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Documento BOE-A-2016-763

Orden AAA/50/2016, de 22 de enero, por la que se modifica la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2016, páginas 7265 a 7266 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-763
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2016/01/22/aaa50

TEXTO ORIGINAL

La Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente compendia en un solo instrumento, por razones de seguridad jurídica y de transparencia en la actuación administrativa, todo el régimen de delegación de los órganos superiores y directivos del departamento. Compila de esta manera todas las delegaciones del Ministro en sus órganos superiores y directivos, así como las delegaciones del resto de los órganos del departamento, las cuales han sido otorgadas con la preceptiva autorización del superior jerárquico respectivo, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, conforme al Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio, es el departamento de la Administración General del Estado al que corresponde, dentro del orden constitucional de distribución de competencias entre el Estados y las comunidades autónomas, y en colaboración con los demás ministerios y Administraciones Públicas, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia medio ambiental.

En este ámbito, la evaluación ambiental resulta indispensable para la protección del medio ambiente, adquiriendo notable trascendencia la finalización de los procedimientos que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Estando vacante el cargo de Director General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, y en tanto no se nombre nuevo titular, procede que las competencias que tenía atribuidas el titular de dicha Dirección General por delegación de la Ministra y de los órganos directivos del departamento sean asumidas por el Secretario de Estado de Medio Ambiente. Esta modificación tendrá vigencia temporal.

Ello no afectará a las delegaciones de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural en otros órganos del departamento, que mantendrán su vigencia.

Esta Orden se aprueba conforme a lo previsto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la referida disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, se procede a modificar la Orden 828/2012, de 20 de abril, en la forma que se expresa a continuación:

Primero.

Queda sin efecto la delegación en la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental las competencias en materia de gasto público, a que se refieren los apartados 1 y 3 del Capítulo I, las cuales quedarán delegadas en la persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.

Segundo.

La Sección 1.ª «Delegación del Ministro en el Secretario de Estado» del Capítulo II queda redactada como sigue:

Se delegan en el Secretario de Estado de Medio Ambiente:

a) Las resoluciones en materia de evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, que corresponden al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de acuerdo con la legislación vigente.

b) La competencia para la imposición de sanciones reguladas por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Tercero.

Se suprime la Sección 10ª del Capítulo II.

Cuarto.

Quedan sin efecto las delegaciones en el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural a que se refieren la letra c) del apartado 1, y los apartados 5 y 6 del Capítulo IV «Delegación del Subsecretario» en materia de certificaciones de insuficiencia de medios para la contratación de servicios, así como de autorizaciones permisos y licencias del personal dependiente de esa Dirección General, las cuales quedarán delegadas en la Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar

Quinto.

Esta orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y cesará en el momento en que tome posesión el nuevo Director General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural.

Madrid, 22 de enero de 2016.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/01/2016
  • Fecha de publicación: 27/01/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 28/01/2016
  • Fecha de derogación: 05/01/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden APM/1330/2017, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-165).
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado y SUPRIME la sección 10 del capítulo II de la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2012-5467).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
  • Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural
  • Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar
  • Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
  • Secretaría de Estado de Medio Ambiente

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