Por Resolución del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM) de 23 de enero de 2015 («Boletín Oficial del Estado» número 24, de 28 de enero) se convocaron ayudas al teatro y al circo correspondientes al año 2015.
Cumplidos los trámites establecidos, se concedieron las ayudas mediante resolución del INAEM de 24 de julio de 2015, y que fueron publicadas por Resolución de 1 de octubre de 2015, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se conceden ayudas al teatro y al circo, convocadas por resolución de 23 de enero de 2015 («Boletín Oficial del Estado» número 251, de 20 de octubre).
Por su parte, el apartado undécimo de la resolución de convocatoria y el apartado segundo de la resolución de concesión establecen que, «si se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios en el plazo de un mes desde la notificación de la Resolución de concesión, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito adecuado y suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas. El órgano gestor comunicará esta opción a los interesados, a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días hábiles. Una vez aceptada la propuesta por parte del solicitante o solicitantes, el Director General del INAEM dictará el acto de concesión y procederá a su notificación». En virtud de dicha habilitación, mediante resolución del INAEM de 19 de octubre de 2015, se aceptaron renuncias a ayudas al teatro y al circo concedidas por Resolución de 24 de julio, se modificó la mencionada resolución de concesión y se concedieron nuevas ayudas.
Por ello, y para dar cumplimiento a lo prescrito por el artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, desarrollado por el artículo 30 del Reglamento de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que establece que los órganos administrativos concedentes publicarán en el diario oficial correspondiente, durante el mes siguiente a cada trimestre natural, las subvenciones concedidas durante dicho periodo, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las subvenciones concedidas en el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2015, que se relacionan por modalidades en el anexo de esta resolución.
Madrid, 7 de enero de 2016.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Montserrat Iglesias Santos.
Aplicación presupuestaria: 18.107.335B.475
Nº Exp. |
NIF |
Beneficiario |
Importe – Euros |
---|---|---|---|
19 |
A61236659 |
Misògines, S.A. |
10.500 |
242 |
B31835655 |
Cronopia Films, S.L. |
15.000 |
259 |
B22252860 |
Esencia Producciones, S.L. («Víctor y el Monstruo») |
10.000 |
231 |
B38604450 |
Turbocultura, S.L.U. |
11.000 (incluye 1.250 € / E2) |
342 |
52985213K |
Eva Soriano Enríquez |
8.500 |
B1.–Apoyo a las giras teatrales por el extranjero
Aplicación presupuestaria: 18.107.144A.471 (empresas privadas) y 18.107.144A.482 (entidades sin fines de lucro)
Nº Exp. |
NIF |
Beneficiario |
Importe – Euros |
---|---|---|---|
129 |
B85332187 |
Factoría Estival de Arte, S.L.N.E. |
3.000 |
27 |
B18351429 |
Histrión Teatro, S.L. |
3.000 |
119 |
B11816451 |
El Carromato, S.L. |
6.000 |
C2.–Apoyo a las giras circenses por el extranjero
Aplicación presupuestaria: 18.107.144A.471
Nº Exp. |
NIF |
Beneficiario |
Importe – Euros |
---|---|---|---|
2 |
77571528A |
Alberto Vidal Cejuela |
6.000 |
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