.550,00

2016/05715/000658

ISO-TADER CALIDAD, SL.

B30599625

75.000,00

37.500,00

Segundo.

Desestimar las siguientes solicitudes por no haber acreditado, de forma suficiente y correcta y a través de la documentación presentada en tiempo y forma, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base tercera y cuarta de las bases reguladoras:

Número de expediente

Nombre o razón social

NIF

2016/05715/000179

DAEMON4, SL.

B73675753

2016/05715/000516

EXPERT ONE BUSINESS PROJECT, SL.

B73862831

2016/05715/000523

AQUILINE FOR PROJECT AND CONTRACTS, SL.

B30553358

2016/05715/000560

MILEYENDA ENTERTAINMENT, SL.

B73763278

Tercero.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de octubre de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.

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