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Documento BOE-A-2016-8299

Resolución de 31 de agosto de 2016, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Aragón, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 8 de septiembre de 2016, páginas 64857 a 64860 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2016-8299

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Defensa, el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón han suscrito, con fecha 2 de agosto de 2016, una Adenda al Convenio de colaboración para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas en el año 2016.

Para general conocimiento y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la referida Adenda al Convenio de colaboración, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 31 de agosto de 2016.–El Subsecretario de la Presidencia, por vacante (Real Decreto 199/2012, de 23 de enero), el Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno, David Villaverde Page.

ANEXO
Adenda entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Aragón, al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2016

En Calatayud, a 2 de agosto de 2016.

REUNIDOS

De una parte, la Sr.ª D.ª Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña, Subsecretaria de Defensa, nombrada por Real Decreto 36/2012, de 5 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma del Ministro de Defensa, expresamente concedida para este acto.

De otra parte, el Sr. D. Marcial Marín Hellín, Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 603/2015, de 3 de julio, por el que se efectúa su nombramiento y en virtud de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, artículo 14.6.

Y de otra, la Excma. Sra. D.ª María Teresa Pérez Esteban, Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, nombrada por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de la Comunidad de Aragón.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el 24 de marzo de 2015, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima establece la creación de una Comisión de seguimiento mixta, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar, así como proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los centros docentes militares de formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del convenio, con carácter anual, las autoridades firmantes, a propuesta de la comisión de seguimiento, acordarán una adenda al referido convenio en la que se concretarán, para dicho año económico, titulaciones a impartir, número de profesores necesarios, cuantías de sus retribuciones, la aplicación presupuestaria del Ministerio de Defensa con la que se hará frente al gasto y la forma de efectuar su pago a la Comunidad Autónoma de Aragón.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es determinar, para el presente año, las titulaciones de formación profesional de grado superior a impartir en la Academia de Logística del Ejército de Tierra en Calatayud, el número de profesores necesarios para impartir dichas titulaciones, el régimen de dicho profesorado, las cuantías de sus retribuciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos que ocasione la cesión, por parte del Gobierno de Aragón, de este personal docente.

Segunda. Titulaciones a impartir.

Durante el año 2016 en la Academia de Logística del Ejército de Tierra en Calatayud (Zaragoza) se impartirán las titulaciones de técnico superior siguientes:

– Técnico superior de formación profesional en administración de sistemas informáticos en red.

– Técnico superior de formación profesional en automoción.

– Técnico superior de formación profesional en mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos.

– Técnico superior de formación profesional en mantenimiento aeromecánico.

– Técnico superior de formación profesional en mantenimiento electrónico.

– Técnico superior de formación profesional en mecatrónica industrial.

Tercera. Aportaciones del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Le corresponde al Departamento de Educación, Cultura y Deporte proporcionar a la Academia de Logística del Ejército de Tierra en Calatayud, el personal docente siguiente:

De 1 de enero a 31 de diciembre: 16 Profesores de Enseñanza Secundaria y 8 Profesores Técnicos de FP:

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de enseñanza secundaria, especialidad de informática.

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de formación y orientación laboral

3 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de inglés.

4 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de sistemas electrónicos (uno de ellos a media jornada a partir del 15 de julio).

4 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de organización y mantenimiento de vehículos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Organización y procesos de sistemas energéticos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Sistemas de aplicaciones informáticas.

2 Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de equipos electrónicos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de mecanizado y mantenimiento de máquinas.

2 Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de mantenimiento de vehículos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos (a media jornada a partir del 15 de julio).

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de oficina de proyectos y fabricación mecánica.

De entre ellos se designará 1 jefe de Estudios Adjunto y 4 profesores Jefes de Departamento.

De 1 de enero a 15 de julio: 10 profesores de Secundaria y 4 profesores Técnicos de F.P con los siguientes requisitos:

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de informática.

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de formación y orientación laboral.

2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de inglés.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de sistemas electrónicos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de organización y mantenimiento de vehículos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de organización y procesos de sistemas energéticos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de organización y proyectos de fabricación mecánica.

3 Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de mantenimiento de vehículos.

1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de equipos electrónicos.

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración suscrito el 24 de marzo de 2015.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

El coste máximo previsto para la prestación de este servicio es de un millón doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos diecinueve euros con cuarenta y cinco céntimos (1.283.419,45 €) para el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450 correspondiente al ejercicio económico 2016.

La cantidad correspondiente se abonará mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto designe la Comunidad de Aragón de acuerdo con la cláusula sexta del convenio de colaboración de 24 de marzo de 2015. A tal efecto, por el jefe de estudios adjunto del centro, se certificará, en el último trimestre de 2016, el número y especialidad de los profesores que imparten o han impartido los correspondientes títulos de Formación Profesional a lo largo del año, y la Comunidad de Aragón rendirá cuenta justificativa en la que se acrediten los profesores y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que les sea de aplicación.

Sexta. Vigencia.

Esta adenda tendrá vigencia a lo largo del año 2016.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en tres ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ministerio de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Marcial Marín Hellín.–Por la Comunidad de Aragón, María Teresa Pérez Esteban.

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