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Documento BOE-A-2016-758

Orden INT/2958/2015, de 19 de noviembre, por la que se conceden subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2016, páginas 7211 a 7213 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2016-758

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre («BOE» de 25 de septiembre), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles y por Orden INT/1742/2015, de 30 de julio («BOE» de 20 de agosto), se aprobó la convocatoria correspondiente, en la que se establecieron los plazos y demás requisitos procedimentales.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 establece, con cargo a la aplicación 16.04.132A.483 del presupuesto de gastos del Ministerio del Interior, una cuantía máxima de 60.000 euros para estas subvenciones, cuyo objeto es facilitar la organización y el funcionamiento general de las asociaciones profesionales de guardias civiles, fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de su actividad principal, promover la realización de actividades de formación y el estudio profesional sobre cuestiones de interés para la Guardia Civil y la publicación de contenidos de interés profesional.

En aplicación de lo dispuesto en las bases reguladoras contenidas en las Órdenes citadas, y de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Proceder a la publicación de la relación de asociaciones profesionales de guardias civiles que han concurrido a la convocatoria de subvenciones dentro del plazo de presentación de solicitudes:

– Asociación Española de Guardias Civiles.

– Asociación Pro Guardia Civil.

– Unión de Oficiales Guardia Civil - Profesional.

– Asociación Unificada de Guardias Civiles.

– Asociación de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil Profesional.

Todas ellas cumplen los requisitos necesarios para ser beneficiarias de estas subvenciones en cualquiera de sus modalidades, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre, por la que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles.

Segundo.

Siguiendo los criterios de distribución establecidos en la base tercera de la Orden INT/1742/2015, de 30 de julio, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2015, y de acuerdo con las modalidades solicitadas por cada asociación, conceder en régimen de concurrencia competitiva, los importes que para cada una de ellas se señalan en el anexo 1 de la presente Orden.

Tercero.

Las asociaciones beneficiarias quedan sujetas a las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Cuarto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de los Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 19 de noviembre de 2015.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

ANEXO 1
Relación de asociaciones profesionales beneficiarias

Asociación Española de Guardias Civiles-AEGC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

1.a) A partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación.

14.400 €

14.400/4

3.600,00 €

1.b) Proporcionalmente en función del número de asociados totales.

21.600 €

2.609/a sobre 35.958

1.567,23 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida.

12.000 €

120 sobre 555

2.594,59 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

3.a) En función del número de votos válidos obtenidos.

6.000 €

1.914/v sobre 20.166

569,47 €

3.b) A partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación.

6.000 €

6.000/5

1.200,00 €

Sumas.

60.000 €

 

9.531,29 €

Asociación Pro Guardia Civil-APRO GC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

1.a) A partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación.

14.400 €

No solicita

0,00 €

1.b) Proporcionalmente en función del número de asociados totales.

21.600 €

No solicita

0,00 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida.

12.000 €

No solicita

0,00 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

3.a) En función del número de votos válidos obtenidos.

6.000 €

1.177/v sobre 20.166

350,19 €

3.b) A partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación.

6.000 €

6.000/5

1.200,00 €

Sumas.

60.000 €

 

1.550,19 €

Unión de Oficiales Guardia Civil Profesional-UO

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

1.a) A partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación.

14.400 €

14.400/4

3.600,00 €

1.b) Proporcionalmente en función del número de asociados totales.

21.600 €

1.117/a sobre 35.958

670,98 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida.

12.000 €

55 sobre 555

1.189,19 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

3.a) En función del número de votos válidos obtenidos.

6.000 €

892/v sobre 20.166

265,40 €

3.b) A partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación.

6.000 €

6.000/5

1.200,00 €

Sumas.

60.000 €

 

6.925,57 €

Asociación Unificada de Guardias Civiles-AUGC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

1.a) A partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación.

14.400 €

14.400/4

3.600,00 €

1.b) Proporcionalmente en función del número de asociados totales.

21.600 €

29.425/a sobre 35.958

17.675,62 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida.

12.000 €

190 sobre 555

4.108,11 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

3.a) En función del número de votos válidos obtenidos.

6.000 €

13.432/v sobre 20.166

3.996,43 €

3.b) A partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación.

6.000 €

6.000/5

1.200,00 €

Sumas.

60.000 €

 

30.580,16 €

Asociación Escala de Suboficiales Guardia Civil Profesional-ASESGC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

1.a) A partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación.

14.400 €

14.400/4

3.600,00 €

1.b) Proporcionalmente en función del número de asociados totales.

21.600 €

2.807/a sobre 35.958

1.686,17 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida.

12.000 €

190 sobre 555

4.108,11 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

3.a) En función del número de votos válidos obtenidos.

6.000 €

2.751/v sobre 20.166

818,51 €

3.b) A partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación.

6.000 €

6.000/5

1.200,00 €

Sumas.

60.000 €

 

11.412,79 €

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