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Documento BOE-A-2016-8415

Resolución de 4 de agosto de 2016, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda por la que se prorroga el Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España y la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de calidad turística.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 14 de septiembre de 2016, páginas 66169 a 66170 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-8415

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Secretaría de Estado de Turismo) y la Comunidad Autónoma de Canarias, por la que se prorroga el Convenio de colaboración de 28 de junio de 2012, suscrito entre el Instituto de Turismo de España (Turespaña) y la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de calidad turística

Madrid, 4 de agosto de 2016.–La Secretaria de Estado de Turismo, Isabel María Borrego Cortés.

ADENDA ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO (SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO) Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, POR LA QUE SE PRORROGA EL CONVENIO DE COLABORACIÓN DE 28 DE JUNIO DE 2012, SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE TURISMO DE ESPAÑA (TURESPAÑA) Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN MATERIA DE CALIDAD TURÍSTICA

En Madrid, a 3 de agosto de 2016.

REUNIDOS

De una parte:

El Ministro de Industria, Energía y Turismo, por suplencia (Real Decreto 160/2016, de 15 de abril), el Ministro de Economía y Competitividad y, en su nombre, Doña Isabel María Borrego Cortes, Secretaria de Estado de Turismo y Presidenta del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), nombrada por Real Decreto 2008/2011, de 30 de diciembre, («Boletín Oficial del Estado» de 31 de diciembre), actuando en virtud de la orden IET/556/2012 de 15 de marzo, por la que se delega la competencia que para suscripción de convenios corresponde al titular del departamento, y de conformidad con el Real Decreto 425/2013, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España y se modifica parcialmente el Real Decreto 344/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

De otra:

Doña María Teresa Lorenzo Rodríguez, Consejera de Turismo, Cultura y Deportes, nombrada mediante Decreto 105/2015, de 9 de Julio, con facultad para suscribir, en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias los convenios relativos a asuntos de su Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, en relación con el artículo 4.2.d) del Decreto 24/2016, de 4 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

Ambas partes comparecen y se reconocen recíprocamente competencia y capacidad para la realización de este acto y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

El Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) y la Comunidad Autónoma de Canarias formalizaron, con fecha de 28 de junio de 2012 el Convenio de Colaboración en materia de Calidad Turística.

En la actualidad, compete a la Secretaría de Estado de Turismo la suscripción de la presente Adenda en virtud de las competencias asumidas conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 344/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en la redacción dada por la Disposición final primera del Real Decreto 425/2013, de 14 de junio.

Segundo.

La cláusula quinta de dicho Convenio establece que su vigencia se extenderá cuatro años desde el día siguiente al de su firma, pudiendo prorrogarse por dos años mediante acuerdo entre las partes.

Tercero.

Con el fin de dar continuidad al objeto del Convenio, la Secretaría de Estado de Turismo y la Comunidad Autónoma de Canarias están de acuerdo en prorrogar dicho Convenio.

A tal efecto, ambas partes, reconociéndose mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria, acuerdan formalizar la presente Adenda al Convenio citado en el expositivo primero, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de la presente adenda es prorrogar por dos años la vigencia del Convenio de Colaboración suscrito el 28 de junio de 2012 entre el Instituto de Turismo de España y la Comunidad Autónoma de Canarias, extendiéndose dicho plazo hasta el 28 de junio de 2018, manteniéndose el resto de lo convenido en todos sus extremos.

Segunda. Compromisos.

Esta adenda al convenio no implica trasferencia de fondos por ninguna de las partes, así como tampoco consignación presupuestaria. La ejecución de los proyectos será responsabilidad de cada administración firmante de acuerdo a su aplicación presupuestaria correspondiente.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes la firman por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en la fecha y lugar señalados al inicio.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, por suplencia (el Ministro de Economía y Competitividad) P. D., la Secretaria de Estado de Turismo (Orden IET/556/2012, de 15 de marzo), Isabel María Borrego Cortés.–La Consejera de Turismo, Cultura y Deportes, María Teresa Lorenzo Rodríguez.

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